CUENTA Nº 12

 

 

Despacho del jueves diecisiete (17) de marzo de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESO:

 

 

1.- Expediente 2005-000015: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Alfredo Magno Carpio Carvajal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.303, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la decisión que fijó la celebración del acto electoral para el día 17 de septiembre de 2004, el registro de elecciones en el que se fundamentó la Comisión Electoral para constituir los cuadernos de votación, así como el Acto Electoral propiamente dicho celebrado en fecha 17 de septiembre de 2004, en las afueras de la Empresa Bridgestone Firestone.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente 2005-000010: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ALFONSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.175, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la denegación tácita, del recurso jerárquico ejercido, en fecha 17-11-2004,  contra el Acta de Totalización y Adjudicación de Candidato al Consejo Legislativo del Estado Yaracuy de la Circunscripción Electoral 4 y el Acto de Proclamación dictado por la Junta Regional Electoral del Estado Yaracuy, en la que proclama como legislador electo nominalmente al ciudadano José Ángel Gutiérrez.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-023, mediante el cual se solicita al Consejo Nacional Electoral los antecedentes administrativos, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000063: JOSÉ MIGUEL DELGADO QUIÑONES, asistido por el abogado José Ángel Bucarello Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 51.244, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes, en todo lo concerniente a las elecciones de las autoridades universitarias y contra el proceso electoral ocurrido en dicha Universidad para escoger las autoridades para el período 2004-2008.

 

El abogado Andrés Troconis, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 65.794, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Universidad de Los Andes (U.L.A.), consignó   diligencia mediante la cual se da por notificado del auto de abocamiento de la Sala dictado en fecha 02-03-2005.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

4.-  Expediente 2004-000075: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.667, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la actividad material desplegada por la Comisión AD-HOC que fue designada por la Consultoría Jurídica del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-06-2004, para supervisar, repostar, formar expediente y redactar informe en el proceso electoral que se ordenó efectuar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Bridgestone-Firestone Venezolana.

 

Visto que por auto de fecha 10-03-2004 se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar del auto dictado en fecha 02-03-2005 a la parte recurrente, ciudadano Pedro León Martínez; así como se libró oficio al Consejo Nacional Electoral y boleta a los ciudadanos Alfonso Ramos y Ricardo Vargas, de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, y, por otra parte, consta en el expediente la notificación del Consejo Nacional Electoral (folio 237), así como la comparecencia por ante la Secretaría de la Sala de los ciudadanos Pedro León Martínez (folio 238), Alfonso Ramos (folio 240) y Ricardo Vargas (folio 241), en fecha 15-03-2005, el primero, y en fecha 16-03-2005, los dos últimos de los mencionados, a los fines de solicitar unas copias fotostáticas del expediente, la Sala estimó que, por encontrarse las partes en conocimiento de los autos que integran el expediente, debe computarse el término de diez (10) días continuos, acordado por el auto de fecha 02-03-2005, a partir del día de hoy, inclusive. Por consiguiente, se dejó sin efecto la comisión librada al mencionado Juzgado Superior, ordenándose notificar a los fines de la devolución de dicha comisión. Asimismo, se dejó sin efecto la boleta fijada en cartelera, de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil. Se libró Oficio 05-033.

 

 

5.- Expediente 2004-000082: GUILLERMO MORENO ALCALA y OCTAVIO TOVAR CHACÍN, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.204 y 49.442, respectivamente, actuando en su propio nombre, interponen recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, referido al acto electoral realizado el 15-08-2004, denominado Referendo Revocatorio Presidencial, el cual concluyó el día 27-08-2004. (Acumulado con los expedientes números 2004-000088 y 2004-000089).

 

El ciudadano Secretario dejó constancia que a partir del día de hoy, inclusive, se inició el cómputo del término de diez (10) días continuos acordado por auto de fecha 02-03-2005.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente 2005-000010: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ALFONSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.175, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la denegación tácita, del recurso jerárquico ejercido, en fecha 17-11-2004,  contra el Acta de Totalización y Adjudicación de Candidato al Consejo Legislativo del Estado Yaracuy de la Circunscripción Electoral 4 y el Acto de Proclamación dictado por la Junta Regional Electoral del Estado Yaracuy, en la que proclama como legislador electo nominalmente al ciudadano José Ángel Gutiérrez.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y formar una (01) pieza separada con  los recaudos restantes que acompañaron al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

7.- Expediente Nº 2003-000041: JOSÉ RAMÓN SEVILLA, CARLOS BARRERO HERNÁNDEZ, LUIS WLADIMIR LATOZEFSKY y MERCEDES SEGREGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576, 79.966, 87.640 y 25.038, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de media cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas, por la omisión de la referida Junta de convocar a elecciones en el referido gremio profesional, para elegir a los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario, Fiscal del Tribunal Disciplinario, Delegados a la Asamblea de la Federación de Colegio de Abogados y Delegación a la Asamblea del Instituto de Previsión Social del Abogados del Colegio de Abogados del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

El abogado Carlos Pérez Rueda, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.763, actuando a su decir, como representante del Consejo Nacional Electoral, según Gaceta Electoral 232 de fecha 03-02-2005, consignó escrito en atención a la Sentencia N° 9 dictada por la Sala en fecha 08-03-2005.

 

 

8.- Expediente 2005-000011: OSWALDO GONZÁLEZ SANABRIA,  asistido por la abogada Yosirys Méndez Cova,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 76.430, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral ambas de la Federación Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada Federación y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005.

 

El ciudadano Oswaldo González Sanabria, asistido por la abogada Yosirys Méndez Cova, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 76.430, consignó escrito mediante el cual exponen aspectos relacionados la acción interpuesta.

 

 

 

BOLETAS Y OFICIO LIBRADOS EN:

 

 

9.- Expediente 2005-000011: OSWALDO GONZÁLEZ SANABRIA,  asistido por la abogada Yosirys Méndez Cova,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 76.430, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral ambas de la Federación Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada Federación y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005.

 

Se libraron boletas a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Tenis, mediante las cuales se les notifica del fallo dictado en fecha 17-03-2005. Asimismo, se libró Oficio 05-032, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado en fecha 17-03-2005.

 

SENTENCIA

 

 

10.- Expediente 2005-000011: OSWALDO GONZÁLEZ SANABRIA,  asistido por la abogada Yosirys Méndez Cova,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 76.430, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral ambas de la Federación Venezolana de Tenis, referido al proceso electoral para elegir a la nueva Junta Directiva y al Consejo de Honor de la mencionada Federación y cuyo acto de votación esta pautado para el 18-03-2005. La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta; la cual ADMITE y ACUERDA TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000. SEGUNDO: PROCEDENTE la medida cautelar innominada, en consecuencia de la cual, se ordena suspender el acto de votación pautado para el día 18 de marzo de 2005, en la Federación Venezolana de Tenis. Ponente:  RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia 11.

 

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ


 

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