CUENTA
Nº 86
Despacho del jueves once (11) de agosto de 2005.
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con
la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado
Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo
Camacaro y
Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y
fue aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO
ASUNTO INGRESADO:
1.-
Expediente N° 2005-000091: Alirio Antonio Arias Altamira,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de
apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS,
titulares de las cédulas de identidad N° 5.161.962 y
14.643.140, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente
con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa
N° 60/2005 de fecha 18-05-2005, emanada del Instituto
Nacional de Deporte, relacionada con el acto de Proclamación de las Autoridades
Deportivas de la
Federación Venezolana de Karate Do, período 2005-2009.
Se dio cuenta a la Sala.
DESIGNACIÓN
DE PONENTE EN:
2.-
Expediente N° 2005-000090: Juzgado Segundo de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del Estado
Portuguesa-Acarigua, declinó la competencia para conocer del recurso de nulidad
conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por el
ciudadano VÍCTOR HUGO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.479.652, asistido por el abogado Francisco Castro,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 23.527, contra la Asamblea celebrada en
fecha 22-02-2005, en el Sindicato Único de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de la Construcción,
Madera, Conexos y Similares del Estado Portuguesa (SUTIC-PORTUGUESA) para
elegir a la Comisión
Electoral que regiría el proceso electoral en el referido Sindicato. Oficio Nº PH21OFO2005000095,
de fecha 20-07-2005, remitiendo el expediente Nº PP21-L-2005-0000144 (nomenclatura
de ese Juzgado).
Se
designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a
los fines del pronunciamiento correspondiente.
3.-
Expediente N° 2005-000052: RAMÓN
KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números
8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa
Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada y
subsidiariamente amparo cautelar, contra la decisión del Consejo Universitario
de la Universidad Central
de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la
solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología
de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la
Facultad.
Vista la diligencia presentada, en fecha 10-08-2005, por el abogado Enrique Mendoza Santos, inscrito en
el Inpreabogado bajo el número 47.326, actuando con el carácter de apoderado
judicial de la ciudadana Tania de los Reyes Navarro de Gargano, mediante la
cual apela del auto de pruebas dictado en fecha 09-08-2005, respecto a la
admisión de la
Inspección Judicial que fue consignada y respecto a la inadmisión de la prueba de informes por él solicitada;
se oyó
la apelación formulada. Se designó Ponente al Magistrado
Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de la decisión correspondiente.
SECRETARÍA EN:
4.- Expediente N° 2005-000043: ROBINSÓN RAÚL
ROMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.518, actuando en su propio
nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida
cautelar innominada, contra el acto emanado de la
Comisión Electoral de la Federación
Venezolana de Canotaje de fecha 26-04-2005, mediante el cual
se procedió a realizar las elecciones para elegir a la Junta Directiva y Consejo de
Honor de la referida Federación, período 2005-2009.
Se
difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07)
días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar
sentencia.
5.- Expediente N°
2005-000085: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes)
y Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial de la Región
Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, declinó la
competencia para conocer del recurso de nulidad conjuntamente con amparo
cautelar interpuesto por los ciudadanos GUSTAVO ELIEZER BOLÍVAR, HERMÁN ALCIDES
GARCÍA GARCÍA, SANTO DOMINGO RODRÍGUEZ y ALEXANDER
PERDOMO, titulares de las cédulas de
identidad números 10.757.689, 13.063.991, 9.432.702 y 11.978.606,
respectivamente, asistidos por los abogados José Rosalino
Medina Bravo y Manuel Antonio Arana Sánchez, inscritos en el Inpreabogado bajo
los números 9.987 y 94.492, respectivamente, contra los actos de fechas 06 y
13-05-2005, emanados de la Sala
de Organizaciones Sindicales de la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua,
relacionados con la elección de la Junta
Directiva del Sindicato de Trabajadores del Vidrio de la Sociedad Mercantil,
Empresa Productos de Vidrio, S.A. (SINTRAVISOMEPRO).
Vista la
sentencia de esta misma fecha, mediante la cual se declaró con lugar el amparo
cautelar solicitado, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la
Circunscripción Judicial de la Región Central,
con Sede en Maracay, Estado Aragua, a los fines de notificar del referido fallo
a la Inspectoría
del Trabajo del Estado Aragua. Se libraron oficio números 05-222, 05-223 y
despacho. Asimismo, se libró boleta de notificación a la parte recurrente.
6.- Expediente N°
2005-000072: Sala Político Administrativa, declina
competencia en el expediente contentivo
del conflicto de autoridad surgido en el Municipio Alto Orinoco del Estado
Amazonas, interpuesto por el ciudadano David González, titular de la cédula de
identidad N° 1.569.228, actuando con el carácter de
Alcalde Interino del Municipio Alto
Orinoco del Estado Amazonas, asistido por el abogado Luis Rafael Rico Marín.
Oficio Nº 5617, de fecha 29-06-2005, remitiendo el expediente Nº 2005-2012
(nomenclatura de esa Sala) (1 pieza principal).
Vista la
sentencia de esta misma fecha, mediante la cual se declaró con lugar la medida
cautelar solicitada, se acordó comisionar al Juzgado Superior en lo Civil,
Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y de lo Contencioso
Administrativo de la Región Sur,
a los fines de notificar del referido fallo al ciudadano David González,
Alcalde Interino del Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, así como al
Concejo Municipal del referido Municipio. Se libraron Oficio números 05-224, 05-225, 05-226 y despacho.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
7.- Expediente N°
2005-000071: Iris Fuentes Rojas, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 22.560, actuando con el carácter de apoderada
judicial de la ciudadana COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS
DE REYES, titular de la cédula de identidad N°
4.433.966, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo
cautelar contra el Reglamento Electoral de la Asociación
Civil sin fines de lucro “El Dorado Country Club” y contra el
proceso electoral celebrado en dicha Asociación para elegir a las autoridades,
período 2005-2007.
La abogada Iris
Fuentes Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 22.560, actuando con
el carácter de apoderada judicial de la ciudadana COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS
DE REYES, consignó escrito mediante el cual promueve pruebas.
8.-
Expediente N° 2005-000052: RAMÓN
KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números
8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa
Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada y
subsidiariamente amparo cautelar, contra la decisión del Consejo Universitario
de la Universidad Central
de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la
solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología
de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la
Facultad.
El abogado Enrique Mendoza Santos, inscrito
en el Inpreabogado bajo el número 47.326, actuando con el carácter de apoderado
judicial de la ciudadana Tania de los Reyes Navarro de Gargano, consignó
escrito de formalización a la apelación.
9.-
Expediente N° 2005-000086: JESUS ESCALANTE PATIÑO,
titular de la cédula de identidad N° 5.122.699,
asistido por el abogado Alirio Arias Altamira,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el
proceso electoral realizado en la Federación
Venezolana de KENPO, celebrado el día 30-03-2005.
El ciudadano Igor José Aponte, actuando con el carácter de Presidente de
la Federación
Venezolana de Kenpo, asistido por
el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
7.282, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de
derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso
contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido
escrito y formar una (01) pieza separada con el recaudo que acompañó al escrito,
por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso
10.- Expediente
N° 2005-000059: ALBA IRIS ZERPA
DE CASTRO, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de medida
cautelar contra el acto de designación de la Comisión Electoral,
la conformación del Registro Electoral y
el proceso de postulaciones de candidatos, todo relacionado con el proceso de
elección de las autoridades de la Asociación Civil "Ateneo Popular La Isabelica"
El
ciudadano Gerardo Enrique Urbina Mariño, titular de la cédula de identidad N° 7.087.182, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación
Civil “Ateneo Popular La Isabelica”, asistido
por el abogado Gustavo Claret Vásquez, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 86.687, consignó escrito así como recaudos
relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al
expediente judicial el referido escrito y sus anexos.
DILIGENCIA EN:
11.-
Expediente N° 2005-00088: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando
con el carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas DILIA OLIVARES y
MORELLA FIGUERA, titulares de las cédulas de identidad números 4.054.102 y
6.371.866, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada contra el acto contenido en la Providencia
Administrativa N° 1035, de fecha
14-07-2005, emanada del Directorio del Instituto Nacional de Deporte, que
declaró sin lugar la solicitud de reconocimiento de la Junta Directiva y Consejo de
Honor de la Federación
Venezolana de Deportes Sobre Sillas de Ruedas (FEDESRUEDAS),
elegida el 9 de mayo de 2005.
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-206,
mediante el cual se solicita al
Instituto Nacional de Deporte el expediente administrativo, así como también el
informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Se libró Oficio N°
05-206.
12.-
Expediente N° 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su
propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo
Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004,
denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día
27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-207 al
Ministerio Público, mediante el cual se le notifica del fallo dictado en fecha
14-07-2005.
13.-
Expediente N° 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su
propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo
Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004,
denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día
27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).
El ciudadano
Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-208, mediante
el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha
14-07-2005.
14.-
Expediente N° 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su
propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo
Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado
Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004.
(Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada al ciudadano William Lara,
mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2005.
15.-
Expediente N° 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su
propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo
Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004,
denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día
27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).
El ciudadano
Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos Timoteo Zambrano Guedez y Freddy Lepage Scribani, mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2005.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
16.- Expediente N° 2005-000017: JOSÉ MIGUEL DELGADO QUIÑONEZ y JORGE LUIS DÁVILA ROJAS, asistido
por la abogada Gladys Marina Ariza Salcedo, inscrita
en el Inpreabogado bajo el 47.170, interponen recurso contencioso electoral
conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Reglamento Electoral de la Universidad de Los
Andes en lo concerniente a las elecciones de Autoridades Decanales,
representantes estudiantiles ante los Consejos Universitario, de Facultades, de
Núcleos y de Escuelas y de representantes de los profesores ante los mismos
Consejos.
Se admitió el
recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al
Consejo Universitario, a la Comisión
Electoral, ambos de la Universidad de Los Andes, a la parte recurrente y
emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El
Universal”. Se libraron los Oficios Nº 05-218, 05-220, 05-221 y boleta. Asimismo,
se ratificó la solicitud del expediente administrativo, así como también el
informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso a la Universidad de Los
Andes. Igualmente, se comisionó al Juzgado Superior Primero en lo Civil,
Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y de
Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines
de que practique las diligencias necesarias para notificar a la Universidad de Los
Andes. Se libraron Oficios Nº 05-219 y despacho.
17.-
Expediente N° 2005-000079: TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ
LUZARDO, titular de la cédula de identidad N°
5.845.221, asistido por el abogado Jesús María Albornoz, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 37.910, interpone recurso contencioso electoral
contra la Resolución N° 050526-276
emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-05-2005, publicada en
Gaceta Electoral N° 250, de fecha 01-07-2005,
mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el
referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Miranda del
Estado Zulia.
El ciudadano
TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, titular de la cédula de identidad N° 5.845.221, asistido por el abogado Jesús María Albornoz,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.910, consignó diligencia mediante
la cual otorga poder Apud-Acta a los abogados Carlos Alfredo Gutiérrez
Velazquez y Jesús María Albornoz Arias,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 46.454 y 37.910, respectivamente.
LA SALA
ACTUANDO
EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
18.-
Expediente N° 2005-000089: CARLOS PALACIOS Y DORIS MARRERO,
titulares de las cédulas de identidad números 10.283.175 y 5.405.618,
respectivamente, asistidos por los abogados Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscrito
en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, interponen
acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar
innominada, contra la autoridad provisional de la Federación
Venezolana de Levantamiento de Pesas, que fue reconocida
mediante Providencia Administrativa N° 66/2005,
emanada del Instituto Nacional de Deportes y mediante la cual se desconoce
implícitamente el proceso electoral realizado en la referida Federación en
fecha 11-05-2005.
Se
designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los
fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción de amparo.
BOLETAS EN:
19.-
Expediente N° 2005-000080: RUBÉN DARIO CARREÑO LÓPEZ,
VALDIMIR JOSÉ BOLÍVAR ALCALA, WILLIAM JOSÉ PRIMERA GONZÁLEZ, LOURDES MARCANO,
JHONNY BOLÍVAR, EMERITA AGÜERO NÚÑEZ, EUDOMERCE COHEN, MARVELIA MARTÍNEZ SILVA
y JOSÉ PADUA, titulares de las cédulas de identidad números 11.410.270,
6.846.601, 6.123.202, 5.416.818, 10.630.525, 3.969.919, 7.470.747, 6.442.298 y
3.817.596, respectivamente, asistidos por el abogado Alexis Enrique Aguirre
Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.540, interponen acción
de amparo constitucional con medida cautelar innominada, contra la Comisión
Electoral Nacional de la Caja de Ahorros del Poder Judicial, relacionada
con el proceso de elecciones de las autoridades de la referida Caja de Ahorros
a celebrarse el 29-07-2005.
Se libraron boletas a la parte
accionante y a la Comisión Electoral Nacional de la Caja
de Ahorro del Poder Judicial (CAPOJUD), mediante las cuales se les notifica del
fallo dictado en fecha 10-08-2005.
ESCRITO
PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
20.- Expediente N°
2005-000049: SAÚL CASTELLANOS, LUIS BLANCO, ALEXIS
BORGES, asistidos por el abogado Werner Antonio
Reyes, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 82.929, interponen acción de
amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra el
Consejo de Administración de la
Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP) integrado
por los ciudadanos Irving Bermúdez y Fremiot Lugo,
relacionado con la elección de la nueva directiva de la referida Caja de
Ahorros.
Los ciudadanos Pedro Colina,
Eva Guarate, Juan Ortiz, Efraín Piñerua,
Alicia Gualdrón y Daniel Palma, asistidos por el
abogado Jorge Gómez Mantellini, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 583, presentaron escrito anexo al cual consignan
Acta emanada de la
Superintendencia de Caja de Ahorros de fecha 08-08-2005.
21.-
Expediente N° 2005-000080: RUBÉN DARIO CARREÑO LÓPEZ,
VALDIMIR JOSÉ BOLÍVAR ALCALA, WILLIAM JOSÉ PRIMERA GONZÁLEZ, LOURDES MARCANO,
JHONNY BOLÍVAR, EMERITA AGÜERO NÚÑEZ, EUDOMERCE COHEN, MARVELIA MARTÍNEZ SILVA
y JOSÉ PADUA, titulares de las cédulas de identidad números 11.410.270,
6.846.601, 6.123.202, 5.416.818, 10.630.525, 3.969.919, 7.470.747, 6.442.298 y
3.817.596, respectivamente, asistidos por el abogado Alexis Enrique Aguirre
Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.540, interponen acción
de amparo constitucional con medida cautelar innominada, contra la Comisión
Electoral Nacional de la Caja de Ahorros del Poder Judicial, relacionada con
el proceso de elecciones de las autoridades de la referida Caja de Ahorros a
celebrarse el 29-07-2005.
Las ciudadanas Carmen Martínez
y Nahat Abimael Díaz
Acosta, Presidenta y Vicepresidente de la Comisión
Electoral Nacional de la Caja de Ahorros del Poder Judicial, consignaron
escrito mediante el cual solicitan aclaratoria del fallo dictado por esta Sala
en fecha 10-08-2005 en la causa.
DILIGENCIA
EN:
22.- Expediente
N° 2005-000068: José Ramón
Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576, actuando con
el carácter de apoderado judicial del ciudadano DOMINGO ALBERTO ROMERO CASTRO,
interpone acción de amparo constitucional contra el Consejo de Administración y
la Comisión
Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Empleados, Obreros,
Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador del Distrito
Metropolitano de Caracas (C.A.E.O.C.M.D.F.).
El
ciudadano Alguacil consignó copia de boleta librada al Consejo de
Administración de la Caja
de Ahorros de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo del
Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas (C.A.E.O.C.M.D.F.),
mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 03-08-2005.
23.- Expediente
N° 2005-000068: José Ramón
Sevilla Mata, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.576, actuando con
el carácter de apoderado judicial del ciudadano DOMINGO ALBERTO ROMERO CASTRO,
interpone acción de amparo constitucional contra el Consejo de Administración y
la Comisión
Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Empleados, Obreros,
Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador del Distrito
Metropolitano de Caracas (C.A.E.O.C.M.D.F.).
El
ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la Comisión Electoral
Principal de la Caja
de Ahorros de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo del
Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas (C.A.E.O.C.M.D.F.),
mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 03-08-2005.
