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CUENTA Nº 117
Despacho
del jueves diecinueve (19) de agosto de 2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Luis Martínez
Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo
Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio
cuenta.
1.-
Expediente Nº 2004-000056:
MANUEL EMILIO GEDLER CEVALLOS, asistido por la abogada Dixy Corina Torres,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 31.581, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la
decisión dictada por el Consejo Nacional Electoral en sesión del 06-05-2004,
mediante la cual se ”... decidió rechazar la proposición presentada por el Dr.
Ezequiel Zamora, en relación a conceder a la organización ‘Electores por
Miranda’, la facultad de ser la segunda Agrupación Política calificada para
escoger posición en la Boleta Electoral para las elecciones en el Estado
Miranda”.
Se libró Oficio Nº 04-231, anexo
al cual se remite al Consejo Nacional Electoral, una (01) pieza contentiva de
los antecedentes administrativos consignados por ese Órgano Electoral.
Asimismo, se remite copia certificada de la sentencia dictada por la Sala en
fecha 12-08-2004.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
2.- Expediente
N° 2004-000080:
GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio
nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el acto electoral
realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial.
El Juzgado de
Sustanciación declaró INADMISIBLE el recurso interpuesto.
ESCRITO
PRESENTADO EN:
3.-
Expediente Nº 2004-000067:
MIRVA GARCÍA, asistida por el abogado Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 46.986, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto
administrativo dictado por la Comisión Nacional Electoral de la Caja de Ahorros
de Empleados del Ministerio de Agricultura y Tierras (CADEMAC), mediante el
cual se admitió la postulación de las ciudadanas Aura Moreno, Marinelly Romero,
Mirtha Barreto, Carmen Urdaneta de La Rivas y Mirian Díaz, para participar en
el proceso electoral a celebrarse el día 30-07-2004, en la referida Caja de
Ahorros.
La
ciudadana Pilar Prado, asistida por el abogado Juan Carlos Velásquez Abreu,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.986, presentó escrito de
promoción de pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del
Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el
día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
DILIGENCIA
EN:
4.-
Expediente N° 2004-000077:
RUBEN DARÍO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.294,
actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra
el ciudadano Enrique Mendoza, representante de la Coordinadora Democrática, por la amenaza de difundir por vía de los
diversos medios de comunicación social “los resultados del referendo
Presidencial, convocado por el Consejo Nacional Electoral para el próximo día
domingo 15 de agosto de 2004, antes de las 14:00 hrs.”.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-221, mediante el cual se notifica al
Presidente del Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha
13-08-2004.
5.-
Expediente N° 2004-000077:
RUBEN DARÍO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.294,
actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra
el ciudadano Enrique Mendoza, representante de la Coordinadora
Democrática, por la amenaza de difundir
por vía de los diversos medios de comunicación social “los resultados del
referendo Presidencial, convocado por el Consejo Nacional Electoral para el
próximo día domingo 15 de agosto de 2004, antes de las 14:00 hrs.”.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada a R.C.T.V., mediante la cual se le
notifica del fallo dictado en fecha 13-08-2004.
6.-
Expediente N° 2004-000077:
RUBEN DARÍO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.294,
actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra
el ciudadano Enrique Mendoza, representante de la Coordinadora
Democrática, por la amenaza de difundir
por vía de los diversos medios de comunicación social “los resultados del
referendo Presidencial, convocado por el Consejo Nacional Electoral para el
próximo día domingo 15 de agosto de 2004, antes de las 14:00 hrs.”.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada a Globovisión, mediante la cual se
le notifica del fallo dictado en fecha 13-08-2004.
7.-
Expediente N° 2004-000077:
RUBEN DARÍO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.294,
actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra
el ciudadano Enrique Mendoza, representante de la Coordinadora
Democrática, por la amenaza de difundir
por vía de los diversos medios de comunicación social “los resultados del
referendo Presidencial, convocado por el Consejo Nacional Electoral para el
próximo día domingo 15 de agosto de 2004, antes de las 14:00 hrs.”.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Enrique Mendoza,
mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 13-08-2004. Boleta
que fue dejada en la Urbanización Campo Alegre, Quinta La Unidad, Caracas, de
conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
8.-
Expediente N° 2004-000077:
RUBEN DARÍO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.294,
actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra
el ciudadano Enrique Mendoza, representante de la Coordinadora
Democrática, por la amenaza de difundir
por vía de los diversos medios de comunicación social “los resultados del
referendo Presidencial, convocado por el Consejo Nacional Electoral para el
próximo día domingo 15 de agosto de 2004, antes de las 14:00 hrs.”.
El ciudadano
Secretario de esta Sala dejó constancia de que en esta fecha el ciudadano
Alguacil le manifestó que se había trasladado a Urbanización Campo Alegre,
Quinta La Unidad, Caracas y que dejó la boleta de notificación librada al
ciudadano Enrique Mendoza, de conformidad con lo previsto en el artículo 233
del Código de Procedimiento Civil.
El Presidente,
LUIS MARTÍNEZ
HERNÁNDEZ
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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