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CUENTA Nº 101
Despacho del
jueves veintidós (22) de julio de 2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado R. Arístides
Rengifo Camacaro con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Iván Vásquez
Táriba y el Magistrado Juan José Núñez Calderón. Se leyó el Acta de la sesión
anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
NUEVO ASUNTO:
1.- Expediente Nº X-2004-000022 (CUADERNO SEPARADO): Juan Carlos González Fidalgo, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 63.327, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano José Luis Meza, interpone solicitud de medida cautelar
innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el Consejo
Nacional Electoral, relacionado con la admisión de la postulación del ciudadano
Ramón Martínez, como candidato a Gobernador del Estado Sucre. (Recurso
Principal Expediente Nº 2004-000066).
Se dio cuenta
a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Dr. R. ARÍSTIDES RENGIFO
CAMACARO, a los fines de decidir la solicitud de medida cautelar.
SECRETARÍA EN:
2.- Expediente Nº 2004-000071: MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRÍGUEZ,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.905, actuando en su propio nombre
y con el carácter de Secretaria de la Comisión Electoral del Colegio de
Abogados del Estado Mérida y apoderada judicial de la referida Comisión
Electoral, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional
Electoral, por no haber dado respuesta a la solicitud de autorización para
convocar a las elecciones del Colegio de Abogados del Estado Mérida y sus
respectivas delegaciones.
Se acordó solicitar
los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos
de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Consejo Nacional
Electoral. A tal efecto, se libró Oficio Nº 04-194.
COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:
3.-
Expediente Nº 2004-000067:
MIRVA GARCÍA, asistida por el abogado Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 46.986, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto
administrativo dictado por la Comisión Nacional Electoral de la Caja de Ahorros
de Empleados del Ministerio de Agricultura y Tierras (CADEMAC), mediante el
cual se admitió la postulación de las ciudadanas Aura Moreno, Marinelly Romero,
Mirtha Barreto, Carmen Urdaneta de La Rivas y Mirian Díaz, para participar en
el proceso electoral a celebrarse el día 30-07-2004, en la referida Caja de
Ahorros.
Por
recibida en esta misma fecha, comunicación, suscrita por los ciudadanos José
Luis Useche, Gladys Duque, Katiuska Hernández, Nurvia Rodríguez y María Eugenia
Castro, miembros de la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros de los
Empleados del Ministerio de Agricultura y Cría, contentiva del informe sobre
los aspectos de hecho y de derecho y anexa a la cual remite antecedentes
administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se
acordó agregar al expediente judicial la referida comunicación, así como los
anexos que acompañaron a la misma.
DILIGENCIA EN:
4.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).
El abogado
Luis Obregón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, consignó
diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias
certificadas acordadas en auto de fecha 14-07-2004.
5.-
Expediente Nº 2004-000063:
JOSÉ MIGUEL DELGADO QUIÑONES, asistido por el abogado José Ángel Bucarello
Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.244, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar
innominada, contra el Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes, en
todo lo concerniente a las elecciones de las autoridades universitarias y
contra el proceso electoral ocurrido en dicha Universidad para escoger las
autoridades para el período 2004-2008.
El abogado
José Ángel Bucarello Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.244,
actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó
diligencia mediante la cual sustituye totalmente el poder judicial que le fue
otorgado en la persona del abogado Eduardo Robles Trujillo, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 51.390
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
6.-
Expediente Nº 2004-000065:
GLORIA PERDOMO, LUISA ESCALANTE, MARIA TERESA ROMERO, ANA LIGIA DUARTE Y
ROSARIO HINESTROZA, asistidos por el abogado Francisco Javier Sandoval,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.442, interponen recurso
contencioso electoral, contra la juramentación, realizada en fecha 12-06-2004,
de los Consejeros Representantes de la Sociedad al Consejo de Derechos del
Niño, Niña y Adolescentes del Estado Miranda, electos el 08-05-2004.
La abogada
María Elena Fernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.263, actuando
con el carácter de apoderada judicial de la Gobernación del Estado Miranda,
consignó escrito contentivo de informe, así como anexos, relacionados con la
causa, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito así como
los anexos que acompañaron al escrito.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
7.- Expediente Nº 2004-000066: Juan Carlos González Fidalgo, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 63.327, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano José Luis Meza, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el Consejo
Nacional Electoral, relacionado con la admisión de la postulación del ciudadano
Ramón Martínez, como candidato a Gobernador del Estado Sucre.
Se admitió el presente recurso y se acuerda
tramitar el recurso como un asunto de mero derecho. Se ordenó notificar al
Fiscal General de la República y al Presidente del Consejo Nacional Electoral y
emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario
“Últimas Noticias”. Así mismo se
acordó abrir cuaderno separado para la decidir
la solicitud de
medida cautelar. Se libraron los Oficios Nº 04-195, 04-196 y se
expidió cartel de emplazamiento. En esta misma
oportunidad se abrió cuaderno separado al cual le fue asignado el Nº
X-2004-000022.
8.- Expediente Nº 2004-000059: Edgar
Arteaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.369, actuando con el
carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Cardozo, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el
silencio negativo del Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta al
recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso
electoral celebrado en fecha 06-05-2004 en la Asociación de Empleados
Administrativos, Técnicos y de Servicio de la Universidad Central de Venezuela.
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado,
en fecha 20-07-2004, por el ciudadano Eduardo Sánchez, asistido por la abogada
Dorgi Doralys Jiménez Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.487,
el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas,
admitiendo las mismas.
DILIGENCIA EN:
9.- Expediente Nº 2004-000041: Carlos Natera y Diocelis Aponte, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 5.065 y 12.702, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados
judiciales de los ciudadanos Francisco Rivas y José Vielma, Presidente y
Secretario (Encargados) de la Comisión Electoral Nacional Transitoria de la
Federación Médica Venezolana, interponen recurso contencioso electoral, contra
la Resolución Nº 040203-013, de fechas 03-02-2004, emanada del Consejo Nacional
Electoral, referida a eventos de carácter electoral realizados en la Federación
Médica Venezolana.
La abogada
Diocelis Aponte, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.702, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 2-11, del diario “El
Universal” de fecha 21-07-2004, donde apareció publicado el cartel de
emplazamiento a los interesados.
10.- Expediente Nº 2004-000061: José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, actuando con el carácter de apoderado judicial ANA JOSEFINA GUTIÉRREZ, OSWALDO VELÁSQUEZ, DOUGLAS VARELA, YENNIS RAMIRES CONTRERAS y MARBELIS JOSEFINA GRAFE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el silencio negativo en que incurrió el Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta a la impugnación formulada en fecha 01-04-2004, contra la postulación del ciudadano Ernesto José Paraqueima Luiggi, como candidato a Alcalde del Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui por el Movimiento Quinta República (M.V.R.).
El ciudadano
Alguacil consignó boleta librada al ciudadano José Rafael González Escorche,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, apoderado judicial Ana
Josefina Gutiérrez, Oswaldo Velásquez, Douglas Varela, Yennis Ramires Contreras
y Marbelis Josefina Grafe, mediante la cual se le notifica de la admisión del
recurso.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
11.-
Expediente Nº 2004-000070:
WILLIAMS ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 4.795.634, remitió vía
correo electrónico en fecha 17-07-2004, acción de amparo constitucional
referida a la elección del rector y
vicerrectores en la Universidad de
Carabobo.
Visto que mediante correo electrónico recibido, en
fecha 17-07-2004, en la Secretaría de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de
Justicia, el ciudadano WILLIAMS ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº
4.795.634, ejerció acción de amparo constitucional contra la elección de las
autoridades de la Universidad de Carabobo, se designó ponente al Magistrado
Doctor IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA, a los fines de la decisión correspondiente.
