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Sala Electoral
  • Fecha: 22 de julio de 2004





CUENTA Nº 101

 

CUENTA Nº 101

 

 

Despacho del jueves veintidós (22) de julio de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado R. Arístides Rengifo Camacaro con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Iván Vásquez Táriba y el Magistrado Juan José Núñez Calderón. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

NUEVO ASUNTO:

 

 

1.- Expediente Nº X-2004-000022 (CUADERNO SEPARADO): Juan Carlos González Fidalgo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.327, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Luis Meza, interpone solicitud de medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, relacionado con la admisión de la postulación del ciudadano Ramón Martínez, como candidato a Gobernador del Estado Sucre. (Recurso Principal Expediente Nº 2004-000066).

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Dr. R. ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de decidir la solicitud de medida cautelar.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000071: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.905, actuando en su propio nombre y con el carácter de Secretaria de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Mérida y apoderada judicial de la referida Comisión Electoral, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por no haber dado respuesta a la solicitud de autorización para convocar a las elecciones del Colegio de Abogados del Estado Mérida y sus respectivas delegaciones.

 

Se acordó solicitar los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Consejo Nacional Electoral. A tal efecto, se libró Oficio Nº 04-194.

 

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000067: MIRVA GARCÍA, asistida por el abogado Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.986, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto administrativo dictado por la Comisión Nacional Electoral de la Caja de Ahorros de Empleados del Ministerio de Agricultura y Tierras (CADEMAC), mediante el cual se admitió la postulación de las ciudadanas Aura Moreno, Marinelly Romero, Mirtha Barreto, Carmen Urdaneta de La Rivas y Mirian Díaz, para participar en el proceso electoral a celebrarse el día 30-07-2004, en la referida Caja de Ahorros.

                                                                                    

Por recibida en esta misma fecha, comunicación, suscrita por los ciudadanos José Luis Useche, Gladys Duque, Katiuska Hernández, Nurvia Rodríguez y María Eugenia Castro, miembros de la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros de los Empleados del Ministerio de Agricultura y Cría, contentiva del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y anexa a la cual remite antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial la referida comunicación, así como los anexos que acompañaron a la misma.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).

 

El abogado Luis Obregón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas en auto de fecha 14-07-2004.

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000063: JOSÉ MIGUEL DELGADO QUIÑONES, asistido por el abogado José Ángel Bucarello Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.244, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes, en todo lo concerniente a las elecciones de las autoridades universitarias y contra el proceso electoral ocurrido en dicha Universidad para escoger las autoridades para el período 2004-2008.

 

El abogado José Ángel Bucarello Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.244, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual sustituye totalmente el poder judicial que le fue otorgado en la persona del abogado Eduardo Robles Trujillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.390

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000065: GLORIA PERDOMO, LUISA ESCALANTE, MARIA TERESA ROMERO, ANA LIGIA DUARTE Y ROSARIO HINESTROZA, asistidos por el abogado Francisco Javier Sandoval, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.442, interponen recurso contencioso electoral, contra la juramentación, realizada en fecha 12-06-2004, de los Consejeros Representantes de la Sociedad al Consejo de Derechos del Niño, Niña y Adolescentes del Estado Miranda, electos el 08-05-2004.

 

La abogada María Elena Fernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.263, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Gobernación del Estado Miranda, consignó escrito contentivo de informe, así como anexos, relacionados con la causa, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito así como los anexos que acompañaron al escrito.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

7.- Expediente Nº 2004-000066: Juan Carlos González Fidalgo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.327, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Luis Meza, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, relacionado con la admisión de la postulación del ciudadano Ramón Martínez, como candidato a Gobernador del Estado Sucre.

 

Se admitió el presente recurso y se acuerda tramitar el recurso como un asunto de mero derecho. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República y al Presidente del Consejo Nacional Electoral y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”.  Así mismo se acordó abrir cuaderno separado para la decidir  la solicitud de medida cautelar. Se libraron los Oficios Nº 04-195, 04-196 y se expidió  cartel de emplazamiento. En esta misma oportunidad se abrió cuaderno separado al cual le fue asignado el Nº X-2004-000022.

 

 

8.- Expediente Nº 2004-000059: Edgar Arteaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.369, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Cardozo, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en fecha 06-05-2004 en la Asociación de Empleados Administrativos, Técnicos y de Servicio de la Universidad Central de Venezuela.

