CUENTA
Nº 05
Despacho del lunes siete (07) de marzo de 2005. Se abrió la sesión
presidida por el Magistrado Fernando
Ramón Vegas Torrealba con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Luis Martínez
Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se
leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
1.-
Expediente N° 2004-000101:
JOSÉ LUIS DÍAZ JIMÉNEZ, asistido
por el abogado Fernando José Peña Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 45.209, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N°
041030-1668 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 30-10-2004,
mediante la cual se suspendió el proceso electoral para elegir al Alcalde del
Municipio Carrizal del Estado Miranda.
Por cuanto en fecha
17-01-2005 se produjo la incorporación de los nuevos magistrados designados por
la Asamblea Nacional
en sesión celebrada el 13-12-2004, y el 2-02-2005 se realizó, en la Sala Plena del Tribunal
Supremo de Justicia, la elección de su Junta Directiva, así como del Presidente
y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral
quedó constituida de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Juan José
Núñez Calderón; Vicepresidente, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba;
Magistrado Luis Martínez Hernández; Magistrado Rafael Arístides Rengifo
Camacaro; Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba; Secretario, Abogado Alfredo De
Stefano Pérez y el ciudadano Alexis José
Sáez como Alguacil de la misma. Por consiguiente, la Sala se abocó al conocimiento
de la causa y ordenó notificar a las partes, con la advertencia de que
transcurrido un término de diez (10) días continuos, contados a partir de que
conste en autos la notificación ordenada, se reanudará el curso de la causa en
el estado en que se encontraba.
2.-
Expediente Nº 2004-000048: ANTONIO
JOSÉ LEDEZMA DÍAZ, asistido por el abogado Ángel Mendoza Figueroa, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 37.015, interpone recurso de interpretación
referido al artículo 31 de las Normas para Regular los Procesos de Referendos
Revocatorias de Mandatos de Cargos de Elección Popular, contenidas en la Resolución Nº
030925-465 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 25-09-2003.
La Sala se abocó al conocimiento de la causa y ordenó
notificar a las partes, con la advertencia de que transcurrido un término de
diez (10) días continuos, contados a partir de que conste en autos la
notificación ordenada, se reanudará el curso de la causa en el estado en que se
encontraba. Asimismo, se otorga a las
partes un lapso de tres (3) días de despacho, contados a partir de la
reanudación de la causa, a los fines
legales previstos en el artículo 90, primer aparte, del Código de Procedimiento
Civil. Se libró boleta.
3.-
Expediente Nº 2004-000065:
GLORIA PERDOMO, LUISA ESCALANTE, MARIA TERESA ROMERO, ANA LIGIA DUARTE Y
ROSARIO HINESTROZA, asistidos por el abogado Francisco Javier Sandoval,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.442, interponen recurso
contencioso electoral, contra la juramentación, realizada en fecha 12-06-2004,
de los Consejeros Representantes de la Sociedad al Consejo de Derechos del Niño, Niña y
Adolescentes del Estado Miranda, electos el 08-05-2004.
Por cuanto en fecha
17-01-2005 se produjo la incorporación de los nuevos magistrados designados por
la Asamblea Nacional
en sesión celebrada el 13-12-2004, y el 2-02-2005 se realizó, en la Sala Plena del Tribunal
Supremo de Justicia, la elección de su Junta Directiva, así como del Presidente
y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral
quedó constituida de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Juan José
Núñez Calderón; Vicepresidente, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba;
Magistrado Luis Martínez Hernández; Magistrado Rafael Arístides Rengifo
Camacaro; Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba; Secretario, Abogado Alfredo De
Stefano Pérez y el ciudadano Alexis José
Sáez como Alguacil de la misma. Por consiguiente, la Sala se abocó al conocimiento
de la causa y ordenó notificar a las partes, con la advertencia de que
transcurrido un término de diez (10) días continuos, contados a partir de que
conste en autos la notificación ordenada, se reanudará el curso de la causa en
el estado en que se encontraba.
4.- Expediente N° 2005-000004:
FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ, inscrita en
el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada
judicial del SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES,
TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL
(SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL PERMANENTE del
referido Sindicato, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con
solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la
comunicación emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-11-2004, mediante la cual se les informa que no
reconocen el proceso electoral de esa organización gremial, así como contra las
omisiones (a su decir) en que ha incurrido el máximo órgano electoral respecto
a comunicaciones remitidas a éste y el
recurso jerárquico interpuesto contra el referido proceso electoral. (Recibido
el 01-02-2005).
Vista
la diligencia presentada, en fecha 01-03-2005, por la abogada FELICIA KATIUSHA
HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial del
SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS
DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN ELECTORAL
NACIONAL PERMANENTE del referido Sindicato, mediante la cual solicita copia
certificada de los recaudos marcados con las letras “C”, “S” y “T”, que rielan
en el anexo 1 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir las certificaciones solicitadas.
5.-
Expediente Nº 2004-000031: Carlos
Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de
los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad
con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago
Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el
Colegio de Médicos del Estado Barinas.
Se
dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de esta Sala
la boleta librada a los ciudadanos HARRY SÁNCHEZ PEREA Y SANTIAGO LÓPEZ
PAREDES, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de
Procedimiento Civil, mediante la cual se les notifica del auto dictado en fecha
02-03-2004.
6.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera
Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso
electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y
HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso electoral celebrado en el
Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A.
(SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº 127-04, de fecha
26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450 (nomenclatura de ese
Juzgado)
Visto el escrito
de ampliación presentado, en fecha 07-03-2005, por el abogado Antonio Gómez,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.957, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos Rubén González, Alfredo Spooner, Michel
Urrieta y Héctor Maican, anexo al cual consignó cinco (05) recaudos
marcados como anexo 1, 2, 3, 4 y 5, a los fines del mejor
manejo del expediente, la Sala
ordenó abrir cinco (05) anexos identificados con los números 1, 2, 3,
4 y 5.
7.- Expediente N° 2005-000005:
JAIME VELÁSQUEZ MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.823,
actuando en su propio nombre y con el carácter de candidato a la Alcaldía del
Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, interpone recurso contencioso
electoral contra el acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del
referido Municipio, correspondiente al proceso electoral celebrado en fecha 31
de octubre de 2004. (Recibido el 01-02-2005).
Visto
que en la foliatura del expediente existe un error a partir del folio 111 del
mismo, se ordenó testar dicha foliatura
a partir de éste (exclusive). Asimismo,
se acordó volver a foliar el expediente
desde el referido folio en adelante.
COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:
8.- Expediente N° 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido
por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC
que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional
Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y
redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral
del Sindicato de Trabajadores de la Empresa
Bridgestone-Firestone Venezolana.
Por
recibido en fecha 25-01-2005, vía fax,
documentos relacionados con la causa, se agregaron a los autos.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
9.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera
Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para
conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN
GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover
Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso
electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera
Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº
127-04, de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450
(nomenclatura de ese Juzgado)
El abogado
Antonio Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.957, actuando con
el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Rubén González, Alfredo
Spooner, Michel Urrieta y Héctor Maican, consignó escrito de ampliación.
(Acompañó anexos).
El Presidente (E),
FERNANDO
RAMÓN VEGAS TORREALBA
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO