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CUENTA Nº 123
Despacho
del martes treinta y uno (31) de agosto de 2004. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Luis Martínez
Hernández con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado R. Arístides Rengifo
Camacaro y el Magistrado Iván Vásquez Táriba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio
cuenta.
1.-
Expediente N° 2004-000082:
GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio
nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional
Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado
Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004.
Se acordó
solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los
aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso al Consejo Nacional
Electoral. A tal efecto, se libró Oficio Nº 04-239.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
2.- Expediente Nº 2003-000069: MILADY OROPEZA, LESLI TERESA MORENO, CREINQUIN SAMUEL PERDOMO MENA, CARMEN ELENA LONGA, ANA MARÍA SUEIRAS, LUIS AVILES ARJONA, JOSÉ SALAS, JUAN ALVAREZ y REINA PARRA, asistidos por el abogado Alberto Borges Geofroy, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.080, interponen acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de Bosch Telecom. C.A. y Compañías Afines (SITRATEN).
Visto el
escrito presentado en fecha 30-08-2004, por el abogado Alberto Borges Geofroy,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 6.080, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos MILADY OROPEZA, LESLI TERESA MORENO,
CREINQUIN SAMUEL PERDOMO MENA, CARMEN ELENA LONGA, ANA MARÍA SUEIRAS, LUIS
AVILES ARJONA, JOSÉ SALAS, JUAN ALVAREZ y REINA PARRA, mediante el cual solicita ejecución de la
Sentencia dictada por la Sala en fecha 20-10-2003, se designa ponente al
Magistrado Doctor IVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA, a los fines de la decisión
correspondiente.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
3.- Expediente Nº 2004-000061: José Rafael González Escorche, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 13.068, actuando con el carácter de apoderado judicial ANA JOSEFINA GUTIÉRREZ, OSWALDO VELÁSQUEZ, DOUGLAS VARELA, YENNIS RAMIRES CONTRERAS y MARBELIS JOSEFINA GRAFE, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el silencio negativo en que incurrió el Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta a la impugnación formulada en fecha 01-04-2004, contra la postulación del ciudadano Ernesto José Paraqueima Luiggi, como candidato a Alcalde del Municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui por el Movimiento Quinta República (M.V.R.).
El
abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212,
actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
consignó escrito de conclusiones.
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
4.- Expediente N° 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el
abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la
Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo
Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar
expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a
la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa
Bridgestone-Firestone Venezolana.
Vista la
diligencia presentada, en fecha 24-08-2004, por el ciudadano Pedro León
Martínez, asistido por el abogado Bernardo Álvarez, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 30.667, mediante la cual
se da por notificado del auto de admisión dictado en fecha 23-08-2004 y,
solicita se libre el cartel de emplazamiento a los interesados, se acordó
librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido
auto, a los fines de su publicación en el diario “Últimas Noticias”.
5.-
Expediente N° 2004-000076: LUIS
AUGUSTO ZAPATA ROJAS, asistido por la abogada María Linda Herrera Lloverá,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.458, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución
N° 040507-575, emanada del Consejo Nacional Electoral en la cual se declaró sin
lugar la impugnación formulada contra la Resolución N° 040328-002, de fecha 28
de marzo de 2004, emanada de la Junta Regional Electoral del Estado Aragua, en
la cual se rechaza la postulación del mencionado ciudadano al cargo de Gobernador
del Estado Aragua.
Visto el auto
de admisión del recurso, de fecha 30-08-2004, que ordenó notificar a la parte
recurrente, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la Región Central con sede en Maracay, Estado Aragua, a los
fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al ciudadano
Luis Augusto Zapata Rojas. Se libró
Oficio N° 04-238 y boleta.
6.-
Expediente N° 2004-000076: LUIS
AUGUSTO ZAPATA ROJAS, asistido por la abogada María Linda Herrera Lloverá,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.458, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución
N° 040507-575, emanada del Consejo Nacional Electoral en la cual se declaró sin
lugar la impugnación formulada contra la Resolución N° 040328-002, de fecha 28
de marzo de 2004, emanada de la Junta Regional Electoral del Estado Aragua, en
la cual se rechaza la postulación del mencionado ciudadano al cargo de
Gobernador del Estado Aragua.
Se
dejó constancia de la apertura del Cuaderno Separado a los fines de la decisión
de la solicitud de amparo
cautelar.
Cuaderno Separado que le fue asignado el Nº X-2004-000026.
NUEVO
ASUNTO:
7.-
Expediente N° X-2004-000026(CUADERNO SEPARADO): LUIS AUGUSTO ZAPATA ROJAS, asistido por
la abogada María Linda Herrera Lloverá, inscrita en el Inpreabogado bajo el
número 63.458, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso
contencioso electoral, contra la Resolución N° 040507-575, emanada del Consejo
Nacional Electoral en la cual se declaró sin lugar la impugnación formulada
contra la Resolución N° 040328-002, de fecha 28 de marzo de 2004, emanada de la
Junta Regional Electoral del Estado Aragua, en la cual se rechaza la
postulación del mencionado ciudadano al cargo de Gobernador del Estado Aragua.
