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Sala Electoral
  • Fecha: 06 de octubre de 2004





CUENTA Nº 143

 

 

CUENTA Nº 143

 

 

Despacho del miércoles seis (06) de octubre de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000067: MIRVA GARCÍA, asistida por el abogado Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.986, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto administrativo dictado por la Comisión Nacional Electoral de la Caja de Ahorros de Empleados del Ministerio de Agricultura y Tierras (CADEMAC), mediante el cual se admitió la postulación de las ciudadanas Aura Moreno, Marinelly Romero, Mirtha Barreto, Carmen Urdaneta de La Rivas y Mirian Díaz, para participar en el proceso electoral a celebrarse el día 30-07-2004, en la referida Caja de Ahorros.

 

Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.-  Expediente N° 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana.

 

El Magistrado ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, presentó informe sobre la recusación formulada, en fecha 05-10-2004, por el ciudadano Pedro León Martínez, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667.

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

3.- Expediente N° 2004-000089: TIMOTEO ZAMBRANO GUÉDEZ Y FREDDY LEPAGE SCHIBANI, asistidos por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Rafael Contreras Millán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.575 y 28.193, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las Resoluciones números 040826-1118, 040615-1047, 040811-1104 y 040811-1103, emanadas del Consejo Nacional Electoral.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 05-10-2004 por el abogado Carlos Guevara, inscrito por el Inpreabogado bajo el número 28.575, mediante la cual dejó constancia de haber recibido la notificación del auto de admisión dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha 04-10-2004, se acordó librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto, a los fines de su publicación en el diario “El Nacional”. Se libró cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

4.-  Expediente Nº 2004-000072: Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos, amparo cautelar y medida cautelar innominada interpuesto por el abogado Humberto Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.793, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Franklin Rondón Mata,  contra la decisión contenida en el acto dictado en fecha 25-05-2004, por la “SUPUESTA JUNTA DIRECTIVA DE LA COORDINACIÓN EJECUTIVA NACIONAL DE FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO (FENTRASEP). Oficio Nº 0846-04, de fecha 21-07-2004, remitiendo el expediente Nº 0712-04 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

5.- Expediente N° 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004.

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000063: JOSÉ MIGUEL DELGADO QUIÑONES, asistido por el abogado José Ángel Bucarello Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.244, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes, en todo lo concerniente a las elecciones de las autoridades universitarias y contra el proceso electoral ocurrido en dicha Universidad para escoger las autoridades para el período 2004-2008.

 

Los abogados Nelson Rodríguez García y Andrés Troconis Torres, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.310 y 65.794, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Universidad de Los Andes (U.L.A.), consignaron escrito de oposición al recurso. (Acompañaron anexos).

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente N° 2004-000089: TIMOTEO ZAMBRANO GUÉDEZ Y FREDDY LEPAGE SCHIBANI, asistidos por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Rafael Contreras Millán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 28.575 y 28.193, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las Resoluciones números 040826-1118, 040615-1047, 040811-1104 y 040811-1103, emanadas del Consejo Nacional Electoral.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica  la admisión del recurso.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada a la Federación de Abogados de Venezuela, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por la Sala en fecha 28-09-2004.

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por la Sala en fecha 28-09-2004.

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-265, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 28-09-2004.

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El abogado Luis Obregón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, consignó diligencia mediante la cual solicita dos (02) juegos de copias certificadas de las actuaciones que rielan a  los folios 311 al 325 del expediente.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

12.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

                       

Por recibida comunicación de fecha 29-09-2004, suscrita por el ciudadano Asdrúbal Hernández, Gerente de Seguridad Bancaria del Instituto Municipal de Crédito Popular, mediante la cual informa a la Sala, que la ciudadana Virginia Sarmiento y el Colegio de Médicos del Estado Barinas, no mantiene cuentas bancarias, crédito u otro instrumento negociables con esa institución.

 

 

13.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

                       

Por recibida comunicación de fecha 24--09-2004, suscrita por el ciudadano Ronald Castellanos, Oficial de Cumplimiento de Banco Plaza, C.A., mediante la cual informa a la Sala, que una vez revisado sus archivos la persona jurídica detallada en el Oficio N° 04-247, no tiene relación con Banco Plaza.

 

 

El Presidente,

 

 

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

 

           

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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