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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de diciembre de 2005





CUENTA Nº 139

 

CUENTA Nº 139

 

 

Despacho del martes veinte (20) de diciembre de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2005-000082: Daniel José Trujillo Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 50.811, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS RAMÓN NORIEGA, titular de la cédula de identidad N° 3.402.858, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050608-280, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 08-06-2005, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra el proceso electoral para elegir el Alcalde del Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre.

 

Vista la sentencia dictada en fecha 15-12-2005, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los fines de notificar del referido fallo a la parte recurrente,  ciudadano Luis Ramón Noriega. Se libró Oficio N° 05-391, boleta y despacho. Asimismo, se libró Oficio N° 05-390, al Consejo Nacional Electoral mediante el cual se notifica del fallo dictado en fecha 15 de diciembre de 2005.

 

 

2.- Expediente N° 2005-000095: José Ramón Sevilla Mata y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales  de los ciudadanos DOMINGO ALBERTO ROMERO CASTRO, FELIPE ARRECHEDERA, FRANKLIN LÓPEZ, REYES RAMÓN RUIZ, SAÚL ÁLVAREZ, ANA CARVAJAL, VÍCTOR MATA, ZAIDA MONTILLA, RUFO CECILIO PEÑA, RAMÓN NÚÑEZ, WILLIAM CARIPE Y JOSÉ PATIÑO, titulares de las cédulas de identidad números 6.004.760, 5.314.306, 4.884.594, 5.341.371, 10.111.162, 3.958.381, 6.449.346, 6.940.760, 2.100.970, 3.725.175, 6.861.565 y 6.433.222, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas (CAEOCMDF), referido a las elecciones celebradas en fecha 17-08-2005 en la mencionada Caja de Ahorros. (Recibido en fecha 31-08-2005).

 

Se libró Oficio N° 05-392, mediante el cual se notifica a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas (CAEOCMDF), del fallo dictado en fecha 15-12-2005. Asimismo, se libró boleta al ciudadano Franklin de Jesús Toro Ubeto, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 15-12-2005.

 

 

3.- Expediente N° X-2005-000012 (CUADERNO SEPARADO): Iris Fuentes Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 22.560, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana COROMOTO CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES, titular de la cédula de identidad N° 4.433.966, interpone amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el Reglamento Electoral de la Asociación Civil sin fines de lucro “El Dorado Country Club” y contra el proceso electoral celebrado en dicha Asociación para elegir a las autoridades, período  2005-2007. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000071).

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 16-11-2005, el ciudadano Baudilio Crespo Fuentes, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Civil sin fines de lucro El Dorado Country Club, asistido por el abogado Igor Tanachian, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638, mediante la cual solicita la copia certificada del escrito por él presentado en fecha 21-10-2005, que corre inserto a los folios 84 al 93 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  la certificación solicitada.

 

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

4.- Expediente N° 2005-000056: Marisela Orsetti Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 44.938, actuando con el carácter de apoderada judicial de  los ciudadanos RAÚL YUSEF DÍAZ, VÍCTOR FUENMAYOR, JOSÉ MOLLEGAS, LUIS AGUILERA, RAFAEL FRANCO, LUIS RONDÓN, ANTONIO GEARA, FENIEL GIRÓN, SAIT LUIS RODRÍGUEZ, CÉSAR ALFREDO HERNÁNDEZ, MERCEDES GRANT, JOSÉ GÓMEZ BELLO, RAÚL LUGO, LUIS PASTRANO, NANCY SILVA, PABLO GAMBOA, FLABIO CAPODICASA, RAÚL DOME, RAMÓN GUZMÁN y JOSÉ VICENTE NÚÑEZ interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las actuaciones realizadas por los ciudadanos Nelly Josefina Frederick de Marco y Freddy Valera Medina, actuando como Secretario General  Seccional y Sub-Secretario General del Comité Ejecutivo Seccional Bolívar (CES-BOLIVAR)  de la organización política Acción Democrática en el Estado Bolívar.

 

Visto que en fecha 19-12-2005, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado  Doctor  FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.

 

 

 

5.- Expediente N° 2005-000119: MARCOS ROJAS Y SERGIO GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad números 4.043.974 y 4.678.754, respectivamente, asistidos por la abogada Felicia Katiusha Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y  medida cautelar innominada contra la Resolución N° 050905-1151 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-09-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 277, de fecha 09-11-2005, en la cual se reconoce el proceso electoral efectuado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Federal, Estado Miranda y Vargas (SUTIC) en fecha 21-04-2005.

 

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente N° 2005-000125:  LUIS INICIARTE, titular de la cédula de identidad N° 11.929.606, actuando en su propio nombre y en representación del Partido Federal Republicano, asistido por la abogada Nivia Piñango, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 65.166, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el Consejo Nacional Electoral, respecto a las elecciones de Diputados y Diputadas a la Asamblea Nacional, celebradas en fecha 04-12-2005.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-380, mediante el cual se solicitó al Consejo Nacional Electoral  el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso.

 

 

 

7.- Expediente N° 2005-000013: OSWALDO ESPINOZA, asistido por la abogada Felicia Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la Resolución N° 041207-1711 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, referida al proceso electoral celebrado en la Federación de Trabajadores de la Industria Gráfica (FETIG).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-351, mediante el cual se notificó a la Procuraduría General de la República del fallo dictado en fecha 21-11-2005.

 

 

 

8.- Expediente N° 2005-000010: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ALFONSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.175, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la denegación tácita, del recurso jerárquico ejercido en fecha 17-11-2004,  contra el Acta de Totalización y Adjudicación de Candidato al Consejo Legislativo del Estado Yaracuy de la Circunscripción Electoral N° 4 y el Acto de Proclamación dictado por la Junta Regional Electoral del Estado Yaracuy, en la que proclama como legislador electo nominalmente al ciudadano José Ángel Gutiérrez.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-379, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental,  a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 07-12-2005 a la parte recurrente, ciudadano Juan Carlos Rodríguez. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

9.- Expediente N° 2005-000010: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ALFONSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.175, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la denegación tácita, del recurso jerárquico ejercido en fecha 17-11-2004,  contra el Acta de Totalización y Adjudicación de Candidato al Consejo Legislativo del Estado Yaracuy de la Circunscripción Electoral N° 4 y el Acto de Proclamación dictado por la Junta Regional Electoral del Estado Yaracuy, en la que proclama como legislador electo nominalmente al ciudadano José Ángel Gutiérrez.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-378, mediante el cual se notificó al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 07-12-2005. Se remitieron antecedentes administrativos contenidos en una (01) pieza, relacionados con dicho juicio.

 

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

10.- Expediente Nº 2004-000055: RAFAEL VELOZ GARCÍA, ALEJANDRO ANTONIO GUERRA, LUIS GONZALEZ BLANCO, TINA DI BATISTA, FELIX CONTRERAS, IVETT LUGO URBAEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 25.653, 83.563, 7.541, 19.153, 44.246 y 25.955, respectivamente, y ANA TERESA VIGILANZA GARCÍA, EMIL GONZALEZ Y ADRIANA VIGILANZA GARCÍA, la última de las nombradas inscrita en el Inpreabogado bajo el número 23.901, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión del Consejo Nacional Electoral, por la cual se declaró no válidas y no susceptibles a reparo sus solicitudes para la convocatoria de un referéndum revocatorio contra el ciudadano HUGO RAFAEL CHAVEZ FRÍAS, Presidente de la República.

 

El Juzgado de Sustanciación declaró inadmisible el recurso contencioso electoral de conformidad con el artículo 236 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política

 

 

11.- Expediente N° 2005-000072: Sala Político Administrativa, declina competencia en  el expediente contentivo del conflicto de autoridad surgido en el Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, interpuesto por el ciudadano David González, titular de la cédula de identidad N° 1.569.228, actuando con el carácter de Alcalde Interino del  Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, asistido por el abogado Luis Rafael Rico Marín. Oficio Nº 5617, de fecha 29-06-2005, remitiendo el expediente Nº 2005-2012 (nomenclatura de esa Sala) (1 pieza principal).

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, a la Cámara Municipal del  Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “Últimas Noticias”. Se libraron los Oficios Nº 05-387, 05-388.

 

 

12.- Expediente N° 2005-000072: Sala Político Administrativa, declina competencia en  el expediente contentivo del conflicto de autoridad surgido en el Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, interpuesto por el ciudadano David González, titular de la cédula de identidad N° 1.569.228, actuando con el carácter de Alcalde Interino del  Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, asistido por el abogado Luis Rafael Rico Marín. Oficio Nº 5617, de fecha 29-06-2005, remitiendo el expediente Nº 2005-2012 (nomenclatura de esa Sala) (1 pieza principal).

 

Visto el auto dictado en esta misma fecha, el Juzgado comisionó Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y de lo Contencioso Administrativo de la Región Sur, a los fines de notificar del referido auto a la Cámara Municipal del  Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas y al ciudadano Mara Chamanare, Alcalde de dicho municipio. Se libró Oficio N° 05-389 y despacho

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

13.- Expediente N° 2005-000112:  JOSÉ MARÍA ALFONSO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.497.265, asistido por los abogados Domingo Jorge Barreto Rodríguez y José Luis Alfonso López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 59.390 y 56.259, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050817-651, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 17-08-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 275, de fecha 31-10-2005, que declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra las actas de escrutinio que señala y el acta de totalización, adjudicación y proclamación del Alcalde del Municipio Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, en las elecciones celebradas el pasado 31-10-2004.

