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Sala Electoral
  • Fecha: 18 de mayo del 2004





CUENTA Nº 68

 

CUENTA Nº 68

 

 

Despacho del martes dieciocho (18) de mayo de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000054: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA  asistido por el abogado Abraham Saldivia, inscrito en el  Inpreabogado bajo el número 76.642, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre” (UNEXPO).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000050:   PEDRO MARTÍNEZ, asistido por el abogado Carlos Coquis López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.140, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040402-506, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-04-2004, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 23-04-2004, referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone (SINTREBRIFI), período 2003-2005. (Recibido el 14-05-2004)

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró Oficio Nº 04-135.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000039: Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ANGEL RUBIO,  asistido por el abogado Ramón Segundo Papiri Beleño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.603, contra el ciudadano José Cañizales, referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia. Oficio Nº T4PJ2004-65, de fecha 24-03-2004, remitiendo el expediente Nº  VP01-2004-000010 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano José Gregorio Cañizales, asistido por el abogado Higor Siosi Effer, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.493, consignó escrito mediante el cual solicita copia certificada de las sentencias números 49  y 53 de fecha 20 y 27 de abril de 2004, respectivamente.

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000030: JOSE GREGORIO CAÑIZALES, ASISTIDO por el abogado Hender Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.715, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución Nº 0312111-797 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 11-12-2003, publicada en Gaceta Electoral Nº 186 del 05-02-2004, referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus similares del Estado Zulia.

 

El ciudadano José Gregorio Cañizales, asistido por el abogado Higor Siosi Effer, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.493, consignó escrito mediante el cual solicita copia certificada de la Sentencia Nº 56 del 28-04-2004.

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000032: LUIS CASTAÑOS, asistido por el abogado Alfredo de Jesús Salvatori, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta omisiva del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, en torno a la inscripción de los partidos regionales y la solicitud de conversión a partido nacional del movimiento VENCEDORES AL  MOVIMIENTO ORGANIZADO SOCIAL (VAMOS).(Presentado mediante diligencia).

 

El ciudadano LUIS CASTAÑOS, asistido por el abogado Alfredo de Jesús Salvatori, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.790, consignó escrito.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

El ciudadano Julián Fernando Niño Gamboa, asistido por el abogado Abraham Saldivia, inscrito en el Inpreabogado consignó diligencia. (Acompañó anexos).

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

7- Expediente Nº 2004-000034: Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesto por los ciudadanos Alexander José Arcia, Robert Salazar Jiménez y Jaime Rodríguez, asistidos por el abogado Carlos Luis Zambrano Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 24.567, referido a la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del Estado Bolívar (SINTRAELECTRIC).

 

Por recibido Oficio Nº 151-04, de fecha 04 de mayo de 2004, emanado del Juzgado Superior Laboral de Puerto Ordaz,  anexo al cual se remite las resultas de la Comisión conferida por esta Sala, en fecha  15 de abril de 2004.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

8.- Expediente Nº 2004-000015: JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIERREZ CARMONA,  asistido por el abogado Damaso Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.606, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 040206-082, de fecha 06-02-2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Fidel La Rosa contra la Resolución No 040126-013, de fecha 23-01-04 y sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Jhon Archer y Santiago Gutiérrez contra la Resolución No 040126-017 de fecha 26-01-2004 referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de los Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA). (Mediante sentencia Nº 63 de fecha 11-05-2004, se acumuló el expediente Nº 2004-000018 al presente expediente).

 

Se dejó constancia de la apertura del Cuaderno Separado a los fines de la decisión de las solicitudes de amparo cautelar y suspensión de efectos. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2004-000017.

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2004-000009: JOSÉ ANTONIO SENGES,  asistido por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida de suspensión de efectos, contra el proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos de Metropolitanos en fecha 09-07-2003, para elegir a los Delegados a la Convención Nacional.

 

El abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito de promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

10.- Expediente Nº 2004-000015: JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIERREZ CARMONA,  asistido por el abogado Damaso Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.606, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 040206-082, de fecha 06-02-2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Fidel La Rosa contra la Resolución No 040126-013, de fecha 23-01-04 y sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Jhon Archer y Santiago Gutiérrez contra la Resolución No 040126-017 de fecha 26-01-2004 referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de los Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA). (Mediante sentencia Nº 63 de fecha 11-05-2004, se acumuló el expediente Nº 2004-000018 al presente expediente).

