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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de junio de 2005





CUENTA Nº 57

 

CUENTA Nº 57

 

 

Despacho del lunes veinte (20) de junio de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.-  Expediente 2005-000058: Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso de interpretación interpuesto por el abogado José Humberto Moreno Villalba, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.448, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOVITO VALOIS OLLARVES ALVAREZ, referido a la disposición especial segunda y el artículo 32 de la ley de Cajas de Ahorro y Fondos de Ahorros. Oficio Nº 678, de fecha 17-06-2005, remitiendo el expediente Nº AA20-C-2005-000217 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal). (Recibido en fecha 17-06-2005)

 

Se dio cuenta.

 

 

2.-  Expediente 2005-000059: ALBA IRIS ZERPA DE CASTRO, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el acto de designación de la Comisión Electoral, la conformación del Registro  Electoral y el proceso de postulaciones de candidatos, todo relacionado con el proceso de elección de las autoridades de la Asociación Civil "Ateneo Popular La Isabelica"

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

3.- Expediente 2005-000014: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

 

Se acordó diferir el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

4.- Expediente 2005-000057: Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas declina la competencia para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos LUISA COROMOTO FUEMAYOR CEDEÑO, CANDIDA DEL VALLE RIVA, SALUSTRIANO SERIBERTO PIÑATE PADRÓN y  PASTORA MORENO en el Sindicato Único de Empleados de la Gobernación del Estado Amazonas (SUDEPGOB). Oficio Nº 16-05, de fecha 13-06-2005, remitiendo el expediente Nº TIJ1-0001-05 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

5.- Expediente 2005-000024: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas PETRA LIZETH RODRÍGUEZ DE GARCÍA y MARÍA LUZ DE BARROS DE DA SILVA, interponen recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Patinaje, referido al proceso electoral celebrado en la mencionada Federación para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2009.

 

Visto que en fecha 16-06-2005, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designa ponente al Magistrado  Doctor  JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

6.- Expediente Nº 2001-000141: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, asistido por el abogado Rubén Darío Rondón Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 38.886, interpone recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nº 010822-220, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 22 de agosto de 2001, publicada en Gaceta Electoral Nº 116 de fecha 31-08-2001, mediante la cual se declaró con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano Germán Romero González, y en  consecuencia, se revocó la proclamación del ciudadano Malaquías Gil Rodríguez como Diputado a la Asamblea Nacional Lista por el Estado Trujillo, y se proclamó como Diputado Electo a la Asamblea Nacional por el Estado Trujillo, al ciudadano Germán Romero González.

 

Por recibida comunicación de fecha 14-06-05, suscrita por el Secretario General del Consejo Nacional Electoral anexo a la cual remite copia de la Resolución N° 050608-281, de fecha 08-06-05 mediante la cual se designó una comisión especial integrada por funcionarios del CNE, para que en un lapso no mayor de quince (15) días contados a partir de dicha resolución procedan a cumplir con todas las actividades ordenadas en el fallo dictado en este caso en fecha 08-07-05.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

7.- Expediente 2005-000043: ROBINSÓN RAÚL ROMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.518, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto emanado de la  Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Canotaje de fecha 26-04-2005, mediante el cual se procedió a realizar las elecciones para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la referida Federación, período 2005-2009.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

8.- Expediente 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados, en fecha 13-06-2005, por la ciudadana Diana Hernández Rondón, asistida por la abogada Alexis Pinto D`Ascoli, y, en fecha 16-06-2005, por el abogado Jesús Ramón Durán, apoderado judicial de la parte actora, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de las referidas pruebas, y en tal sentido  admitió las pruebas contenidas en el  escrito probatorio presentado por la ciudadana Diana Hernández y respecto al escrito de promoción de pruebas suscrito por la representación judicial de la parte actora, el Juzgado de Sustanciación lo declaró inadmisible por extemporáneo

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº 127-04, de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

El abogado Antonio Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.957, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados. Cartel que le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

10.- Expediente X-2005-000003 (CUADERNO SEPARADO : OSWALDO ESPINOZA, asistido por la abogada Felicia Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada conjuntamente con el recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 041207-1711 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2004, publicada en Gaceta Electoral 233, de fecha 22-02-2005, referida al proceso electoral celebrado en la Federación de Trabajadores de la Industria Gráfica (FETIG). (Recurso Principal Expediente 2005-000013).

