CUENTA Nº 15
Despacho del martes cinco (05) de abril de 2005.
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con
la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez
Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se
leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera
Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para
conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN
GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover
Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso
electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera
Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº
127-04, de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450
(nomenclatura de ese Juzgado).
Visto el auto de
fecha 04-04-2005, la Sala
acordó comisionar al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación,
Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorio Puerto
Ordaz, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar
del referido auto a los ciudadanos Rubén González, Alfredo Spooner, Michel
Urrieta y Héctor Maican, así como al Sindicato Integral de Trabajadores de
Ferrominera Orinoco, C.A. (SINTRAFERROMINERA). Se libraron Oficio N° 05-044, boletas
y despacho.
2.-
Expediente N° 2004-000091:
Juzgado Tercero de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, declinó la competencia para
conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado Esdras
Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.774, contra el proceso
electoral celebrado en la
Asociación de Jubilados de Ferrominera Orinoco C.A., para
elegir a la Junta
Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº
141-04, de fecha 23-09-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000642
(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).
Visto el auto de fecha 03-03-2005, la Sala acordó comisionar al
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz,
a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar
del referido auto a la parte recurrente, ciudadano Esdras Salazar. Se libraron Oficio N° 05-045, boleta y despacho.
DILIGENCIA EN:
3.-
Expediente N° 2004-000105: BETZAIDA
PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 39.715, actuando con el
carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ÁNGEL OSWALDO ÁLVAREZ y MANUEL
DE SOUSA, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional
Electoral, a los fines de que se pronuncie sobre el recurso jerárquico
interpuesto por los referidos ciudadanos en fecha 04-11-2004 ante la Junta Electoral
Regional del Estado Carabobo, referido a la elección del Alcalde del Municipio
San Joaquín del Estado Carabobo.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-014, anexo al cual se remite
comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
de la Región
Centro Norte,
a los fines de notificar del auto de
fecha 03-03-2005 a
la parte recurrente.
4.-
Expediente N° 2004-000105: BETZAIDA
PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 39.715, actuando con el
carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ÁNGEL OSWALDO ÁLVAREZ y MANUEL
DE SOUSA, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional
Electoral, a los fines de que se pronuncie sobre el recurso jerárquico
interpuesto por los referidos ciudadanos en fecha 04-11-2004 ante la Junta Electoral
Regional del Estado Carabobo, referido a la elección del Alcalde del Municipio
San Joaquín del Estado Carabobo.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-013, mediante el cual se
notifica al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 03-03-2005.
5.-
Expediente N° 2004-000101:
JOSÉ LUIS DÍAZ JIMÉNEZ, asistido
por el abogado Fernando José Peña Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 45.209, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
041030-1668 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 30-10-2004,
mediante la cual se suspendió el proceso electoral para elegir al Alcalde del
Municipio Carrizal del Estado Miranda.
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la
Boleta librada al ciudadano José Luis Díaz Jiménez, mediante
la cual se le notifica del auto dictado en fecha 02-03-2005. Boleta
que fue dejada en el domicilio procesal del referido ciudadano, de conformidad
con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
6.-
Expediente N° 2004-000101:
JOSÉ LUIS DÍAZ JIMÉNEZ, asistido
por el abogado Fernando José Peña Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 45.209, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
041030-1668 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 30-10-2004,
mediante la cual se suspendió el proceso electoral para elegir al Alcalde del
Municipio Carrizal del Estado Miranda.
El
ciudadano Secretario de esta Sala dejó constancia que en esta fecha el
ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 16-03-2005, se había trasladado al
domicilio procesal del ciudadano José Luis Díaz Jiménez y dejó la boleta
de notificación librada al mencionado
ciudadano, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de
Procedimiento Civil.
7.-
Expediente Nº 2001-000141:
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso
contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo
Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta
Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el
recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en consecuencia, se revocó la proclamación del
ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional
Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional
por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-025, mediante el cual se le notifica
al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 02-03-2005.
8.-
Expediente Nº 2001-000141:
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso
contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo
Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta
Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el
recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y
en consecuencia, se revocó la
proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional
Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional
por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.