 

La abogada Nelia Gutiérrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 79.975, actuando con el carácter de representante legal del Sindicato de Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA), consignó escrito mediante el cual se opone a la admisión del recurso

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

11.- Expediente Nº 2004-000053: JULIÁN FERNANDO NIÑO GAMBOA, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra el parágrafo único del artículo 79 del Reglamento General de la Universidad Experimental Politécnico “Antonio José de Sucre”.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

12.- Expediente Nº X-2004-000017 (CUADERNO SEPARADO): JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIERREZ CARMONA,  asistido por el abogado Damaso Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.606 y FIDEL LA ROSA, asistido por el abogado Omar Cárdenas Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 43.361, interponen solicitudes de amparo cautelar y suspensión de efectos conjuntamente con los recursos contenciosos electorales contra la Resolución Nº 040206-082, de fecha 06 de febrero de 2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Fidel La Rosa contra la Resolución No 040126-013, de fecha 23 de enero de 2004 y sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Jhon Archer y Santiago Gutiérrez contra la Resolución No 040126-017 de fecha 26 de enero de 2004 referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de los Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA). (Expediente Principal Nº 2004-000015/2004-000018)

 

Se designa ponente al Magistrado Dr. ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines de decidir las solicitudes de amparo cautelar y suspensión de efectos.

 

 

13.- Expediente Nº 2004-000052: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar interpuesta por los ciudadanos Alfonso Luis Wetter Meneses y Jorge José Jiménez contra la Junta Directiva de la Asociación Civil Puerto La Cruz Golf &Country Club, referido al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la mencionada Asociación Civil para el período 2003-2005. Oficio Nº 445-04, de fecha 13-05-2004, remitiendo el expediente Nº  BP02-O-2004-000076 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor ALBERTO MARTINI URDANETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

14.- Expediente Nº 2004-000051: Yennyferr Carolina Milano Cortez, asistida por los abogados Carlos Guillermo Miranda Escobar y Adolfo Julio Molina Brizuela, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 75.527 y 86.354, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional Experimental de Los Llanos Centrales Rómulo Gallegos.

 

Vista la sentencia Nº 64 de fecha 11-05-2004, mediante la cual se ordenó a la ciudadana YENNYFERR CAROLINA MILANO CORTEZ, corregir las omisiones advertidas en su solicitud, dentro del lapso de 48 horas siguientes a su notificación y una vez transcurrido el término de distancia de dos (2) días continuos, la Sala acordó comisionar al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil,  Mercantil  y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar de la referida decisión a la parte accionante, ciudadana Yennyferr Carolina Milano Cortez. Se libró Oficio Nº 04-136 y boleta

 

 

 

OFICIO LIBRADO EN:

 

 

15.- Expediente Nº 2004-000045: IVÁN MARCANO LÓPEZ, asistido por el abogado Ángel Mendoza Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.015, interpone acción de amparo constitucional contra el Consejo Nacional Electoral, por cuanto declaró no válida la firma del mencionado ciudadano en la solicitud de convocatoria a referendo revocatorio del Presidente de la República, ciudadano Hugo Chávez Frías y lo excluyó del procedimiento de los reparos.

 

Se libró Oficio Nº 04-133, anexo al cual se remiten a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, constante quince (15) folios útiles, las actuaciones contenidas en el expediente.

 

 

16.- Expediente Nº 2004-000047: MAGDA BARBOZA MORILLO, asistida por la abogada Marielba Barboza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.461, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, por haber “sido  excluida del firmazo”.

 

Se libró Oficio Nº 04-134, anexo al cual se remite a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, constante veintidós (22) folios útiles, las actuaciones contenidas en el expediente.

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

17.- Expediente Nº 2004-000033: RAÚL PADRÓN RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Previsión de Empleados y Obreros del Gobierno del Municipio Baruta, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº DS-CAL-0958, emanado de la Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas, en el cual se ordenó la suspensión de la Asamblea General Extraordinario de asociados de la referida Caja, a celebrarse el 17-03-2004, debiéndose procede a elaborar una nueva convocatoria dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del Oficio, en la cual se incluya como punto en la referida convocatoria “EL NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.

 

La Sala declaró SIN LUGAR la acción de amparo interpuesta. Se dejó constancia que el fallo definitivo se dictará dentro de los cinco días siguientes a la audiencia.

 

 

18.- Expediente Nº 2004-000033: RAÚL PADRÓN RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Previsión de Empleados y Obreros del Gobierno del Municipio Baruta, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº DS-CAL-0958, emanado de la Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas, en el cual se ordenó la suspensión de la Asamblea General Extraordinario de asociados de la referida Caja, a celebrarse el 17-03-2004, debiéndose procede a elaborar una nueva convocatoria dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del Oficio, en la cual se incluya como punto en la referida convocatoria “EL NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.

 

En la audiencia constitucional el ciudadano Iván Delgado Abreu, Superintendente de Cajas de Ahorro, asistido por el abogado Hernán Darío Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.532, consignó escrito y recaudos.