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:
12.- Expediente Nº 2003-000075: Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la Región Central, declinó la competencia para
conocer de la acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada
interpuesta por el abogado José Enrique Montes de Oca Chirinos contra la
Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, en virtud de la
no admisión de su candidatura uninominal al cargo de tercer suplente de la
Junta Directiva de dicho gremio. Oficio
Nº 55-03, de fecha 21-07-2003, remitiendo el expediente Nº 03-6316
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
La Sala dejó
constancia de la no comparecencia del accionante ni de la parte presuntamente
agraviante, ni de sus apoderados, así como tampoco del representante del
Ministerio Público. Seguidamente, acogiendo el criterio contenido en la
sentencia Nº 7 dictada por la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de
Justicia en fecha 01-02-2000, se declaró terminado el procedimiento. El texto
íntegro del fallo será publicado dentro del lapso de cinco días continuos,
contados a partir de la presente fecha.
OFICIO
LIBRADO EN:
13.-
Expediente Nº 2004-000064:
ALEJANDRO VIVAS, asistido por el abogado Oscar Arnal, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 25.998, interpone amparo constitucional contra el
Ministro de Relaciones Exteriores y el Presidente del Consejo Nacional
Electoral, referido
a su inscripción en el Registro Electoral Permanente.
Se libró
Oficio Nº 04-193, anexo al cual se remite a la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, constante de treinta
(30) folios útiles, en una (01) pieza, las actuaciones contenidas en el
expediente.
DILIGENCIA EN:
14.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El
abogado Luis Obregón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014,
actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionanda, presentó
diligencia en la cual expone que vista la Sentencia Nº 97, de fecha 14-07-2004,
en la cual se ordena a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados de
Caracas, dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 23 de las Normas para
Regular los Proceso Electorales de Gremios y Colegios Profesionales, consigna
recaudos de los cuales se desprende el cumplimiento de lo ordenado en el
referido fallo.
15.-
Expediente Nº 2004-000069: JOSÉ
ELADIO QUINTERO MARQUINA, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 7.318, actuando en su propio nombre, remitió
vía correo electrónico en fecha 19-07-2004, acción de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la
Asociación Civil “Mérida Country Club”.
El
abogado José Eladio Quintero Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 7.318, consignó diligencia mediante la cual solicita se deje constancia
del día y hora en que fue recibido vía correo electrónico el escrito contentivo
de la acción de amparo y el día y hora en que fue recibido el escrito de
ratificación de la misma. Asimismo, solicita le sea expedida copia certificada
de todo el expediente.
16.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y
Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la
cual se le notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2004.
17.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Junta Directiva del Colegio
de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, mediante la cual se le
notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2004.
18.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El ciudadano
Alguacil consignó boleta librada a los
ciudadanos GUSTAVO MARÍN GARCÍA, TADEO ARRIECHE FRANCO, JUAN MANUEL SANTANA,
DIEGO MOYA y HENRIQUE CASTILLO, mediante la cual se les notifica del fallo
dictado en fecha 14-07-2004.
19.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Comisión Electoral del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, mediante la cual se
les notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2004.
20.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-192, mediante el cual se notifica al
Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por la Sala en fecha 14-07-2004.
21.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El abogado
Luis Obregón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, consignó
diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas
acordadas en auto de fecha 15-07-2004.
22.- Expediente Nº 2003-000075: Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la Región Central, declinó la competencia para
conocer de la acción
de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada
interpuesta por el abogado José Enrique Montes de Oca Chirinos contra la
Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, en virtud de la
no admisión de su candidatura uninominal al cargo de tercer suplente de la Junta
Directiva de dicho gremio. Oficio Nº
55-03, de fecha 21-07-2003, remitiendo el expediente Nº 03-6316 (nomenclatura
de ese Juzgado) (1 pieza principal).
El
abogado José Enrique Montes de Oca Chirinos, inscrito en el Inpreabogado bajo
el número 42.782, actuando en su propio nombre, consignó diligencia.
OFICIO RECIBIDO EN:
23.- Expediente Nº
2004-000040: Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara, declina la competencia para conocer
de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano FRANCISCO
SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Heimold Suárez Crespo, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 48.126, contra la Resolución del 25-09-2001
dictada por el Delegado Sindical del Consejo Nacional Electoral en el Estado
Lara, en la cual se ordena a la Comisión Electoral del Sindicato de Radio,
Cine, Teatro, Televisión, Músicos, Similares, Afines y Conexos del Estado Lara,
la suspensión del Proceso electoral convocado para el 25-09-2001, la
inscripción de la Plancha Nº 02 en un lapso de 48 horas y la fijación de las
elecciones para el día 15-10-2001. Oficio Nº TJT 25-04, de fecha 13-01-2004,
remitiendo el expediente Nº 0016813
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Por
recibido Oficio Nº 965-04, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, anexó al cual remite
las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 29-04-2004.
