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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de julio de 2005





CUENTA Nº 73

 

CUENTA Nº 73

 

 

Despacho del miércoles veinte (20) de julio de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

1.- Expediente N° 2005-000077: ANA JULIA JATAR, EFRÉN JOSÉ RODRÍGUEZ TORO, RAQUEL RAMÍREZ BERNAL, ROBERTO ABDUL-HADI, EDGAR JOSÉ SALDIVIA DÁGER, RICARDO LUDWIG ESTÉVEZ MAZZA, ALICIA UZCÁTEGUI DE ZAMBRANO, CARMEN LUISA ZULOAGA RODRÍGUEZ, LAURA SAHAGÚN DE ACOSTA, ALEJANDRO PLAZ CASTILLO y MARÍA CORINA MACHADO, titulares de las cedulas de identidad números 3.397.293, 11.941.980, 3.184.959, 7.138.574, 1.869.694, 6.557.725, 1.758.289, 4.774.587, 3.981.551, 4.349.216 y 6.914.799, respectivamente,    los dos últimos actuando igualmente con el carácter de Presidente y Vicepresidente-Tesorera de la Asociación Civil SÚMATE, asistidos por el abogado Juan José Fernández Prieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.015, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra las acciones y omisiones en las que a su decir ha incurrido el Consejo Nacional Electoral, respecto a la publicación de forma incompleta del Registro Electoral y las Listas de Electores y modificación de las Circunscripciones Electorales.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

2.- Expediente N° 2005-000077: ANA JULIA JATAR, EFRÉN JOSÉ RODRÍGUEZ TORO, RAQUEL RAMÍREZ BERNAL, ROBERTO ABDUL-HADI, EDGAR JOSÉ SALDIVIA DÁGER, RICARDO LUDWIG ESTÉVEZ MAZZA, ALICIA UZCÁTEGUI DE ZAMBRANO, CARMEN LUISA ZULOAGA RODRÍGUEZ, LAURA SAHAGÚN DE ACOSTA, ALEJANDRO PLAZ CASTILLO y MARÍA CORINA MACHADO, titulares de las cedulas de identidad números 3.397.293, 11.941.980, 3.184.959, 7.138.574, 1.869.694, 6.557.725, 1.758.289, 4.774.587, 3.981.551, 4.349.216 y 6.914.799, respectivamente, asistidos por el abogado Juan José Fernández Prieto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.015, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra las acciones y omisiones en las que a su decir ha incurrido el Consejo Nacional Electoral, respecto a la publicación de forma incompleta del Registro Electoral y las Listas de Electores y modificación de las Circunscripciones Electorales.

 

Vistos los recaudos consignados con el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto, a los fines del mejor manejo del expediente, se ordenó abrir cinco (05)  anexos identificados con los números 1, 2, 3, 4 y 5 constantes de los recaudos marcados como “A”, “B”, “C” y “D”, que acompañaron al escrito.

 

 

3.- Expediente N° 2005-000062: Juzgado  Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con  sede en Cabimas, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ HUMBERTO RONDÓN, asistido por el abogado José Gregorio Matheus, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.077, contra las elecciones celebradas en el Sindicato de Trabajadores Petroleros de Lagunillas (STPL). Oficio Nº T1J-05-247, de fecha 15-06-2004, remitiendo el expediente Nº VP21-O-2005-000012 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).

 

Visto el fallo dictado en fecha 14-07-2005, mediante la cual se ordenó a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros de Lagunillas, así como al solicitante de la acción, ciudadano José Humberto Rondón, que dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes, más el término de la distancia, que se fija en cuatro (04) días consecutivos siguientes a su notificación, informen respecto de lo indicado en dicha Sentencia, la Sala comisionó al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, a los fines de notificar de la referida decisión, a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores Petroleros de Lagunillas, así como a la parte accionante, ciudadano José Humberto Rondón. Se libraron Oficios números 05-164, 05-165, boleta y Despacho.

 

 

4.- Expediente N° 2005-000074: DIANORAH MILANO, titular de la cédula de identidad N° 8.456.710, asistida por el abogado Rafael Antonio Osio Tovar, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra las vías de hechos producidas por la Alcaldía del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, relacionado con el proceso electoral celebrado en la Asociación de Vecinos “Las Villas” (ASOVILLAS), de la ciudad de El Tigre, del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

 

Se acordó solicitar a la Alcaldía del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Asimismo, se comisionó al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de notificar a la Alcaldía del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui. Se libraron Oficios Nº 05-167 y 05-168.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente N° 2005-000013: OSWALDO ESPINOZA, asistido por la abogada Felicia Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución N° 041207-1711 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, referida al proceso electoral celebrado en la Federación de Trabajadores de la Industria Gráfica (FETIG).

 

Se agregó a los autos los escritos presentados en fecha 09-05-2005, por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Oswaldo Espinoza y en fecha 19-07-2005, por el abogado Kleeblatt Brito Borges, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.151, actuando con el carácter de sustituto de la Procuradora General de la República, así como los anexos que acompañaron a los referidos escrito.

