CUENTA Nº 11

 

 

Despacho del miércoles dieciséis (16) de marzo de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente 2004-000106: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ,  asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Resolución N° 041022-1670 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 22-10-2004, en la cual se reconoce la validez del proceso electoral celebrado el 17-09-2004 en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firectone de Venezuela (SINTREBRIFI).

 

Visto que por auto de  fecha 02-03-2005, la Sala se abocó al conocimiento de la causa y ordenó la notificación de las partes, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días continuos, contados a partir de que conste en autos las notificaciones ordenadas, se reanudará el curso de la causa en el estado en que se encontraba, y constando en el expediente que, en fecha 15-03-2005, el ciudadano Pedro León Martínez solicitó, por ante la Secretaría de la Sala, unas copias fotostáticas del expediente como riela a los folios 71 y 72, la Sala estima que, por encontrarse las partes en conocimiento de los autos que integran el expediente, debe computarse el término de diez (10) días continuos, acordado por el auto de fecha 02-03-2005, a partir del día de hoy, inclusive.

 

 

2.- Expediente Nº 2004-000062: Tribunal Transitorio de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar interpuesto por los ciudadanos Cesar Augusto Vagas y Juan Alejos, asistidos por el abogado Armando Andueza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.423, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa AZTECA (SINTRASATECA),  para elegir a la Junta Directiva del referido Sindicato; el cual fue declinado por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 16-11-2001. Oficio Nº TJT 496-04, de fecha 18-05-2004, remitiendo el expediente Nº  KH04-L-2001-000410 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Visto el auto de fecha 03-03-2005, la Sala comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, a los fines de notificar del referido auto a la parte recurrente, ciudadanos CÉSAR AUGUSTO VARGAS y JUAN ALEJOS. Se libraron Oficio 05-030,  boleta y Despacho. Igualmente se libró Oficio 05-031, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral, del auto dictado en fecha 03-03-2005.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

3.- Expediente 2005-000006: CARLOS EUTIMIO JIMÉNEZ ROMERO, actuando con el carácter de candidato a Alcalde del Municipio Autónomo Chaguaramas del Estado Guárico, asistido por los abogados Antonio Anato y José Ciarrochi, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 47.556 y 53.103, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la elección del Alcalde del Municipio Autónomo Chaguaramas del Estado Guárico, celebrada el 31-10-2004. (Recibido el 02-02-2005).

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó  agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (01) pieza separada con  los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a los ciudadanos Guillermo Moreno Alcalá y Octavio Tovar Chacin mediante la cual se les notifica del auto dictado en fecha 02-03-2005.

 

 

5.- Expediente 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos  María De Los Ángeles Girardi de López Méndez y Carlos Jaramillo, mediante la cual se les notifica del auto dictado en fecha 02-03-2005. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal, de los referidos ciudadanos, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

6.- Expediente 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).

 

El ciudadano Secretario de esta Sala dejó constancia de que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que en fecha 16-03-2005, se había trasladado al domicilio procesal de los ciudadanos María De Los Ángeles Girardi de López Méndez y Carlos Jaramillo y dejó la boleta de notificación librada a los  mencionados ciudadanos, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

7.- Expediente 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos Timoteo Zambrano Guedez y Freddy Lepage Scribani mediante la cual se les notifica del auto dictado en fecha 02-03-2005.

 

 

8.- Expediente 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-012, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 02-03-2005.

 

 

9.- Expediente 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-011, mediante el cual se notifica al Ministerio Público del auto dictado en fecha 02-03-2005.

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

10.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Por recibida comunicación identificada como G.S.167/2004 de fecha 26-10-2004, suscrita por el ciudadano José Ignacio Maldonado Gandica, Gerente de Seguridad del Banco Sofitasa, mediante la cual informa a la Sala que las personas detalladas en el Oficio Nº 04-247 emanado de la Sala  no guardan  relación alguna con esa Entidad Bancaria.

 

 

11.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Por recibida comunicación identificada como G.S.168/2004 de fecha 27-10-2004, suscrita por el ciudadano José Ignacio Maldonado Gandica, Gerente de Seguridad del Banco Sofitasa, mediante la cual informa a la Sala que las personas detalladas en el Oficio emanado de la Sala  no guardan  relación alguna con esa Entidad Bancaria.

 

 

12.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Noemí Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

Por recibida comunicación identificada como G.S.145/2004 de fecha 16-12-2004, suscrita por el ciudadano José Ignacio Maldonado Gandica, Gerente de Seguridad del Banco Sofitasa, mediante la cual informa a la Sala que las personas detalladas en el Oficio Nº 04-290 emanado de la Sala  no guardan  relación alguna con esa Entidad Bancaria.

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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