El ciudadano
Alguacil consignó copia boleta librada al ciudadano Malaquías Gil Rodríguez,
mediante la cual se le notifica del auto dictado en fecha 02-03-2005.
9.-
Expediente Nº 2001-000141:
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso
contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo
Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta
Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el
recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y
en consecuencia, se revocó la
proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional
Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional
por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.
El ciudadano
Alguacil consignó boleta librada al
ciudadano Germán Romero González, mediante la cual se le notifica del auto
dictado en fecha 02-03-2005.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° 2005-000004: FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el
carácter de apoderada judicial del SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS
PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA
Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS) y de la
COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL PERMANENTE del referido
Sindicato, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud
de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la comunicación emanada
del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-11-2004, mediante la cual se les informa que no
reconocen el proceso electoral de esa organización gremial, así como contra las
omisiones (a su decir) en que ha incurrido el máximo órgano electoral respecto
a comunicaciones remitidas a éste y el
recurso jerárquico interpuesto contra el referido proceso electoral. (Recibido
el 01-02-2005).
El
ciudadano Alguacil consignó boleta librada al SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE
EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD,
ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS), mediante la cual se le notifica del
auto de fecha 28-03-2004, en el cual se declaró inadmisible el recurso
interpuesto.
LA SALA
ACTUANDO
EN SEDE CONSTITUCIONAL
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:
11.- Expediente N° 2005-000011: OSWALDO GONZÁLEZ
SANABRIA, asistido por la abogada
Yosirys Méndez Cova, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 76.430, interpone acción de amparo constitucional
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión
Electoral ambas de la Federación
Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para
elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada
Federación y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005.
La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional
interpuesta. Ordenó reiniciar el proceso
para elegir a la Junta Directiva
y Consejo de Honor de la
Federación Venezolana de Tenis, a partir de
su fase de convocatoria, observando como exigencia la publicidad necesaria para
garantizar el principio de transparencia electoral, así como la anticipada
elaboración y publicación en un diario de circulación nacional de un cronograma
electoral en el que se especifique cada una de las fases del proceso para
elegir a la Junta Directiva
y Consejo de Honor de la
Federación Venezolana de Tenis.
12.- Expediente N° 2005-000011: OSWALDO GONZÁLEZ
SANABRIA, asistido por la abogada
Yosirys Méndez Cova, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 76.430, interpone acción de amparo constitucional
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión
Electoral ambas de la Federación
Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para
elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada
Federación y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005.
Los ciudadanos
Elías Lozada Salas, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión
Electoral de la Federación
Venezolana de Tenis y Rene Herrera Liendo, actuando con el
carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Tenis, asistidos por los
abogados Tulio Sánchez y Ricardo Baroni, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 7.282 y 49.220, respectivamente,
consignaron escrito en la audiencia constitucional.
13.- Expediente N° 2005-000011: OSWALDO GONZÁLEZ
SANABRIA, asistido por la abogada
Yosirys Méndez Cova, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 76.430, interpone acción de amparo constitucional
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión
Electoral ambas de la Federación
Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para
elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada Federación
y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005.
El ciudadano
Oswaldo González Sanabria, asistido por la abogada Yosiris Méndez Coba,
inscrita en el Inpreabogado N° 76.430, consignó recaudos relacionados con la
causa en la audiencia constitucional.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
14.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ
RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES
SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y
25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional
conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva
del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión
de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio
profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva,
Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de
Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del
Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El abogado Luis
Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014,
actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Abogados del
Distrito Capital, así como de la Comisión
Electoral de dicho Colegio, consignó escrito mediante el cual
realiza observaciones respecto al escrito presentado en fecha 17-03-2005 por el
Consejo Nacional Electoral.
DILIGENCIA EN:
15.- Expediente
Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA
RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA
CARRILLO, actuando con el carácter de
integrantes de la
Junta Directiva del Colegio de Odontólogos
Metropolitano, asistidas por el abogado
Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220,
interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral
Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar,
celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y
Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.
El abogado Luis
Martí, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.165, actuando con el
carácter de miembro de la Comisión
Electoral Ad-Hoc del Colegio de Odontólogos de Venezuela,
consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada del Informe N°
2 de esa Comisión.
El
Presidente,
JUAN
JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