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CUENTA Nº 161
Despacho del
martes nueve (09) de noviembre de 2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Luis Martínez
Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo
Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta
de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.-
Expediente N° 2004-000082:
GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio
nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional
Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado
Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004.
Vista
la diligencia presentada en fecha 08-11-2004, por el abogado Carlos Guevara
Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en
representación de los ciudadanos Timoteo Zambrano y Freddy Lepage, mediante la
cual apela del auto de pruebas dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha
04-11-2004, se acordó oír la apelación
formulada por el referido abogado en ambos efectos. Se designó Ponente
al Magistrado Doctor ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de la decisión correspondiente.
DILIGENCIA EN:
2.- Expediente N° 2004-000096:
GREGORIO CARTAGENA, titular de la cédula de identidad N° 3.834.025, actuando
con el carácter de representante de la organización Política Participación de
Unidad Total (P.U.N.T.O.), asistido por el abogado Alfonso Blanco, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 77.327,
interpone recurso contencioso electoral con la Resolución N° 040507-613
emanada de Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-05-2004. (Recurso que fue presentado
ante el Juzgado del Municipio Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del
Estado Miranda, el cual, mediante auto de fecha 28-10-2004, ordenó la remisión
de las actuaciones a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido
mediante Oficio N° 5360-201, de fecha 28-10-2004).
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-287, mediante el cual se
solicita al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como
también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el
recurso.
3.-
Expediente N° 2004-000090: MILAGRO URDANETA CORDERO, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 16.659, actuando en su propio nombre, interpone
acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada, contra la
negativa de los ciudadanos Andrés Gilberto Linares, Tomas Alexis Díaz y Gladis
Suárez Odreman, miembros de la “Junta Saliente” de la Asociación de Vecinos de
la Urbanización Santiago de León (ASOSANTIAGO), de hacer entrega material de la
sede y de todos los bienes y haberes de la referida Asociación a la nueva Junta
Directiva.
Vista
la decisión dictada por la Sala en fecha 02-11-2004, mediante la cual se
admitió la acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada, y
ordenó la tramitación correspondiente, siguiendo lo dispuesto en sentencia de la
Sala Constitución de este Alto Tribunal de fecha 01-02-2000, la Sala
acordó comisionar al Juzgado del
Municipio Plaza de
la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de que practique
las diligencias necesarias para notificar de la referida decisión a los
ciudadanos Reinaldo Javier Velásquez, Miren Zuriñe de Amezaga, Milagros
Urdaneta Cordero, María Rosa Álvarez, Zoraida Huartaja, Luis Forero y Gabriela
Roquett (parte accionante), así como a los ciudadanos Andrés Gilberto Linares,
Tomas Alexis Díaz y Gladis Suárez Odreman (parte accionada). Se libró Oficio N°
04-292, y boletas. Asimismo, se libró Oficio N° 04-293, mediante el cual se
notifica al Fiscal General de la Republica de la admisión de la acción de
amparo constitucional interpuesta.
OFICIO
LIBRADO EN:
4.- Expediente N° X-2004-000030(CUADERNO
SEPARADO): PEDRO
LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone solicitud de
medida cautelar innominada en fecha 29 –09-2004, en el expediente contentivo
del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la
actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la
Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para
supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso
electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de
Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana. (Recurso principal
Expediente N° 2004-000075).
Se
libró Oficio N° 04-294, mediante el cual se comunica al Consejo Nacional
Electoral el fallo dictado por la Sala en fecha 02-11-2004.
SENTENCIA
5.-
Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso
electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y
HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso electoral celebrado en el
Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A.
(SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº 127-04,
de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala se declaró COMPETENTE
para conocer del recurso. Ponente: ARÍSTIDES
RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 152.
6.-
Expediente N° 2004-000091:
Juzgado Tercero de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, declinó la competencia para conocer del recurso
contencioso electoral interpuesto por el abogado Esdras Salazar, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 92.774, contra el proceso electoral celebrado en la
Asociación de Jubilados de Ferrominera Orinoco C.A., para elegir a la Junta
Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 141-04, de fecha 23-09-2004,
remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000642 (nomenclatura de ese Juzgado) (1
pieza principal). La Sala declaró:
PRIMERO: ACEPTA LA DECLINATORIA formulada por el Juzgado Tercero
de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, y en consecuencia, asume el
conocimiento del recurso contencioso electoral interpuesto. SEGUNDO:
ACUERDA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de
continuar la tramitación del recurso. Ponente: IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA.
Sentencia N° 153.
El Presidente,
LUIS
MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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