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Sala Electoral
  • Fecha: 04 de julio de 2005





CUENTA Nº 64

 

CUENTA Nº 64

 

 

Despacho del lunes cuatro  (04) de julio de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

SECRETARÍA

 

 

1.-  Expediente 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 28-06-2005, por el ciudadano Alfonso Emilio Ramos Tovar, titular de la cédula de identidad 9.669.943, asistido por la abogada Margarita Blanco Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.264, mediante la cual solicita tres copias certificadas de la Sentencia N° 75 de fecha 21-06-2005, que corre inserta a los folios 257 al 273 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir las certificaciones solicitadas.

 

 

2.- Expediente 2005-000020: Jesús Rangel Rachadell y Arquímedes Vargas Palomo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 32.711, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Civil COMUNIDAD INDÍGENA CHAIMA SANTA MARÍA DE LOS ÁNGELES DEL GUÁCHARO, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050223-074, de fecha 23-02-2005, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral 237 de fecha 14-03-2005, contentiva de las Normas de Postulación de Candidatas o Candidatos a Concejala o Concejal de Municipio y Miembros de la Junta Parroquial, para las Elecciones a celebrarse en 2005.

 

Se difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.-  Expediente 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana.

 

El ciudadano Alfonso Emilio Ramos Tovar, titular de la cédula de identidad 9.669.943, asistido por la abogada Margarita Blanco Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.264, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 04-07-2005

 

 

4.-  Expediente 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana.

 

El ciudadano Alfonso Emilio Ramos Tovar, titular de la cédula de identidad 9.669.943, asistido por la abogada Margarita Blanco Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.264, consignó diligencia mediante la cual solicita se notifique al Consejo Nacional Electoral, al Ministerio del Trabajo, a la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana C.A. y al recurrente, ciudadano Pedro León Martínez.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente 2005-000053: ALBERTO JOSÉ ROYE FLORES, asistido por la abogada Katiuska Chávez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.298, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050316-085, de fecha 16-03-2005, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral 244, de fecha 18-05-2005, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado para elegir al Alcalde del Municipio Zamora del Estado Aragua.

 

El ciudadano Alberto José Roye Flores, asistido por la abogada Katiuska Chávez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.298, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados, el cual le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

6.- Expediente 2005-000053: ALBERTO JOSÉ ROYE FLORES, asistido por la abogada Katiuska Chávez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.298, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050316-085, de fecha 16-03-2005, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral 244, de fecha 18-05-2005, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado para elegir al Alcalde del Municipio Zamora del Estado Aragua.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-142, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recuso.

 

 

7.- Expediente 2005-000053: ALBERTO JOSÉ ROYE FLORES, asistido por la abogada Katiuska Chávez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.298, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050316-085, de fecha 16-03-2005, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral 244, de fecha 18-05-2005, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado para elegir al Alcalde del Municipio Zamora del Estado Aragua.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-143, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral  la admisión del recurso.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

8.- Expediente 2005-000051: Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC) interpone amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Oficina Electoral del Estado Carabobo del Consejo Nacional Electoral.

 

Vista la sentencia dictada en fecha 21-06-2005, la Sala comisionó  al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, a los fines de notificar del referido fallo al Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC). Se libró Oficio 05-149,  boleta y Despacho.

 

 

9.- Expediente X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente 2005-000052)

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 29-06-2005, por el abogado Oscar León López, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.884, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad Central de Venezuela, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 77 de fecha 27-06-2005, que corre inserta a los folios 164 al 181 Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  la certificación solicitada.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente 2005-000047:  DOUGLAS JOSÉ BERNAL, DERWIN PIÑA Y CRISTA VARGAS, titulares de las cédulas de identidad números 9.755.416, 13.590.829 y 7.695.370, respectivamente,  asistidos por el abogado Segundo José Páez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.490, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de Institutos Educacionales del Estado Zulia (S.U.T.I.E.Z.), relacionado con el proceso electoral celebra el 05-05-2005 en el referido Sindicato para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2008. (Recurso que fue presentado por ante la Notaría Pública Sexta de Maracaibo Estado Zulia,  de conformidad con lo previsto en el artículo 314, primer aparte, del Código de Procedimiento Civil). (Remitido mediante Oficio 93-A, de fecha 25-05-2005).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-144, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 14-06-2005, a la parte accionante,  ciudadanos Douglas José Bernal, Derwin Piña y Crista Vargas. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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