(Recurso Principal Expediente N° 2004-000076).
Se dio cuenta
a la Sala. Se designó ponente al Magistrado Dr. LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ,
a los fines de decidir la solicitud de amparo cautelar.
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
8.- Expediente N° 2004-000081: CARLOS EDUARDO LAPLACE MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.740, actuando en su propio, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada a los fines de que los ciudadanos Enrique Mendoza, Antonio Rojas Suárez, Manuel Rosales, Eduardo Lappi, Marta Colomina, Carlos Fernández, Leopoldo Castillo, Nelson Bocaranda, Napoleón Bravo y José Domingo Blanco y otros personeros de la oposición y comunicadores sociales, se abstengan “de desconocer los resultados del referendo del pasado 15 de agosto de 2004, alegando fraude y cuestionando la legitimidad del gobierno y la institucionalidad, exacerbando el ánimo público, provocando intranquilidad en la sociedad y la desestabilización del poder público del Estado”.
Se designó
ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de que
se pronuncie sobre la admisión de la
acción de amparo.
OFICIO
LIBRADO EN:
9.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
Se libró
Oficio N° 04-240, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral
del auto dictado por la Sala en fecha 31-08-2004.
AUTO
PARA MEJOR PROVEER
10.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO
HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente,
interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media
cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del
Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de
convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los
miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal
Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados
y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del
Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
Visto el
escrito presentado en fecha 24-08-2004 por el abogado LUIS RAMÓN OBREGÓN
MARTÍNEZ, con el carácter de apoderado judicial del COLEGIO DE ABOGADOS DEL
DISTRITO CAPITAL y de su COMISIÓN ELECTORAL, mediante el cual solicita la
ejecución forzosa de la sentencia N° 97, dictada por esta Sala Electoral en
fecha 14-07-2004, con fundamento en el presunto desacato en que ha incurrido el
Consejo Nacional Electoral, la Sala, acordó oficiar al Consejo Nacional
Electoral, a fin de que dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la
recepción del oficio, informe a la Sala lo que considere pertinente con
relación a los planteamientos que han sido expuestos en dicho escrito.
DILIGENCIA
EN:
11.-
Expediente N° 2004-000074:
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección de
Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial Estado Aragua, declinó la competencia para conocer de la
apelación formulada contra la
sentencia dictada en fecha 21 de
mayo de 2004, por el Tribunal Primero
de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la acción de amparo constitucional interpuesta
por el ciudadano Juan Mota Silva, asistido por el abogado Oscar Bohórquez
Hurtado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.067, contra el proceso
electoral celebrado en la Asociación Civil Casa de Apure en Aragua (APURAGUA),
para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 0430-519-A, de fecha 15-07-2004, remitiendo el expediente
Nº 15291 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-225, anexo al cual se remite comisión
conferida al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y
Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el cual fue remitido mediante el
Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
12.-
Expediente N° 2004-000074:
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección de
Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial Estado Aragua, declinó la competencia para conocer de la
apelación formulada contra la
sentencia dictada en fecha 21 de
mayo de 2004, por el Tribunal Primero
de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la acción de amparo constitucional interpuesta
por el ciudadano Juan Mota Silva, asistido por el abogado Oscar Bohórquez
Hurtado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 16.067, contra el proceso
electoral celebrado en la Asociación Civil Casa de Apure en Aragua (APURAGUA),
para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 0430-519-A, de fecha 15-07-2004, remitiendo el
expediente Nº 15291 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-226, mediante el cual se notifica al
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de la sentencia dictada por la Sala
en fecha 12-08-2004, el cual fue remitido mediante el Departamento de
Correspondencia de este Alto Tribunal.
13.-
Expediente Nº 2004-000042:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, remite expedientes
contentivos de las acciones de amparo constitucionales interpuestas por los
ciudadanos Hermes Enrique Noguera Morales y Yennyferr Carolina Milano Cortez,
contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional
Experimental de Los Llanos Centrales Rómulo Gallegos. Oficio Nº 310-04, de
fecha 29-03-2004, remitiendo los expedientes números 5057-04 y 5058-04 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza
principal).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 04-206, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar del auto dictado en fecha 29-07-2004 a los ciudadanos Hermes Enrique Noguera Morales y Yennyferr Carolina Milano Cortez, así como a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de la Universidad Experimental de los Llanos Centrales Rómulo Gallegos, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.
El Presidente,
LUIS MARTÍNEZ
HERNÁNDEZ
El Secretario,
ALFREDO DE STEFANO
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