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado, en fecha 20-07-2004, por el ciudadano Eduardo Sánchez, asistido por la abogada Dorgi Doralys Jiménez Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.487, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo las mismas.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2004-000041: Carlos Natera y Diocelis Aponte, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 12.702, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Francisco Rivas y José Vielma, Presidente y Secretario (Encargados) de la Comisión Electoral Nacional Transitoria de la Federación Médica Venezolana, interponen recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 040203-013, de fechas 03-02-2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, referida a eventos de carácter electoral realizados en la Federación Médica Venezolana.

 

La abogada Diocelis Aponte, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.702, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 2-11, del diario “El Universal” de fecha 21-07-2004, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

10.- Expediente Nº 2004-000061: José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, actuando con el carácter de apoderado judicial ANA JOSEFINA GUTIÉRREZ, OSWALDO VELÁSQUEZ, DOUGLAS VARELA, YENNIS RAMIRES CONTRERAS y MARBELIS JOSEFINA GRAFE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el silencio negativo en que incurrió el Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta a la impugnación formulada en fecha 01-04-2004, contra la postulación del ciudadano Ernesto José Paraqueima Luiggi, como candidato a Alcalde del Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui por el Movimiento Quinta República (M.V.R.).

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada al ciudadano José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, apoderado judicial Ana Josefina Gutiérrez, Oswaldo Velásquez, Douglas Varela, Yennis Ramires Contreras y Marbelis Josefina Grafe, mediante la cual se le notifica de la admisión del recurso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2004-000070: WILLIAMS ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 4.795.634, remitió vía correo electrónico en fecha 17-07-2004, acción de amparo constitucional referida a  la elección del rector y vicerrectores  en la Universidad de Carabobo.

 

Visto    que mediante correo electrónico recibido, en fecha 17-07-2004, en la Secretaría de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia,  el  ciudadano WILLIAMS ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 4.795.634, ejerció acción de amparo constitucional contra la elección de las autoridades de la Universidad de Carabobo, se designó ponente al Magistrado Doctor IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000075: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el abogado José Enrique Montes de Oca Chirinos contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, en virtud de la no admisión de su candidatura uninominal al cargo de tercer suplente de la Junta Directiva  de dicho gremio. Oficio Nº 55-03, de fecha 21-07-2003, remitiendo el expediente Nº 03-6316 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

La Sala dejó constancia de la no comparecencia del accionante ni de la parte presuntamente agraviante, ni de sus apoderados, así como tampoco del representante del Ministerio Público. Seguidamente, acogiendo el criterio contenido en la sentencia Nº 7 dictada por la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia en fecha 01-02-2000, se declaró terminado el procedimiento. El texto íntegro del fallo será publicado dentro del lapso de cinco días continuos, contados a partir de la presente fecha.

 

 

OFICIO LIBRADO EN:

 

 

13.- Expediente Nº 2004-000064: ALEJANDRO VIVAS, asistido por el abogado Oscar Arnal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.998, interpone amparo constitucional contra el Ministro de Relaciones Exteriores y el Presidente del Consejo Nacional Electoral, referido a su inscripción en el Registro Electoral Permanente.

 

Se libró Oficio Nº 04-193, anexo al cual se remite a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, constante de  treinta (30) folios útiles, en una (01) pieza, las actuaciones contenidas en el expediente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

14.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El abogado Luis Obregón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionanda, presentó diligencia en la cual expone que vista la Sentencia Nº 97, de fecha 14-07-2004, en la cual se ordena a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados de Caracas, dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 23 de las Normas para Regular los Proceso Electorales de Gremios y Colegios Profesionales, consigna recaudos de los cuales se desprende el cumplimiento de lo ordenado en el referido fallo.

 

 

15.- Expediente Nº 2004-000069: JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, inscrito en el  Inpreabogado bajo el número 7.318, actuando en su propio nombre, remitió vía correo electrónico en fecha 19-07-2004, acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “Mérida Country Club”.

 

El abogado José Eladio Quintero Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.318, consignó diligencia mediante la cual solicita se deje constancia del día y hora en que fue recibido vía correo electrónico el escrito contentivo de la acción de amparo y el día y hora en que fue recibido el escrito de ratificación de la misma. Asimismo, solicita le sea expedida copia certificada de todo el expediente.

 

 

16.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2004.

 

 

17.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2004.

 

 

18.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada  a los ciudadanos GUSTAVO MARÍN GARCÍA, TADEO ARRIECHE FRANCO, JUAN MANUEL SANTANA, DIEGO MOYA y HENRIQUE CASTILLO, mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2004.

 

 

19.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2004.

