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Sala Electoral
  • Fecha: 21 de abril de 2005





CUENTA Nº 24

 

CUENTA Nº 24

 

 

Despacho del jueves veintiuno (21) de abril de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

 

1.- Expediente N° 2005-000024: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas PETRA LIZETH RODRÍGUEZ DE GARCÍA y MARÍA LUZ DE BARROS DE DA SILVA, interponen recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Patinaje, referido al proceso electoral celebrado en la mencionada Federación para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2009.

 

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Patinaje el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 05-058.

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000098: JOSÉ VICENTE GONZÁLEZ CAMEJO, JOSÉ ORELLANA, JOSÉ FRANCISCO GALÍNDEZ, RAÚL ILARRAZA y NELSON PINEDA, asistidos por el abogado Héctor Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 60.264, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de medida cautelar innominada contra el proceso electoral celebrado en fecha 01-09-2003, para elegir a los integrantes del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Iribarren del Estado Lara.

 

Por cuanto en fecha 17-01-2005 se produjo la incorporación de los nuevos magistrados designados por la Asamblea Nacional en sesión celebrada el 13-12-2004, y el 02-02-2005 se realizó, en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, la elección de su Junta Directiva, así como del Presidente y Vicepresidente de cada una de sus Salas, la Sala Electoral quedó constituida de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Juan José Núñez Calderón; Vicepresidente, Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba; Magistrado Luis Martínez Hernández; Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro; Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba; Secretario, Abogado Alfredo De Stefano Pérez  y el ciudadano Ricardo Garrido como Alguacil de la misma. Por consiguiente, la Sala se aboca al conocimiento de la causa y ordena notificar a las partes, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días continuos, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, se reanudará el curso de la causa en el estado en que se encontraba. Asimismo, se otorga a las partes un lapso de tres (3) días de despacho, contados a partir de la reanudación de la causa, a  los fines legales previstos en el artículo 90, primer aparte, del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

3.- Expediente N° 2005-000005: JAIME VELÁSQUEZ MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.823, actuando en su propio nombre y con el carácter de candidato a la Alcaldía del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, interpone recurso contencioso electoral contra el acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del referido Municipio, correspondiente al proceso electoral celebrado en fecha 31 de octubre de 2004. (Recibido el 01-02-2005).

 

Visto el escrito presentado, en fecha 20-04-2005, por el abogado JAIME VELÁSQUEZ MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.823, actuando en su propio nombre, mediante el cual apela del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 13-04-2005, que  declaró inadmisible el recurso interpuesto; se oyó  la  apelación  formulada  por el referido abogado. Se designó Ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO,  a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

4.- Expediente N° 2005-000015: PEDRO LEÓN MARTÍNEZ, asistido por el abogado Alfredo Magno Carpio Carvajal, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.303, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la decisión que fijó la celebración del acto electoral para el día 17 de septiembre de 2004, el registro de elecciones en el que se fundamentó la Comisión Electoral para constituir los cuadernos de votación, así como el Acto Electoral propiamente dicho celebrado en fecha 17 de septiembre de 2004, en las afueras de la Empresa Bridgestone Firestone.

 

Se admitió el recurso. Se ordenó notificar al Fiscal General de la República, al Consejo Nacional Electoral y emplazar a los interesados mediante la publicación de un cartel en el diario “El Nacional”. Así mismo se acordó abrir cuaderno separado para la decidir  la solicitud de amparo cautelar. Se libraron los Oficios Nº 05-060 y 05-059. Se libró Cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

5.- Expediente N° 2005-000010: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ALFONSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.175, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la denegación tácita, del recurso jerárquico ejercido en fecha 17-11-2004,  contra el Acta de Totalización y Adjudicación de Candidato al Consejo Legislativo del Estado Yaracuy de la Circunscripción Electoral N° 4 y el Acto de Proclamación dictado por la Junta Regional Electoral del Estado Yaracuy, en la que proclama como legislador electo nominalmente al ciudadano José Ángel Gutiérrez.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

6.- Expediente N° 2005-000023: JULIAN GENARO GARCÍA, CARLOS MEDINA, PEDRO MONTOYA, NAHUM FERNANDEZ y JUAN CARLOS ALEMAN, asistidos por la abogada Gracimar del Valle Fierro Chacare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 58.867, interponen acción de amparo constitucional relacionada con las elecciones celebradas en el Partido Político Movimiento Quinta República (M.V.R.) en el Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de escoger a los candidatos a Concejalas o Concejales y Miembros de las Juntas Parroquiales en los venideros comicios de agosto de 2005.

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de que se pronuncie  sobre la admisión de la acción de amparo.

 

 

7.- Expediente N° 2005-000025: JOSÉ GREGORIO ROMERO RAMÍREZ, asistido por el abogado Ángel Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 59.151, interpone acción de amparo constitucional con medida cautelar contra la postulación del ciudadano Freddy Vegas como candidato a Concejal en la Parroquia Caucagüita del Estado Miranda por el Movimiento Quinta República (M.V.R.).

 

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de que se pronuncie  sobre la admisión de la acción de amparo.

