Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 27 de enero de 2004





CUENTA Nº 11

 

CUENTA Nº 11

 

 

 

Despacho del martes veintisiete (27) de enero de 2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000108: JULIAN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por la abogada Luisa Chacin de Planas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 4.766, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud  de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, referido al proceso comicial  para elegir al Rector, Vice-Rector Académico, Vice-Rector Administrativo y Secretario de la mencionada Casa de Estudios.

 

Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige.

 

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000001: MARÍA DE LA ESPERANZA HERMIDA MORENO, LUIS MARTIN GALVIZ, PABLO EMILIO SALGADO CUEVA, OSCAR RAFAEL ROMERO MACHADO y LUIS ALBERTO BARONI, asistidos por la abogada Mercedes Valentina Manzini, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.381, interpone  recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral por la omisión de organizar las elecciones del SINDICATO UNITARIO ORGANIZADO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (SUONTRAJ), así como por el retardo en decidir el recurso de impugnación interpuesto en fecha 8-11-2001, contra el proceso electoral realizado en el referido Sindicato entre el 19 y 25 de octubre de 2001.

 

La abogada Isabel Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.644, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó  escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que la acredita para actuar como apoderada judicial del mencionado órgano electoral y formar cinco (5) piezas separadas con  los restantes anexos que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000118: Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.347, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto emanado por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2003, que negó la inscripción de la plancha denominada Avanzada Gremial y Todos Organizados por el Gremio de Abogados (TOGA).

 

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 14-01-2004, por el abogado Tadeo Arrieche Franco, parte accionante, así como el escrito de oposición a las mismas, consignado, en fecha 26-01-2004, por el abogado Luis Obregón, apoderado judicial de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Capital de Caracas, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiéndolas. Se Libró Oficio 04-011, al Consejo Nacional Electoral, 04-012 a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Capital y 04-013 a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Capital.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL:

 

 

4.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

La Sala declaró: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos GERMÁN RAMÍREZ MATERÁN, CARMEN ROJAS MÁRQUEZ, JOSGLA NATHALÍ DÍAZ BARRETO, MARINO FARÍA VARGAS y JOSÉ LUÍS GUEVARA GONZÁLEZ. 2.- Se ORDENÓ a la Federación de Colegios de Abogados  de Venezuela, que proceda en el lapso máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la sentencia definitiva, a publicar en la forma prevista en el artículo 47 de la Ley de Abogados, la convocatoria a una Asamblea Extraordinaria de Delegados de los Colegios de Abogados integrantes de dicha Federación que se encuentren en ejercicio de tal función para la presente fecha, con el objeto de elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, y demás autoridades del Directorio de la referida Federación en el marco de lo dispuesto en la normativa electoral que rige los proceso comiciales de esa Federación Profesional. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de desaplicación de los artículos 47 y 54 de la Ley de Abogados y 60 de su Reglamento. El texto íntegro del fallo será publicado en un lapso de cinco (5) días continuos, contados a partir de la presente fecha.

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

La abogada Marlene Robles de Rodríguez, Presidenta Encargada de la Federación de Colegio de Abogados de Venezuela,  consignó recaudos en la audiencia constitucional.

 

 

ESCRITOS PRESENTADOS Y AGREGADOS A LOS AUTOS:

 

6.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

El abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadano Zaida Paredes, Presidenta de la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela, consignó escrito.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

ALBERTO MARTINI URDANETA

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO


 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados