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Sala Electoral
  • Fecha: 27 de julio de 2004





CUENTA Nº 103

 

CUENTA Nº 103

 

 

Despacho del martes veintisiete (27) de julio de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado R. Arístides Rengifo Camacaro con la asistencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000059: Edgar Arteaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.369, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Cardozo, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en fecha 06-05-2004 en la Asociación de Empleados Administrativos, Técnicos y de Servicio de la Universidad Central de Venezuela.

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente una copia certificada de la Sentencia Nº 102, de fecha 22 de julio de 2004, ello de conformidad con lo previsto en el referido fallo.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000056: MANUEL EMILIO GEDLER CEVALLOS, asistido por la abogada Dixy Corina Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 31.581, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión dictada por el Consejo Nacional Electoral en sesión del 06-05-2004, mediante la cual se ”... decidió rechazar la proposición presentada por el Dr. Ezequiel Zamora, en relación a conceder a la organización ‘Electores por Miranda’, la facultad de ser la segunda Agrupación Política calificada para escoger posición en la Boleta Electoral para las elecciones en el Estado Miranda”.

 

El ciudadano MANUEL EMILIO GEDLER CEVALLOS, asistido por la abogada Dixy Corina Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 31.581, consignó escrito de conclusiones.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000059: Edgar Arteaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.369, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Cardozo, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en fecha 06-05-2004 en la Asociación de Empleados Administrativos, Técnicos y de Servicio de la Universidad Central de Venezuela.

 

Vista la decisión dictada por la Sala en fecha 22-07-2004, mediante la cual ordena remitir al Juzgado Sustanciación la causa a los fines de que emita el pronunciamiento correspondiente a las causales de inadmisibilidad del recurso contencioso electoral relativas a la caducidad y al agotamiento de la vía administrativa, no examinadas en la oportunidad de la admisión del recurso, en virtud de haber sido interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional, el Juzgado una vez examinados los autos, admitió el recurso por lo que respecta a las aludidas causales de inadmisibilidad.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000061: José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, actuando con el carácter de apoderado judicial ANA JOSEFINA GUTIÉRREZ, OSWALDO VELÁSQUEZ, DOUGLAS VARELA, YENNIS RAMIRES CONTRERAS y MARBELIS JOSEFINA GRAFE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el silencio negativo en que incurrió el Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta a la impugnación formulada en fecha 01-04-2004, contra la postulación del ciudadano Ernesto José Paraqueima Luiggi, como candidato a Alcalde del Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui por el Movimiento Quinta República (M.V.R.).

 

El abogado José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000066: Juan Carlos González Fidalgo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.327, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Luis Meza, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, relacionado con la admisión de la postulación del ciudadano Ramón Martínez, como candidato a Gobernador del Estado Sucre.

 

El abogado Juan Carlos González Fidalgo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.327, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Luis Meza, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000066: Juan Carlos González Fidalgo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.327, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Luis Meza, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el Consejo Nacional Electoral, relacionado con la admisión de la postulación del ciudadano Ramón Martínez, como candidato a Gobernador del Estado Sucre.

 

El abogado Juan Carlos González Fidalgo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.327, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Luis Meza, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 26-07-2004.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

7.- Expediente Nº 2004-000073: JOSÉ MIGUEL VEGAS CASTEJÓN, JESÚS PUERTA, DALIA CORREA, YHAJAIRA TOVAR DE SOUTO, RUBÉN BALLESTEROS, FERNANDO KEY, SALVADOR VILLALBA Y HONMY ROSARIO, asistidos por los abogados Antonio José Meneses y Nelson Lucena, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 22.181 y 22.332, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el proceso electoral a celebrarse el 30-07-2004, a los fines de elegir a las autoridades de la Universidad de Carabobo.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado R. ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción de amparo.

 

 

8.- Expediente Nº X-2004-000019 (CUADERNO SEPARADO): Edgar Arteaga, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.369, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Carlos Cardozo, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el silencio negativo del Consejo Nacional Electoral por no haber dado respuesta al recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado en fecha 06-05-2004 en la Asociación de Empleados Administrativos, Técnicos y de Servicio de la Universidad Central de Venezuela. (Recurso Principal Expediente Nº 2004-000059)

 

Se dejó constancia que se agregó al expediente Nº 2004-000059, copia certificada de la Sentencia Nº 102, de fecha 22 de julio de 2004, ello de conformidad con lo previsto en el referido fallo.

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

Vista la Sentencia Nº 94, dictada por la Sala en fecha 14-07-2004, en la cual se ordena remitir copia de las actuaciones procesales al Ministerio Público, a fin de que ese órgano determine lo conducente respecto de la denuncia de desacato formulada por la coaccionante, ciudadana Ana Teresa Heredía, en la presente acción, la Sala a los fines de dar cumplimiento con el referido fallo, acordó expedir copia certificada de los documentos que cursan a los folios 01 al 32, 34 al 95, 158 al 219, 221 al 224 Vto., 241 al 292, 296 al 322 y 324 al 334. Asimismo, se ordenó expedir copia simple de los documentos que cursan a los folios 33, 96 al 157, 220, 225 al 240, 293 al 295 Vto. y 323. Se libró Oficio Nº 04-199.

 

 

 

BOLETA LIBRADA EN:

 

 

10.- Expediente Nº 2004-000053: JULIÁN FERNANDO NIÑO GAMBOA, interpone acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra el parágrafo único del artículo 79 del Reglamento General de la Universidad Experimental Politécnico “Antonio José de Sucre”.

 

Se libró boleta a la Comisión Electoral de la Universidad Experimental Politécnico “Antonio José de Sucre”, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por esta Sala en fecha 22-07-2004.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 04-189, mediante el cual se notifica  al Presidente del Consejo Nacional Electora, del fallo dictado por la Sala en fecha 14-07-2004.

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-190, mediante el cual se notifica  a la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos de Venezuela fallo dictado por la Sala en fecha 14-07-2004.

 

 

13.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-191, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral Nacional del  Colegio de Odontólogos de Venezuela, del fallo dictado por la Sala en fecha 14-07-2004.

 

 

14.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte accionante, mediante la cual se les notifica de la sentencia dictada por la Sala en fecha 14-07-2004. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal, de la parte accionante, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

15.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

El ciudadano Secretario de esta Sala dejó constancia de que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que se había trasladado al domicilio procesal de la parte accionante y que dejó la boleta de notificación librada de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

El Presidente,                                                                                          

 

 

 

 

R. ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

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