SENTENCIA
24.-
Expediente N° 2005-000024:
Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando
con el carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas PETRA LIZETH
RODRÍGUEZ DE GARCÍA y MARÍA LUZ DE BARROS DE DA SILVA, interponen recurso
contencioso electoral contra la Comisión
Electoral de la
Federación Venezolana de Patinaje, referido
al proceso electoral celebrado en la mencionada Federación para elegir a la Junta Directiva, período
2005-2009. La Sala ORDENÓ a la Junta Directiva de la
Federación Venezolana de Patinaje se sirva
remitir a este Órgano Jurisdiccional, dentro de los (3) días siguientes al
recibo del oficio, copia certificada del Acta mediante la cual esa Junta
Directiva adoptó la decisión relativa al número definitivo de Asociaciones que
tenían derecho a sufragar en el proceso electoral celebrado en el seno de esa
Federación deportiva en fecha 29-03-2005, y que fuera participada a la Comisión Electoral
en el curso de dicho proceso. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 109.
25.- Expediente N°
2005-000049: SAÚL
CASTELLANOS, LUIS BLANCO, ALEXIS BORGES, asistidos por el abogado Werner Antonio Reyes, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 82.929, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con
medida cautelar innominada contra el Consejo de Administración de la Caja de Ahorros Sector
Empleados Públicos (CASEP) integrado por los ciudadanos Irving Bermúdez y Fremiot Lugo, relacionado con la elección de la nueva
directiva de la referida Caja de Ahorros.
La Sala
declaró IMPROCEDENTE la
solicitud formulada por los ciudadanos Luis Blanco y Alexis Borges, con el
objeto de “...que se ordene el cumplimiento del referido Amparo
[decretado por esta Sala Electoral mediante sentencia número 78 publicada en
fecha 6 de julio de 2005] y se aplique caso de ser necesario el artículo 31
de la Ley Orgánica
de Amparos(sic)
sobre Derechos y Garantías Constitucionales...”. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N°
110.
26.- Expediente N° 2005-000070: Juzgado
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial de la Región
Nor-Oriental solicita regulación de
competencia en la acción Mero Declarativa interpuesta por el ciudadano Carlos
Velásquez, en su condición de Secretario General del Sindicato Único de
Trabajadores de la Industria
de la Construcción
del Estado Anzoátegui (SUTICMCSEA), a los fines de legitimarlo como Secretario
General del referido Sindicato. La
Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la solicitud de regulación de
la competencia planteada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la
Región Nor-Oriental. SEGUNDO:
COMPETENTE para conocer de la acción
mero declarativa. TERCERO: NULO el auto de
admisión dictado en fecha 15-12-2003, por el Juzgado Primero de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción
Judicial del estado Anzoátegui. CUARTO: INADMISIBLE la
acción mero declarativa en referencia. QUINTO: ORDENÓ solicitar al
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, el expediente original
contentivo de la causa. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ
CALDERÓN. Sentencia N° 111.
27.- Expediente N°
2005-000010: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ALFONZO,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.175, actuando en su propio
nombre, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional
Electoral, por la denegación tácita, del recurso jerárquico ejercido en fecha
17-11-2004, contra el Acta de
Totalización y Adjudicación de Candidato al Consejo Legislativo del Estado
Yaracuy de la
Circunscripción Electoral N° 4 y el Acto de Proclamación dictado por la Junta Regional Electoral del
Estado Yaracuy, en la que proclama como legislador electo nominalmente al
ciudadano José Ángel Gutiérrez. La
Sala declaró: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria
presentada por el ciudadano Juan Carlos Rodríguez Alfonzo.
Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA.
Sentencia N° 112.
28.- Expediente N° 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y
Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y
33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto
administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio N° 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los
Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables
al Instituto de Previsión Farmacéutica. La Sala declaró: PRIMERO: CON LUGAR el
recurso contencioso electoral ejercido, en consecuencia, declaró NULO
el acto dictado por el Consejo Nacional Electoral, contenido en el oficio
número 0000818, de fecha 29 de marzo de 2005, mediante el cual declaró “…que el alcance de las normas regulatorias de los Procesos Electorales de Gremios y
Colegios Profesionales, no se extienden al Instituto de Previsión Farmacéutica…”.
