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CUENTA Nº 116
Despacho
del miércoles dieciocho (18) de agosto de 2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Luis Martínez
Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo
Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio
cuenta.
NUEVO
ASUNTO INGRESADO:
1.-
Expediente N° 2004-000080:
GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio
nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el acto electoral
realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial.
Se dio cuenta
a la Sala.
DILIGENCIA
EN:
2.-
Expediente N° 2004-000076: LUIS
AUGUSTO ZAPATA ROJAS, asistido por la abogada María Linda Herrera Lloverá, inscrita
en el Inpreabogado bajo el número 63.458, interpone recurso contencioso
electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución N°
040507-575, emanada del Consejo Nacional Electoral en la cual se declaró sin
lugar la impugnación formulada contra la Resolución N° 040328-002, de fecha 28
de marzo de 2004, emanada de la Junta Regional Electoral del Estado Aragua, en
la cual se rechaza la postulación del mencionado ciudadano al cargo de
Gobernador del Estado Aragua.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-220, mediante el cual se solicita al
Consejo Nacional Electoral el expediente administrativo, así como también el
informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.
3.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pizani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-219, anexo al cual se remite a la
Fiscalía General de la República copia certificada de la sentencia N° 32
dictada por la Sala en fecha 26-03-2003, en atención al Oficio Nº
F.37°.NN.519.2004, recibido en la Sala en fecha 09-08-2004.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
4.- Expediente N° 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el
abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la
Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo
Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar
expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a
la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa
Bridgestone-Firestone Venezolana.
El abogado
David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando
con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó
escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como
los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso
electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así
como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del
mencionado órgano electoral y formar una (1) pieza separada con los recaudos restantes que acompañaron al
escrito.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
5.- Expediente Nº 2004-000061: José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, actuando con el carácter de apoderado judicial ANA JOSEFINA GUTIÉRREZ, OSWALDO VELÁSQUEZ, DOUGLAS VARELA, YENNIS RAMIRES CONTRERAS y MARBELIS JOSEFINA GRAFE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el silencio negativo en que incurrió el Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta a la impugnación formulada en fecha 01-04-2004, contra la postulación del ciudadano Ernesto José Paraqueima Luiggi, como candidato a Alcalde del Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui por el Movimiento Quinta República (M.V.R.).
Vistos los
escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 16 de agosto de 2004, por
el abogado José Rafael González Escorche, actuando con el carácter de apoderado
judicial de los ciudadanos Ana Josefina Gutiérrez Velásquez, Douglas Várela,
Yennis Ramires Contreras y Marbelis Josefina Grafe, parte accionante, el
Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas,
admitiendo y negando según el caso las mismas.
DILIGENCIA
EN:
6.- Expediente Nº 2004-000071: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.905, actuando en su propio nombre
y con el carácter de Secretaria de la Comisión Electoral del Colegio de
Abogados del Estado Mérida y apoderada judicial de la referida Comisión
Electoral, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional
Electoral, por no haber dado respuesta a la solicitud de autorización para
convocar a las elecciones del Colegio de Abogados del Estado Mérida y sus
respectivas delegaciones.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-228, anexo al cual se remite comisión
conferida al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo
y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de
que practique las diligencias necesarias para notificar del auto dictado en
fecha 17-08-2004, a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado
Mérida, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de
este Alto Tribunal.
7.-
Expediente Nº 2004-000065:
GLORIA PERDOMO, LUISA ESCALANTE, MARIA TERESA ROMERO, ANA LIGIA DUARTE Y
ROSARIO HINESTROZA, asistidos por el abogado Francisco Javier Sandoval,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.442, interponen recurso
contencioso electoral, contra la juramentación, realizada en fecha 12-06-2004,
de los Consejeros Representantes de la Sociedad al Consejo de Derechos del
Niño, Niña y Adolescentes del Estado Miranda, electos el 08-05-2004.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-215, mediante el cual se solicita al
Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos, así como también
el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el
recurso.
8.- Expediente Nº 2004-000073: JOSÉ MIGUEL VEGAS CASTEJÓN, JESÚS PUERTA,
DALIA CORREA, YHAJAIRA TOVAR DE SOUTO, RUBÉN BALLESTEROS, FERNANDO KEY,
SALVADOR VILLALBA Y HONMY ROSARIO, asistidos por los abogados Antonio José Meneses
y Nelson Lucena, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 22.181 y 22.332,
respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con
solicitud de medida cautelar innominada contra el proceso electoral a
celebrarse el 30-07-2004, a los fines de elegir a las autoridades de la
Universidad de Carabobo.
Vistas las sentencias dictadas en fecha 12-08-2004, se acordó comisionar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar de los referidos fallos a la parte accionante, al Rector de la Universidad de Carabobo y a la Comisión Electoral de la referida Casa de Estudios. Se libraron Ofició números 04-229, 04-230 y boletas. Asimismo, se libró boleta de notificación de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, a los ciudadanos José Ángel Ferreira García, Pablo José Baricelli Ochoa, Antonio José Domínguez Montiel y Juan José Macios Pavón.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
9.-
Expediente N° 2004-000079:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción
Judicial del Estado Mérida, Sala de Juicio, Jueza N° 03, declinó la competencia
para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por los
ciudadanos ANA VIRGINIA HERNÁNDEZ DE MOLINA, MARÍA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA,
JESÚS MARÍA PÉREZ y RAFAEL ARTURO RODRÍGUEZ DÍAZ, asistidos por las abogadas
Ana Virginia Hernández de Molina y María Isabel Rojas de Echeverría, inscritas
en el Inpreabogado bajo los números 80.656 y 72.067, respectivamente, contra
las actuaciones tendentes a la instalación del Foro Propio Estadal del Estado
Mérida. Oficio Nº 4586, de fecha 27-07-2004, remitiendo el expediente Nº 07958
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Se
designó ponente al Magistrado Doctor ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los
fines del pronunciamiento correspondiente.
El Presidente,
LUIS MARTÍNEZ
HERNÁNDEZ
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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