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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de febrero de 2004





 

 

 

            El  viernes veinte  (20) de febrero de 2004, no hubo despacho en esta Sala.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

La ciudadana Ana Teresa Heredia, asistida por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, consignó escrito de observaciones al escrito presentado por el ciudadano Luis Obregón Martínez, apoderado judicial de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

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