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Sala Electoral
  • Fecha: 14 de junio de 2005





CUENTA Nº 54

 

CUENTA Nº 54

 

 

Despacho del martes catorce (14) de junio de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2005-000055: PABLO JOSÉ APONTE SALAZAR y GRACIMAR DEL VALLE FIERRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.824 y 58.867, respectivamente,  actuando el primero en nombre propio y ambos abogados en representación de los ciudadanos AMÉRICO GOLLO Y CÉSAR VARGAS, interponen recurso contencioso electoral contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia de fecha 08-12-2004, mediante la cual se declaró improcedente el recurso jerárquico incoado contra la decisión dictada por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia de fecha 04-10-2004, en la cual se declaró sin lugar la solicitud de nulidad del proceso de elecciones para elegir al Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo y Secretaria de la referida Casa de Estudios. 

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

2.- Expediente Nº X-2005-000009 (CUADERNO SEPARADO) :RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, interponen solicitud de medida cautelar innominada conjuntamente con el recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. (Recurso Principal Expediente N° 2004-000083).

 

Se designó ponente al Magistrado RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de decidir la solicitud de medida cautelar innominada.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

3.- Expediente N° 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).

 

Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente N° 2005-000052: RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada y subsidiariamente amparo cautelar, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad.

 

Los  abogados Manuel Rachadell, Mervin Ortega Díaz y Zully Josefina Rojas Chávez,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.907, 37.974 y 36.887, respectivamente, actuando en representación de la Universidad Central de Venezuela, consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como los anexos identificados como “A” y “B”  y formar una (01) pieza separada con  el recaudo restante que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente Nº 2003-000114: JOSE MOGOLLÓN, asistido por el abogado Oswaldo Galíndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución Nº 031105-771 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 5-11-2003, referida al proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Salud e Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo (SUTRASALUD-CARABOBO).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del  Oficio Nº 05-103, mediante el cual se comunica al Presidente del Consejo Nacional Electoral el fallo dictado por la Sala en fecha 10-02-2004. Asimismo, se remiten los antecedentes administrativos contenidos en  siete  (07) piezas.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

6.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº 127-04, de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, a la Junta Directiva del Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Asimismo, se acordó abrir cuaderno separado para la decidir  la medida cautelar innominada. Se libraron los Oficios Nº 05-123 y 05-124.

 

 

7.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº 127-04, de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Se dejó constancia que se  abrió cuaderno separado a los fines de la decisión de la solicitud de medida cautelar innominada. Cuaderno separado que le fue asignado el Nº X-2005-000009.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente N° 2005-000042: CAMILLE AOUEISS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.503, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO JOSÉ ASTUDILLO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050316-084, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-03-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 242 de fecha 27-04-2005, en la cual se declaró improcedente el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación del Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas.

 

El abogado Víctor Álvarez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.026, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Ángel Rafael Centeno Guzmán, Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, consignó escrito mediante el cual solicita se le tenga como tercero verdadera parte en el recurso interpuesto.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° 2005-000039: Álvaro Albornoz Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.693, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Candelario Macayo, Cruz Ramón Moya y Julio Torres Díaz, interpone recurso contencioso electoral contra las elecciones internas celebradas en el partido político “Por la Democracia Social” (PODEMOS), en fecha 09-04-2005, para elegir a los candidatos a Concejales y Juntas Parroquiales del Municipio Bermúdez del Estado Sucre. (Recibido en fecha 06-05-2005)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-113, anexó al cual se remite comisión conferida al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los fines de notificar del auto dictado en fecha 25-05-2005, a la parte recurrente,  ciudadanos Candelario Macayo, Ramón Moya y Julio Torres Díaz. Oficio que fue remitido a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

10.- Expediente N° 2005-000039: Álvaro Albornoz Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.693, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Candelario Macayo, Cruz Ramón Moya y Julio Torres Díaz, interpone recurso contencioso electoral contra las elecciones internas celebradas en el partido político “Por la Democracia Social” (PODEMOS), en fecha 09-04-2005, para elegir a los candidatos a Concejales y Juntas Parroquiales del Municipio Bermúdez del Estado Sucre. (Recibido en fecha 06-05-2005)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-114, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral Nacional del Partido por la Democracia Social (PODEMOS) de la inadmisión del recurso interpuesto.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

11.- Expediente N° 2004-000090:  MILAGRO URDANETA CORDERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 16.659, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada, contra la negativa de los ciudadanos Andrés Gilberto Linares, Tomas Alexis Díaz y Gladis Suárez Odreman, miembros de la “Junta Saliente” de la Asociación de Vecinos de la Urbanización Santiago de León (ASOSANTIAGO), de hacer entrega material de la sede y de todos los bienes y haberes de la referida Asociación a la nueva Junta Directiva.

 

La abogada Milagros Urdaneta Cordero, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 16.659, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas mediante auto de fecha 09-06-2005.

 

 

SENTENCIA

 

 

12.- Expediente N° X-2005-000005 (CUADERNO SEPARADO): Jesús Rangel Rachadell y Arquímedes Vargas Palomo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 32.711, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Civil COMUNIDAD INDÍGENA CHAIMA SANTA MARÍA DE LOS ÁNGELES DEL GUÁCHARO, interponen solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050223-074, de fecha 23-02-2005, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 237 de fecha 14-03-2005, contentiva de las Normas de Postulación de Candidatas o Candidatos a Concejala o Concejal de Municipio y Miembros de la Junta Parroquial, para las Elecciones a celebrarse en 2005. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000020). La Sala declaró CON LUGAR la solicitud de amparo constitucional cautelar interpuesta. En consecuencia, se ordenó al Consejo Nacional Electoral suspender el proceso electoral para la escogencia de representantes ante el Concejo Municipal y Juntas parroquiales del Municipio Ribero del Estado Sucre hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 62.

 

 

13.- Expediente Nº 2005-000045: FRANCISCO CRESPO denuncia a su hermana, ciudadana Josman Petry del Carmen, por maltrato, abandono y violación de los derechos humanos a su madre, ciudadana Josefina del Valle Crespo de Rodríguez. (Recibida vía correo electrónico en fecha 17-05-2005). La Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 63.

 

 

14.- Expediente N° 2005-000047:  DOUGLAS JOSÉ BERNAL, DERWIN PIÑA Y CRISTA VARGAS, titulares de las cédulas de identidad números 9.755.416, 13.590.829 y 7.695.370, respectivamente,  asistidos por el abogado Segundo José Páez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.490, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de Institutos Educacionales del Estado Zulia (S.U.T.I.E.Z.), relacionado con el proceso electoral celebra el 05-05-2005 en el referido Sindicato para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2008. (Recurso que fue presentado por ante la Notaría Pública Sexta de Maracaibo Estado Zulia,  de conformidad con lo previsto en el artículo 314, primer aparte, del Código de Procedimiento Civil). (Remitido mediante Oficio N° 93-A, de fecha 25-05-2005). La Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional. Ponente:  LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia N° 64.

 

 

15.- Expediente N° 2005-000049: SAÚL CASTELLANOS, LUIS BLANCO, ALEXIS BORGES, asistidos por el abogado Werner Antonio Reyes, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 82.929, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Consejo de Administración de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP) integrado por los ciudadanos Irving Bermúdez y Fremiot Lugo, relacionado con la elección de la nueva directiva de la referida Caja de Ahorros. La Sala declaró:  1.- COMPETENTE para conocer de la acción de amparo propuesta, la cual se ADMITE y se ordena tramitar en los términos expresados en este fallo, de conformidad con el procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1° de febrero de 2000, que adaptó el procedimiento de amparo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales a las prescripciones del artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 2.- IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por la parte accionante. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 65.

 

 

16.- Expediente N° 2005-000031: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Estado Trujillo, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Miguel Peña, asistido por la abogada Nilda Pacheco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 75.154, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes, Núcleo Universitario Rafael Rangel, relacionado con las “elecciones estudiantiles 2005” convocadas para el día 06-04-2005. Oficio Nº 221200400-414, de fecha 12-04-2005, remitiendo el expediente Nº 21597 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).  La Sala declaró: 1.            COMPETENTE para conocer de la acción y, en consecuencia, se admite la declinatoria de competencia formulada. 2. INADMISIBLE la acción de amparo constitucional. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 66.

 

 

17.- Expediente N° 2005-000044: Leopoldo Micett, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.974, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadano Luis Herrera y Aura Carreño, Presidente y Secretaria General de la Asociación de Karate Do del Estado Aragua, respectivamente,  interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el ciudadano Ramón Arturo Castillo, Presidente de la Federación Venezolana de Karate Do y contra la Comisión Electoral de la referida Federación, relacionada con el proceso electoral en la mencionada Federación. La Sala declaró: 1.COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta 2.  INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional.  Ponente:  RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 67.

 

 

18.- Expediente N° X-2005-000008 (CUADERNO SEPARADO): ROBINSÓN RAÚL ROMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.518, actuando en su propio nombre, interpone medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el acto emanado de la  Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Canotaje de fecha 26-04-2005, mediante el cual se procedió a realizar las elecciones para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la referida Federación, período 2005-2009. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000043). La Sala declaró IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN. Sentencia N° 68.

 

 

19.- Expediente N° 2005-000041: Antonio Canova González y Luis Alfonso Herrera Orellana, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 45.660 y 97.685, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALFREDO VETENCOURT DE LIMA, HERNÁN QUINTERO, ÁLVARO DELGADO BENÍTEZ, NELLA COMOTTI, ALBERTO CANDIALES, ÁNGEL ÁLVAREZ, PEDRO MONTENEGRO, CÉSAR DÍAZ MANCINI, EDUARDO DE BANGO, PEDRO PAYTUVÍ y MIGUÉL ÁNGEL PARRA, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Comité Electoral de la Asociación Civil Mágnum City Club, relacionada con la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2005-2007, a celebrarse el día 22-05-2005. La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta, en virtud de lo cual se ordena la reanudación del proceso para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil Mágnum City Club, bajo el sistema de un (1) voto por cada miembro de la Asociación, independientemente del número de cuotas de participación de la Asociación bajo su propiedad. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 69.

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

 

 

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