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 13-06-2005, por la ciudadana Eglé de Los Santos Sánchez, asistida por la abogada Alexis Margarita Pinto D’Ascoli, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.322, mediante la cual solicita dos (2) copias certificadas de la Sentencia N° 52 de fecha 31-03-2005, que corre inserta a los folios 98 al  116 Vto. del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  las certificaciones solicitadas.

 

 

11.- Expediente 2005-000041: Antonio Canova González y Luis Alfonso Herrera Orellana, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 45.660 y 97.685, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALFREDO VETENCOURT DE LIMA, HERNÁN QUINTERO, ÁLVARO DELGADO BENÍTEZ, NELLA COMOTTI, ALBERTO CANDIALES, ÁNGEL ÁLVAREZ, PEDRO MONTENEGRO, CÉSAR DÍAZ MANCINI, EDUARDO DE BANGO, PEDRO PAYTUVÍ y MIGUÉL ÁNGEL PARRA, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Comité Electoral de la Asociación Civil Mágnum City Club, relacionada con la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2005-2007, a celebrarse el día 22-05-2005.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 15-06-2005, por el abogado Fernando Gonzalo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.223, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Mágnum City Club, mediante la cual ratifica la diligencia formulada en fecha 10-06-2005, por el abogado Gualfredo Blanco Pérez, en la cual solicita copia certificada de todo el expediente, la Sala acordó y negó copias certificadas según el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente 2005-000052)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-129, mediante el cual se notificó al Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela del fallo dictado en fecha 16-06-2005.

 

 

13.- Expediente X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente 2005-000052)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-135, mediante el cual se notificó al Fiscal General de la República del fallo dictado en fecha 16-06-2005 y del auto de fecha 20-06-2005.

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

14.- Expediente X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente 2005-000052).

 

Visto el escrito presentado, en fecha 17-06-05, por las abogadas Ana Mercedes García Petit y Zully Rojas Chávez, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 27.780 y 36.887, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la Universidad Central de Venezuela, mediante el cual se oponen al amparo cautelar acordado por la Sala en sentencia Nº 72, del 16-06-05, esta Sala, de conformidad con el procedimiento establecido por la Sala Constitucional, en Sentencia 88, de fecha 14-03-2000, fijo el día miércoles 22-06-2005, a las 2:00 p.m. a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual  las partes podrán exponer  sus alegatos y defensas. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República. Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente. Se libró Oficio Nº 05-135.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

15.- Expediente 2005-000050:  LIS PÉREZ, JULIO PORTALES, BELKIS CONTRERAS, NELSON JIMÉNEZ REINA, SAUL BENAVIDES y GLEBYS D’LIMA, asistidos por la abogada Mary Evelyn Moschiano, inscrita en el Inpreabogado bajo el número  68.072, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros y Previsión de los Empleados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (CAPRES), relacionados con la elección a celebrarse en la Caja de Ahorros el día 07 de junio de 2005. La Sala declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta, en consecuencia,  ORDENÓ el reinicio del proceso electoral objetado, desde la fase de publicación del registro electoral preliminar, para lo cual la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros y Previsión de los Empleados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (CAPRES) deberá organizar el proceso electoral incluyendo las siguientes fases: 1.- Fase de Publicación del Registro Electoral, discriminado por regiones. 2.- Fase de Impugnación y Depuración del Registro Electoral. 3.- Publicación del Registro Electoral Definitivo. 4.- Fase de postulaciones, que incluye un lapso de postulaciones, admisión, impugnación de la admisión y publicación definitiva de todas las postulaciones admitidas. 5.- Fase de votaciones, escrutinio, totalización y proclamación. Asimismo, se ordenó a la señalada Comisión Electoral Nacional que organice el proceso electoral de forma que se garantice la instalación de mesas electorales en todas las sedes laborales donde se ubican los electores y en una proporción que no impida, sino que efectivamente facilite, el ejercicio pleno del derecho fundamental al sufragio. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. Sentencia 73.

 

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 


 

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