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CUENTA Nº 140
Despacho del jueves treinta (30) de
septiembre de 2004. Se abrió la sesión
presidida por el Magistrado Luis Martínez Hernández con la asistencia
del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo Camacaro y el Magistrado
Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta
de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
1.- Expediente Nº 2003-000089: Francisco Díaz, asistido por el abogado Freddy Urbina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.871, interpone recurso contencioso electoral con acción de amparo constitucional cautelar contra el proceso de elección de los Jueces de Paz de la Parroquia Las Fuentes, El Paraíso, en la ciudad de Caracas, realizado el 10-08-03.
Vista la diligencia presentada en fecha 20-09-2004, por el ciudadano Francisco Díaz, asistido por el abogado Ismael Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.714, mediante la cual solicita la devolución de recaudos que consignó en el expediente, los cuales corren insertos a los folios 11 al 13, 19 al 24, 79 al 93 y 129 del expediente, la Sala observó que por lo que se refiere a los documentos que cursan a los folios 11 al 13, 19 al 24, 79 al 93 del expediente, la Sala ACORDÓ la devolución de los referidos documentos. Ahora bien, por lo que corresponde al recaudo que cursa al folio 129 del expediente, la Sala NEGÓ su devolución.
BOLETA Y
OFICIO LIBRADO EN:
2.-
Expediente Nº 2003-000111: MARINO
FARÍA VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.401, actuando en su
propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el Directorio
de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la conducta omisiva
de convocar el proceso electoral para renovar a los integrantes de los
distintos órganos de dicha Federación.
Se libró
Boleta a la Federación de Abogados de Venezuela, mediante la cual se le
notifica del fallo dictado por la Sala en fecha 28-09-2004. Asimismo, se libró
boleta a la parte recurrente, mediante la cual se le notifica del fallo dictado
por la Sala en fecha 28-09-2004. Finalmente, se libro Oficio N° 04-265,
mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se
le notifica del fallo dictado en fecha 28-09-2004.
3.- Expediente Nº 2004-000061: José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, actuando con el carácter de apoderado judicial ANA JOSEFINA GUTIÉRREZ, OSWALDO VELÁSQUEZ, DOUGLAS VARELA, YENNIS RAMIRES CONTRERAS y MARBELIS JOSEFINA GRAFE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el silencio negativo en que incurrió el Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta a la impugnación formulada en fecha 01-04-2004, contra la postulación del ciudadano Ernesto José Paraqueima Luiggi, como candidato a Alcalde del Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui por el Movimiento Quinta República (M.V.R.).
Se libró Oficio Nº 04-264, mediante el cual se comunica al Consejo Nacional Electoral el fallo dictado en fecha 29-09-2004. Asimismo, se remiten los antecedentes administrativos contenidos en dos (02) piezas, relacionados con dicho juicio.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
4.- Expediente N° 2004-000088: MARÍA DE LOS ÁNGELES MAECA GIRARDI DE LÓPEZ MÉNDEZ y CARLOS JARAMILLO, asistidos por los abogados D’lsa Solórzano y Luis Ramón Obregón Martínez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 61.847 y 69.014, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y suspensión de efectos, contra la Resolución N° 040826-1118, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-08-2004, así como también contra los artículos 44 y 50 de las Normas para la Instalación y Constitución de la Mesa Electoral y para los Actos de Votación y Escrutinio de los Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular, contenidas en la Resolución N° 040630-1054, de fecha 30-06-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 203, de fecha 02-07-2004, y su posterior reforma de fecha 06-08-2004.
El
ciudadano Alguacil consigno copia del Oficio N° 04-259, mediante el cual se
notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.
5.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
Se dejó
constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala la
boleta librada de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento
Civil, se libró boleta a los ciudadanos OMAR VARGAS, CARMEN ROMERO y CARLOS
JULIO GÓMEZ, mediante la cual se les notifica del fallo dictado por la Sala en
fecha 28-09-2004.
6.-
Expediente N° 2004-000078: Germán
Ramírez Materán, Marino Faría Vargas y Alfredo Ramphis Jiménez, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 6.642, 14.401 y 31.696, respectivamente, actuando
con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUIS PEÑALVER,
ILDEMARO SILVA LARA, FRANCISCO OBREGÓN, LUIS RAVEN Y CLEMENTE ÁLVAREZ,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de
medida cautelar innominada contra la Junta Directiva de la Asociación Única de
Peloteros de Venezuela, referida a las elecciones celebradas en fecha
18-02-2004, en la mencionada Asociación para elegir a la nueva Junta Directiva,
período 2004-2008.
Vistas las
diligencias presentadas en fecha 27-09-2004, por los abogados Marino Faría
Vargas y Alfredo Jiménez, inscritos en
el Inpreabogado bajo los números 14.401 y 31.696, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos
LUIS PEÑALVER, ILDEMARO SILVA LARA, FRANCISCO OBREGÓN, LUIS RAVEN Y
CLEMENTE ÁLVAREZ, mediante las cuales solicitan la devolución de la copia
certificada del Acta de Asamblea
Ordinaria de la Asociación Única de Peloteros Profesionales de Venezuela,
celebrada en la ciudad de Porlamar, Estado Nueva Esparta, el día 18-02-2004, la
cual corre inserta a los folios 133 al 140 del expediente, la Sala ACORDÓ
la devolución del referido documento, previa su certificación.
DILIGENCIA
EN:
7.-
Expediente N° 2004-000077:
RUBEN DARÍO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.294, actuando
en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional contra el
ciudadano Enrique Mendoza, representante de la Coordinadora Democrática, por la amenaza de difundir por vía de los
diversos medios de comunicación social “los resultados del referendo
Presidencial, convocado por el Consejo Nacional Electoral para el próximo día
domingo 15 de agosto de 2004, antes de las 14:00 hrs.”.
El abogado
RUBEN DARÍO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.294,
consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de los
documentos que cursan a los folios 1 al 5, 7 al 17, 19, 21, 23, 25, 29, 44, 47,
50, 52, 54 y 56 al 67 del expediente.
8.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-261, mediante el cual se notifica al
Presidente de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de la
sentencia dictada en fecha 28-09-2004.
9.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El ciudadano
Alguacil consignó boleta librada a la Junta Directiva del Colegio de Abogados
del Distrito Metropolitano de Caracas, mediante la cual se le notifica del
fallo dictado por la Sala en fecha 28-09-2004.
10.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El ciudadano
Alguacil consignó boleta librada a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito
Metropolitano de Caracas, mediante la cual se le notifica del fallo dictado por
la Sala en fecha 28-09-2004.
El Presidente,
LUIS MARTÍNEZ
HERNÁNDEZ
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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