![]() | ||
|
CUENTA Nº 96
Despacho del miércoles catorce (14) de julio de
2004. Se abrió la sesión presidida por
el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia del Vicepresidente,
Magistrado Rafael Arístides Rengifo y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
NUEVO
ASUNTO:
1.-
Expediente Nº X-2004-000020 (CUADERNO SEPARADO): PEDRO MARTÍNEZ, asistido por el abogado Carlos Coquis López,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.140, solicita la suspensión de
efectos de la Resolución Nº 040402-506, emanada del Consejo Nacional Electoral
en fecha 02-04-2004, publicada en Gaceta Electoral Nº 196 de fecha 23-04-2004,
referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la
Empresa Bridgestone-Firestone (SINTREBRIFI), período 2003-2005. (Recibido el
14-05-2004). (Recurso Principal Expediente Nº 2004-000050).
Se dio cuenta
a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Dr. RAFAEL RENGIFO CAMACARO,
a los fines de decidir la solicitud de suspensión de efectos.
2.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).
Vista la
diligencia presentada en fecha 12-06-2004, por el abogado Luis Obregón,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, actuando con el carácter de
apoderado judicial de la parte recurrida, mediante la cual solicita dos (2)
copias certificadas de los documentos que cursan a los folios 62 al 71, 108 al
114 Vto., 196 al 212 y 272 al 276 Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ
expedir las certificaciones
solicitadas.
3.-
Expediente Nº 2004-000050: PEDRO MARTÍNEZ, asistido por el abogado
Carlos Coquis López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.140,
interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040402-506,
emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-04-2004, publicada en Gaceta
Electoral Nº 146 de fecha 23-04-2004, referida al proceso electoral celebrado
en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone
(SINTREBRIFI), período 2003-2005. (Recibido el 14-05-2004)
Visto el
escrito presentado el 13-07-2004, por el ciudadano Pedro León Martínez,
asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 30.667,
mediante el cual solicita la suspensión de los efectos de la Resolución
Nº 040402-506, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02 abril de
2004, publicada en Gaceta Electoral Nº 196 de fecha 23 de abril de 2004,
referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la
Empresa Bridgestone-Firestone (SINTREBRIFI), período 2003-2005. En
consecuencia, a los fines de la tramitación de la presente incidencia se ordenó
abrir cuaderno separado.
DILIGENCIA
EN:
4.-
Expediente Nº 2003-000098: JOSÉ
VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, JOSÉ ORELLANA, JOSÉ FRANCISCO GALÍNDEZ, RAÚL ILARRAZA
y NELSON PINEDA, asistidos por el abogado Héctor Ramos, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 60.264, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de
medida cautelar innominada contra el proceso electoral celebrado en fecha
01-09-2003, para elegir a los integrantes del Consejo Local de Planificación
Pública del Municipio Iribarren del Estado Lara.
El abogado
Moisés Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.564, consignó
diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias
certificadas acordadas mediante auto de fecha 29-06-2004.
5.-
Expediente Nº 2003-000098: JOSÉ
VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, JOSÉ ORELLANA, JOSÉ FRANCISCO GALÍNDEZ, RAÚL ILARRAZA
y NELSON PINEDA, asistidos por el abogado Héctor Ramos, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 60.264, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de
medida cautelar innominada contra el proceso electoral celebrado en fecha
01-09-2003, para elegir a los integrantes del Consejo Local de Planificación
Pública del Municipio Iribarren del Estado Lara.
El ciudadano
Alguacil consignó Oficio Nº 04-171, anexo al cual se remitía la comisión
conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la
Circunscripción Judicial de la Región Centro Occidental,
a los fines de notificar del referido fallo al ciudadano Henri Falcón
Fuentes, Alcalde del Municipio Iribarren del Estado Lara, consignación que
obedece a que en fecha 17-06-2004, el abogado Moisés Rosales, actuando con el
carácter de apoderado judicial ciudadano Henri Falcón Fuentes, Alcalde del
Municipio Iribarren del Estado Lara,
recibió el Oficio mediante el cual se notificaba al mencionado Alcalde
6.-
Expediente Nº 2004-000046:
HECTOR MATA RODULFO, actuando con el carácter de Secretario General del Partido
Político Regional MOVIMIENTO REGIONAL DE AVANZADA interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con
solicitud de media cautelar innominada, contra la Dirección Regional del
Consejo Nacional Electoral en el Estado Nueva Esparta, referido al acto de
escogencia de la ubicación en la Boleta Electoral de los partidos políticos y
grupos de electoral para las próximas elecciones de Gobernador y Diputados al
Consejo Legislativo del Estado Nueva Esparta, celebrado el 04-05-2004. (Recibido vía correo electrónico).
