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Sala Electoral
  • Fecha: 29 de noviembre de 2004





CUENTA Nº 172

 

 

CUENTA Nº 172

 

 

Despacho del lunes veintinueve (29) de noviembre de 2004. Se abrió la sesión  presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente Nº 2003-000059: CÉSAR NÚÑEZ GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº 1.630.273, remitió vía fax,  escrito mediante el cual “impugn(a) la elección de los integrantes al Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, efectuada el 08 de julio del presente año”.

 

Visto que en fecha 16-07-2003, la Sala acordó comisionar el Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en Pampatar, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al ciudadano César Núñez García, y, siendo que hasta la presente fecha no se ha recibido las resultas de la misma, se ordenó solicitar al referido Juzgado la remisión de la comisión que le fuera conferida. Se libró Oficio N° 04-306.

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 23-11-2004, por el abogado Luis Obregón, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, mediante la cual solicita dos (02) copias certificadas de la sentencia N° 137 de fecha 28-09-2004, que cursa a los folios 311 al 325 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  las certificaciones solicitadas.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000099: Juzgado  Tercero Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por ALAN JESÚS ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.583, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia. Oficio Nº 2379-04, de fecha 15-10-2004, remitiendo el expediente Nº 8642 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-304, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, a los fines de notificar la decisión dictada en fecha 23-11-2004, a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia, así como a la Comisión Electoral del referido Colegio. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000099: Juzgado  Tercero Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por ALAN JESÚS ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.583, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia. Oficio Nº 2379-04, de fecha 15-10-2004, remitiendo el expediente Nº 8642 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-305, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República de la sentencia dictada en fecha 23-11-2004, en  la admisión de la acción de amparo interpuesta.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

 

 

                                                                                    El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

 

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