SENTENCIA
24.-
Expediente Nº 2004-000053:
JULIÁN FERNANDO NIÑO GAMBOA, interpone acción de amparo constitucional con
solicitud de medida cautelar innominada contra el parágrafo único del artículo
79 del Reglamento General de la Universidad Experimental Politécnico “Antonio
José de Sucre”. La Sala declaró TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la acción
de amparo interpuesta y por tanto REVOCÓ la medida cautelar previamente
acordada. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ
CALDERÓN. Sentencia Nº 98.
25.-
Expediente Nº 2004-000060:
JULIAN NIÑO GAMBOA, interpone acción de
amparo constitucional con “solicitud de tutela constitucional anticipada, inmediata y urgente” contra la
Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica
“Antonio José de Sucre (UNEXPO). (Recibido vía fax). La Sala declaró TERMINADO EL
PROCEDIMIENTO de la acción de amparo constitucional interpuesta.
Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN.
Sentencia Nº 99.
26.- Expediente Nº
2004-000062: Tribunal Transitorio de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara, remite expediente contentivo del
recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar interpuesto por
los ciudadanos Cesar Augusto Vagas y Juan Alejos, asistidos por el abogado
Armando Andueza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.423, contra el
proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa
AZTECA (SINTRASATECA), para elegir a la
Junta Directiva del referido Sindicato; el cual fue declinado por el extinto
Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del Estado Lara, en fecha 16-11-2001. Oficio Nº TJT 496-04, de fecha
18-05-2004, remitiendo el expediente Nº
KH04-L-2001-000410 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La
Sala declaró: PRIMERO: ASUME LA COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral ejercido
conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos del acto impugnado. SEGUNDO: DECLARA LA NULIDAD de la
admisión efectuada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de
la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 16 de noviembre de 2001, y
ORDENA la reposición al estado de decidir sobre la admisión de la misma.
TERCERO: ACUERDA remitir el
expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que se pronuncie acerca
de la admisibilidad del recurso. Ponente:
IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia Nº 100.
27.- Expediente Nº
2004-000070: WILLIAMS ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº
4.795.634, remitió vía correo electrónico en fecha 17-07-2004, acción de amparo
constitucional referida a la elección
del rector y vicerrectores en la
Universidad de Carabobo. La Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo
constitucional interpuesta. Ponente: IVÁN
VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia Nº 101.
28.- Expediente Nº X-2004-000019 (CUADERNO SEPARADO): Edgar Arteaga, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 52.369, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano Carlos Cardozo, interpone solicitud de amparo cautelar
conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el silencio negativo del
Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta al recurso jerárquico
interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado
en fecha 06-05-2004 en la Asociación de Empleados Administrativos, Técnicos y
de Servicio de la Universidad Central de Venezuela. (Recurso Principal
Expediente Nº 2004-000059). La Sala declaró: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar
interpuesta conjuntamente con recurso contencioso electoral. 2.- Remite el expediente al Juzgado de Sustanciación de
la Sala a los fines de que se pronuncie sobre las causales de inadmisibilidad
del recurso relativas a la caducidad y al agotamiento de la vía
administrativa. Ponente: IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia Nº
102.
29.- Expediente Nº 2004-000069:
JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.318, actuando en su propio nombre,
remitió vía correo electrónico en fecha 19-07-2004, acción de amparo
constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión
Electoral de la Asociación Civil “Mérida Country Club”. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer
de la acción de amparo constitucional interpuesta, vía correo electrónico, y
ratificada personalmente el día 20 de julio de 2004. 2.- ADMITE y declara IMPROCEDENTE IN
LIMINE LITIS. Ponente: IVÁN
VÁSQUEZ TÁRIBA. Sentencia Nº 103.
El Presidente,
R. ARÍSTIDES
RENGIFO CAMACARO
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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