 

 

19.- Expediente Nº 2004-000033: RAÚL PADRÓN RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Previsión de Empleados y Obreros del Gobierno del Municipio Baruta, interpone amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº DS-CAL-0958, emanado de la Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas, en el cual se ordenó la suspensión de la Asamblea General Extraordinario de asociados de la referida Caja, a celebrarse el 17-03-2004, debiéndose procede a elaborar una nueva convocatoria dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del Oficio, en la cual se incluya como punto en la referida convocatoria “EL NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ELECTORAL”.

 

En la audiencia constitucional el abogado RAÚL PADRÓN RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913, parte accionante, consignó recaudos.

 

 

20.- Expediente Nº 2004-000008: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, interpone acción de amparo constitucional contra  el Secretario permanente del Consejo Nacional de Universidades, ciudadana Rosa Mireya Zambrano de Gugig, referido a la petición formulada por el mencionado ciudadano en fecha 13-11-2003, a los fines de que le informara acerca de la fecha de realización de las “...elecciones de representantes estudiantiles ante el Consejo Nacional de Universidades, por cada grupo de Universidades (Privadas, Autónomas, y Experimentales),...”. 

 

La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo interpuesta. Se dejó constancia que el fallo definitivo se dictará dentro de los cinco días siguientes a la audiencia.

 

 

21.- Expediente Nº 2004-000008: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, interpone acción de amparo constitucional contra  el Secretario permanente del Consejo Nacional de Universidades, ciudadana Rosa Mireya Zambrano de Gugig, referido a la petición formulada por el mencionado ciudadano en fecha 13-11-2003, a los fines de que le informara acerca de la fecha de realización de las “...elecciones de representantes estudiantiles ante el Consejo Nacional de Universidades, por cada grupo de Universidades (Privadas, Autónomas, y Experimentales),...”. 

 

En la audiencia constitucional el ciudadano Julián Fernando Niño Gamboa, parte accionante,  consignó escrito.

 

 

22.- Expediente Nº 2004-000008: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, interpone acción de amparo constitucional contra  el Secretario permanente del Consejo Nacional de Universidades, ciudadana Rosa Mireya Zambrano de Gugig, referido a la petición formulada por el mencionado ciudadano en fecha 13-11-2003, a los fines de que le informara acerca de la fecha de realización de las “...elecciones de representantes estudiantiles ante el Consejo Nacional de Universidades, por cada grupo de Universidades (Privadas, Autónomas, y Experimentales),...”. 

 

En la audiencia constitucional las abogadas Raquel Villafañe y María Auxiliadora Monagas, inscritas en el Inpreabogado bajo el número 17.902 y 16.722, respectivamente, actuando en representación de la Secretaría Permanente del Consejo Nacional de Universidades, consignaron escrito y recaudos.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

23.- Expediente Nº 2004-000032: LUIS CASTAÑOS, asistido por el abogado Alfredo de Jesús Salvatori, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta omisiva del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, en torno a la inscripción de los partidos regionales y la solicitud de conversión a partido nacional del movimiento VENCEDORES AL  MOVIMIENTO ORGANIZADO SOCIAL (VAMOS).(Presentado mediante diligencia). La Sala declaró DESISTIDO el recurso interpuesto. Ponente:  RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI.  Sentencia Nº 69.

 

 

24.- Expediente Nº 2004-000049: JUSTO OSWALDO PÁEZ-PUMAR DÍAZ, MANUEL EUGENIO ACEDO SUCRE, JULIO IGNACIO PÁEZ-PUMAR LINARES, MARÍA GENOVEVA PÁEZ-PUMAR LINARES, LUISA TERESA ACEDO DE LEPERVANCHE, LUISA TERESA LEPERVANCHE ACEDO, ANABELLA PERELLÓ VERA, ROSVELY PÉREZ SIVERIO, LILLIAN JOSEFINA YANES MARTÍNEZ, LEONOR MARÍA ROJAS y ZULAIMA MERCEDES TORRES HERNÁNDEZ,  interponen acción de amparo constitucional contra la Resolución Nº 040302-131 emanada del Consejo Nacional Electoral, en la cual se estableció cuántas y cuáles firmas eran válidas, inválidas, sujetas a reparo y en observación. La Sala se declaró INCOMPETENTE para conocer y decidir la acción autónoma de amparo constitucional incoada, y en consecuencia DECLINÓ el conocimiento de la misma en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Ponente:  ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 70.

 

 

25.- Expediente Nº X-2004-000014 (CUADERNO SEPERADO): JOSÉ ANTONIO SENGES,  asistido por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra el proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos de Metropolitanos en fecha 09-07-2003, para elegir a los Delegados a la Convención Nacional. (Recurso Principal Expediente Nº 2004-000009). La Sala declaró IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitada, y en consecuencia ordenó al Juzgado de Sustanciación pronunciarse sobre las causales de inadmisibilidad relativas a la caducidad y al agotamiento de la vía administrativa. Ponente:  ALBERTO MARTINI URDANETA.  Sentencia Nº 71.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

           

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

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