 

 

20.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-192, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por la Sala en fecha 14-07-2004.

 

 

21.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El abogado Luis Obregón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas en auto de fecha 15-07-2004.

 

 

22.- Expediente Nº 2003-000075: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el abogado José Enrique Montes de Oca Chirinos contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, en virtud de la no admisión de su candidatura uninominal al cargo de tercer suplente de la Junta Directiva  de dicho gremio. Oficio Nº 55-03, de fecha 21-07-2003, remitiendo el expediente Nº 03-6316 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El abogado José Enrique Montes de Oca Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.782, actuando en su propio nombre, consignó diligencia.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

23.- Expediente Nº 2004-000040: Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano FRANCISCO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Heimold Suárez Crespo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.126, contra la Resolución del 25-09-2001 dictada por el Delegado Sindical del Consejo Nacional Electoral en el Estado Lara, en la cual se ordena a la Comisión Electoral del Sindicato de Radio, Cine, Teatro, Televisión, Músicos, Similares, Afines y Conexos del Estado Lara, la suspensión del Proceso electoral convocado para el 25-09-2001, la inscripción de la Plancha Nº 02 en un lapso de 48 horas y la fijación de las elecciones para el día 15-10-2001. Oficio Nº TJT 25-04, de fecha 13-01-2004, remitiendo el expediente Nº  0016813 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Por recibido Oficio Nº 965-04, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, anexó al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 29-04-2004.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

24.- Expediente Nº 2004-000053: JULIÁN FERNANDO NIÑO GAMBOA, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra el parágrafo único del artículo 79 del Reglamento General de la Universidad Experimental Politécnico “Antonio José de Sucre”. La Sala declaró TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la acción de amparo interpuesta y por tanto REVOCÓ la medida cautelar previamente acordada. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia Nº 98.

 

 

25.- Expediente Nº 2004-000060: JULIAN NIÑO GAMBOA,  interpone acción de amparo constitucional con “solicitud de tutela constitucional  anticipada, inmediata y urgente” contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre (UNEXPO). (Recibido vía fax). La Sala declaró TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente:  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia Nº 99.

 

 

26.- Expediente Nº 2004-000062: Tribunal Transitorio de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar interpuesto por los ciudadanos Cesar Augusto Vagas y Juan Alejos, asistidos por el abogado Armando Andueza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.423, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa AZTECA (SINTRASATECA),  para elegir a la Junta Directiva del referido Sindicato; el cual fue declinado por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 16-11-2001. Oficio Nº TJT 496-04, de fecha 18-05-2004, remitiendo el expediente Nº  KH04-L-2001-000410 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: PRIMERO: ASUME LA COMPETENCIA  para conocer el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos del acto impugnado.  SEGUNDO: DECLARA LA NULIDAD de la admisión efectuada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 16 de noviembre de 2001, y ORDENA la reposición al estado de decidir sobre la admisión de la misma. TERCERO:  ACUERDA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que se pronuncie acerca de la admisibilidad del recurso. Ponente:  IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia Nº 100.

 

 

27.- Expediente Nº 2004-000070: WILLIAMS ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 4.795.634, remitió vía correo electrónico en fecha 17-07-2004, acción de amparo constitucional referida a  la elección del rector y vicerrectores  en la Universidad de Carabobo. La Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente:  IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia Nº 101.

 

 

28.- Expediente Nº X-2004-000019 (CUADERNO SEPARADO): Edgar Arteaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.369, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Cardozo, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en fecha 06-05-2004 en la Asociación de Empleados Administrativos, Técnicos y de Servicio de la Universidad Central de Venezuela. (Recurso Principal Expediente Nº 2004-000059). La Sala declaró:  1.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta conjuntamente con recurso contencioso electoral. 2.- Remite  el expediente al Juzgado de Sustanciación de la Sala a los fines de que se pronuncie sobre las causales de inadmisibilidad del recurso relativas a la caducidad y al agotamiento de la vía administrativa.  Ponente:  IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia Nº 102.

 

 

29.- Expediente Nº 2004-000069: JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, inscrito en el  Inpreabogado bajo el número 7.318, actuando en su propio nombre, remitió vía correo electrónico en fecha 19-07-2004, acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil “Mérida Country Club”. La Sala  declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta, vía correo electrónico, y ratificada personalmente el día 20 de julio de 2004. 2.-  ADMITE y declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS. Ponente:  IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia Nº 103.

 

 

El Presidente,

 

                                                                                                 

 

R. ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 


 

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