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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de mayo de 2004





CUENTA Nº 64

 

CUENTA Nº 64

 

 

Despacho del martes once (11) de mayo de 2004. Se abrió la sesión  Presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-124, anexo al cual se remite comisión conferida  al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Occidental, a los fines de que practique las diligencias necesarias para comunicar de la decisión dictada en fecha 23-03-2004 a la parte accionante, ciudadano Julián Fernando Niño Gamboa, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia d este Alto Tribunal

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000025: JOSE MOGOLLON, asistido por la abogada Mercedes Valentina Manzini Tekhaus, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.381, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución Nº 040122-06, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2004, publicada en Gaceta Electoral Nº 189, de fecha 27-02-2004, mediante la cual otorga reconocimiento de validez del proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO).

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado, en fecha 04-05-04,  por el ciudadano José Mogollón, parte actora, asistido por la abogada  Mercedes Valentina Mancini, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiéndolas.

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000009: JOSÉ ANTONIO SENGES,  asistido por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida de suspensión de efectos, contra el proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos de Metropolitanos en fecha 09-07-2003, para elegir a los Delegados a la Convención Nacional.

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000020: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos Frank Nelson Delgado Sánchez y José Antonio Díaz, asistido por el abogado Luis Zambrano Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 24.567, referido a la elección de la Junta Directiva del Sindicato Único  de Trabajadores Electromecánicos y Otras Labores de la Empresa EDELCA C.V.G. PRESA HURÍ del Estado Bolívar (SINTRAELEM). Oficio Nº 011-04, de fecha 01-03-2004, remitiendo el expediente Nº 2004-000238 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-113, anexó al cual se remite comisión conferida al  Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines de notificar de la decisión dictada en fecha 20-04-2004, a la Comisión Electoral del  Sindicato de Trabajadores Electromecánicos y Otras Labores de la Empresa EDELCA C.V.G. PRESA GURÍ del Estado Bolívar (SINTRAELEM).

 

 

 

 

SENTENCIA

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000024: GRECIA HERNÁNDEZ ROMERO ejerce acción de amparo constitucional contra el ciudadano Henrique Capriles Radonski, Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda, por el incumplimiento de "sus deberes constitucionales y legales, como máxima autoridad de gobierno y administración local, de prestarle a la ciudadanía el servicio de policía municipal para el restablecimiento del orden público, garantizar la paz y convivencia ciudadana, velar por la satisfacción de las necesidades básicas de la comunidad, cumplir y hacer cumplir la legislación vigente". (Recibido vía correo electrónico). La Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 57.

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA). La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud formulada por el apoderado judicial de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Capital. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 58.

 

 

7.- Expediente Nº 2004-000036: DANILO RAMÓN PINEDA PALMAR, asistido por la abogada Amparo Alonso Estévez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 18.260, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Consejo Nacional Electoral, referida a la Convocatoria para la conformación de Grupos de Electores. La Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 59.

 

 

8.- Expediente Nº 2004-000045: IVÁN MARCANO LÓPEZ, asistido por el abogado Ángel Mendoza Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.015, interpone acción de amparo constitucional contra el Consejo Nacional Electoral, por cuanto declaró no válida la firma del mencionado ciudadano en la solicitud de convocatoria a referendo revocatorio del Presidente de la República, ciudadano Hugo Chávez Frías y lo excluyó del procedimiento de los reparos. La Sala se declaró INCOMPETENTE  para conocer y decidir la acción autónoma de amparo constitucional incoada y en consecuencia, DECLINÓ el conocimiento de la misma en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. . Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 60.

 

 

9.- Expediente Nº 2004-000047: MAGDA BARBOZA MORILLO, asistida por la abogada Marielba Barboza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.461, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, por haber “sido  excluida del firmazo”. La Sala se declaró INCOMPETENTE  para conocer y decidir la acción autónoma de amparo constitucional incoada y en consecuencia, DECLINÓ el conocimiento de la misma en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.  Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 61.

 

 

10.- Expediente Nº 2003-000061: EDISON ALVARADO, asistido por las abogadas Marelva Montserratt y Paola Antonelli, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 83.101 y 55.798, respectivamente,  interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), referido al proceso electoral celebrado el 20-06-2003, en el referido Sindicato. La Sala declaró QUE NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 62.

 

 

11.- Expediente Nº 2004-000015: JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIERREZ CARMONA,  asistido por el abogado Damaso Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.606, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 040206-082, de fecha 06-02-2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Fidel La Rosa contra la Resolución No 040126-013, de fecha 23-01-04 y sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Jhon Archer y Santiago Gutiérrez contra la Resolución No 040126-017 de fecha 26-01-2004 referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de los Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA). La Sala declaró PROCEDENTE la solicitud de acumulación de las causas Nos. 2004-000015 y 2004-000018 formulada por el Consejo Nacional Electoral, contentivas de los Recursos de Nulidad interpuestos por los ciudadanos JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIÉRREZ CARMONA, por una parte, y FIDEL LA ROSA, por la otra, contra la Resolución N° 040206-082 dictada en fecha 6 de febrero de 2004 por el Consejo Nacional Electoral, con ocasión del proceso electoral de renovación de autoridades del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA C.A. METRO DE CARACAS (SITRAMECA). Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 63.

