Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 13 de enero de 2004





CUENTA Nº 04

 

 

CUENTA Nº 04

 

 

 

Despacho del martes trece (13) de enero de 2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente Nº X-2003-000032 (CUADERNO SEPARADO): Lorenzo Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.561, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Colegio de Abogado de Caracas, asistido por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, se opone a la medida cautelar innominada dictada  en fecha 08-12-2003, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA). (Recurso Principal Expediente Nº 2003-000118).

 

Se designó ponente al Magistrado RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000087:  Virginia Sarmiento Briceño, Ramón Reinoso Rodríguez, José Pastor Martínez, Carlos J. Montilla y Juan Carlos Dávila Solano, asistidos por el abogado Omar Reverol Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.339,  interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a los ciudadanos JUDITH SAYAGO BRICEÑO Y JUAN RAMÓN QUINTANA, PRESIDENTE Y SECRETARIO GENERAL, DEL COLEGIO DE MÉDICOS DEL ESTADO BARINAS, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 09-12-2003.

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000083: Jorge Luis García AARÓN, asistido por el abogado Leonel Rodríguez Ochoa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.658, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar contra el Consejo Nacional Electoral, relacionado con el proceso electoral del Sindicato Unión de Trabajadores del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales del Estado Zulia.

 

El abogado Julio Cesar Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.548, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Jorge Luis García Aarón, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de los documentos que cursan a los folios 82, 83, 90, 98 y Vto., 111, 117, 118, 130 y Vto., 131, 134, 140, 141, 145 y Vto., 148 y Vto., 149, 151 al 166, 167 y 168 del expediente. 

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000091: Jesús Urbieta, León Arismendi, actuando en su propio nombre y en su carácter de apoderados judiciales de  la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.) interponen  acción mero declarativa conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar, a los fines que esta Sala se pronuncie sobre el reconocimiento de dicha organización sindical como la organización más representativa de los trabajadores venezolanos.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-003, mediante el cual se notifica al Procurador General de la Republica del fallo dictado por esta Sala en fecha 07-01-2004.

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000091: Jesús Urbieta, León Arismendi, actuando en su propio nombre y en su carácter de apoderados judiciales de  la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.) interponen  acción mero declarativa conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar, a los fines que esta Sala se pronuncie sobre el reconocimiento de dicha organización sindical como la organización más representativa de los trabajadores venezolanos.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Confederación de Trabajadores de Venezuela, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 07-01-2004.

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000114: JOSE MOGOLLÓN, asistido por el abogado Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 031105-771 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 5-11-2003, referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO).

 

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 12-01-2004, por  el ciudadano José Mogollón, asistido por la abogada Mercedes Valentinas Mancini, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.381, así como los anexos que acompañaron al mismo.

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000114: JOSE MOGOLLÓN, asistido por el abogado Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 031105-771 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 5-11-2003, referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO).

 

De conformidad con el artículo 397, único aparte,  del Código de Procedimiento Civil y con la sentencia dictada por esta Sala en fecha 6 de agosto de 2001, signada con el  número 99, se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados