![]() | ||
|
El viernes veinte (20) de febrero de 2004, no hubo despacho en esta Sala.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO
A LOS AUTOS:
1.-
Expediente Nº 2003-000058:
ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA
DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,
actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del
Colegio de Odontólogos Metropolitano,
asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional
contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela
por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral
para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de
Odontólogos de Venezuela.
La ciudadana Ana Teresa Heredia, asistida por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, consignó escrito de observaciones al escrito presentado por el ciudadano Luis Obregón Martínez, apoderado judicial de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |