CUENTA Nº 17
Despacho del jueves siete (07) de abril de 2005.
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con
la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba,
Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael
Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis
Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N°
2005-000018: TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando con el carácter de apoderado
judicial se los ciudadanos WIULIAN NAVA, OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ y PEDRO COVA
GARRIDO, Presidentes y Representantes Electorales ante la Asamblea de la
Federación Venezolana de Boxeo por las
Asociaciones de Boxeo de los Estados Trujillo y Portuguesa, los dos primeros y
el último aspirante a postularse como Presidente de la referida Federación,
interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado
en la
Federación Venezolana de Boxeo, cuyo acto
de votación tuvo lugar el día 15-03-2005.
Se dio cuenta a la Sala.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
2.- Expediente N°
2005-000004: FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO ÚNICO
NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL
SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL
PERMANENTE del referido Sindicato, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente
con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la
comunicación emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-11-2004, mediante la cual se les informa que no
reconocen el proceso electoral de esa organización gremial, así como contra las
omisiones (a su decir) en que ha incurrido el máximo órgano electoral respecto
a comunicaciones remitidas a éste y el
recurso jerárquico interpuesto contra el referido proceso electoral. (Recibido
el 01-02-2005).
La abogada FELICIA
KATIUSHA HERNÁNDEZ, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada
judicial del SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES,
TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL
(SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN
ELECTORAL NACIONAL PERMANENTE del referido Sindicato,
consignó escrito mediante el cual apela del auto dictado en fecha 28-03-2005
por el Juzgado de Sustanciación, en el cual declaró inadmisible el recurso
interpuesto. (Acompañó anexos).
DILIGENCIA EN:
3.- Expediente N°
2005-000004: FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO ÚNICO
NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL
SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL
PERMANENTE del referido Sindicato, interpone recurso contencioso electoral
conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada
contra la comunicación emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha
29-11-2004, mediante la cual se les
informa que no reconocen el proceso electoral de esa organización gremial, así
como contra las omisiones (a su decir) en que ha incurrido el máximo órgano
electoral respecto a comunicaciones remitidas a éste y el recurso jerárquico interpuesto contra el
referido proceso electoral. (Recibido el 01-02-2005).
La abogada FELICIA
KATIUSHA HERNÁNDEZ, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada
judicial del SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES,
TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL
(SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN
ELECTORAL NACIONAL PERMANENTE del referido Sindicato,
consignó diligencia en la cual expone aspectos relacionados con la apelación
formulada.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
4.- Expediente N°
2005-000014: JORGE
RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz
Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719,
emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta
Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se
declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano
contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá
del Estado Zulia.
Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al
Fiscal General de la
República, al Consejo Nacional Electoral, a la parte
recurrente y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en
el diario “El Nacional”. Asimismo,
se acordó abrir cuaderno separado para la decidir la solicitud de amparo cautelar. Se
libraron los Oficios Nº 05-046, 05-047 y boleta.
5.-
Expediente N° 2004-000106: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso
Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar
contra la
Resolución N°
041022-1670 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-10-2004, en la
cual se reconoce la validez del proceso electoral celebrado el 17-09-2004 en el
Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone de Venezuela (SINTREBRIFI).
Se dejó
constancia que se abrió cuaderno
separado a los fines de la decisión de la solicitud de amparo cautelar.
Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2005-000001.
LA SALA
ACTUANDO
EN SEDE CONSTITUCIONAL
NUEVO ASUNTO:
6.-
Expediente N° X-2005-000001 (CUADERNO SEPARADO): PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso
Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone
solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral
contra la
Resolución N°
041022-1670 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-10-2004, en la
cual se reconoce la validez del proceso electoral celebrado el 17-09-2004 en el
Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone de Venezuela (SINTREBRIFI).
(Recurso Principal Expediente N° 2004-000106).
Se
designó ponente al Magistrado FERNÁNDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los
fines de decidir la solicitud de amparo cautelar.
SECRETARÍA EN:
7.-
Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA,
GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y
DIANA GRIPPA CARRILLO, actuando con el
carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos
Metropolitano, asistidas por el abogado
Ricardo Baroni Uzcátegui,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo
constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de
Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y
vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y
Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.
Vista
la diligencia presentada, en fecha 05-04-2005, por el abogado Luis Martí, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
50.165, actuando con el carácter de miembro de la Comisión
Electoral Ad-Hoc del Colegio de
Odontólogos de Venezuela, mediante la cual solicita copia certificada del
Informe N° 2, que riela a los folios 478 y 479 del
expediente, la Sala
ACORDÓ expedir
la certificación solicitada.
8.- Expediente N°
2005-000001: Juzgado Superior en
lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección
del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa, declinó la competencia para
conocer de la acción de amparo conjuntamente con medida cautelar innominada
interpuesta por el ciudadano JORGE UZCÁTEGUI, asistido por el abogado Antonio
José Gamez Espinoza, inscrita
en el Inpreabogado bajo el número 86.730, contra la Asociación Civil
“Centro Social Luso Venezolano, referido al proceso electoral que se lleva a
cabo en la referida Asociación. Oficio Nº 28/2005, de fecha 28-01-2005,
remitiendo el expediente Nº 2138 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza
principal).
Visto que por
auto de fecha 01-04-2005, se comisionó nuevamente al Juzgado Primero de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción
Judicial del Estado Portuguesa, a los fines de notificar a la
parte accionante, ciudadano Jorge Uzcátegui
de la decisión dictada en fecha 03-03-2005, y, vista la diligencia presentada
en fecha 05-04-2005, por el abogado Gustavo Méndez Andrade, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 3.129, actuando con el carácter de apoderado
judicial del ciudadano Jorge Uzcátegui, mediante la
cual se da por notificado de la referida decisión (folios 244 al 246), la Sala estimó que, por
encontrarse la parte accionante en conocimiento de los autos que integran el
expediente, se dejó sin efecto la comisión librada al mencionado Juzgado.
OFICIO RECIBIDO EN:
9.-
Expediente N° 2004-000090: MILAGRO URDANETA CORDERO, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 16.659, actuando en su propio nombre, interpone
acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada, contra la
negativa de los ciudadanos Andrés Gilberto Linares, Tomas Alexis Díaz y Gladis
Suárez Odreman, miembros de la “Junta Saliente” de la Asociación de
Vecinos de la
Urbanización Santiago de León (ASOSANTIAGO), de hacer entrega
material de la sede y de todos los bienes y haberes de la referida Asociación a
la nueva Junta Directiva.
Por recibido, Oficio N° 2005-176,
de fecha 04 de abril de 2005, emanado del Juzgado de Municipio del
Municipio Plaza de
la
Circunscripción Judicial del Estado Miranda, anexo al cual
remite las resultas de la comisión que le fue conferida por esta Sala en fecha
09-11-2004, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así
como su anexo.
El
Presidente,
JUAN
JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