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Sala Electoral
  • Fecha: 05 de octubre de 2004





CUENTA Nº 142

 

CUENTA Nº 142

 

 

Despacho del martes cinco (05) de octubre de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

NUEVO ASUNTO:

 

 

1.- Expediente N° X-2004-000031(CUADERNO SEPARADO): TIMOTEO ZAMBRANO GUÉDEZ Y FREDDY LEPAGE SCHIBANI, asistidos por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Rafael Contreras Millán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.575 y 28.193, respectivamente, interponen medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra las Resoluciones números 040826-1118, 040615-1047, 040811-1104 y 040811-1103, emanadas del Consejo Nacional Electoral. (Recurso Principal Expediente N° 2004-000089).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Dr. LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de decidir la solicitud de medida cautelar innominada.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente N° 2004-000091: Juzgado  Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede  Puerto Ordaz, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado Esdras Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.774, contra el proceso electoral celebrado en la Asociación de Jubilados de Ferrominera Orinoco C.A., para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 141-04, de fecha 23-09-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000642 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2004-000087: ARIMIR JOSEFINA JIMÉNEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.058, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 040623-1058, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 23-06-2004, en la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Reinaldo García contra la selección de la ciudadana Arimir Josefina Jiménez Silva como Miembro de la Junta Regional Electoral del Estado Apure. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil –Bienes-, Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 1463-2004, de fecha 06-09-2004,  Expediente N° 1120 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal).

 

La abogada ARIMIR JOSEFINA JIMÉNEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.058, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de los documentos que cursan a los folios 34 al 60 del expediente.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

4.- Expediente N° 2004-000089: TIMOTEO ZAMBRANO GUÉDEZ Y FREDDY LEPAGE SCHIBANI, asistidos por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Rafael Contreras Millán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.575 y 28.193, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las Resoluciones números 040826-1118, 040615-1047, 040811-1104 y 040811-1103, emanadas del Consejo Nacional Electoral.

 

Se dejó constancia que se  abrió cuaderno separado a los fines de la decisión de la solicitud de medida cautelar innominada. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2004-000031.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.-  Expediente N° 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana.

 

El ciudadano Pedro León Martínez, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, consignó diligencia mediante la cual recusa al Magistrado Arístides Rengifo Camacaro, por estar incurso en la causal prevista en el artículo 82, numeral 15 del Código de Procedimiento Civil. Recusación que comprende tanto a la causa principal como a las accesorias.

 

 

6.- Expediente N° 2004-000089: TIMOTEO ZAMBRANO GUÉDEZ Y FREDDY LEPAGE SCHIBANI, asistidos por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Rafael Contreras Millán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.575 y 28.193, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las Resoluciones números 040826-1118, 040615-1047, 040811-1104 y 040811-1103, emanadas del Consejo Nacional Electoral.

 

El abogado Carlos Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual se da por notificado de la admisión del recurso y solicita se proceda a librar el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

7.- Expediente N° 2004-000085: Carlos Enrique Herrera Mendoza, asistido por el abogado Pastor Laurens, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 2.993, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, en virtud del silencio administrativo negativo configurado con relación a su solicitud, de fecha 12.03.04, de modificación del cronograma electoral de las elecciones de alcaldes, concejales y juntas parroquiales.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-263, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 29-09-2004, en el cual se declaró inadmisible el recurso interpuesto.

 

 

8.- Expediente N° 2004-000085: Carlos Enrique Herrera Mendoza, asistido por el abogado Pastor Laurens, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 2.993, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, en virtud del silencio administrativo negativo configurado con relación a su solicitud, de fecha 12.03.04, de modificación del cronograma electoral de las elecciones de alcaldes, concejales y juntas parroquiales.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente mediante la cual se le notifica del auto dictado en fecha 29-09-2004, en el cual se declaró inadmisible el recurso interpuesto, el cual fue recibido en fecha 01-10-2004.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

9.-  Expediente Nº 2004-000072: Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, amparo cautelar y medida cautelar innominada interpuesto por el abogado Humberto Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.793, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Franklin Rondón Mata,  contra la decisión contenida en el acto dictado en fecha 25-05-2004, por la “SUPUESTA JUNTA DIRECTIVA DE LA COORDINACIÓN EJECUTIVA NACIONAL DE FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO (FENTRASEP). Oficio Nº 0846-04, de fecha 21-07-2004, remitiendo el expediente Nº 0712-04 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Los ciudadanos Nelson Pinto, Ronald Lessire, Reynaldo Antonio Morales Zamora, Julio Vargas, Manuel Rondón y Omar Rangel, asistidos por el abogado Freddy Julián Bruzual, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.727, consignaron escrito en el cual manifiestan su interés en la causa y exponen.

 

- alegatos de oposición al recurso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta de librada a los ciudadanos JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO (parte recurrente), mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 29-09-2004. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal, de los referidos ciudadanos, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El ciudadano Secretario de esta Sala dejó constancia de que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que en fecha 29-09-2004, se había trasladado al domicilio procesal de los ciudadanos JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO (parte recurrente)  y que dejó la boleta de notificación librada a los  mencionados ciudadanos, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

12.- Expediente Nº X-2004-000028 (CUADERNO SEPARADO): JOSÉ MIGUEL DELGADO QUIÑONES, asistido por el abogado José Ángel Bucarello Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.244, interpone solicitud de medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra el Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes, en todo lo concerniente a las elecciones de las autoridades universitarias y contra el proceso electoral ocurrido en dicha Universidad para escoger las autoridades para el período 2004-2008. (Recurso Principal Expediente N° 2004-000063). La Sala declaró QUE NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 141.

 

 

13.- Expediente N° 2004-000074: Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial  Estado Aragua, declinó la competencia para conocer de la apelación  formulada  contra la  sentencia  dictada en fecha 21 de mayo de 2004, por el Tribunal  Primero de  Primera  Instancia  en lo  Civil y Mercantil de la Circunscripción  Judicial del  Estado Aragua, en la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Juan Mota Silva, asistido por el abogado Oscar Bohórquez Hurtado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.067, contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil Casa de Apure en Aragua (APURAGUA), para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 0430-519-A, de fecha 15-07-2004, remitiendo el expediente Nº 15291 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró QUE NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR con relación a la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente: IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia N° 142.

 

 

14.-  Expediente Nº X-2004-000027 (CUADERNO SEPARADO): Humberto Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.793, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Franklin Rondón Mata,  interpone solicitudes cautelares conjuntamente con el recurso contencioso electoral contra la decisión contenida en el acto dictado en fecha 25-05-2004, por la “SUPUESTA JUNTA DIRECTIVA DE LA COORDINACIÓN EJECUTIVA NACIONAL DE FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO (FENTRASEP). Oficio Nº 0846-04, de fecha 21-07-2004, remitiendo el expediente Nº 0712-04 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). (Recurso Principal Expediente N° 2004-000072). La Sala declaró SIN LUGAR la solicitud de amparo cautelar intentada. Ponente:  ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.  Sentencia N° 143.

 

 

El Presidente,

 

 

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

 

           

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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