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Sala Electoral
  • Fecha: 06 de abril de 2005





CUENTA Nº 16

 

CUENTA Nº 16

 

 

Despacho del miércoles seis (06) de abril de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

1.- Expediente 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).

 

Vencido el lapso de tres (3) días de despacho, acordado por auto de fecha 02-03-2005, a  los fines legales previstos en el artículo 90, primer aparte, del Código de Procedimiento Civil, se designó Ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, para decidir la apelación formulada en fecha 08-11-2004, por el abogado Carlos Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Timoteo Zambrano y Freddy Lepage, contra el  auto de pruebas dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 04-11-2004.

 

 

2.-  Expediente 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana.

 

Vencido el lapso de tres (3) días de despacho, acordado por auto de fecha 02-03-2005, a  los fines legales previstos en el artículo 90, primer aparte, del Código de Procedimiento Civil, se designó Ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de dictar el fallo que corresponda en la causa.

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000062: Tribunal Transitorio de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar interpuesto por los ciudadanos Cesar Augusto Vagas y Juan Alejos, asistidos por el abogado Armando Andueza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.423, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa AZTECA (SINTRASATECA),  para elegir a la Junta Directiva del referido Sindicato; el cual fue declinado por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 16-11-2001. Oficio Nº TJT 496-04, de fecha 18-05-2004, remitiendo el expediente Nº  KH04-L-2001-000410 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-030, anexo al cual se remite comisión conferida  al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de notificar del  auto dictado en fecha 03-03-2005,  a la parte recurrente, ciudadanos CÉSAR AUGUSTO VARGAS y JUAN ALEJOS, el cual fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

4.- Expediente Nº 2004-000062: Tribunal Transitorio de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar interpuesto por los ciudadanos Cesar Augusto Vagas y Juan Alejos, asistidos por el abogado Armando Andueza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.423, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa AZTECA (SINTRASATECA),  para elegir a la Junta Directiva del referido Sindicato; el cual fue declinado por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 16-11-2001. Oficio Nº TJT 496-04, de fecha 18-05-2004, remitiendo el expediente Nº  KH04-L-2001-000410 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-031, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 03-03-2005.

 

5.- Expediente 2004-000095: ANTONIO CLARET OLIVO, asistido por el abogado Marcos Rodríguez Arispe,  inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.291, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral  celebrado en el Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara (IPSOFAP-LARA) en fecha 10-07-2004.  (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio 1786-04, de fecha 06-10-2004,  Expediente KP02-R-2004-001318 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-020, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar del auto dictado en fecha 03-03-2005 a la parte recurrente, ciudadano Antonio Claret Olivo. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

6.- Expediente 2004-000087: ARIMIR JOSEFINA JIMÉNEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.058, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 040623-1058, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 23-06-2004, en la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Reinaldo García contra la selección de la ciudadana Arimir Josefina Jiménez Silva como Miembro de la Junta Regional Electoral del Estado Apure. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil –Bienes-, Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio 1463-2004, de fecha 06-09-2004,  Expediente 1120 -nomenclatura de ese Juzgado- (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-019, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar del auto dictado en fecha 02-03-2005 a la parte recurrente, ciudadana Arimir Josefina Jiménez Silva. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

7.- Expediente Nº 2004-000099: Juzgado  Tercero Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por ALAN JESÚS ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.583, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia. Oficio Nº 2379-04, de fecha 15-10-2004, remitiendo el expediente Nº 8642 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Por cuanto en fecha 02-02-2005,  se produjo la elección de la Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia, así como del Presidente y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Juan José Núñez Calderón; Vicepresidente, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba; Magistrado Luis Martínez Hernández; Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro; Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba; Secretario, Abogado Alfredo De Stefano Pérez  y el ciudadano Ricardo Garrido como Alguacil de la misma.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

8.- Expediente 2005-000001: Juzgado  Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano JORGE UZCÁTEGUI, asistido por el abogado Antonio José Gamez Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 86.730, contra la Asociación Civil “Centro Social Luso Venezolano, referido al proceso electoral que se lleva a cabo en la referida Asociación. Oficio Nº 28/2005, de fecha 28-01-2005, remitiendo el expediente Nº 2138 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El abogado Gustavo Méndez Andrade, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 3.129, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Jorge Uzcátegui, consignó diligencia mediante la cual se da por notificado de la decisión dictada en la presente causa. Asimismo, consignó poder que lo acredita para actuar como apoderado del referido ciudadano. 

 

 

9.- Expediente 2004-000104: Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Ángel Daniel Rubio, asistido por el abogado Ricardo Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.139, contra el ciudadano José Cañizales, el Sistema Regional de Salud y el Banco Occidental de Descuento, referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de Hospitales, Clínicas y sus Similares del Estado Zulia. Oficio Nº T4PJ-2004-537, de fecha 01-11-2004, remitiendo el expediente Nº VP01-O-2004-000047(nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-015, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar del fallo dictado en fecha 08-03-2005 a la parte accionante,  ciudadano Ángel Daniel Rubio. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

10.- Expediente Nº 2004-000048: ANTONIO JOSÉ LEDEZMA DÍAZ, asistido por el abogado Ángel Mendoza Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.015, interpone recurso de interpretación referido al artículo 31 de las Normas para Regular los Procesos de Referendos Revocatorias de Mandatos de Cargos de Elección Popular, contenidas en la Resolución Nº 030925-465 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 25-09-2003.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano Antonio Ledezma Díaz, mediante la cual se notifica del auto de fecha 02-03-2005. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal del referido ciudadano, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

11.- Expediente Nº 2004-000048: ANTONIO JOSÉ LEDEZMA DÍAZ, asistido por el abogado Ángel Mendoza Figueroa, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.015, interpone recurso de interpretación referido al artículo 31 de las Normas para Regular los Procesos de Referendos Revocatorias de Mandatos de Cargos de Elección Popular, contenidas en la Resolución Nº 030925-465 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 25-09-2003.

 

El ciudadano Secretario de esta Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 15-03-2005, se había trasladado al domicilio procesal del ciudadano Antonio José Ledezma Díaz y dejó la boleta de notificación librada al  mencionado ciudadano, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

12.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

Los abogados Carolina Gallardo España, José Luis Urbáez Navarro y Luis Martí Buss, actuando con el carácter de miembro de la Comisión Electoral Ad-Hoc del Colegio de Odontólogos de Venezuela, presentaron diligencia anexa a la cual consignan el Informe 3 de esa Comisión, así como seis (6) anexos relacionados con la causa.

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

 

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