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Sala Electoral
  • Fecha: 12 de abril de 2004





CUENTA Nº 48

 

 

CUENTA Nº 48

 

 

Despacho del lunes doce (12) de abril de 2004. Se abrió la sesión  Presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARIA

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000037: WILMER ANTONIO PEÑA UREA, asistido por el abogado Enoy Guaiquirima, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 104.929, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra los actos emanados de la Comisión de Postulaciones y la Comisión Electoral del Foro Propio del Municipio Ambrosio Plaza del estado Miranda, constituidos para la elección de los representantes por la sociedad ante el Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescentes del referido Municipio.

 

Visto el auto dictado en fecha 29-03-2004, mediante el cual se acordó solicitar a la Comisión de Postulaciones y a la Comisión Electoral del Foro Propio del Municipio Ambrosio Plaza del estado Miranda, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, y vista, igualmente, la diligencia presentada fecha 01-04-2004, por el ciudadano Wilmer Peña, asistido por el abogado Enoy Guaiquirima, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 104.929, mediante la cual solicita se le designe como correo especial a los fines de practicar la notificación de la Comisión de Postulaciones y de la Comisión Electoral, ambas del Foro Propio del Municipio Ambrosio Plaza del estado Miranda, esta Sala acordó nombrar al ciudadano Wilmer Peña,  como correo especial a los fines de que gestione la notificación del aludido auto por medio de cualquier Alguacil o Notario del lugar donde resida el demandado, en la forma prevista en el artículo 218 ejusdem.  Se anexó Oficios Nos. 04-073 y 04-074 librados en fecha 29-03-2004.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000032: LUIS CASTAÑOS, asistido por el abogado Alfredo de Jesús Salvatori, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta omisiva del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, en torno a la inscripción de los partidos regionales y la solicitud de conversión a partido nacional del movimiento VENCEDORES AL  MOVIMIENTO ORGANIZADO SOCIAL (VAMOS).(Presentado mediante diligencia).

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó diligencia anexa a la cual consignó recaudos complementarios a los antecedentes administrativos consignados en fecha 01-04-2004.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000025: JOSE MOGOLLON, asistido por la abogada Mercedes Valentina Manzini Tekhaus, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.381, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución Nº 040122-06, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2004, publicada en Gaceta Electoral Nº 189, de fecha 27-02-2004, mediante la cual otorga reconocimiento de validez del proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO).

 

Vista la diligencia presentada en fecha 31-03-2004 por el ciudadano Alguacil, mediante la cual dejó constancia de haber notificado a la parte recurrente, del auto de admisión dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha 30-03-2004, se acordó librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto, a los fines de su publicación en el diario “Últimas Noticias”.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000040: Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano FRANCISCO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Heimold Suárez Crespo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.126, contra la Resolución del 25-09-2001 dictada por el Delegado Sindical del Consejo Nacional Electoral en el Estado Lara, en la cual se ordena a la Comisión Electoral del Sindicato de Radio, Cine, Teatro, Televisión, Músicos, Similares, Afines y Conexos del Estado Lara, la suspensión del Proceso electoral convocado para el 25-09-2001, la inscripción de la Plancha Nº 02 en un lapso de 48 horas y la fijación de las elecciones para el día 15-10-2001. Oficio Nº TJT 25-04, de fecha 13-01-2004, remitiendo el expediente Nº  0016813 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000033: RAÚL PADRÓN RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Previsión de Empleados y Obreros del Gobierno del Municipio Baruta, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº DS-CAL-0958, emanado de la Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas, en el cual se ordenó la suspensión de la Asamblea General Extraordinario de asociados de la referida Caja, a celebrarse el 17-03-2004, debiéndose procede a elaborar una nueva convocatoria dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del Oficio, en la cual se incluya como punto en la referida convocatoria “EL NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 31-03-2004, por el abogado Raúl Padrón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913,  mediante la cual solicita copia certificada del expediente, esta Sala observa que, por lo que se refiere a los documentos que cursan a los folios 01 al 33 y 37 al 57 del expediente, se ACORDÓ su certificación por cursar los mismos en original. Ahora bien, con relación a los documentos que cursan a los folios 34 al 36 del expediente, esta Sala NEGÓ su certificación por no cursar los mismos en original, hecho este que impide su confrontación, de allí que se ordenó su expedición en copia simple.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000039: Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ANGEL RUBIO,  asistido por el abogado Ramón Segundo Papiri Beleño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.603, contra el ciudadano José Cañizales, referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia. Oficio Nº T4PJ2004-65, de fecha 24-03-2004, remitiendo el expediente Nº  VP01-2004-000010 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente Nº 2004-000033: RAÚL PADRÓN RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Previsión de Empleados y Obreros del Gobierno del Municipio Baruta, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº DS-CAL-0958, emanado de la Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas, en el cual se ordenó la suspensión de la Asamblea General Extraordinario de asociados de la referida Caja, a celebrarse el 17-03-2004, debiéndose procede a elaborar una nueva convocatoria dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del Oficio, en la cual se incluya como punto en la referida convocatoria “EL NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 04-084, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado en fecha 30-03-2004.

 

 

8.- Expediente Nº 2004-000033: RAÚL PADRÓN RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Previsión de Empleados y Obreros del Gobierno del Municipio Baruta, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº DS-CAL-0958, emanado de la Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas, en el cual se ordenó la suspensión de la Asamblea General Extraordinario de asociados de la referida Caja, a celebrarse el 17-03-2004, debiéndose procede a elaborar una nueva convocatoria dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del Oficio, en la cual se incluya como punto en la referida convocatoria “EL NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 04-085, mediante el cual se notifica al Defensor del Pueblo del fallo dictado en fecha 30-03-2004.

 

 

9.- Expediente Nº 2004-000033: RAÚL PADRÓN RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Previsión de Empleados y Obreros del Gobierno del Municipio Baruta, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº DS-CAL-0958, emanado de la Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas, en el cual se ordenó la suspensión de la Asamblea General Extraordinario de asociados de la referida Caja, a celebrarse el 17-03-2004, debiéndose procede a elaborar una nueva convocatoria dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del Oficio, en la cual se incluya como punto en la referida convocatoria “EL NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 30-03-2004.

 

 

 

OTROS:

 

10.- Por recibido a las 11:35 a.m., Oficio Nº 04-735, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual se remite copia certificada de la Sentencia Nº 566.

 

 

                                                    

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 


 

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