 

El abogado Domingo Jorge Barreto Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.390, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José María Alfonzo López,  consignó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

14.- Expediente N° 2005-000109: JOSÉ RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 5.376.717, asistido por la abogada Susy Martínez Ducreaux, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 52.527, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra  el proceso eleccionario celebrada en la Federación Venezolana de Béisbol en fecha 19-10-2005.

 

La abogada Susy Martínez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 52.527, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano José Rivero, consignó diligencia mediante la cual solicita la entrega del cartel de emplazamiento a los interesados. Cartel que le fue entregado en esta misma oportunidad.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

15.- Expediente N° 2005-000118: Juzgado Superior Cuarto en lo Civil  y Contencioso Administrativo de la Región Capital, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Félix Román Esparragoza González y Luz Vivian Sánchez Aschero, titulares de la cédula de identidad números 3.888.065 y 3.663.026, respectivamente, asistidos por el abogado Edgar Martín Castro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 32.700, contra los actos de la Comisión Electoral AD-Hoc del Colegio de Odontólogos de Venezuela (COV), referido al proceso electoral a celebrarse en el mencionado Colegio cuyo acto de votación está fijado para el día 29-11-2005.  Oficio Nº 05-1415, de fecha 28-11-2005, remitiendo el expediente Nº 05046 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte accionante mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 07-12-2005.

 

 

16.- Expediente N° 2005-000121:  COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES, titular de la cédula de identidad N° 4.433.966, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 28.708, actuando en su propio nombre, asistida por la abogada Loida García Iturbe, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 22.588, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra el proceso electoral a desarrollarse en la Asociación Civil “El Dorado Country Club”, cuyo acto de votación esta fijado para el día 10-12-2005.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la Boleta librada a la parte accionante, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 13-12-2005.

 

 

17.- Expediente N° 2005-000103: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por Henry Francisco Cordero Medina, titular de la cédula de identidad N° 3.827.056, asistido por la abogada Norelys García López, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 47.563, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Marinos de PDV Marina S.A. (SUMA PDV MARINA) referido al proceso electoral fijado para celebrarse el día 28-09-2005. Oficio Nº 3J-2005-060, de fecha 03-10-2005, remitiendo el expediente Nº D-000087-2005 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).

 

El abogado José Ignacio Romero Nava, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.228, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Nelcrys Chirinos, José Salazar, Yorman Blanco, Ramón Rodríguez Y Vísale Salazar,  presentó diligencia anexa a la cual consignó documento poder a los fines legales consiguientes.

 

 

18.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

Los ciudadanos José Luis Urbáez Navarro, Luis Martí Buss y Carolina Gallardo, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral Ad-Hoc del Colegio de Odontólogos de Venezuela, presentaron diligencia anexa a la cual consignaron informe sobre el proceso electoral celebrado en el referido Colegio Profesional, así como anexos.

 

 

SENTENCIA

 

 

19.- Expediente N° 2005-000124: Tribunal de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa declina la competencia para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el ciudadano Juan Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 5.128.808, actuando en su propio nombre y en representación de un conjunto de trabajadores del Centro Regional de Coordinación del Ministerio de Infraestructura en el Estado Portuguesa y afiliados al Sindicato Único de Trabajadores del Ministerio de Infraestructura y Similares del Estado Portuguesa (SUT-MINFRA),  asistido por el abogado José Rafael Luna Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.079. Oficio Nº PH01OFO2005000308, de fecha 29-11-2005, remitiendo el expediente Nº PP01-S-2005-000012 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal).  La Sala declaró INADMISIBLE la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia N° 199.

 

 

20.- Expediente N° 2005-000055: PABLO JOSÉ APONTE SALAZAR y GRACIMAR DEL VALLE FIERRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.824 y 58.867, respectivamente,  actuando el primero en nombre propio y ambos abogados en representación de los ciudadanos AMÉRICO GOLLO Y CÉSAR VARGAS, interponen recurso contencioso electoral contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia de fecha 08-12-2004, mediante la cual se declaró improcedente el recurso jerárquico incoado contra la decisión dictada por la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia de fecha 04-10-2004, en la cual se declaró sin lugar la solicitud de nulidad del proceso de elecciones para elegir al Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo y Secretaria de la referida Casa de Estudios.  La Sala declaró SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente: LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ.  Sentencia N° 200.

 

 

21.- Expediente N° 2005-000117: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó la competencia para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado Oswaldo José Galíndez Vizcaya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 61.553, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ MOGOLLON, titular de la cédula de identidad 1.378.335, y Otros,  en el Sindicato Único de Trabajadores de la Salud de Instituciones Públicas y Privadas de la Seguridad Social del Estado Carabobo. Oficio Nº 6984/2005, de fecha 16-10-2005, remitiendo el expediente Nº GP02-S-2005-000264 (nomenclatura de ese Juzgado). La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones. 2.- ADMITIÓ Y ACORDÓ TRAMITAR la misma conforme al procedimiento establecido en Sala Constitucional mediante sentencia de fecha 01-02-2000.  Ponente: LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 201.

 

 

22.- Expediente N° 2005-000053: ALBERTO JOSÉ ROYE FLORES, asistido por la abogada Katiuska Chávez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.298, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050316-085, de fecha 16-03-2005, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 244, de fecha 18-05-2005, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano contra el proceso electoral celebrado para elegir al Alcalde del Municipio Zamora del Estado Aragua. La Sala declaró CON LUGAR la solicitud de aclaratoria presentada por el abogada David Matheus Brito, respecto al fallo signado con el número 175 del 21-11-2005. Ponente:  LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 202.

 

 

23.- Expediente N° 2005-000108: LINDA MALDONADO Y ANA IRIS PÉREZ CAMACHO, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 69.606 y 14.644, actuando en su propio nombre y con el carácter de candidatas por el Movimiento Gremial Aerópago de Bolívar, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la decisión emanada de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Distrito Capital de fecha 03-11-2005, en la cual se declaró con lugar la impugnación formulada por la Plancha N° 5 contra el Acta N° 23 de fecha 25-10-2005, en la cual se admitió la Plancha N° 7 y, en consecuencia, anuló el acto de admisión y de declaró como no presentada la Lista de postulados identificados con el N° 7. La Sala declaró DESISTIDO el recurso contencioso electoral interpuesto. Ponente:  LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 203.

 

 

24.- Expediente N° 2005-000096: Alexis Enrique Aguirre Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.540, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Franklin de Jesús Toro Ubeto, titular de la cédula de identidad N° 6.904.564, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas (CAEOCMDF),  referido a las elecciones celebradas en la mencionada Caja de Ahorros en fecha 17-08-2005. La Sala declaró INADMISIBLE el recurso contencioso electoral interpuesto. Igualmente declaró que NO HAY LUGAR A UN NUEVO PRONUNCIAMIENTO, respecto a la pretensión de los “terceros verdadera partes”. Ponente:  LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 204.

 

 

25.- Expediente N° X-2005-000025 (CUADERNO SEPARADO): Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ingrid Turon, Abraham González, Martín Pérez, Andrés Shinashiwe, Antonio Guzmán y Adriel Tovar titulares de las cédulas de identidad números 13.558.022, 8.414.332, 1.568.545 y  10.606.777, respectivamente y Lourdes Mildred Ray Suárez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.701, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Jaime Turon, titular de la cédula de identidad N° 4.779.965, se oponen a la medida cautelar decretada por la Sala mediante Sentencia N° 149 de fecha 01-11-2005, en el expediente contentivo del conflicto de autoridad surgido en el Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, interpuesto por el ciudadano David González, titular de la cédula de identidad N° 1.569.228, actuando con el carácter de Alcalde Interino del  Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, asistido por el abogado Luis Rafael Rico Marín. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000072). La Sala declaró INADMISIBLE la oposición formulada por los ciudadanos Ingrid Turon, Abraham González, Martín Pérez, Andrés Shinashiwe, Antonio Guzmán y Adriel Tovar, contra la medida acordada por esta Sala mediante sentencia número 149 del 01-11-2005. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 205.

 

 

 

26.- Expediente N° 2005-000098: MERCEDES GUTIERREZ, ALFREDO MARTÍNEZ y ALCIDES HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.641.827, 10.377.644 y 3.323.906, respectivamente, asistidos por el abogado Pedro Antonio Barrios Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.946, interponen solicitud de convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Sindicato de Empleados de CADAFE en el Distrito Federal y Estado Miranda. La Sala declaró 1.- Terminado el procedimiento. 2.- Ratificó la sanción de MULTA a la parte solicitante por el abandono del trámite, por la cantidad  de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5.000,oo).  Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Sentencia N° 206.

 

 

27.- Expediente Nº X-2005-000009 (CUADERNO SEPARADO): RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, interponen solicitud de medida cautelar innominada conjuntamente con el recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. (Recurso Principal Expediente N° 2004-000083). La Sala declaró que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR con relación a la solicitud de oposición formulada por el ciudadano Miguel Gourmeitte. Ponente: RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO. Votos Concurrente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN y FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 207.

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN

 

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

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