 

 

 

REASIGNACIÓN DE PONENCIA EN:

 

 

8.- Expediente N° 2005-000022: GLADIS MONTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 21.907, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los ciudadanos Javier Ramírez, Presidente de la Junta de Vecinos de El Amarillo-Potrerito Arriba, Ingrid Chávez y María Antonieta Hernández, integrantes de la Comisión Electoral de la referida Junta de Vecinos, referido al proceso electoral que se celebra en la mencionada Junta Vecinal.

 

Se reasignó la ponencia al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines de que se pronuncie  sobre la admisión de la acción de amparo.

 

 

 

SECRETARÍA EN:

 

 

9.- Expediente N° X-2005-000002 (CUADERNO SEPARADO: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000014).

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 18-04-2005, por el ciudadano Jorge Ramón Rincón Sierra, asistido por el abogado Pedro Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, mediante la cual solicita se expida copia certificada del escrito por él presentado en fecha 11-04-2005 y el cual cursa a los folios 198 al 202 del recurso principal (Expediente N° 2005-000014), y asimismo solicita que la misma sea agregada al cuaderno separado, esta Sala ACORDÓ expedir  la certificación solicitada, y ordenó agregarlas al cuaderno separado.

 

 

10.- Expediente N° X-2005-000002 (CUADERNO SEPARADO: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000014).

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 20-04-2005, por el ciudadano Jorge Ramón Rincón Sierra, asistido por el abogado Pedro Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, mediante la cual solicita copias certificadas de  los documentos que cursan a los folios 308 al 312 y 315) al 345 del expediente administrativo del recurso principal (Expediente N° 2005-000014) y solicita sean agregadas al cuaderno separado, esta Sala ACORDÓ expedir  las certificaciones solicitadas y ordenó agregarlas al cuaderno separado.

 

 

 

OFICIO Y BOLETAS LIBRADOS EN:

 

 

11.- Expediente N° 2005-000007: Juzgado  Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas, declinó la competencia para conocer de la solicitud a convocatoria a elección sindicales, interpuesto por los ciudadanos Francisco González, Rafael García y Socorro Sánchez, actuando con el carácter de afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de Catering (SINTRAENCATECA), asistidos por la abogada  Keila Pérez Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 52.358, referido a la elección de la Junta Directiva del referido Sindicato. Oficio Nº 34/2005, de fecha 31-01-2005, remitiendo el expediente Nº WP11-l-2005-000014 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). (Recibido el 17-02-2005).

 

Se libró Oficio N° 05-057, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República del fallo dictado en fecha 12-04-2005. Asimismo, se libró boleta a JUNTA DIRECTIVA DEL  SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE CATERING (SINTRAENCATECA), mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 12-04-2004.

 

 

12.- Expediente N° 2005-000022: GLADIS MONTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 21.907, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los ciudadanos Javier Ramírez, Presidente de la Junta de Vecinos de El Amarillo-Potrerito Arriba, Ingrid Chávez y María Antonieta Hernández, integrantes de la Comisión Electoral de la referida Junta de Vecinos, referido al proceso electoral que se celebra en la mencionada Junta Vecinal.

 

Se libró boleta a la parte accionante, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 21-04-2005, en el cual se ordenó que dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de que conste en autos su notificación, proceda a corregir el defecto señalado en el fallo,  con la advertencia de que si no lo hiciere, la acción de amparo constitucional interpuesta en tales términos, será declarada  inadmisible, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales,.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

13.- Expediente N° 2005-000008: GILBERTO LÓPEZ REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 30.753, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Karate-Do del Estado Aragua, referida a la elección de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la mencionada Asociación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-054, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar de la  decisión dictada en fecha 12-04-2005, a la parte accionante, ciudadano Gilberto López Reyes. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

14.- Expediente N° 2005-000023: JULIAN GENARO GARCÍA, CARLOS MEDINA, PEDRO MONTOYA, NAHUM FERNANDEZ y JUAN CARLOS ALEMAN, asistidos por la abogada Gracimar del Valle Fierro Chacare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 58.867, interponen acción de amparo constitucional relacionada con las elecciones celebradas en el Partido Político Movimiento Quinta República (M.V.R.) en el Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de escoger a los candidatos a Concejalas o Concejales y Miembros de las Juntas Parroquiales en los venideros comicios de agosto de 2005.

 

Los ciudadanos CARLOS MEDINA, PEDRO MONTOYA y JUAN CARLOS ALEMAN, asistidos por la abogada Gracimar del Valle Fierro Chacare, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 58.867,  consignaron escrito de reforma mediante diligencia (acompañaron anexo).

 

 

SENTENCIA

 

 

15.- Expediente N° 2005-000022: GLADIS MONTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 21.907, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los ciudadanos Javier Ramírez, Presidente de la Junta de Vecinos de El Amarillo-Potrerito Arriba, Ingrid Chávez y María Antonieta Hernández, integrantes de la Comisión Electoral de la referida Junta de Vecinos, referido al proceso electoral que se celebra en la mencionada Junta Vecinal. La Sala declaró: 1) COMPETENTE para conocer de la acción de amparo interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada. 2) ORDENÓ a la parte accionante, que dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de que conste en autos su notificación, proceda a corregir el defecto señalado en el fallo,  con la advertencia de que si no lo hiciere, la acción de amparo constitucional interpuesta en tales términos, será declarada  inadmisible, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Ponente: JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN.  Sentencia N° 22.

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ


 

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