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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de junio de 2004





CUENTA Nº 91

 

 

 

CUENTA Nº 91

 

 

Despacho del martes veintinueve (29) de junio de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado Alberto Martini Urdaneta con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez Hernández. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000063: JOSÉ MIGUEL DELGADO QUIÑONES, asistido por el abogado José Ángel Bucarello Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.244, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes, en todo lo concerniente a las elecciones de las autoridades universitarias y contra el proceso electoral ocurrido en dicha Universidad para escoger las autoridades para el período 2004-2008.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso al Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes. Igualmente, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes. Se libraron Oficios Nº 04-173 y 04-174.

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000098: JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, JOSÉ ORELLANA, JOSÉ FRANCISCO GALÍNDEZ, RAÚL ILARRAZA y NELSON PINEDA, asistidos por el abogado Héctor Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 60.264, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de medida cautelar innominada contra el proceso electoral celebrado en fecha 01-09-2003, para elegir a los integrantes del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Iribarren del Estado Lara.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 17-06-2004, por el abogado Moisés Rosales Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.564, mediante la cual solicita copia certificada de los documentos que cursan a los folios 03 al 45, 163 al 252, así como de la Sentencia Nº 75 de fecha 25-05-2004, que corre inserta a los folios 301 al 350 y  de la Sentencia Nº 88 de fecha 08-06-2004, la cual cursa a los folios 380 al 389 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  las certificaciones solicitadas.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2003-000011: Olegario Castro Parra y Heriberto Nava Castillo, titulares de las cédulas de identidad números 3.264.770 y 8.501.967, respectivamente, remitieron comunicación mediante la cual solicitan: “1.- Anular el Registro Electoral del último proceso comicial del Municipio Páez del Estado Zulia y las dos últimas inscripciones (...) 2.- Actualizar el Registro Electoral Municipal, excluyendo los ciudadanos fallecidos, y quienes realmente no residan en el Municipio. 3.- Investigar para determinar la residencia actual de los electores tratando de ubicarlos en las direcciones existentes en el Registro Electoral haciendo las respectivas auditorias de campo, también investigar las huellas dactilares de estos nuevos inscritos, en especial en centros de votación como El Molinete, Caño Hondo, Iruamana Carretal, Colopantui, Guarero Moina, Cusia, Cojoro, Paraguaipoa, Las Guardias, El Cañito, Sinamaica, Alpanate y Marichipais. 4.- Determinar que el Registro Electoral se efectuó en las condiciones señaladas por la ley (...)”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-170, al Juzgado Superior  en lo Civil, Contencioso Administrativo y Tributario de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Occidental (Maracaibo), el cual fue remitido a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000015: JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIERREZ CARMONA,  asistido por el abogado Damaso Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.606, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 040206-082, de fecha 06-02-2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Fidel La Rosa contra la Resolución No 040126-013, de fecha 23-01-04 y sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Jhon Archer y Santiago Gutiérrez contra la Resolución No 040126-017 de fecha 26-01-2004 referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de los Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA). (Mediante sentencia Nº 63 de fecha 11-05-2004, se acumuló el expediente Nº 2004-000018 al presente expediente).

 

La abogada Nelia Gutiérrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 79.975, actuando con el carácter de representante legal del Sindicato de Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA), consignó escrito de conclusiones (Acompañó anexo).

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000015: JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIERREZ CARMONA,  asistido por el abogado Damaso Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.606, interponen recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº 040206-082, de fecha 06-02-2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Fidel La Rosa contra la Resolución No 040126-013, de fecha 23-01-04 y sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Jhon Archer y Santiago Gutiérrez contra la Resolución No 040126-017 de fecha 26-01-2004 referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de los Trabajadores de la C.A. Metro de Caracas (SITRAMECA).

 

El ciudadano SANTIAGO GUTIERREZ CARMONA,  asistido por el abogado Cesar Castro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.830, consignó escrito de conclusiones.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000050:   PEDRO MARTÍNEZ, asistido por el abogado Carlos Coquis López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 74.140, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución Nº 040402-506, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 02-04-2004, publicada en Gaceta Electoral Nº 146 de fecha 23-04-2004, referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone (SINTREBRIFI), período 2003-2005. (Recibido el 14-05-2004)

 

Vistos Los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 22 y 23 de junio de 2003, por el ciudadano Luis Fernando Rojas, asistido por el abogado José Rafael Alonzo, y por el ciudadano Pedro Martínez, asistido por el abogado Carlos Coquis López, el Juzgado de sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas admitiendo y negando las pruebas según el caso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

7.- Expediente Nº 2004-000064: ALEJANDRO VIVAS, asistido por el abogado Oscar Arnal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.998, interpone amparo constitucional contra el Ministro de Relaciones Exteriores y el Presidente del Consejo Nacional Electoral, referido a su inscripción en el Registro Electoral Permanente.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que se pronuncie  sobre la admisión de la acción de amparo.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente Nº 2003-000111: MARINO FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los distintos órganos de dicha Federación.

 

La abogada Karla Key Blanco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 54.626, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 28-06-2004.

 

El Presidente,

 

                                                                                              

                                                                                                                

ALBERTO MARTINI URDANETA

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

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