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Sala Electoral
  • Fecha: 10 de marzo de 2004





CUENTA Nº 34

 

CUENTA Nº 34

 

 

Despacho del miércoles diez (10) de marzo de 2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARIA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000025: JOSE MOGOLLON, asistido por la abogada Mercedes Valentina Manzini Tekhaus, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.381, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución Nº 040122-06, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2004, publicada en Gaceta Electoral Nº 189, de fecha 27-02-2004, mediante la cual otorga reconocimiento de validez del proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000101: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, declina la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Alcalde del Municipio Iribarren del Estado Lara, referido al proceso electoral celebrado el 01-09-2003, para elegir a los integrantes del Consejo Local de Planificación Pública del referido Municipio. Oficio Nº 1702-03-8091, de fecha 22-09-2003, remitiendo el expediente Nº 8091 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se agregó el cartel de emplazamiento a los interesados original librado en fecha 18-02-2004.

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000021: JULIO BORGES, CESAR ALEJANDRO PEREZ VIVAS, HENRY RAMOS ALLUP, JORGE SUCRE CASTILLO, RAMÓN JOSÉ MEDINA Y GERARDO BLYDE, asistido por los abogados Jesús Cristóbal Rangel Rachadell y Juan Carlos Caldera López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 65.672, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Instructivo sobre el Tratamiento por el Comité Técnico Superior de las Firmas de Caligrafía Similar o Reglones de Planillas Llenadas por la misma persona, del 24-02-2004 y contra la Resolución Nº 040302-131 del 2-03-2004, ambos dictados por el Consejo Nacional Electoral.

 

Vistas las actuaciones realizadas en fecha 9-03-2004, por el ciudadano Ismael García, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.233, mediante la cual recusa a los Magistrados Alberto Martini Urdaneta y Rafael Hernández Uzcátegui, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre las mismas declarándolas inadmisibles.

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000021: JULIO BORGES, CESAR ALEJANDRO PEREZ VIVAS, HENRY RAMOS ALLUP, JORGE SUCRE CASTILLO, RAMÓN JOSÉ MEDINA Y GERARDO BLYDE, asistido por los abogados Jesús Cristóbal Rangel Rachadell y Juan Carlos Caldera López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 65.672, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Instructivo sobre el Tratamiento por el Comité Técnico Superior de las Firmas de Caligrafía Similar o Reglones de Planillas Llenadas por la misma persona, del 24-02-2004 y contra la Resolución Nº 040302-131 del 2-03-2004, ambos dictados por el Consejo Nacional Electoral.

 

Vista la actuación realizada en fecha 10-03-2004, por el ciudadano Ismael García, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 93.233, mediante la cual recusa al Magistrado Presidente de la Sala Doctor Alberto Martini Urdaneta, el Juzgado  de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la misma declarándola inadmisible.

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000021: JULIO BORGES, CESAR ALEJANDRO PEREZ VIVAS, HENRY RAMOS ALLUP, JORGE SUCRE CASTILLO, RAMÓN JOSÉ MEDINA Y GERARDO BLYDE, asistido por los abogados Jesús Cristóbal Rangel Rachadell y Juan Carlos Caldera López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 65.672, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Instructivo sobre el Tratamiento por el Comité Técnico Superior de las Firmas de Caligrafía Similar o Reglones de Planillas Llenadas por la misma persona, del 24-02-2004 y contra la Resolución Nº 040302-131 del 2-03-2004, ambos dictados por el Consejo Nacional Electoral.

 

Vista la actuación realizada en fecha 8-03-2004, por el ciudadano Ramón José Medina, asistido por el abogado Juan Carlos Caldera López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 65.672, mediante la cual recusa al Magistrado Luis Martínez Hernández, el Juzgado  de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la misma declarándola inadmisible.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000017: GUILLERMO MORENA ALCALÁ y OCTAVIO TOVAR CHÁCIN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040302-131, de fecha 02-03-2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se establece que 876.017 solicitudes en el procedimiento revocatorio iniciado en relación con el ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías, Presidente de la República, se encuentran bajo observación por presentar CALIGRAFÍA SIMILAR” y deberán ser reparadas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-036, mediante el cual se solicita al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

7.- Expediente Nº 2004-000022: ALFREDO JESÚS TINEO SÁNCHEZ Y PASCUAL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.707, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 040216-129 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-02-2004, mediante la cual niega la inscripción de la organización VISIÓN EMERGENTE (VISIÓN) como partido regional en el estado Miranda.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-037 mediante el cual se solicita al Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

8.- Expediente Nº 2004-000021: JULIO BORGES, CESAR ALEJANDRO PEREZ VIVAS, HENRY RAMOS ALLUP, JORGE SUCRE CASTILLO, RAMÓN JOSÉ MEDINA Y GERARDO BLYDE, asistido por los abogados Jesús Cristóbal Rangel Rachadell y Juan Carlos Caldera López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 65.672, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Instructivo sobre el Tratamiento por el Comité Técnico Superior de las Firmas de Caligrafía Similar o Reglones de Planillas Llenadas por la misma persona, del 24-02-2004 y contra la Resolución Nº 040302-131 del 2-03-2004, ambos dictados por el Consejo Nacional Electoral.

 

El Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui, presentó informe sobre la recusación formulada en fecha 9-03-2004, por el ciudadano Ismael García, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.233.

 

 

9.- Expediente Nº 2004-000021: JULIO BORGES, CESAR ALEJANDRO PEREZ VIVAS, HENRY RAMOS ALLUP, JORGE SUCRE CASTILLO, RAMÓN JOSÉ MEDINA Y GERARDO BLYDE, asistido por los abogados Jesús Cristóbal Rangel Rachadell y Juan Carlos Caldera López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 65.672, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Instructivo sobre el Tratamiento por el Comité Técnico Superior de las Firmas de Caligrafía Similar o Reglones de Planillas Llenadas por la misma persona, del 24-02-2004 y contra la Resolución Nº 040302-131 del 2-03-2004, ambos dictados por el Consejo Nacional Electoral.

 

El ciudadano Ismael García, asistido por el abogado Juan Molina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.233, presentó diligencia en la cual de conformidad con el artículo 88 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y 82, numeral 15, y 90  del Código de Procedimiento Civil, recusa al Magistrado Alberto Martini Urdaneta.

 

 

10.- Expediente Nº 2004-000013:  CARLOS ALBERTO GUEVARA SOLANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la decisión del Consejo Nacional Electoral, de fecha 24 de febrero de 2004,  mediante la cual, acordó someter al procedimiento de reparo las “planillas o renglones que contienen ‘caligrafía similar o de una mano’, en las cuales se solicita convocar a diferentes referendos revocatorios de funcionarios que ocupan Cargos de Elección Popular.

                                                                                                    

El abogado Andrés Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 33.583, Consultor Jurídico del Consejo Nacional Electoral, consignó diligencia mediante la cual solicita se habilite el tiempo necesario a los fines de consignar el informe y los antecedentes administrativo del caso.

 

 

 

11.- Expediente Nº 2004-000013:  CARLOS ALBERTO GUEVARA SOLANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la decisión del Consejo Nacional Electoral, de fecha 24 de febrero de 2004,  mediante la cual, acordó someter al procedimiento de reparo las “planillas o renglones que contienen ‘caligrafía similar o de una mano’, en las cuales se solicita convocar a diferentes referendos revocatorios de funcionarios que ocupan Cargos de Elección Popular.

 

El abogado CARLOS ALBERTO GUEVARA SOLANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual manifiesta que está en cuenta de la solicitud de habilitación del tiempo necesario por parte del Consultor Jurídico y no manifiesta oposición a la misma.         

 

 

 

12.- Expediente Nº 2004-000017: GUILLERMO MORENA ALCALÁ y OCTAVIO Tovar Chacin, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040302-131, de fecha 02-03-2004, emanada del Consejo Nacional Electora, mediante la cual se establece que 876.017 solicitudes en el procedimiento revocatorio iniciado en relación con el ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías, Presidente de la República, se encuentran bajo observación por presentar CALIGRAFÍA SIMILAR” y deberán ser reparadas.

 

El abogado Andrés Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 33.583, Consultor Jurídico del Consejo Nacional Electoral, consignó diligencia mediante la cual solicita se habilite el tiempo necesario a los fines de consignar el informe y los antecedentes administrativo del caso.

 

 

 

13.- Expediente Nº 2004-000021: JULIO BORGES, CESAR ALEJANDRO PEREZ VIVAS, HENRY RAMOS ALLUP, JORGE SUCRE CASTILLO, RAMÓN JOSÉ MEDINA Y GERARDO BLYDE, asistido por los abogados Jesús Cristóbal Rangel Rachadell y Juan Carlos Caldera López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 65.672, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Instructivo sobre el Tratamiento por el Comité Técnico Superior de las Firmas de Caligrafía Similar o Reglones de Planillas Llenadas por la misma persona, del 24-02-2004 y contra la Resolución Nº 040302-131 del 2-03-2004, ambos dictados por el Consejo Nacional Electoral.

 

El abogado Andrés Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 33.583, Consultor Jurídico del Consejo Nacional Electoral, consignó diligencia mediante la cual solicita se habilite el tiempo necesario a los fines de consignar el informe y los antecedentes administrativo del caso.

 

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente Nº 2004-000013:  CARLOS ALBERTO GUEVARA SOLANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la decisión del Consejo Nacional Electoral, de fecha 24 de febrero de 2004,  mediante la cual, acordó someter al procedimiento de reparo las “planillas o renglones que contienen ‘caligrafía similar o de una mano’, en las cuales se solicita convocar a diferentes referendos revocatorios de funcionarios que ocupan Cargos de Elección Popular.

                                                                                                    

La abogada Carmen Stebbing Villalonga, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 30.912, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos. Igualmente recusan al Magistrado Alberto Martini Urdaneta, de conformidad con el artículo 82, numeral 4, del Código de Procedimiento Civil,  y al Magistrado Rafael Hernández  Uzcátegui, de conformidad con el artículo 82, numeral 12, del Código de Procedimiento Civil. (Acompaña anexos).

 

 

15.- Expediente Nº 2004-000017: GUILLERMO MORENA ALCALÁ y OCTAVIO Tovar Chacin, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040302-131, de fecha 02-03-2004, emanada del Consejo Nacional Electora, mediante la cual se establece que 876.017 solicitudes en el procedimiento revocatorio iniciado en relación con el ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías, Presidente de la República, se encuentran bajo observación por presentar CALIGRAFÍA SIMILAR” y deberán ser reparadas.

 

La abogada Carmen Stebbing Villalonga, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 30.912, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos. Igualmente recusan al Magistrado Alberto Martini Urdaneta, de conformidad con el artículo 82, numeral 4, del Código de Procedimiento Civil,  y al Magistrado Rafael Hernández  Uzcátegui, de conformidad con el artículo 82, numeral 12, del Código de Procedimiento Civil. (Acompaña anexos).

 

 

16.- Expediente Nº 2004-000021: JULIO BORGES, CESAR ALEJANDRO PEREZ VIVAS, HENRY RAMOS ALLUP, JORGE SUCRE CASTILLO, RAMÓN JOSÉ MEDINA Y GERARDO BLYDE, asistido por los abogados Jesús Cristóbal Rangel Rachadell y Juan Carlos Caldera López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 65.672, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Instructivo sobre el Tratamiento por el Comité Técnico Superior de las Firmas de Caligrafía Similar o Reglones de Planillas Llenadas por la misma persona, del 24-02-2004 y contra la Resolución Nº 040302-131 del 2-03-2004, ambos dictados por el Consejo Nacional Electoral.

 

La abogada Carmen Stebbing Villalonga, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 30.912, actuando con el carácter de apoderada judicial del Consejo Nacional Electoral, consignó informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos. Igualmente recusan al Magistrado Alberto Martini Urdaneta, de conformidad con el artículo 82, numeral 4, del Código de Procedimiento Civil,  y al Magistrado Rafael Hernández  Uzcátegui, de conformidad con el artículo 82, numeral 12, del Código de Procedimiento Civil. (Acompaña anexos).

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

17.- Expediente Nº 2004-000023: Juzgado Primero de Primero Instancia de juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por los ciudadanos Solange Frog, José Montero, Alejandrina Ríos, Juana Mercedes Pinto, Víctor Gutiérrez, Alexis Noguera, Jazmín Arias, Yomira Núñez, Emilio Albornoz y Ángel Fajardo, asistidos por la abogada Soraya Rossi, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 43.099, contra el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Suramericana de Aleaciones Laminadas, C.A. (SINTRASURAL) y el Sindicato Único de Trabajadores de SURAL, C.A. (SUTRASUR), referido al proceso de referéndum sindical convocado para el 01-03-2004, para determinar cuál de los sindicatos representa la mayoría absoluta para negociar colectivamente en la empresa SURAL. Oficio Nº 04-0010 de fecha 02-03-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-0-2004-000002 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

OFICIOS Y BOLETAS LIBRADOS EN:

 

 

18.- Expediente Nº 2004-000008: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, interpone acción de amparo constitucional contra  el Secretario permanente del Consejo Nacional de Universidades, ciudadana Rosa Mireya Zambrano de Gugig, referido a la petición formulada por el mencionado ciudadano en fecha 13-11-2003, a los fines de que le informara acerca de la fecha de realización de las “...elecciones de representantes estudiantiles ante el Consejo Nacional de Universidades, por cada grupo de Universidades (Privadas, Autónomas, y Experimentales),...”. 

 

Se libró  Oficio Nº 04-039, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado en fecha 04-03-2004. Asimismo, se libró Oficio Nº 04-040, mediante el cual se notifica al Defensor del Pueblo del fallo dictado en fecha 04-03-2004. Finalmente, se libró boleta a la ciudadana ROSA MIREYA ZAMBRANO DE GUGIG, Secretaria Permanente del Consejo Nacional de Universidades, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por este Sala en fecha 04-03-2004.

 

 

 

                                                                                                                           

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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