 

12.- Expediente Nº 2004-000042: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, remite expedientes contentivos de las acciones de amparo constitucionales interpuestas por los ciudadanos Hermes Enrique Noguera Morales y Yennyferr Carolina Milano Cortez, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional Experimental de Los Llanos Centrales Rómulo Gallegos, que fueron acumulados mediante auto de fecha 17-03-2004. Oficio Nº 310-04, de fecha 29-03-2004, remitiendo los expedientes números  5057-04 y 5058-04 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: PRIMERO: ACEPTA la declinatoria de competencia formulada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. SEGUNDO: DECLARA LA NULIDAD de todas y cada una de las actuaciones efectuadas por el mencionado Juzgado Primero de Primera Instancia, desde la admisión de las acciones interpuestas, lo cual alcanza a las medidas cautelares decretadas y la decisión de acumular ambas acciones de amparo constitucional, y ORDENA la reposición al estado de decidir sobre la admisión de las mismas. TERCERO: ORDENA  el desglose de ambas causas a los fines de que se formen expedientes separados y se anexe a cada uno de ellos copia certificada de la presente decisión. CUARTO: ORDENA a los ciudadanos HERMES ENRIQUE NOGUERA MORALES y YENNYFERR CAROLINA MILANO CORTEZ, antes identificados, corregir, en forma individualizada, las omisiones advertidas en sus respectivas solicitudes, dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la correspondiente notificación, una vez transcurrido el término de distancia que la Sala fija en dos (2) días continuos, advirtiéndose que la falta de cumplimiento a la orden contenida en este fallo, dará lugar a la declaratoria de inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional interpuesta, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 64.

 

 

13.- Expediente Nº 2004-000035: JOSÉ POLANCO, LUIS ALBERTO MEDINA, RONAL NIEVES, OMAR CACIQUE, MARITZA DE HIDALGO, HENRY AVILA PALACIOS, AMELIA JOSEFINA VALERA AGRISONES, JESÚS ENRIQUE GUERRERO LÓPEZ, CARMEN ANGLESIA CONTRERAS, NELSON EDUARDO HERNÁNDEZ GÓMEZ, ANTONIO JOSÉ PÉREZ CAMEJO, ARMANDO HERNÁNDEZ GALANTON, NILYAN BRICEÑO, JUAN ANTONIO PEÑA COROPE, ALBERTO ALCALA CAÑIZALEZ ROJAS, VICTOR CHRISTOPHER CASTILLO DE LA CRUZ y ROGER BORGES, asistidos por los abogados Jesús Sarmiento Niño y Nelson Maita Gutiérrez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6.962 y 51.296, interponen acción de amparo constitucional contra las decisiones del Comando Táctico Nacional del Movimiento Quinta República, referido a la elección de los candidatos Municipales de las diferentes Alcaldías del Estado Aragua, así como a los candidatos al Consejo Legislativo del referido Estado. La Sala declaró que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR con relación a la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 65.

 

 

14.- Expediente Nº 2004-000046: HECTOR MATA RODULFO, actuando con el carácter de Secretario General del Partido Político Regional MOVIMIENTO REGIONAL DE AVANZADA interpone acción de  amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Dirección Regional del Consejo Nacional Electoral en el Estado Nueva Esparta, referido al acto de escogencia de la ubicación en la Boleta Electoral de los partidos políticos y grupos de electoral para las próximas elecciones de Gobernador y Diputados al Consejo Legislativo del Estado Nueva Esparta, celebrado el 04-05-2004. (Recibido vía correo electrónico). La Sala declaró: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir la presente acción de amparo constitucional incoada. SEGUNDO: ADMITIÓ y ACUERDA TRAMITAR la causa conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 01-02-2000. . Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 66.

 

 

15.- Expediente Nº 2003-000117: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano Frank Leonardo Silva Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.596, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Luis Aguilera, Omar Marcano, Elimar Bastardo, Francisco Rodríguez, Bienvenida Lisboa, Argenis Romero, Juvenal Quintana, Braulio Orea, Haidee Figueroa, José Torres, Carmelo Moya, Noel Grillet, Luis González, Wilfredo Ruiz, Henry Abreu, Leudis Franco, Elberto Valdez, Glenda Sosa, Ebaldo Castillo, Luvi Aguilera, José González, Francisco Orta, Elías García, Alfonso Bertho, Jesús Robles, Atanasio Sierra, Alirio Lejarazo, German Bautista Ballera, Eustaquio Meneses Dicuru, Jesús Yépez y Miguel Valdivieso, miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria del Hierro y Otros Minerales del Estado Bolívar (SUTRAHIERRO BOLIVAR) los cinco (5) primeros y los restantes trabajadores activos y jubilados de la empresa Ferrominera Orinoco, C.A., contra la Inspectoría de Trabajo. Oficio Nº 03-0001, de fecha 24-11-2003, remitiendo el expediente Nº  03-0003 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: 1) NO ACEPTA la declinatoria de competencia por la materia que mediante sentencia de fecha 24 de noviembre de 2003, fuera declarada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, para conocer de la Acción de Amparo Constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de medida cautelar Innominada interpuesta. 2) SOLICITA que sea REGULADA LA COMPETENCIA, y en tal sentido ordena la remisión de las actuaciones a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.  Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 67.

 

 

16.- Expediente Nº 2004-000044: Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Francisco Sánchez Ugueto,  asistido por el abogado Pedro Pablo Calvani, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.252, contra el acto dictado por la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, identificado cono CE-7543-2004, de fecha 22-04-2004, mediante el cual no se aceptó la postulación del referido ciudadano como candidato a Vicerrector Administrativo de la Universidad Central de Venezuela, en la elecciones a celebrarse, la primera vuelta, el 30-04-2004 y la segunda vuelta, el 7-05-2004. Oficio Nº 0448-04, de fecha 29-04-2004, remitiendo el expediente Nº  0605-04 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: 1.- ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuera declinada para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo propuesta. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 68.

 

 

 

El Presidente,                                                                                           

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

                                                                                                   

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

 

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