![]() | ||
|
CUENTA Nº 56
Despacho del martes veintisiete (27) de abril de
2004. Se abrió la sesión Presidida por
el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente,
Magistrado Luis Martínez Hernández y el Magistrado Rafael Hernández Uzcátegui. Se leyó el
Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARIA
1.-
Expediente Nº 2003-000098: JOSÉ
VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, JOSÉ ORELLANA, JOSÉ FRANCISCO GALÍNDEZ, RAÚL ILARRAZA
y NELSON PINEDA, asistidos por el abogado Héctor Ramos, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 60.264, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de
medida cautelar innominada contra el proceso electoral celebrado en fecha
01-09-2003, para elegir a los integrantes del Consejo Local de Planificación
Pública del Municipio Iribarren del Estado Lara.
Se acordó
diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de quince (15)
días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar
sentencia.
OFICIO
LIBRADO EN:
2.-
Expediente Nº 2003-000090:
Juzgado Superior Quinto en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital,
declinó la competencia para conocer de recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por el abogado
Carlos Guillermo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.800, en su
carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Eunice González, Carlos
Jiménez, Belly Castillo, Elsa Cárdenas, Ely Quintero, Pablo Marrero, Mahuan
Pineda, Miguel Arias, Miguel Escobar, José Moreno y Guillermo Torres, contra la
providencia administrativa DS-OAL-2750, de fecha 20 de mayo de 2003, emanada de
la Superintendencia de Cajas de Ahorros. Oficio Nº 748, de fecha 28-08-2003,
remitiendo el expediente Nº 03-339
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Se libró Oficio Nº 04-118, mediante el cual se comunica a
la Superintendencia de Caja de Ahorros del Ministerio de Finanzas, el fallo
dictado en fecha 21-01-2004. Asimismo, se remiten los antecedentes administrativos contenidos en una
(1) pieza, relacionados con
dicho juicio.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
3.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos
Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de
los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad
con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago
Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el
Colegio de Médicos del Estado Barinas.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-111, mediante el cual se
notifica al Presidente del Consejo
Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 13-04-2004.
4.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos
Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de
los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad
con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago
Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el
Colegio de Médicos del Estado Barinas.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-107, anexo al cual se remite
comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de
la Región Los Andes, a los fines de que practique las diligencias
necesarias para la notificación de la Junta Directiva del Colegio de
Médicos del Estado Barinas y a la Comisión Electoral Regional del referido
Colegio, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de
este Alto Tribunal.
5.- Expediente Nº 2004-000025: JOSE
MOGOLLON, asistido por la abogada Mercedes Valentina Mancini Tekhaus, inscrita
en el Inpreabogado bajo el número 25.381, interpone recurso contencioso
electoral con solicitud de suspensión de efectos contra la Resolución Nº 040122-06,
emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-01-2004, publicada en Gaceta
Electoral Nº 189, de fecha 27-02-2004, mediante la cual otorga reconocimiento
de validez del proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de
Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad
social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO).
El ciudadano JOSE MOGOLLON, asistido por la abogada
Mercedes Valentina Mancini Tekhaus, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
25.381, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido
las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 22-04-2004.
DILIGENCIA
EN:
6.-
Expediente Nº 2004-000035: JOSÉ
POLANCO, LUIS ALBERTO MEDINA, RONAL NIEVES, OMAR CACIQUE, MARITZA DE HIDALGO,
HENRY AVILA PALACIOS, AMELIA JOSEFINA VALERA AGRISONES, JESÚS ENRIQUE GUERRERO
LÓPEZ, CARMEN ANGLESIA CONTRERAS, NELSON EDUARDO HERNÁNDEZ GÓMEZ, ANTONIO JOSÉ
PÉREZ CAMEJO, ARMANDO HERNÁNDEZ GALANTON, NILYAN BRICEÑO, JUAN ANTONIO PEÑA
COROPE, ALBERTO ALCALA CAÑIZALEZ ROJAS, VICTOR CHRISTOPHER CASTILLO DE LA CRUZ
y ROGER BORGES, asistidos por los abogados Jesús Sarmiento Niño y Nelson Maita
Gutiérrez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6.962 y 51.296,
interponen acción de amparo constitucional contra las decisiones del Comando
Táctico Nacional del Movimiento Quinta República, referido a la elección de los
candidatos Municipales de las diferentes Alcaldías del Estado Aragua, así como
a los candidatos al Consejo Legislativo del referido Estado.
