El
lunes doce (12) de septiembre de 2005, no hubo despacho en esta Sala.
LA SALA
ACTUANDO
EN SEDE CONSTITUCIONAL
OFICIO
Y BOLETA LIBRADOS EN:
1.- Expediente N°
2005-000093: SAÚL CASTELLANOS REYES, titular de la cédula
de identidad N° 3.097.739, asistido por la abogada
María de Lourdes Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 82.321,
interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar
innominada contra la Comisión
Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos
(CASEP), que declaró inadmisible su postulación como candidato a presidente de
la referida Caja de Ahorros, en el proceso electoral a realizarse en fecha
15-09-2005, así como contra la Superintendencia de Cajas de Ahorros del
Ministerio de Finanzas y los ciudadanos Irving Bermúdez, Fremiot
Lugo y Alfredo Carrero, actualmente directivos de
dicha asociación.
Se libró Oficio Nº 05-227, mediante el
cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado en fecha 12-09-2005.
Asimismo, se libraron boletas a la Comisión Electoral
de CASEP, a la Junta Directiva
de CASEP, al Director de Control y Fiscalización de la Superintendencia Nacional
de Cajas de Ahorros del Ministerio de Finanzas y al abogado Hernán Gómez, en su carácter de Asesor Legal de la Superintendencia Nacional de Cajas de Ahorros del
Ministerio de Finanzas, mediante las
cuales se les notifica del fallo dictado en fecha 12-09-2005.
SENTENCIA
2.-
Expediente N° 2005-000093:
SAÚL CASTELLANOS REYES, titular de la cédula de identidad N°
3.097.739, asistido por la abogada María de Lourdes Hernández, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 82.321, interpone acción de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión
Electoral Principal de la Caja de Ahorros del Sector Empleados Públicos
(CASEP), que declaró inadmisible su postulación como candidato a presidente de
la referida Caja de Ahorros, en el proceso electoral a realizarse en fecha
15-09-2005, así como contra la Superintendencia de Cajas de Ahorros del
Ministerio de Finanzas y los ciudadanos Irving Bermúdez, Fremiot
Lugo y Alfredo Carrero, actualmente directivos de
dicha asociación. La Sala
declaró: 1) COMPETENTE para el
conocimiento del presente amparo; 2) ADMITIÓ el amparo interpuesto; 3) CON
LUGAR la medida cautelar solicitada y en consecuencia, SUSPENDIÓ el proceso electoral para la
elección de la Junta
Directiva de la Asociación Civil Caja de Ahorros del Sector
Empleados Públicos CASEP para el período 2005-2007, y de manera específica del
acto de votación a celebrarse el día 15 de septiembre del 2005. Ponente: FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N°
129.
El Presidente,
JUAN
JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