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Sala Electoral
  • Fecha: 27 de octubre de 2004





CUENTA Nº 154

 

 

CUENTA Nº 154

 

 

Despacho del miércoles veintisiete (27) de octubre de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado R. Arístides Rengifo Camacaro con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Iván Vásquez Táriba y el Magistrado Juan José Núñez Calderón. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2004-000095: ANTONIO CLARET OLIVO, asistido por el abogado Marcos Rodríguez Arispe,  inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.291, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral  celebrado en el Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara (IPSOFAP-LARA) en fecha 10-07-2004.  (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 1786-04, de fecha 06-10-2004,  Expediente N° KP02-R-2004-001318 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARIA EN:

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Por cuanto en esta misma fecha, se produjo la incorporación a la Sala Electoral del Doctor Juan José Núñez Calderón, en su carácter de Primer Conjuez, a los fines de llenar la ausencia temporal del Magistrado Doctor Luis Martínez Hernández, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Arístides Rengifo Camacaro; Vicepresidente, Magistrado Iván Vásquez Táriba y Magistrado Juan José Núñez Calderón, Secretario Abogado Alfredo De Stefano Pérez  y el ciudadano Alexis José Sáez como Alguacil de la misma.

 

 

3.- Expediente N° 2004-000087: ARIMIR JOSEFINA JIMÉNEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.058, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 040623-1058, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 23-06-2004, en la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Reinaldo García contra la selección de la ciudadana Arimir Josefina Jiménez Silva como Miembro de la Junta Regional Electoral del Estado Apure. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil –Bienes-, Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 1463-2004, de fecha 06-09-2004,  Expediente N° 1120 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal).

 

Por cuanto en esta misma fecha, se produjo la incorporación a la Sala Electoral del Doctor Juan José Núñez Calderón, en su carácter de Primer Conjuez, a los fines de llenar la ausencia temporal del Magistrado Doctor Luis Martínez Hernández, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Arístides Rengifo Camacaro; Vicepresidente, Magistrado Iván Vásquez Táriba y Magistrado Juan José Núñez Calderón, Secretario Abogado Alfredo De Stefano Pérez  y el ciudadano Alexis José Sáez como Alguacil de la misma.

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Visto el Oficio N° 04-2802, de fecha 20-10-2004, emanado por la Sala Constitucional, mediante el cual remite copia certificada de la decisión dictada en fecha 06-10-2004 por dicha Sala, en la cual suspendió los efectos del fallo N° 111 dictado por la Sala Electoral, en fecha 04-08-2004, y ordena a la misma proveer lo conducente para hacer del conocimiento de los ciudadanos Virginia Sarmiento y Ramón Reinoso de la decisión dictada por la Sala Constitucional, en consecuencia, se  ordenó librar boleta de notificación  a los referidos ciudadanos, anexando copia certificada de la decisión dictada por la Sala Constitucional en fecha 06-10-2004. Se libró Boleta.

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

La abogado Noemy  Magali Núñez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 29.404, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO, consignó escrito mediante el cual manifiesta su inconformidad con la decisión dictada por la Sala Constitucional en fecha 06-10-2004.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2004-000092: CESAR PÉREZ VIVAS, actuando con el carácter de Secretario General Nacional del Partido Demócrata Cristiano (COPEI), asistido por el abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.906, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra el “Registro Electoral Permanente".

 

El abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.906, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CESAR PÉREZ VIVAS, consignó diligencia mediante la cual apela del auto dictado en fecha 26-10-2004 por el Juzgado de Sustanciación, en el cual se  declaró inadmisible el recurso interpuesto.

 

 

7.- Expediente N° 2004-000093: Williams Dávila Barrios, candidato a Gobernador del estado Mérida, asistido por el abogado Gustavo Adolfo Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.833, interpone “formal reclamo” por las irregularidades detectadas con relación a las inscripciones y actualizaciones efectuadas en el Registro Electoral Permanente del estado Mérida.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-279, mediante el cual se solicita al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

8.- Expediente N° 2004-000087: ARIMIR JOSEFINA JIMÉNEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.058, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 040623-1058, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 23-06-2004, en la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Reinaldo García contra la selección de la ciudadana Arimir Josefina Jiménez Silva como Miembro de la Junta Regional Electoral del Estado Apure. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil –Bienes-, Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 1463-2004, de fecha 06-09-2004,  Expediente N° 1120 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal).

 

De conformidad con el artículo 245, primer aparte, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política,  se abrió a causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° 2004-000086: HUGO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.470, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 040623-1058, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 23-06-2004, en la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Reinaldo García contra la selección del ciudadano Hugo Contreras como Miembro de la Junta Municipal Electoral del Municipio Biruaca del Estado Apure. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil –Bienes-, Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 1462-2004, de fecha 06-09-2004,  Expediente N° 1121 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal y 1 pieza de compulsa).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-271, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República de la admisión del recurso.

 

 

10.- Expediente N° 2004-000086: HUGO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.470, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 040623-1058, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 23-06-2004, en la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Reinaldo García contra la selección del ciudadano Hugo Contreras como Miembro de la Junta Municipal Electoral del Municipio Biruaca del Estado Apure. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil –Bienes-, Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 1462-2004, de fecha 06-09-2004,  Expediente N° 1121 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal y 1 pieza de compulsa).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-272, mediante el cual se notifica al Presidente del Consejo Nacional Electoral la admisión del recurso.

 

 

11.- Expediente Nº 2004-000063: JOSÉ MIGUEL DELGADO QUIÑONES, asistido por el abogado José Ángel Bucarello Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.244, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes, en todo lo concerniente a las elecciones de las autoridades universitarias y contra el proceso electoral ocurrido en dicha Universidad para escoger las autoridades para el período 2004-2008.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-257, mediante el cual se notifica al Presidente de la Universidad de Los Andes la admisión del recurso, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

El Presidente,

 

 

 

ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

 

 

 

 

 

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