El ciudadano
Henry Ávila Palacios, asistido por el abogado Ramón José Arellano Rodríguez,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.934, presentó diligencia anexa a
la cual consignó recaudo relacionado con la causa.
AUDIENCIA
CONSTITUCIONAL:
7.-
Expediente Nº 2004-000035: JOSÉ
POLANCO, LUIS ALBERTO MEDINA, RONAL NIEVES, OMAR CACIQUE, MARITZA DE HIDALGO,
HENRY AVILA PALACIOS, AMELIA JOSEFINA VALERA AGRISONES, JESÚS ENRIQUE GUERRERO
LÓPEZ, CARMEN ANGLESIA CONTRERAS, NELSON EDUARDO HERNÁNDEZ GÓMEZ, ANTONIO JOSÉ
PÉREZ CAMEJO, ARMANDO HERNÁNDEZ GALANTON, NILYAN BRICEÑO, JUAN ANTONIO PEÑA
COROPE, ALBERTO ALCALA CAÑIZALEZ ROJAS, VICTOR CHRISTOPHER CASTILLO DE LA CRUZ
y ROGER BORGES, asistidos por los abogados Jesús Sarmiento Niño y Nelson Maita
Gutiérrez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 6.962 y 51.296,
interponen acción de amparo constitucional contra las decisiones del Comando
Táctico Nacional del Movimiento Quinta República, referido a la elección de los
candidatos Municipales de las diferentes Alcaldías del Estado Aragua, así como
a los candidatos al Consejo Legislativo del referido Estado.
La Sala
declaró que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR. Asimismo, se dejó
constancia de que el fallo definitivo se dictaría dentro de los cinco días
siguientes.
SENTENCIA
8.- Expediente Nº X-2004-000013 (CUADERNO SEPARADO): LUIS CASTAÑOS, asistido por el abogado Alfredo de Jesús Salvatori, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040114-005, de fecha 14 de enero de 2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral Nº 186 de fecha 05 de febrero de 2004, referida a la solicitud de conversión a partido político del movimiento VENCEDORES AL MOVIMIENTO ORGANIZADO SOCIAL (VAMOS). (Recurso Principal Expediente 2004-000032). La Sala declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de amparo cautelar interpuesta conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución número CPPF-0237-03 dictada por el Directorio del Consejo Nacional Electoral en fecha 14 de enero de 2004, publicada en Gaceta Electoral número 186 del 5 de febrero de 2004; en consecuencia, se suspenden los efectos del acto administrativo impugnado, en lo que respecta al lapso de treinta (30) días a los fines de que los interesados puedan ejercer las impugnaciones que consideren pertinentes. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 52.
9.- Expediente Nº 2004-000039: Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ANGEL RUBIO, asistido por el abogado Ramón Segundo Papiri Beleño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.603, contra el ciudadano José Cañizales, referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia. Oficio Nº T4PJ2004-65, de fecha 24-03-2004, remitiendo el expediente Nº VP01-2004-000010 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 53.
10.- Expediente Nº 2004-000040: Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano FRANCISCO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Heimold Suárez Crespo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.126, contra la Resolución del 25-09-2001 dictada por el Delegado Sindical del Consejo Nacional Electoral en el Estado Lara, en la cual se ordena a la Comisión Electoral del Sindicato de Radio, Cine, Teatro, Televisión, Músicos, Similares, Afines y Conexos del Estado Lara, la suspensión del Proceso electoral convocado para el 25-09-2001, la inscripción de la Plancha Nº 02 en un lapso de 48 horas y la fijación de las elecciones para el día 15-10-2001. Oficio Nº TJT 25-04, de fecha 13-01-2004, remitiendo el expediente Nº 0016813 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). La Sala declaró: PRIMERO: ACEPTA la declinatoria de competencia formulada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. Ponente: ALBERTO MARTINI URDANETA. Sentencia Nº 54.
11.- Expediente Nº X-2004-000015 (CUADERNO SEPARADO): ALFREDO JESÚS TINEO SÁNCHEZ Y PASCUAL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, asistidos por el abogado Tadeo Arrieche Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.707, interponen medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040216-129 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-02-2004, mediante la cual niega la inscripción de la organización VISIÓN EMERGENTE (VISIÓN) como partido regional en el estado Miranda. (Recurso Principal Expediente Nº 2004-000022). La Sala declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada de manera subsidiaria a la acción de amparo cautelar interpuesta conjuntamente con recurso contencioso electoral. Ponente: RAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI. Sentencia Nº 55.
El Presidente,
ALBERTO MARTINI URDANETA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |