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CUENTA Nº 08
Despacho del miércoles veintiuno (21) de enero de
2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el
Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui.
Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS:
1.- Expediente Nº 2004-000002: Sala
Político Administrativa, remite expediente contentivo de la solicitud
de medida cautelar innominada interpuesto conjuntamente con el recurso de
nulidad por el abogado Allan Brewer-Carías, contra la Resolución Nº 990217-32
de fecha 17 febrero de 1999 dictada por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, mediante
la cual se fijó el día 25 de abril de 1999 para que tuviera lugar el referéndum
en el cual el pueblo se pronunciaría sobre la convocatoria de una Asamblea
Nacional Constituyente, así como se fijaron las preguntas que deberían ser
respondidas por los votantes. Oficio Nº 0073, de fecha 20-01-2004, remitiendo
el expediente Nº 1999-15680(Cuaderno Separado) (nomenclatura de dicha Sala).
Se
dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
2.-
Expediente Nº 2003-000058:
ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA
DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,
actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del
Colegio de Odontólogos Metropolitano,
asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional
contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela
por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral
para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de
Odontólogos de Venezuela.
Vista el
escrito presentado en fecha 20-01-2004, por la ciudadana Ana Teresa Heredia,
asistida por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 49.220, mediante el cual solicita la ejecución de la Sentencia
Nº 106 de fecha 04 de agosto de 2003 y
denuncia el
desacato en el cual incurrió, -a su decir-, la Comisión Electoral Nacional del
Colegio de Odontólogos de Venezuela, a lo ordenado en la Sentencia Nº 197 de
fecha 18 de noviembre de 2003, se
designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los
fines de la decisión correspondiente.
DILIGENCIA EN:
3.-
Expediente Nº 2004-000001: MARÍA
DE LA ESPERANZA HERMIDA MORENO, LUIS MARTIN GALVIZ, PABLO EMILIO SALGADO CUEVA,
OSCAR RAFAEL ROMERO MACHADO y LUIS ALBERTO BARONI, asistidos por la abogada
Mercedes Valentina Manzini, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.381,
interpone recurso contencioso electoral
contra el Consejo Nacional Electoral por la omisión de organizar las elecciones
del SINDICATO UNITARIO ORGANIZADO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA (SUONTRAJ), así como por el retardo en decidir el recurso de
impugnación interpuesto en fecha 8-11-2001, contra el proceso electoral
realizado en el referido Sindicato entre el 19 y 25 de octubre de 2001.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-008, mediante el
cual se solicita el
expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el recurso al Consejo Nacional Electoral.
SECRETARIA EN:
4.- Expediente Nº 2003-000092: GERSON OVALLES CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.313, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra la conducta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Táchira de no convocar a elecciones en el referido Colegio profesional para elegir a los nuevos miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades.
Visto el auto dictado por esta Sala en fecha 08-01-2004, mediante el cual se designó ponente al Magistrado Luis Martínez Hernández, la Sala observó que, las resultas de la comisión que fue recibida en fecha 07-01-2004, corresponde a la comisión conferida en fecha 20-11-2003, en vez de estar referida a la notificación de la sentencia Nº 200 de fecha 25-11-2003, en consecuencia, por cuanto no cursa en autos constancia alguna que se ha practicado la notificación de la sentencia dictada en fecha 25-11-2003, la Sala acordó revocar el auto de fecha 08-01-2004.
5.- Expediente Nº 2003-000090: Juzgado Superior Quinto en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declinó la competencia para conocer de recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el abogado Carlos Guillermo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.800, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Eunice González, Carlos Jiménez, Belly Castillo, Elsa Cárdenas, Ely Quintero, Pablo Marrero, Mahuan Pineda, Miguel Arias, Miguel Escobar, José Moreno y Guillermo Torres, contra la providencia administrativa DS-OAL-2750, de fecha 20 de mayo de 2003, emanada de la Superintendencia de Cajas de Ahorros. Oficio Nº 748, de fecha 28-08-2003, remitiendo el expediente Nº 03-339 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 06.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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