 

 

6.- Expediente N° 2005-000013: OSWALDO ESPINOZA, asistido por la abogada Felicia Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución N° 041207-1711 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, referida al proceso electoral celebrado en la Federación de Trabajadores de la Industria Gráfica (FETIG).

 

Se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

 

7.- Expediente N° 2005-000066:CESAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, titular de la cédula de identidad N° 4.094.459, actuando con el carácter de Secretario General de la organización con fines políticos COPEI, asistido por el abogado Jesús Cristóbal Rangel Rachadell, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.906, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral por la entrega incompleta del Registro Electoral a ser utilizado en las elecciones para Concejales y Juntas Parroquiales programadas para el día 07 de agosto de 2005, a la referida organización política.

 

El Juzgado de Sustanciación declaró INADMISIBLE el recurso interpuesto,  de conformidad con el artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Se libraron Oficio N° 05-166 y boleta.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente N° 2005-000013: OSWALDO ESPINOZA, asistido por la abogada Felicia Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución N° 041207-1711 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, referida al proceso electoral celebrado en la Federación de Trabajadores de la Industria Gráfica (FETIG).

 

El abogado Antonio José Paraco Morales, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 54.241, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó escrito mediante el cual ratifica el escrito de promoción de pruebas que cursa a los folios 185 y 188 del expediente.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

9.- Expediente N° 2005-000078: FRANCISCO SERRANO, titular de la cédula de identidad N° 3.245.872, asistido por los abogados Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 0670,  de fecha 18-05-2005, emanada del Directorio del Instituto Nacional de Deporte, que declaró sin lugar la solicitud de reconocimiento de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Béisbol, período 2005-2009, elegida el 19-03-2005.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

10.- Expediente N° 2005-000078: FRANCISCO SERRANO, titular de la cédula de identidad N° 3.245.872, asistido por los abogados Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, interpone acción de amparo constitucional contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 0670,  de fecha 18-05-2005, emanada del Directorio del Instituto Nacional de Deporte, que declaró sin lugar la solicitud de reconocimiento de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Béisbol, período 2005-2009, elegida el 19-03-2005.

 

Vistos los recaudos consignados con la acción de amparo constitucional interpuesta, a los fines del mejor manejo del expediente, se ordenó abrir tres (03)  anexos identificados con los números 1, 2 y 3 constantes de los recaudos marcados como “A”, “B”, “C”, “D”, “E”, “F”, “G” y “H” que acompañaron al escrito.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

11.- Expediente N° 2005-000076: Luis Alexi Castro Lezama, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.848, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos MARÍA JULIA GOUVEIZ DE CASTILLO, MARISELA RIERA DE DÍAZ, LUIS LEOPOLDO GONZÁLEZ GÓMEZ Y JUAN ENRIQUE ABALOS DEL PEDREGAL, titulares de las cédulas de identidad números 5.887.302, 4.356.075, 8.343.884 y 11.905.298, respectivamente, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la conducta omisiva del Consejo Nacional Electoral al permitir que se admitan postulaciones y se realice propaganda bajo la figura de las llamadas “morochas” o “llaves”.

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de que se pronuncie  sobre la admisión de la acción de amparo.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

12.- Expediente N° 2005-000044: Leopoldo Micett, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.974, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadano Luis Herrera y Aura Carreño, Presidente y Secretaria General de la Asociación de Karate Do del Estado Aragua, respectivamente,  interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el ciudadano Ramón Arturo Castillo, Presidente de la Federación Venezolana de Karate Do y contra la Comisión Electoral de la referida Federación, relacionada con el proceso electoral en la mencionada Federación.

 

El abogado Tulio Sánchez inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karate Do, consignó diligencia mediante la cual se da por notificado del fallo dictado en fecha 14-06-2005.

 

 

 

BOLETA LIBRADA EN:

 

 

13.- Expediente N° 2005-000054: JESÚS ESCALANTE PATIÑO, asistido por el abogado Leopoldo Micett, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.974, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Instituto Nacional de Deporte, relacionada con la elección de las Autoridades de la Federación Venezolana de KENPO.

 

Se libró boleta a la parte accionante, ciudadano Jesús Escalante Patiño, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 14-07-2005.

 

 

 

SENTENCIA

 

 

14.- Expediente N° 2005-000050:  LIS PÉREZ, JULIO PORTALES, BELKIS CONTRERAS, NELSON JIMÉNEZ REINA, SAUL BENAVIDES y GLEBYS D’LIMA, asistidos por la abogada Mary Evelyn Moschiano, inscrita en el Inpreabogado bajo el número  68.072, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros y Previsión de los Empleados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (CAPRES), relacionados con la elección a celebrarse en la Caja de Ahorros el día 07 de junio de 2005. La Sala ordenó a la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros y Previsión de los Empleados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (CAPRES) que, en un lapso de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión, remita un informe en el que explique qué diligencias han sido realizadas por dicha Comisión Electoral Nacional para el reinicio del proceso electoral de la mencionada Caja de Ahorros y qué fases de las ordenadas por esta Sala han sido cumplidas.   Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia N° 93.

El Presidente,

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

 

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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