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Sala Electoral
  • Fecha: 25 de agosto de 2004





CUENTA Nº 120

 

CUENTA Nº 120

 

 

Despacho del miércoles veinticinco (25) de agosto de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

SECRETARÍA

 

DILIGENCIA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000008: Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana VESTALIA SAMPEDRO DE ARAUJO,  interpone recurso contencioso electoral contra las actas de escrutinio de la Circunscripción Nº 4 del Estado Carabobo que señala, correspondientes a la elección de Diputados Nominales a la Asamblea Nacional celebradas en julio de 2000.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-213, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por la Sala en  fecha 04-08-2004.

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000008: Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana VESTALIA SAMPEDRO DE ARAUJO,  interpone recurso contencioso electoral contra las actas de escrutinio de la Circunscripción Nº 4 del Estado Carabobo que señala, correspondientes a la elección de Diputados Nominales a la Asamblea Nacional celebradas en julio de 2000.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la ciudadana Vestalia Sampedro de Araujo, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 04-08-2004.

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000009: Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN ALVAREZ DE LUGO,  interpone recurso contencioso electoral contra las actas de escrutinio de la Circunscripción Electoral del Distrito Federal, correspondientes  a la elección de  Diputados por Lista a la Asamblea Nacional, celebradas en julio de 2000.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-214, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado por la Sala en  fecha 04-08-2004.

 

4.- Expediente Nº 2003-000009: Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN ALVAREZ DE LUGO,  interpone recurso contencioso electoral contra las actas de escrutinio de la Circunscripción Electoral del Distrito Federal, correspondientes  a la elección de  Diputados por Lista a la Asamblea Nacional, celebradas en julio de 2000.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Juan Álvarez de Lugo, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 04-08-2004.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000067: MIRVA GARCÍA, asistida por el abogado Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.986, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el acto administrativo dictado por la Comisión Nacional Electoral de la Caja de Ahorros de Empleados del Ministerio de Agricultura y Tierras (CADEMAC), mediante el cual se admitió la postulación de las ciudadanas Aura Moreno, Marinelly Romero, Mirtha Barreto, Carmen Urdaneta de La Rivas y Mirian Díaz, para participar en el proceso electoral a celebrarse el día 30-07-2004, en la referida Caja de Ahorros.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados, en fecha 17-08-2004,  por el abogado Hernán Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 21.532, actuando con el carácter de asesor legal de la Superintendencia de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas y, en fecha 19-08-2004, por la ciudadana Pilar Prado, asistida por el abogado Juan Carlos Velásquez Abreu, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.986, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de estas, admitiendo y negando según el caso las pruebas promovidas

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000061: José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, actuando con el carácter de apoderado judicial ANA JOSEFINA GUTIÉRREZ, OSWALDO VELÁSQUEZ, DOUGLAS VARELA, YENNIS RAMIRES CONTRERAS y MARBELIS JOSEFINA GRAFE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el silencio negativo en que incurrió el Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta a la impugnación formulada en fecha 01-04-2004, contra la postulación del ciudadano Ernesto José Paraqueima Luiggi, como candidato a Alcalde del Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui por el Movimiento Quinta República (M.V.R.).

 

Visto que en fecha 24-08-2004, el abogado José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.068, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANA JOSEFINA GUTIERREZ, OSWALDO VELASQUEZ, DOUGLAS VÁRELA, YENNIS RAMIRES CONTRERAS y MARBELIS JOSEFINA GRAFE, parte recurrente, consignó escrito mediante el cual expuso que “por cuanto el día 23 de agosto de 2004, no pude comparecer al acto de designación de los expertos para practicar la experticia grafotécnica, es por lo que solicito se fije una nueva oportunidad para proceder al nombramiento de los expertos”. El Juzgado de Sustanciación, paso a pronunciarse sobre la solicitud y determinado que el acto de nombramiento de los expertos constituye un término procesal, lo que impone la realización de esa actuación procesal en el momento preciso, so pena de perder la facultad de efectuarla posteriormente, acorde con el principio de preclusión de los lapsos procesales, y, a su vez, verificada la ausencia de un sustento legal que habilite al juez para fijar una nueva oportunidad, declaró  improcedente la referida solicitud.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.-  Expediente N° 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-234, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.

 

 

8.-  Expediente N° 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-235, mediante el cual se notifica al  Presidente del Consejo Nacional Electoral, la admisión del recurso.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

Visto el escrito presentado, en fecha 24-08-2004, por el abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, actuando con el carácter de apoderado judicial de Colegio de Abogado del Distrito Capital, así como de la Comisión Electoral de dicho gremio profesional, mediante el cual solicita ejecución forzosa de la Sentencia N° 97 dictada por la Sala en fecha 14-07-2004 y denuncia el desacato del Consejo Nacional Electoral, se designó ponente al Magistrado Doctor IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente N° 2004-000078: Germán Ramírez Materán, Marino Faría Vargas y Alfredo Ramphis Jiménez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6.642, 14.401 y 31.696, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUIS PEÑALVER, ILDEMARO SILVA LARA, FRANCISCO OBREGÓN, LUIS RAVEN Y CLEMENTE ÁLVAREZ, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Junta Directiva de la Asociación Única de Peloteros de Venezuela, referida a las elecciones celebradas en fecha 18-02-2004, en la mencionada Asociación para elegir a la nueva Junta Directiva, período 2004-2008.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-232,  mediante el cual se convoca al Primer Conjuez de la Sala, Doctor Juan José Núñez Calderón, a los fines de conformar la Sala Accidental que deberá conocer y decidir el expediente.

 

 

 

COMUNICACIONES RECIBIDAS EN:

 

 

11.- Expediente N° 2004-000078: Germán Ramírez Materán, Marino Faría Vargas y Alfredo Ramphis Jiménez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6.642, 14.401 y 31.696, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUIS PEÑALVER, ILDEMARO SILVA LARA, FRANCISCO OBREGÓN, LUIS RAVEN Y CLEMENTE ÁLVAREZ, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Junta Directiva de la Asociación Única de Peloteros de Venezuela, referida a las elecciones celebradas en fecha 18-02-2004, en la mencionada Asociación para elegir a la nueva Junta Directiva, período 2004-2008.

 

Por recibida comunicación suscrita por el Doctor Juan José Núñez Calderón, Primer Conjuez de la Sala, mediante la cual manifiesta su aceptación para constituir la Sala Accidental que deberá conocer y decidir el expediente.

 

 

El Presidente,

 

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

 

           

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

 

 


 

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