Por recibido
en esta misma fecha, Oficio Nº 2940-262, de fecha 07 de julio de 2004, emanado
del Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la
Circunscripción judicial del Estado Nueva Esparta, anexo al cual se remite las resultas de la Comisión conferida por
esta Sala, en fecha 26 de mayo de 2004,
se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
SENTENCIA
7.-
Expediente Nº 2004-000053:
JULIÁN FERNANDO NIÑO GAMBOA, interpone acción de amparo constitucional con
solicitud de medida cautelar innominada contra el parágrafo único del artículo
79 del Reglamento General de la Universidad Experimental Politécnico “Antonio
José de Sucre”. La Sala declaró IMPROCEDENTE la solicitud presentada en
fecha 8 de junio de 2004 por el ciudadano Julián Fernando Niño Gamboa, a los
fines de que se acordara la paralización de la causa. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº
91.
8.-
Expediente Nº 2004-000064:
ALEJANDRO VIVAS, asistido por el abogado Oscar Arnal, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 25.998, interpone amparo constitucional contra el
Ministro de Relaciones Exteriores y el Presidente del Consejo Nacional
Electoral, referido
a su inscripción en el Registro Electoral Permanente. La Sala se declaró INCOMPETENTE
para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta. En consecuencia, declinó
el conocimiento de la misma en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia. Ponente: LUIS MARTÍNEZ
HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 92.
9.- Expediente Nº X-2003-000025 (CUADERNO
SEPARADO): Alejandro
Mirabal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.644, actuando con el
carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDGAR MIRABAL, RICARDO MALAVÉ
y DOMINGO ECHEVERRÍA, interpone solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente
medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral
contra los actos de fecha 12-06-2003, 26-06-2003, 03-07-2003 y 22-07-2003
emanados de la Federación Nacional de Empleados (FENADE). (Recurso Principal
Expediente Nº 2003-000095). La Sala se declaró INCOMPETENTE para conocer
del caso y ordenó remitir el expediente a la Oficina del Coordinador de
la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los tribunales laborales
a los fines de su distribución a un Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la circunscripción judicial de Caracas, a los fines de que
decida la causa. Ponente: LUIS
MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 93.
10.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA
RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA
CARRILLO, actuando con el carácter de
integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos
Metropolitano, asistidas por el abogado
Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220,
interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral
Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar,
celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta
Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela. La
Sala declaró: Primero: Ordena al Consejo Nacional Electoral la
conformación de una Comisión Electoral Ad Hoc, en un plazo no mayor de diez
(10) días continuos contados a partir de la notificación del fallo, para la
realización del proceso electoral dirigido a renovar las autoridades del
Colegio de Odontólogos de Venezuela, integrada por tres (3) funcionarios
designados por el Consejo Nacional Electoral de su propio seno. Una vez
constituida dicha Comisión Electoral Ad Hoc, deberá actualizar la nómina de los
agremiados de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de las Normas para
Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales, y
finalizada dicha fase, proceder a convocar el proceso electoral de esa
corporación profesional. Segundo: Se ordena el cese inmediato de funciones de la actual Comisión
Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela. Tercero: Ordena remitir copia de las
presentes actuaciones procesales al Ministerio Público, a fin de que ese órgano
determine lo conducente respecto de la denuncia de desacato formulada por la
coaccionante Ana Teresa Heredia. Cuarto: Notifíquese de la presente
decisión al Consejo Nacional Electoral, a la Junta Directiva del Colegio de
Odontólogos de Venezuela y a la Comisión Electoral Nacional del Colegio de
Odontólogos de Venezuela. Ponente:
LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 94.
11.- Expediente Nº 2004-000054: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA asistido por el abogado Abraham Saldivia, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.642, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre” (UNEXPO). La Sala declaró IMPROCEDENTES solicitudes formuladas por el recurrente mediante escrito presentado en fecha 8 de junio de 2004 y relación a la solicitud planteada por el recurrente en cuanto a que se le conceda el beneficio de justicia gratuita ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación a fin de que éste se pronuncie sobre el particular. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia Nº 95.
12.- Expediente Nº X-2004-000018 (CUADERNO SEPARADO): MANUEL EMILIO GEDLER CEBALLOS, asistido por la abogada Dixy Corina Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 31.581, interpone solicitud de amparo conjuntamente con cautelar recurso contencioso electoral contra la decisión dictada por el Consejo Nacional Electoral en sesión del 06-05-2004, mediante la cual se ”... decidió rechazar la proposición presentada por el Dr. Ezequiel Zamora, en relación a conceder a la organización ‘Electores por Miranda’, la facultad de ser la segunda Agrupación Política calificada para escoger posición en la Boleta Electoral para las elecciones en el Estado Miranda”.(Recurso Principal Expediente Nº 2004-000056). La Sala declaró: 1) IMPROCEDENTE la medida cautelar de amparo solicitada . 2) ORDENÓ la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que éste se pronuncie sobre las causales de admisibilidad relativas a la caducidad y al agotamiento de la vía administrativa. Ponente: IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia Nº 96.
El Presidente,
LUIS MARTINEZ
HERNÁNDEZ
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |