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Sala Electoral
  • Fecha: 24 de mayo de 2005





CUENTA Nº 42

 

CUENTA Nº 42

 

 

Despacho del martes veinticuatro (24) de mayo de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

1.- Expediente 2005-000024: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas PETRA LIZETH RODRÍGUEZ DE GARCÍA y MARÍA LUZ DE BARROS DE DA SILVA, interponen recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Patinaje, referido al proceso electoral celebrado en la mencionada Federación para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2009.

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

 

2.- Expediente 2005-000018: TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WIULIAN NAVA, OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ y PEDRO COVA GARRIDO, Presidentes y Representantes Electorales ante la Asamblea de la Federación Venezolana de Boxeo por las Asociaciones de Boxeo de los Estados Trujillo y Portuguesa, los dos primeros y el último aspirante a postularse como Presidente de la referida Federación, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Boxeo, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 15-03-2005.

 

El abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WIULIAN NAVA, OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ y PEDRO COVA GARRIDO (parte recurrente), presentó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexo). Se ordenó reservar el referido escrito así como su anexo hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

3.- Expediente 2005-000018: TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WIULIAN NAVA, OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ y PEDRO COVA GARRIDO, Presidentes y Representantes Electorales ante la Asamblea de la Federación Venezolana de Boxeo por las Asociaciones de Boxeo de los Estados Trujillo y Portuguesa, los dos primeros y el último aspirante a postularse como Presidente de la referida Federación, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Boxeo, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 15-03-2005.

 

El ciudadano Roberto Escalona Arroyo, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo, asistido por el abogado Luis Salvador Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.125, presentó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

El ciudadano ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, consignó diligencia mediante la cual otorga poder Apud-Acta a los referidos abogados.

 

 

5.- Expediente 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

Los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano ANDRÉS GUITIÁN, consignaron diligencia mediante la cual señalan el domicilio de la Comisión Electoral del Instituto de Previsión Farmacéutica y sugieren la notificación de la Junta Directiva de INPREFAR del auto de admisión.

 

 

6.- Expediente 2005-000036: JOSÉ DEL CARMEN OCHOA, asistido por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050111-013 emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral 239 de fecha 06-04-2005, en la cual se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Candelaria del Estado Trujillo, cuyo acto de votación fue celebrado en fecha 31-10-2004.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-099, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del auto dictado en fecha 17-05-2005,  que declaró la inadmisibilidad del recurso interpuesto.

 

 

7.- Expediente 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada al ciudadano Andrés Guitián (parte recurrente), mediante la cual se le notifica de la admisión del recurso.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

8.- Expediente Nº 2005-000046: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos ALOA VIRGINIA GONZÁLEZ, MERVIN CORRO DE LANDKOER y PISELA UGUETO DE PEÑATE, contra la Comisión Electoral del Foro Propio para el proceso electoral de los Consejeros Municipales y Estadales de Derechos del Niño y del Adolescente en el Estado Vargas. Oficio Nº 05-1214, de fecha 20-05-2005, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2003_003131 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente 2004-000090:  MILAGRO URDANETA CORDERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 16.659, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada, contra la negativa de los ciudadanos Andrés Gilberto Linares, Tomas Alexis Díaz y Gladis Suárez Odreman, miembros de la “Junta Saliente” de la Asociación de Vecinos de la Urbanización Santiago de León (ASOSANTIAGO), de hacer entrega material de la sede y de todos los bienes y haberes de la referida Asociación a la nueva Junta Directiva.

 

La abogada MILAGRO URDANETA CORDERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 16.659, actuando en su propio nombre,  presentó diligencia anexa a la cual consignó instrumento poder otorgado por la ciudadana Gabriela Roquett, a la referida abogada.

 

 

10.- Expediente Nº 2004-000042: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, remite expedientes contentivos de las acciones de amparo constitucionales interpuestas por los ciudadanos Hermes Enrique Noguera Morales y Yennyferr Carolina Milano Cortez, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional Experimental de Los Llanos Centrales Rómulo Gallegos, que fueron acumulados mediante auto de fecha 17-03-2004. Oficio Nº 310-04, de fecha 29-03-2004, remitiendo los expedientes números  5057-04 y 5058-04 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). (Acumulado con el Expediente 2004-000051).

 

La abogada Liliana Ron Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 62.457, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia de haber recibido las copias certificadas acordadas en auto de fecha 12-05-2005.

 

11.- Expediente 2005-000041: Antonio Canova González y Luis Alfonso Herrera Orellana, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 45.660 y 97.685, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALFREDO VETENCOURT DE LIMA, HERNÁN QUINTERO, ÁLVARO DELGADO BENÍTEZ, NELLA COMOTTI, ALBERTO CANDIALES, ÁNGEL ÁLVAREZ, PEDRO MONTENEGRO, CÉSAR DÍAZ MANCINI, EDUARDO DE BANGO, PEDRO PAYTUVÍ y MIGUÉL ÁNGEL PARRA, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Comité Electoral de la Asociación Civil Mágnum City Club, relacionada con la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2005-2007, a celebrarse el día 22-05-2005.

 

El ciudadano Alguacil consignó boleta librada al Comité Electoral de la Asociación Civil Mágnum City Club, mediante la cual se le notifica  del fallo dictado por la Sala en fecha 20-05-2005.

 

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

12.- Expediente 2004-000090:  MILAGRO URDANETA CORDERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 16.659, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada, contra la negativa de los ciudadanos Andrés Gilberto Linares, Tomas Alexis Díaz y Gladis Suárez Odreman, miembros de la “Junta Saliente” de la Asociación de Vecinos de la Urbanización Santiago de León (ASOSANTIAGO), de hacer entrega material de la sede y de todos los bienes y haberes de la referida Asociación a la nueva Junta Directiva.

 

La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta, en virtud de lo cual ORDENÓ a los ciudadanos ANDRÉS GILBERTO LINARES, TOMÁS ALEXIS DÍAZ y GLADIS SUÁREZ ODREMAN, miembros de la Junta Directiva saliente de la Asociación de Vecinos de la Urbanización Santiago de León (ASOSANTIAGO), hacer entrega material de la sede y de todos los bienes y haberes de la referida Asociación a la nueva Junta Directiva.

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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