SEGUNDO: NULA la elección efectuada en fecha 30-03-2005, mediante la cual se
eligió la Junta Directiva
del Instituto de Previsión Farmacéutica. TERCERO:
SE ORDENA la celebración de un nuevo proceso comicial bajo las pautas de
las Normas para Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios
Profesionales, dictadas por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución
número 030807-387, en fecha 7 de agosto de 2005. A tales fines y con
el objeto de resguardar el orden de la
estructura organizacional del Instituto de Previsión Farmacéutica, quedan en el
ejercicio de la Junta
Directiva, las personas que ejercían los cargos antes de la
elección anulada en el fallo. CUARTO:
ORDENÓ al Consejo Nacional
Electoral, realice lo estipulado en el ordenamiento jurídico, a los fines del
cumplimiento del fallo. Ponente: FERNANDO
RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 113.
29.- Expediente N°
2005-000073: Sala Político Administrativa, declina
competencia en el expediente contentivo del conflicto de autoridad surgido en
el Municipio Candelaria del Estado Trujillo, interpuesto por el ciudadano Yerson Rafael Rodríguez Vargas, titular de la cédula de
identidad N° 5.778.654, actuando con el carácter de
Alcalde del referido Municipio, electo en fecha 31-10-2004, asistido por el
abogado Luis César Ostos, inscrito en el Inpreabogado
bajo el número 11.753. Oficio Nº 5618, de fecha 11-07-2005, remitiendo el
expediente Nº 2004-3257 (nomenclatura de esa Sala) (1 pieza principal). La Sala declaró su competencia para el conocimiento del
Conflicto de Autoridades y ordenó la
notificación del ciudadano YERSON RAFAEL RODRÍGUEZ VARGAS, así como del Secretario(a)
de la Cámara
Municipal del Municipio Candelaria del Estado Trujillo, para
que dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, presenten cada
uno de ellos ante la
Sala Electoral, un informe de la situación existente en el
Municipio Candelaria del Estado Trujillo, que indique si procedió la Cámara Municipal
a juramentar al ciudadano YERSON RAFAEL RODRÍGUEZ VARGAS como Alcalde electo
del Municipio Candelaria del Estado Trujillo. Ponente: FERNANDO RAMÓN
VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 114.
30.- Expediente N°
2005-000085: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes)
y Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial de la Región
Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, declinó la
competencia para conocer del recurso de nulidad conjuntamente con amparo
cautelar interpuesto por los ciudadanos GUSTAVO ELIEZER BOLÍVAR, HERMÁN ALCIDES
GARCÍA GARCÍA, SANTO DOMINGO RODRÍGUEZ y ALEXANDER
PERDOMO, titulares de las cédulas de
identidad números 10.757.689, 13.063.991, 9.432.702 y 11.978.606, respectivamente,
asistidos por los abogados José Rosalino Medina Bravo
y Manuel Antonio Arana Sánchez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números
9.987 y 94.492, respectivamente, contra los actos de fechas 06 y 13-05-2005,
emanados de la Sala
de Organizaciones Sindicales de la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua,
relacionados con la elección de la Junta
Directiva del Sindicato de Trabajadores del Vidrio de la Sociedad Mercantil,
Empresa Productos de Vidrio, S.A. (SINTRAVISOMEPRO). Oficio Nº 1.125-05, de fecha
18-07-2005, remitiendo el expediente Nº 7264 (nomenclatura de ese Juzgado).
(Recibido el 29-07-2005). La Sala
declaró: 1) COMPETENTE para el
conocimiento del recurso de nulidad y en consecuencia acepta la declinatoria
que le fuera formulada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso
Administrativo de la
Circunscripción Judicial de la Región Central;
2) ADMITE el recurso interpuesto; 3)
CON LUGAR el amparo cautelar
solicitado y, en consecuencia, se SUSPENDEN
los efectos de los actos administrativos dictados por la Inspectoría del
Trabajo del Estado Aragua en fechas 06 y 13 de mayo de 2005, y se ORDENA remitir el expediente al Juzgado
de Sustanciación. Ponente: FERNANDO
RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 115.
31.- Expediente N°
X-2005-000013 (CUADERNO SEPARADO): MANUEL FELIPE GARCÍA AGOSTINI, asistido por el abogado Omar
García Agostini, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 18.401, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso
contencioso electoral contra la decisión emanada del Comando Táctico Municipal
y Comando Táctico Regional del Movimiento Quinta República, de fecha
18-04-2005, mediante la cual se excluyó su nombre de la lista de postulados a
las elecciones de concejales o concejalas y miembros de las juntas parroquiales
del Municipio Pedro María Freites del Estado
Anzoátegui, a realizarse el 07-08-2005. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000037). La
Sala declaró IMPROCEDENTE
la solicitud de amparo cautelar interpuesta. Ponente: LUIS MARTÍNEZ
HERNÁNDEZ. Sentencia N° 116.
32.- Expediente N° 2005-000065:MOISÉS CARVALLO
NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad N°
5.542.654, asistido por la abogada Isbelia Regardia Aguilar,
inscrita en el Inpreabogado bajo el número 62.696, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 050527-284,
emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 27-05-2005, mediante la cual se
destituye al referido ciudadano del cargo de Presidente de la Junta Municipal Electoral del
Municipio Chacao del Estado Miranda. La Sala declaró DESISTIDO el Recurso Contencioso
Electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 117.
33.-
Expediente N° 2005-000064: Juzgado Primero de Primera
Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui, declinó la competencia para
conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar
innominada interpuesto por los ciudadanos Luis González y Elpidio
Lárez, titulares de las cédulas de identidad números
4.498.469 y 4.296.023, respectivamente, asistidos por el abogado Octavio Rafael
Castellanos Zacarías, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 29.658, contra
las actuaciones realizadas por los ciudadanos Miguel Rojas y Williams Villarroel Mata, referidas al proceso electoral del Sindicato
Unificado de Trabajadores del Petróleo y sus Derivados de los Distritos
Sotillo, Bolívar, Peñalver, Bruzual, Cajigal y
Libertad del Estado Anzoátegui. Oficio Nº 2005-441, de fecha 27-06-2005, remitiendo
el expediente Nº BP02-R-2005-000751 (nomenclatura de ese Juzgado). La Sala declaró PRIMERO:
Su COMPETENCIA para conocer y decidir el
recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada.
SEGUNDO: INADMISIBLE el referido recurso contencioso
electoral, interpuesto conjuntamente
con solicitud de medida cautelar innominada. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.
Sentencia N° 118.
35.- Expediente N° 2005-000078: FRANCISCO
SERRANO, titular de la cédula de identidad N°
3.245.872, asistido por los abogados Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscritos
en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, interpone
acción de amparo constitucional contra el acto administrativo contenido en la Providencia
Administrativa N° 0670, de fecha 18-05-2005, emanada del Directorio
del Instituto Nacional de Deporte, que declaró sin lugar la solicitud de
reconocimiento de la Junta Directiva
y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Béisbol, período
2005-2009, elegida el 19-03-2005. La
Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo
constitucional. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N°
120.
36.- Expediente N° 2004-000077: RUBEN DARÍO HERRERA, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 63.294, actuando en su propio nombre, interpone
acción de amparo constitucional contra el ciudadano Enrique Mendoza,
representante de la Coordinadora Democrática, por la amenaza de difundir por vía de los
diversos medios de comunicación social “los resultados del referendo
Presidencial, convocado por el Consejo Nacional Electoral para el próximo día
domingo 15 de agosto de 2004, antes de las 14:00 hrs.”. La Sala declaró que INADMISIBLE
la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N°
121.
37.- Expediente N° 2005-000084: Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y
Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial de la Región
Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, declinó la
competencia para conocer del recurso de nulidad conjuntamente con amparo
cautelar interpuesto por la abogada Ana Tortolero
Velásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 9.915, actuando con el
carácter de apoderada judicial de Sociedad Mercantil SERAVIAN C.A., contra el acto administrativo de fecha 06-05-2005,
dictado por la Sala
de Organizaciones Sindicales de la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua,
referida a la elección de la Junta Directiva
del Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa Procesadora
de Pollos SERAVIAN (SITRA-SERAVIAN). Oficio Nº 1.101-05, de fecha 14-07-2005,
remitiendo el expediente Nº 7262 (nomenclatura de ese Juzgado). (Recibido el
29-07-2005). La Sala
declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso de nulidad conjuntamente
con amparo cautelar. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto
conjuntamente con amparo cautelar. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N°
122.
38.- Expediente N° 2005-000071: Iris Fuentes
Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 22.560, actuando con el carácter
de apoderada judicial de la ciudadana CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES, titular de la
cédula de identidad N° 4.433.966, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el Reglamento
Electoral de la Asociación
Civil sin fines de lucro “El Dorado Country Club” y contra el
proceso electoral celebrado en dicha Asociación para elegir a las autoridades,
período 2005-2007. La Sala declaró PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de desistimiento del
presente procedimiento, formulada por
los ciudadanos Juan
Enrique Palma Jarpa, Gregory Alberto
Aguilera Rodríguez, Sonia
María López Navarro, Baudilio
Crespo Fuentes, Luís Pinto Pérez, Luís Villoria, Patricio Covarrubias,
Luís Fierro, Leovigildo Rojas, Nilda
De Infantes, Enrique Basan y Wilmer Cabarcas, asistidos por el abogado Igor
Tanachian. SEGUNDO: ORDENÓ remitir los autos al Juzgado de
Sustanciación a los fines continuar con la tramitación de la causa. Ponente:
RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO.
Sentencia N° 123.
39.- Expediente N° 2005-000075: Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del
Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Estado
Táchira, declina la competencia para conocer de la acción de amparo
constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por los
ciudadanos NANCY COROMOTO PERNIA SÁNCHEZ, KEIDER YONNEIZON SÁNCHEZ MORENO, LUIS
HORACIO ROSALES, RAMONA HUIZA DE RANGEL, JULIO CÉSAR BERBESI, CARMEN AMPARO
HEVIA, YOVANNY ELEUTERIO ROPERO ZAMBRANO, ANA BERNARDA PÉREZ MEDINA, LUIS
ARCENIO GÓMEZ VARELA y LOURDES JOSEFINA NAVA, asistidos por José Enrique Pernía Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
81.981, contra la
Comisión Electoral del Municipio Michelena del Estado Táchira
y la
Comisión Electoral
Regional de la referida entidad federal, ambas del Movimiento Quinta
República (MVR), relacionada con la elección de los candidatos a Concejales y
Juntas Parroquiales para los comicios de agosto de 2005. Oficio Nº 767, de
fecha 22-06-2005, remitiendo el expediente Nº 5006 (nomenclatura de ese
Juzgado) (2 piezas). La Sala
declaró: 1) Acepta la declinatoria de competencia y se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional. 2) ANULA la sentencia dictada en el caso por el Juzgado de los Municipios Michelena
y Lobatera de la Circunscripción
Judicial del Estado Táchira. 3) INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO
CAMACARO. Sentencia N°
124.
40.- Expediente N° 2005-000087: Omaira Sánchez, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 76.505, actuando con el carácter de apoderada judicial del
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, interpone recurso de interpretación respecto del
artículo 441 de la Ley Orgánica
del Trabajo. La Sala
declaró que la interpretación del artículo 441 de la Ley Orgánica
del Trabajo, debe entenderse según el sentido que se evidencia en los
términos expuestos en el fallo. Ponente:
LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 125.
41.- Expediente N°
2005-000018: TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando con el carácter de apoderado
judicial se los ciudadanos WIULIAN NAVA, OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ y PEDRO COVA
GARRIDO, Presidentes y Representantes Electorales ante la Asamblea de la
Federación Venezolana de Boxeo por las
Asociaciones de Boxeo de los Estados Trujillo y Portuguesa, los dos primeros y
el último aspirante a postularse como Presidente de la referida Federación,
interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado
en la
Federación Venezolana de Boxeo, cuyo acto
de votación tuvo lugar el día 15-03-2005. La Sala declaró: PRIMERO: IMPROCEDENTE el pedimento contenido en la diligencia
presentada por el ciudadano Tulio Sánchez González el 25-07-2005. SEGUNDO:
ORDENÓ a la
Comisión Electoral de la Federación Venezolana
de Boxeo (FEVEBOX), que una vez notificados del contenido de la decisión,
informen dentro de los cinco (5) días de despacho siguiente a su notificación,
la situación actual del proceso electoral, cuya convocatoria les fue ordenada
en el numeral 3, del dispositivo del
fallo del 18-07-2005. Ponente. LUIS
ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 126.
El Presidente,
JUAN
JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