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CUENTA Nº 40
Despacho del lunes veintidós (22) de marzo de 2004.
Se abrió la sesión Presidida por el
Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente,
Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARIA
NUEVO ASUNTO
INGRESADO:
1.- Expediente Nº 2004-000034: Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, remite expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesto por los ciudadanos Alexander José Arcia, Robert Salazar Jiménez y Jaime Rodríguez, asistidos por el abogado Carlos Luis Zambrano Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 24.567, referido a la elección de los miembros del Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del Estado Bolívar (SINTRAELECTRIC).
Se dio cuenta a la Sala.
ESCRITOS
PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:
2.-
Expediente Nº 2004-000009:
JOSÉ ANTONIO SENGES, asistido por el
abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
69.014, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de
amparo cautelar y subsidiariamente medida de suspensión de efectos, contra el
proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos de Metropolitanos en
fecha 09-07-2003, para elegir a los Delegados a la Convención Nacional.
La ciudadana
Ana Teresa Heredia, actuando con el carácter de Presidente del Colegio de
Odontólogos Metropolitanos y Delegada electa de ese Colegio para la convención
Nacional de Delegados del Colegio de Odontólogos de Venezuela, asistida por el
abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
49.220, consignó escrito de oposición a la admisión del recurso. (Acompañó
anexos).
3.-
Expediente Nº 2004-000009:
JOSÉ ANTONIO SENGES, asistido por el
abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
69.014, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de
amparo cautelar y subsidiariamente medida de suspensión de efectos, contra el
proceso electoral celebrado en el Colegio de Odontólogos de Metropolitanos en
fecha 09-07-2003, para elegir a los Delegados a la Convención Nacional.
La ciudadana
Ana Teresa Heredia, actuando con el carácter de Presidente del Colegio de
Odontólogos Metropolitanos y Delegada electa de ese Colegio para la convención
Nacional de Delegados del Colegio de Odontólogos de Venezuela, asistida por el
abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
49.220, consignó escrito de oposición a las medidas cautelares solicitadas.
DILIGENCIA EN:
4.-
Expediente Nº 2004-000013: CARLOS ALBERTO GUEVARA SOLANO, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en su propio nombre, interpone
recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la
decisión del Consejo Nacional Electoral, de fecha 24 de febrero de 2004, mediante la cual, acordó someter al
procedimiento de reparo las “planillas o renglones que contienen ‘caligrafía
similar o de una mano’, en las cuales se solicita convocar a diferentes
referendos revocatorios de funcionarios que ocupan Cargos de Elección Popular.
El abogado
CARLOS ALBERTO GUEVARA SOLANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
28.575, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual
desiste del procedimiento.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
5.-
Expediente Nº 2004-000011: JESÚS CRISTÓBAL RANGEL RACHADELL, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 26.906, actuando en su propio nombre, interpone
recurso contencioso electoral contra las Resoluciones números040119-04 y
040202-010, publicadas en la Gaceta Electoral Nº 187, de fecha 06-02-2004,
mediante las cuales se convoca a las elecciones a Gobernadores, Diputados a los
Consejos Legislativos Regionales, Alcaldes Metropolitanos, Concejales a los
Cabildos Metropolitanos y Alcaldes y el cronograma identificado como Reglamento
de Postulaciones de Candidatos para las Elecciones de agosto 2004,
respectivamente, ambas emanadas por el Consejo Nacional Electoral.
Visto el escrito presentado en fecha 17-03-2004, por el abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, actuando en su propio nombre, mediante el cual solicita amparo cautelar contra el lapso de postulaciones previsto en la Convocatoria a elecciones a Gobernadores, Diputados a los Consejos Legislativos Regionales, Alcaldes Metropolitanos, Concejales a los Cabildos Metropolitanos y Alcaldes y en el respectivo Cronograma, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.871, de fecha 3 de febrero de 2004, identificada como Resolución Nº 040119-04, de fecha 19 de enero de 2004, publicada también en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela Nº 187, de fecha 6 de febrero de 2004, se acordó abrir cuaderno separado para la tramitación y correspondiente decisión de la solicitud de amparo cautelar. Se dejó constancia de la apertura del cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2004-000008.
6.- Expediente Nº 2004-000022: ALFREDO
JESÚS TINEO SÁNCHEZ Y PASCUAL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, asistidos por el abogado
Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.707,
interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la Resolución Nº
040216-129 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-02-2004, mediante
la cual niega la inscripción de la organización VISIÓN EMERGENTE (VISIÓN) como
partido regional en el estado Miranda.
Se admitió el presente recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República y al Presidente del Consejo Nacional Electoral, y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Así mismo se acordó abrir cuaderno separado para la decisión de la solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada. Se libraron los Oficios Nº 04-058, 04-059 y boleta a los ciudadanos ALFREDO JESÚS TINEO SÁNCHEZ Y PASCUAL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ. Se dejó constancia de la apertura del cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2004-000009.
7.-
Expediente Nº 2003-000091: Jesús Urbieta, León Arismendi, actuando en su propio nombre y en su
carácter de apoderados judiciales de la Confederación
de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.) interponen acción mero declarativa conjuntamente con
acción de amparo constitucional cautelar, a los fines que esta Sala se
pronuncie sobre el reconocimiento de dicha organización sindical como la
organización más representativa de los trabajadores venezolanos.
Visto que, en fecha 16-03-2004, venció el lapso otorgado
por este Tribunal para evacuar las pruebas admitidas en la causa, por auto del
26-02-2004, constando en autos que las mismas no han sido evacuadas, en aras de
garantizar al máximo el derecho a la defensa, acordó ratificar la solicitud de
las referidas pruebas y ordena, de conformidad con el artículo 401 del Código
de Procedimiento Civil, que éstas sean evacuadas dentro del plazo de diez (10)
días de despacho siguientes, contados a partir de hoy, exclusive. Se libraron Oficio Nº 04-054, a la
Procuraduría General de la República, Oficio Nº 04-055, al Ministerio del
Trabajo, Oficio Nº 04-056, al Consejo Nacional Electoral, Oficio Nº
04-057, a CONATEL, Boleta a la
Confederación de Trabajadores de Venezuela y Boleta al ciudadano Francisco
Torrealba.
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
8.- Expediente Nº 2004-000033: RAÚL
PADRÓN RANGEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.913, actuando con
el carácter de apoderado judicial de la Caja de Ahorro y Previsión de Empleados
y Obreros del Gobierno del Municipio Baruta, interpone amparo constitucional
con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acto administrativo
contenido en el Oficio Nº DS-CAL-0958, emanado de la Superintendencia de Cajas
de Ahorros del Ministerio de Finanzas, en el cual se ordenó la suspensión de la
Asamblea General Extraordinario de asociados de la referida Caja, a celebrarse
el 17-03-2004, debiéndose procede a elaborar una nueva convocatoria dentro de
los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo del Oficio, en la cual se
incluya como punto en la referida convocatoria “EL NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN
ELECTORAL”.
Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ
HERNÁNDEZ, a los fines de que se pronuncie
sobre la admisión de la acción
de amparo.
9.-
Expediente Nº 2004-000035: JOSÉ
POLANCO, LUIS ALBERTO MEDINA, RONAL NIEVES, OMAR CACIQUE, MARITZA DE HIDALGO,
HENRY AVILA PALACIOS, AMELIA JOSEFINA VALERA AGRISONES, JESÚS ENRIQUE GUERRERO
LÓPEZ, CARMEN ANGLESIA CONTRERAS, NELSON EDUARDO HERNÁNDEZ GÓMEZ, ANTONIO JOSÉ
PÉREZ CAMEJO, ARMANDO HERNÁNDEZ GALANTON, NILYAN BRICEÑO, JUAN ANTONIO PEÑA
COROPE, ALBERTO ALCALA CAÑIZALEZ ROJAS, VICTOR CHRISTOPHER CASTILLO DE LA CRUZ
y ROGER BORGES, asistidos por los abogados Jesús Sarmiento Niño y Nelson Maita
Gutiérrez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6.962 y 51.296,
interponen acción de amparo constitucional contra las decisiones del Comando
Táctico Nacional del Movimiento Quinta República, referido a la elección de los
candidatos Municipales de las diferentes Alcaldías del Estado Aragua, así como
a los candidatos al Consejo Legislativo del referido Estado.
Se dio cuenta
a la Sala.
10.-
Expediente Nº X-2004-000008 (CUADERNO SEPARADO): JESÚS CRISTÓBAL RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 26.906, actuando en su propio nombre, interpone amparo cautelar
mediante escrito presentado en fecha 17-03-2004, en el expediente contentivo
del recurso contencioso electoral interpuesto por el referido abogado contra
las Resoluciones números040119-04 y 040202-010, publicadas en la Gaceta
Electoral Nº 187, de fecha 06-02-2004, mediante las cuales se convoca a las
elecciones a Gobernadores, Diputados a los Consejos Legislativos Regionales,
Alcaldes Metropolitanos, Concejales a los Cabildos Metropolitanos y Alcaldes y
el cronograma identificado como Reglamento de Postulaciones de Candidatos para
las Elecciones de agosto 2004, respectivamente, ambas emanadas por el Consejo Nacional
Electoral. (Recurso Principal Expediente Nº 2004-000011).
Se designó
ponente al Magistrado RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de decidir
la solicitud de amparo cautelar interpuesta.
11.- Expediente Nº X-2004-000009 (CUADERNO SEPARADO): ALFREDO
JESÚS TINEO SÁNCHEZ Y PASCUAL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, asistidos por el abogado
Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.707,
interponen solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar
innominada conjuntamente con recurso
contencioso electoral contra la Resolución Nº 040216-129 emanada del Consejo
Nacional Electoral en fecha 16-02-2004, mediante la cual niega la inscripción
de la organización VISIÓN EMERGENTE (VISIÓN) como partido regional en el estado
Miranda. (Recurso Principal Expediente Nº 2004-000022)
Se designó
ponente al Magistrado RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI, a los fines de decidir
la solicitud de amparo cautelar interpuesta.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
12.-
Expediente Nº X-2004-000008 (CUADERNO SEPARADO): JESÚS CRISTÓBAL RANGEL RACHADELL, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 26.906, actuando en su propio nombre, interpone amparo cautelar
mediante escrito presentado en fecha 17-03-2004, en el expediente contentivo
del recurso contencioso electoral interpuesto por el referido abogado contra
las Resoluciones números040119-04 y 040202-010, publicadas en la Gaceta
Electoral Nº 187, de fecha 06-02-2004, mediante las cuales se convoca a las
elecciones a Gobernadores, Diputados a los Consejos Legislativos Regionales,
Alcaldes Metropolitanos, Concejales a los Cabildos Metropolitanos y Alcaldes y
el cronograma identificado como Reglamento de Postulaciones de Candidatos para
las Elecciones de agosto 2004, respectivamente, ambas emanadas por el Consejo
Nacional Electoral. (Recurso Principal Expediente Nº 2004-000011).
El abogado
David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.212, actuando
con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó
escrito mediante el cual se opone a la solicitud de amparo cautelar.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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