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CUENTA Nº 162
Despacho del
miércoles diez (10) de noviembre de 2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Luis Martínez
Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo
Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta
de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
1.- Expediente N° 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido
por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la
Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo
Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar
expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a
la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa
Bridgestone-Firestone Venezolana.
Se
acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete
(07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a
dictar sentencia, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del
Código de Procedimiento Civil, por cuanto la complejidad y naturaleza del
asunto bajo examen así lo exige.
DILIGENCIA
EN:
2.-
Expediente Nº 2004-000067:
MIRVA GARCÍA, asistida por el abogado Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 46.986, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto
administrativo dictado por la Comisión Nacional Electoral de la Caja de Ahorros
de Empleados del Ministerio de Agricultura y Tierras (CADEMAC), mediante el
cual se admitió la postulación de las ciudadanas Aura Moreno, Marinelly Romero,
Mirtha Barreto, Carmen Urdaneta de La Rivas y Mirian Díaz, para participar en
el proceso electoral a celebrarse el día 30-07-2004, en la referida Caja de
Ahorros.
La
abogada Silvana Gómez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 75.042,
consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las
copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 28-10-2004.
3.-
Expediente Nº 2004-000031: Carlos
Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de
los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad
con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago
Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el
Colegio de Médicos del Estado Barinas.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-289, mediante el cual
notificó a la Federación Médica Venezolana del fallo dictado por la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 06-10-2004.
4.-
Expediente Nº 2004-000031: Carlos
Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de
los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad
con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago
Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el
Colegio de Médicos del Estado Barinas.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-290, mediante el cual
notificó al Consejo Bancario Nacional del fallo dictado por la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 06-10-2004.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
5.-
Expediente N° 2004-000091:
Juzgado Tercero de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, declinó la competencia para conocer del recurso
contencioso electoral interpuesto por el abogado Esdras Salazar, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 92.774, contra el proceso electoral celebrado en la
Asociación de Jubilados de Ferrominera Orinoco C.A., para elegir a la Junta
Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 141-04, de fecha 23-09-2004,
remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000642 (nomenclatura de ese Juzgado) (1
pieza principal).
Vista la sentencia dictada por la Sala en fecha 09-11-2004,
mediante la cual asume la competencia
para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto, y, visto igualmente que conforme a la
referida decisión se ordena remitir el expediente al Juzgado de
Sustanciación, a los fines de continuar con la tramitación de la causa, en
consecuencia, se acordó solicitar al Comité Electoral de la Asociación de
Jubilados de Ferrominera Orinoco C.A. los antecedentes administrativos, así
como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados
con el recurso. Igualmente, se ordena notificar al ciudadano Esdras Salazar
(parte recurrente) del fallo dictado en fecha 09 de noviembre de 2004 y del
presente auto. Asimismo, se acordó comisionar al Juzgado Tercero de Primera
Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, a los fines de que practique las diligencias necesarias para
notificar al referido Comité Electoral, así como al ciudadano Esdras Salazar.
Se libraron Oficios números 04-295, 04-296 y boleta.
El Presidente,
LUIS
MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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