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Sala Electoral
  • Fecha: 22 de junio de 2005





CUENTA Nº 59

 

CUENTA Nº 59

 

 

Despacho del miércoles veintidós (22) de junio de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2005-000060: CELIA CARMINA ARRAEZ RAMÍREZ,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55.472, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ MIGUEL ARISMENDI, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050202-066, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 02-02-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 241, de fecha 13-04-2005, en la que se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra el acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de Diputados al Consejo Legislativo de la Circunscripción Electoral N° 2 del Estado Anzoátegui y contra la decisión del Directorio del Consejo Nacional Electoral, de fecha 06-05-2005.

 

Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral  el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso. Se libró Oficio N° 05-138.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

2.- Expediente N° 2005-000014: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

 

El abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, consignó escrito mediante el cual solicita copia certificada de la Cuenta N° 57, de fecha 20-06-2005.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

3.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Nohemy Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a los ciudadanos Virginia Sarmiento y Ramón Reinoso (parte recurrente), mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 31-05-2005.

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Nohemy Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada a los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana (parte recurrida), mediante la cual se les notifica del fallo dictado en fecha 31-05-2005.

 

 

5.- Expediente Nº 2004-000031: Carlos Natera Martínez y Nohemy Magali Núñez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.065 y 29.404, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos VIRGINIA SARMIENTO y RAMÓN REINOSO interponen demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar innominada contra los ciudadanos Judith Sayago Briceño y Juan Ramón Quintana, referido al proceso electoral celebrado en el Colegio de Médicos del Estado Barinas.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-131, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 31-05-2005.

 

 

6.- Expediente N° 2005-000014: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

 

El abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, consignó diligencia mediante la cual solicita dos (2) copias simples de la Sentencia N° 76, de fecha 21-06-2005.

 

 

7.- Expediente N° 2005-000014: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

 

El ciudadano JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, consignó diligencia mediante la cual solicita dos (2) copias certificadas de la Sentencia N° 76, que cursa a los folios 269 al 291 del expediente.

 

 

8.- Expediente N° 2005-000014: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

 

El ciudadano JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, consignó diligencia mediante la cual solicita dos (2) copias certificadas del folio 268 del expediente.

 

 

9.-  Expediente N° 2005-000059: ALBA IRIS ZERPA DE CASTRO, interpone recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar contra el acto de designación de la Comisión Electoral, la conformación del Registro  Electoral y el proceso de postulaciones de candidatos, todo relacionado con el proceso de elección de las autoridades de la Asociación Civil "Ateneo Popular La Isabelica"

 

La ciudadana ALBA IRIS ZERPA, asistida por la abogada Nayibe Reyes Silvera, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 78.918, consignó diligencia mediante la cual señaló la dirección de la Asociación Civil Ateneo Popular La Isabelica a los fines de su notificación.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº 127-04, de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

El abogado Antonio Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.957, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página 71 del diario “Últimas Noticias” de fecha 21-06-2005, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

11.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº 127-04, de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-123, mediante el cual se notifica al Fiscal General de la República la admisión del recurso.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

12.- Expediente N° 2005-000042: CAMILLE AOUEISS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.503, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO JOSÉ ASTUDILLO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050316-084, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-03-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 242 de fecha 27-04-2005, en la cual se declaró improcedente el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación del Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas.

 

El abogado CAMILLE AOUEISS,  inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.503, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Antonio José Astudillo, presentó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

13.- Expediente N° 2005-000042: CAMILLE AOUEISS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.503, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO JOSÉ ASTUDILLO, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050316-084, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 16-03-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 242 de fecha 27-04-2005, en la cual se declaró improcedente el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación del Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas.

 

El abogado Víctor Álvarez Medina,  inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.026, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Ángel Rafael Centeno Guzmán, presentó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

14.- Expediente N° 2005-000031: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Estado Trujillo, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Miguel Peña, asistido por la abogada Nilda Pacheco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 75.154, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes, Núcleo Universitario Rafael Rangel, relacionado con las “elecciones estudiantiles 2005” convocadas para el día 06-04-2005. Oficio Nº 221200400-414, de fecha 12-04-2005, remitiendo el expediente Nº 21597 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza)

 

Vista la sentencia dictada en fecha 14-06-2005, la Sala, acordó comisionar al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Tránsito, del Trabajo y de Estabilidad Laboral  de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 14-06-2005, a la parte accionante,  ciudadano José Miguel Peña. Se libraron Oficio N° 05-139, boleta  y despacho.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

15.- Expediente N° 2005-000050:  LIS PÉREZ, JULIO PORTALES, BELKIS CONTRERAS, NELSON JIMÉNEZ REINA, SAUL BENAVIDES y GLEBYS D’LIMA, asistidos por la abogada Mary Evelyn Moschiano, inscrita en el Inpreabogado bajo el número  68.072, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros y Previsión de los Empleados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (CAPRES), relacionados con la elección a celebrarse en la Caja de Ahorros el día 07 de junio de 2005.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 21-06-2005, por los  ciudadanos Luis Manuel Ortiz, Jorge Gallardo y Víctor Sojo, actuando con el carácter de miembros de la Comisión Electoral de CAPRES-SENIAT, respectivamente, asistidos por el abogado José Gerardo Montilla Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo los números 32.862, mediante la cual solicitan aclaratoria respecto a la Sentencia N° 73 dictada por esta Sala en fecha 20-06-2005, se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

16.- Expediente N° X-2005-000005 (CUADERNO SEPARADO): Jesús Rangel Rachadell y Arquímedes Vargas Palomo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.906 y 32.711, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Civil COMUNIDAD INDÍGENA CHAIMA SANTA MARÍA DE LOS ÁNGELES DEL GUÁCHARO, interponen solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050223-074, de fecha 23-02-2005, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 237 de fecha 14-03-2005, contentiva de las Normas de Postulación de Candidatas o Candidatos a Concejala o Concejal de Municipio y Miembros de la Junta Parroquial, para las Elecciones a celebrarse en 2005. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000020)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la  boleta librada a la parte accionante, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 14-06-2005.

 

 

17.- Expediente N° X-2005-000003 (CUADERNO SEPARADO : OSWALDO ESPINOZA, asistido por la abogada Felicia Katiuska Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, interpone solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada conjuntamente con el recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 041207-1711 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 07-12-2004, publicada en Gaceta Electoral N° 233, de fecha 22-02-2005, referida al proceso electoral celebrado en la Federación de Trabajadores de la Industria Gráfica (FETIG). (Recurso Principal Expediente N° 2005-000013).

 

La ciudadana Eglé de Los Santos Sánchez, asistida por el abogado Antonio Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.957, consignó diligencia mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia dictada por la Sala en fecha 31-05-2005.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO  Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

18.- Expediente N° X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000052).

 

Los ciudadanos Ramón Kkilikan y Mary Luz Álvarez, titulares de las cédulas de identidad 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, consignaron en la audiencia constitucional escrito.

 

 

19.- Expediente N° X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000052).

 

Las abogadas Ana Mercedes García y Zully Rojas, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 27.780 y 36.887, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas de la Universidad Central de Venezuela, consignaron escrito en la audiencia constitucional.

 

 

20.- Expediente N° X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000052).

 

El ciudadano Miguel Antonio Castillejo, Presidente de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, asistido por las abogadas Ana Mercedes García y Zully Rojas, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 27.780 y 36.887, respectivamente, consignaron escrito en la audiencia constitucional.

 

 

21.- Expediente N° X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000052).

 

El abogado José Manuel Muñoz Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 58.073, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Tania Navarro de Gargano, consignó poder en la audiencia constitucional.

 

 

22.- Expediente N° X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000052).

 

La ciudadana María Fernández González, consignó recaudos en la audiencia constitucional.

 

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

23.- Expediente N° X-2005-000010 (CUADERNO SEPARADO): RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen medidas cautelares conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad de Odontología. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000052).

 

La Sala declaró  IMPROCEDENTE la oposición al amparo cautelar acordado y, en consecuencia, confirmó la decisión de suspender la juramentación y toma de posesión pautada para el 17-06-2005, hasta tanto se resuelva el presente juicio, quedando en su cargo como Decana la profesora María A. Fernández González, quien hasta ahora detentaba dicha autoridad en la Facultad de Odontología de la Universidad Central de Venezuela.  

 

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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