Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 01 de marzo de 2005





CUENTA Nº 02

 

CUENTA Nº 02

 

 

 

Despacho del martes primero (1º) de marzo de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Por recibida en fecha 17-12-2004, comunicación identificada como BBI-UPCLC-12/04/1129 de fecha 15-12-2004, suscrita por el ciudadano Jesús Zambrano, Oficial de Cumplimiento de Baninvest, mediante la cual informa a la Sala que las personas detalladas en el Oficio Nº 04-290 emanado de la Sala  no poseen Cuentas Bancarias, Colocaciones, Instrumentos Financieros, Tarjetas de Crédito o relación alguna con esa Entidad Bancaria.

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Por recibida en fecha 17-01-2005, comunicación identificada como DPCLC1948/04 de fecha 26-11-2004, suscrita por el ciudadano Ronald Castellanos, Oficial de Cumplimiento del Banco Plaza, C.A., mediante la cual informa a la Sala que una vez revisados sus archivos las personas naturales y/o jurídicas detalladas en el Oficio Nº 04-290 emanado de la Sala  no tiene relación con ese Banco.

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Por recibida en fecha 18-01-2005, comunicación identificada como BGV122004/6324 de fecha 11-11-2004, emanada del Departamento de Operaciones del Banco Galicia, mediante la cual informa a la Sala que las personas detalladas en el Oficio Nº 04-290 emanado de la Sala  no mantienen ni han mantenido relación en forma alguna con ese Banco.

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Por recibida en fecha 18-01-2005, comunicación identificada como BGV-102004.5060 de fecha 14-10-2004, emanada del Departamento de Operaciones del Banco Galicia, mediante la cual informa a la Sala que el Colegio de Médicos del Estado Barinas  no mantiene ni ha mantenido relación en forma alguna con ese Banco.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Por recibido en fecha 09-02-2005, Oficio 05-245, de fecha 31-01-2005, emanado de la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, anexo al cual remite copia certificada de la decisión dictada en fecha 15-12-2004, que declaró Ha Lugar la solicitud de revisión constitución propuesta por el abogado Luis Alberto Escobar, respecto de la sentencia 111, de fecha 04-08-2004, dictado por la Sala Electoral. En consecuencia, se anuló la sentencia en revisión y se repuso la causa al estado en que la Sala Electoral decida nuevamente.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Visto que en la foliatura del expediente existe un error a partir del folio 697 del mismo, se ordenó testar dicha  foliatura a partir  de éste (exclusive). Asimismo, se acordó volver a foliar el expediente desde el referido folio en adelante.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

7.- Expediente 2005-000004: FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL PERMANENTE del referido Sindicato, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la comunicación emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-11-2004,  mediante la cual se les informa que no reconocen el proceso electoral de esa organización gremial, así como contra las omisiones (a su decir) en que ha incurrido el máximo órgano electoral respecto a comunicaciones remitidas a éste y  el recurso jerárquico interpuesto contra el referido proceso electoral. (Recibido el 01-02-2005).

 

La abogada FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL PERMANENTE del referido Sindicato, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de los recaudos marcados con las letras “C”, “S” y “T”, que rielan en el anexo 1 del expediente.

 

 

8.- Expediente 2004-000106: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ,  asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 041022-1670 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-10-2004, en la cual se reconoce la validez del proceso electoral celebrado el 17-09-2004 en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firectone de Venezuela (SINTREBRIFI).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 04-313, mediante el cual se solicita al Consejo Nacional Electoral  los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2002-000014: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por las ciudadanas ODALIS BOADA y LUISA GARCÍA DE HERNÁNDEZ, asistidas por el abogado Mario Bastardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.525, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de la Universidad de Oriente. Oficio Nº 963-2001, de fecha 14-11-2001, remitiendo el expediente Nº 07987 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza)

 

Por cuanto en fecha 17-01-2005  se produjo la incorporación de los nuevos magistrados designados por la Asamblea Nacional en sesión celebrada el 13-12-2004, y el 02-02-2005 se realizó, en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, la elección de su junta Directiva, así como del Presidente y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Juan José Núñez Calderón; Vicepresidente, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba; Magistrado Luis Martínez Hernández; Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba; Secretario, Abogado Alfredo De Stefano Pérez  y el ciudadano Alexis José Sáez como Alguacil de la misma. Se ratificó como Ponente al Magistrado ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados