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Sala Electoral
  • Fecha: 24 de noviembre de 2004





CUENTA Nº 170

 

 

 

CUENTA Nº 170

 

 

Despacho del miércoles veinticuatro (24) de noviembre de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

                       

Por recibida comunicación de fecha 22-09-2004, suscrita por el ciudadano Jesús Marín, Coordinador de Auditoria Financiera del Banco Federal, mediante la cual informa a la Sala, que el Colegio de Médicos del Estado Barinas mantuvo cuenta de Ahorros N° 01330048811101005648, la cual fue aperturada el 19-12-97 y cerrada el 10-08-98. Igualmente informa que se ha girado instrucciones para dar cumplimiento a la orden de suspensión de la movilización de cualquier cuenta bancaria o instrumento financiero que se gestione, curse o tramite ante esa institución.

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

                       

Por recibida comunicación de fecha 22-11-2004, suscrita por el ciudadano Hector Sozaya García, Investigaciones Contables V.P. de división de Seguridad de Corp Banca,  mediante la cual acusa recibo del Oficio N° 04-290 emanada de esta Sala, mediante el cual informa que requieren del número de Registro de Información Fiscal a fin de ubicar en su base de datos al Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000099: Juzgado  Tercero Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por ALAN JESÚS ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.583, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia. Oficio Nº 2379-04, de fecha 15-10-2004, remitiendo el expediente Nº 8642 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Vista la decisión dictada por la Sala en fecha 23-11-2004, mediante la cual se admitió la acción de amparo constitucional, y ordenó la tramitación correspondiente, siguiendo lo dispuesto en sentencia de la Sala Constitucional de este Alto Tribunal de fecha 01-02-2000, la Sala acordó comisionar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, a los fines de notificar de la referida decisión a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia, así como a la Comisión Electoral del referido Colegio. Se libró oficio N° 04-304 y boletas. Asimismo se libró Oficio N° 04-305, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República de la sentencia dictada en fecha 23-11-2004, en  la admisión de la acción de amparo interpuesta.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000057: JOSÉ QUINTÍN GÓMEZ, RAMÓN RODRÍGUEZ Y GILBERTO LÓPEZ REYES, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.623, 61.357 y 30.753, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Aragua, con relación al proceso electoral celebrado en fecha 11-07-2003, para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del referido Colegio.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-302, mediante el cual se solicita al anexo al cual se remite comisión conferida Juzgado Superior  en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central con sede en Maracay, Estado Aragua, la remisión de las resultas de la comisión que le fue conferida en fecha 07-08-2003. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

5.- Expediente N° 2004-000074: Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial  Estado Aragua, declinó la competencia para conocer de la apelación  formulada  contra la  sentencia  dictada en fecha 21 de mayo de 2004, por el Tribunal  Primero de  Primera  Instancia  en lo  Civil y Mercantil de la Circunscripción  Judicial del  Estado Aragua, en la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Juan Mota Silva, asistido por el abogado Oscar Bohórquez Hurtado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.067, contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil Casa de Apure en Aragua (APURAGUA), para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 0430-519-A, de fecha 15-07-2004, remitiendo el expediente Nº 15291 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Por recibido Oficio N° 0430-868, emanado del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Aragua, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 16-08-2004.

 

 

6.- Expediente N° 2004-000084: Juzgado Primero De Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial  Estado Aragua, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Juan Mota Silva, asistido por el abogado Oscar Bohórquez Hurtado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.067, contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil Casa de Apure en Aragua (APURAGUA), para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 2790-04, de fecha 31-08-2004, remitiendo el expediente Nº 36831 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 cuaderno separado).

 

Por recibido Oficio N° 0430-869, emanado del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Aragua, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por la Sala en fecha 19-10-2004.

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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