CUENTA
Nº 09
Despacho del lunes catorce (14) de marzo de
2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con
la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba,
Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael
Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis
Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue
aprobada. Se dio cuenta.
SECRETARÍA
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N°
2005-000012: RAMÓN
CAMACHO ARIAS, actuando con el carácter
de Presidente de la Junta Directiva
del Instituto de Previsión Farmacéutica, asistido por la abogada Lourdes
Josefina Durán Magallanes, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 33.043,
interpone recurso de interpretación conjuntamente con medida cautelar respecto
de la Resolución N° 030807-387,
de fecha 07-08-2003 publicada en Gaceta Electoral del 21-08-2003, contentiva de
las Normas para Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios
Profesional y su aplicación al Instituto de Previsión Farmacéutica (INPREFAR). (Recibido
el 11-03-2005)
Se dio cuenta a la Sala.
2.- Expediente N°
2005-000013:
OSWALDO ESPINOZA, asistido por la abogada Felicia
Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución N° 041207-1711
emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2004, publicada en
Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005,
referida al proceso electoral celebrado en la Federación de
Trabajadores de la Industria Gráfica
(FETIG).
Se
dio cuenta a la Sala
3.- Expediente N°
2005-000014: JORGE
RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz
Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719,
emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta
Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se
declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano
contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá
del Estado Zulia.
Se
dio cuenta a la Sala.
SECRETARÍA EN:
4.- Expediente N°
2004-000075: PEDRO
LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo,
inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso
contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la
actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría
Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004,
para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso
electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral
del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone
Venezolana.
Se dejó constancia de que en esta
oportunidad se fijó en la cartelera de esta Sala la boleta librada a los
ciudadanos Alfonso
Ramos y Ricardo Vargas, de conformidad con lo
previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual
se les notifica del auto dictado en fecha 02-03-2004.
5.- Expediente Nº 2003-000120: Juzgado de Sustanciación de la Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso
contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida
cautelar innominada por los ciudadanos ROBERTO OSUNA, IVONNE MIJARES, JOSÉ
ALONSO DUGARTE, CARLOS ALFONSO VALDIVIA y PEDRO MIGUEL BLANCO BERMONT, asistidos
por los abogados Dorgi Doralys
Jiménez Ramos y Carlos Navarro, inscritos en el Inpreabogado bajo los números
66.487 y 54.621, respectivamente, contra el artículo 23 de Las Normas Para
Regular Los Procesos de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de
Elección Popular, contenidas en la Resolución Nº 030925-465, de fecha 25-09-2003
emanada del Consejo Nacional Electoral. Oficio Nº 03-TS-SC-03-391 de fecha
10-12-2003, remitiendo el expediente Nº 2003-002900 (nomenclatura de esa Sala)
(1 Pieza principal).
Se
dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala la boleta librada, al
ciudadano Ismael García, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del
Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo
dictado en fecha 12-08-2004.
6.-
Expediente Nº 2001-000141:
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº
010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de
2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la
cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano
Germán Romero González, y en
consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional
Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional
por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.
Se ordenó abrir la segunda (2da) pieza.
7.-
Expediente Nº 2001-000141:
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número
38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº
010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de
2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la
cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano
Germán Romero González, y en
consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional
Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional
por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.
Visto el auto de fecha 02-03-2005, la Sala acordó librar boletas de
notificación a los ciudadanos Malaquías Gil Rodríguez
y Germán Romero González. Se libraron Boletas. Asimismo, se libró Oficio N° 05-025 al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual
se le notifica del auto dictado en fecha 02-03-2005.
8.- Expediente Nº 2004-000015: JHON ARCHER y SANTIAGO GUTIERREZ CARMONA, asistido por el abogado Damaso
Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.606, interponen
recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución Nº
040206-082, de fecha 06-02-2004, emanada del Consejo Nacional Electoral, que
declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Fidel La Rosa contra la Resolución No
040126-013, de fecha 23-01-04 y sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por
los ciudadanos Jhon Archer
y Santiago Gutiérrez contra la Resolución No 040126-017 de fecha 26-01-2004
referido al proceso electoral celebrado en el Sindicato de los Trabajadores de la C.A. Metro
de Caracas (SITRAMECA). (Mediante sentencia Nº 63 de fecha 11-05-2004, se
acumuló el expediente Nº 2004-000018 al presente expediente).
Visto el auto de
fecha 02-03-2005, la Sala
acordó librar boletas de notificación a los ciudadanos Jhon
Archer y Santiago Gutiérrez; Fidel La Rosa; y Pedro José Coronado Omaña. Se libraron
Boletas. Asimismo, se libró Oficio N° 05-024,
mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en
fecha 02-03-2005.
DILIGENCIA EN:
9.- Expediente N°
2005-000006: CARLOS EUTIMIO JIMÉNEZ ROMERO, actuando con el
carácter de candidato a Alcalde del Municipio Autónomo Chaguaramas del Estado
Guárico, asistido por los abogados Antonio Anato y
José Ciarrochi, inscritos en el Inpreabogado bajo los
números 47.556 y 53.103, respectivamente, interpone recurso contencioso
electoral contra la elección del Alcalde del Municipio Autónomo Chaguaramas del
Estado Guárico, celebrada el 31-10-2004. (Recibido el 02-02-2005).
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N°
05-003, mediante el cual se solicita al Consejo Nacional Electoral los
antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de
hecho y de derecho relacionados con el recurso.
10.-
Expediente N° 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y
OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y
49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso
contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto
electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio
Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los
expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).
El ciudadano
Alguacil consignó Boleta Librada al ciudadano William Lara, mediante la cual se
le notifica del auto dictado por la
Sala en fecha 02-03-2005.
11.- Expediente N°
2005-000013:
OSWALDO ESPINOZA, asistido por la abogada Felicia
Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172,
interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo
cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución N° 041207-1711
emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2004, publicada en
Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005,
referida al proceso electoral celebrado en la Federación de
Trabajadores de la Industria Gráfica
(FETIG).
La
abogada Felicia Katiuska Hernández, inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 32.172, presentó diligencia anexa a la cual
consignó documento poder otorgado por el ciudadano Oswaldo Espinoza,
actuando con el carácter de Presidente de la Federación de
Trabajadores de la Industria Gráfica
de Venezuela (FETIG), a los abogados Felicia
Hernández y Antonio Paraco, inscritos en el
Inpreabogado bajo los números 32.172 y 54.241, respectivamente.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS
AUTOS:
12.- Expediente N°
2005-000005: JAIME VELÁSQUEZ MARTÍNEZ, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 63.823, actuando en su propio nombre y con el
carácter de candidato a la
Alcaldía del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico,
interpone recurso contencioso electoral contra el acta de Totalización y
Proclamación del Alcalde del referido Municipio, correspondiente al proceso
electoral celebrado en fecha 31 de octubre de 2004. (Recibido el 01-02-2005).
El
abogado David Matheus Brito, inscrito en el
Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado
judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del
informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes
administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó
agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder
que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano
electoral y formar una (01) pieza separada con los recaudos restantes que
acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos
relacionados con el caso.
LA SALA
ACTUANDO
EN SEDE CONSTITUCIONAL
13.-
Expediente Nº 2004-000068:
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Falcón remite expediente contentivo de la
acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada
interpuesta por las ciudadanas MACGLORIA ELIZABETH FERNÁNDEZ y ANAMARU MORAYMA
ARENAS SUBAN, asistidas por el abogado Juan de La Cruz Herrera
Hernández, contra el proceso electoral para elegir la Junta Directiva de
la Asociación
de Propietarios de Ciudad Flamingo. Oficio Nº
05-359-215, de fecha 02-07-2004, remitiendo el expediente Nº 2.295 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza
principal y 1 cuaderno separado).
Se
dejó constancia de que en esta oportunidad se retiró de la cartelera de la Sala la boleta librada, a
las ciudadanas MACGLORIA
ELIZABETH FERNÁNDEZ y ANAMARU MORAYMA ARENAS SUBAN, de conformidad con lo
previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual
se les comunica del fallo dictado en fecha 21-09-2004.
DILIGENCIA EN:
14.- Expediente Nº
2003-000041: JOSÉ
RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES
SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y
25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional
conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva
del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión
de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio
profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva,
Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de
Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del
Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.
El
ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N°
05-010, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo
dictado por la Sala
en fecha 08-03-2005 y en el cual se solicita que dentro del plazo de cinco (5)
días hábiles siguientes a la recepción del oficio, informe a la Sala lo que considere
pertinente en relación con la solicitud de desacato formulada por el ciudadano Rodrigo
Pérez Bravo, en su carácter de apoderado judicial del Colegio de Abogados de Caracas, respecto a la
ejecución de la sentencia N° 137, de fecha 28 de
septiembre de 2004.
ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:
15.- Expediente N°
2005-000011:
OSWALDO GONZÁLEZ SANABRIA, asistido por la
abogada Yosirys Méndez Cova, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
76.430, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud
de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión
Electoral ambas de la Federación
Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para
elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada
Federación y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005.
El abogado Tulio
Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando
con el carácter de apoderado judicial de la Federación
Venezolana de Tenis, Asociación Civil, consignó escrito
mediante el cual se opone a la acción interpuesta y solicita se declare
inadmisible la misma.
El Presidente,
JUAN
JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