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Sala Electoral
  • Fecha: 05 de abril de 2005





CUENTA Nº 15

 

CUENTA Nº 15

 

 

Despacho del martes cinco (05) de abril de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº 127-04, de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Visto el auto de fecha 04-04-2005, la Sala acordó comisionar al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorio Puerto Ordaz, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar del referido auto a los ciudadanos Rubén González, Alfredo Spooner, Michel Urrieta y Héctor Maican, así como al Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco, C.A. (SINTRAFERROMINERA). Se libraron Oficio N° 05-044, boletas y despacho.

 

 

2.- Expediente N° 2004-000091: Juzgado  Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede  Puerto Ordaz, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado Esdras Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.774, contra el proceso electoral celebrado en la Asociación de Jubilados de Ferrominera Orinoco C.A., para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 141-04, de fecha 23-09-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000642 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Visto el auto de fecha 03-03-2005, la Sala acordó comisionar al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede  Puerto Ordaz,  a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar del referido auto a la parte recurrente, ciudadano Esdras Salazar. Se libraron  Oficio N° 05-045, boleta y despacho.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2004-000105: BETZAIDA PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 39.715, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ÁNGEL OSWALDO ÁLVAREZ y MANUEL DE SOUSA, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, a los fines de que se pronuncie sobre el recurso jerárquico interpuesto por los referidos ciudadanos en fecha 04-11-2004 ante la Junta Electoral Regional del Estado Carabobo, referido a la elección del Alcalde del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-014, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, a los fines de notificar del  auto de fecha 03-03-2005 a la parte recurrente.

 

 

4.- Expediente N° 2004-000105: BETZAIDA PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 39.715, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ÁNGEL OSWALDO ÁLVAREZ y MANUEL DE SOUSA, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, a los fines de que se pronuncie sobre el recurso jerárquico interpuesto por los referidos ciudadanos en fecha 04-11-2004 ante la Junta Electoral Regional del Estado Carabobo, referido a la elección del Alcalde del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-013, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 03-03-2005.

 

 

5.- Expediente N° 2004-000101:  JOSÉ LUIS DÍAZ JIMÉNEZ, asistido por el abogado Fernando José Peña Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.209, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 041030-1668 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 30-10-2004, mediante la cual se suspendió el proceso electoral para elegir al Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada al ciudadano José Luis Díaz Jiménez, mediante la cual se le notifica del auto dictado en fecha 02-03-2005. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal del referido ciudadano, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

6.- Expediente N° 2004-000101:  JOSÉ LUIS DÍAZ JIMÉNEZ, asistido por el abogado Fernando José Peña Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.209, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 041030-1668 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 30-10-2004, mediante la cual se suspendió el proceso electoral para elegir al Alcalde del Municipio Carrizal del Estado Miranda.

 

El ciudadano Secretario de esta Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 16-03-2005, se había trasladado al domicilio procesal del ciudadano José Luis Díaz Jiménez y dejó la boleta de notificación librada al  mencionado ciudadano, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

7.- Expediente Nº 2001-000141: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en  consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-025, mediante el cual se le notifica al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 02-03-2005.

 

 

8.- Expediente Nº 2001-000141: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en  consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia boleta librada al ciudadano Malaquías Gil Rodríguez, mediante la cual se le notifica del auto dictado en fecha 02-03-2005.

 

 

9.- Expediente Nº 2001-000141: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en  consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.

 

El ciudadano Alguacil consignó  boleta librada al ciudadano Germán Romero González, mediante la cual se le notifica del auto dictado en fecha 02-03-2005.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente N° 2005-000004: FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL PERMANENTE del referido Sindicato, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la comunicación emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-11-2004,  mediante la cual se les informa que no reconocen el proceso electoral de esa organización gremial, así como contra las omisiones (a su decir) en que ha incurrido el máximo órgano electoral respecto a comunicaciones remitidas a éste y  el recurso jerárquico interpuesto contra el referido proceso electoral. (Recibido el 01-02-2005).

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada al SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS), mediante la cual se le notifica del auto de fecha 28-03-2004, en el cual se declaró inadmisible el recurso interpuesto.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

11.- Expediente N° 2005-000011: OSWALDO GONZÁLEZ SANABRIA,  asistido por la abogada Yosirys Méndez Cova,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 76.430, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral ambas de la Federación Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada Federación y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005.

 

La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta.  Ordenó reiniciar el proceso para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Tenis, a partir de su fase de convocatoria, observando como exigencia la publicidad necesaria para garantizar el principio de transparencia electoral, así como la anticipada elaboración y publicación en un diario de circulación nacional de un cronograma electoral en el que se especifique cada una de las fases del proceso para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Tenis.

 

 

12.- Expediente N° 2005-000011: OSWALDO GONZÁLEZ SANABRIA,  asistido por la abogada Yosirys Méndez Cova,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 76.430, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral ambas de la Federación Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada Federación y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005.

 

Los ciudadanos Elías Lozada Salas, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Tenis y Rene Herrera Liendo, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Tenis, asistidos por los abogados Tulio Sánchez y Ricardo Baroni, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 49.220, respectivamente,   consignaron escrito en la audiencia constitucional.

 

 

13.- Expediente N° 2005-000011: OSWALDO GONZÁLEZ SANABRIA,  asistido por la abogada Yosirys Méndez Cova,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 76.430, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral ambas de la Federación Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada Federación y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005.

 

El ciudadano Oswaldo González Sanabria, asistido por la abogada Yosiris Méndez Coba, inscrita en el Inpreabogado N° 76.430, consignó recaudos relacionados con la causa en la audiencia constitucional.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El abogado Luis Ramón Obregón Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.014, actuando con el carácter de apoderado judicial del Colegio de Abogados del Distrito Capital, así como de la Comisión Electoral de dicho Colegio, consignó escrito mediante el cual realiza observaciones respecto al escrito presentado en fecha 17-03-2005 por el Consejo Nacional Electoral.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

15.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

El abogado Luis Martí, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.165, actuando con el carácter de miembro de la Comisión Electoral Ad-Hoc del Colegio de Odontólogos de Venezuela, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada del Informe N° 2 de esa Comisión.

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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