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Sala Electoral
  • Fecha: 25 de mayo de 2005





CUENTA Nº 43

 

CUENTA Nº 43

 

 

Despacho del miércoles veinticinco (25) de mayo de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente 2005-000014: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 25-05-2005, por el ciudadano Jorge Ramón Rincón Sierra (parte recurrente), asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, mediante la cual apela del auto dictado en fecha 19-05-2005, en el cual se declaró inadmisible la apelación formulada contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 10-05-2005, que negó la admisión de la prueba contenida en el capítulo V del escrito presentado por el referido ciudadano en fecha 28 de abril de 2005;  en consecuencia, la Sala acordó abrir cuaderno separado a los fines de  resolver la referida apelación.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

2.- Expediente 2005-000014: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

 

El ciudadano Jorge Ramón Rincón Sierra (parte recurrente), asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, consignó diligencia mediante la cual apela del auto dictado en fecha 19-05-2005, que declaró inadmisible la apelación formulada contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 10-05-2005, que negó la admisión de la prueba contenida en el capítulo V del escrito presentado por el referido ciudadano en fecha 28-04-2005.

 

 

3.- Expediente 2005-000014: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

 

El ciudadano Jorge Ramón Rincón Sierra (parte recurrente), asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, consignó diligencia mediante la cual solicita la reposición de la causa al estado de admisión de las pruebas.

 

 

4.- Expediente 2005-000004: FELICIA KATIUSHA HERNÁNDEZ,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.172, actuando con el carácter de apoderada judicial del SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR SALUD, ASISTENCIA Y DESARROLLO SOCIAL (SUNEP-SAS) y de la COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL PERMANENTE del referido Sindicato, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada contra la comunicación emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-11-2004,  mediante la cual se les informa que no reconocen el proceso electoral de esa organización gremial, así como contra las omisiones (a su decir) en que ha incurrido el máximo órgano electoral respecto a comunicaciones remitidas a éste y  el recurso jerárquico interpuesto contra el referido proceso electoral. (Recibido el 01-02-2005).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-095, anexo al cual se remite al Consejo Nacional Electoral seis (06) piezas contentivas de los antecedentes administrativos.

 

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

5.- Expediente 2005-000014: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

 

Visto que en fecha 24-05-2005, venció el lapso para que las partes presenten sus conclusiones, se designó ponente al Magistrado  Doctor  FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho.

 

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

6.- Expediente 2005-000043: ROBINSÓN RAÚL ROMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.518, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto emanado de la  Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Canotaje de fecha 26-04-2005, mediante el cual se procedió a realizar las elecciones para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la referida Federación, período 2005-2009.

 

Por recibida comunicación, remita por los ciudadanos Pedro Prada, Víctor Prada, Sorelena Prada, Dailyth Mendoza, Marianela Lisboa, Armando Rodríguez y Laura Bolinaza, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Sergio Navarro, Presidente de la Federación Venezolana de Canotaje, contentiva del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y anexa a la cual remite antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial la referida comunicación, así como el poder original que acompaña a la comunicación y formar una (1) pieza separada con  los recaudos restantes que acompañaron a la comunicación, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

7.- Expediente 2005-000018: TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial se los ciudadanos WIULIAN NAVA, OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ y PEDRO COVA GARRIDO, Presidentes y Representantes Electorales ante la Asamblea de la Federación Venezolana de Boxeo por las Asociaciones de Boxeo de los Estados Trujillo y Portuguesa, los dos primeros y el último aspirante a postularse como Presidente de la referida Federación, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Boxeo, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 15-03-2005.

 

Se agregó a los autos los escritos de promoción de prueba presentados en fecha 24-05-2005, por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WIULIAN NAVA, OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ y PEDRO COVA GARRIDO (parte recurrente) y por el ciudadano Roberto Escalona Arroyo, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo, asistido por el abogado Luis Salvador Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.125, así como los anexos que acompañaron respectivamente a  los mismos.

 

 

8.- Expediente 2005-000018: TULIO SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.282, actuando con el carácter de apoderado judicial se los ciudadanos WIULIAN NAVA, OSCAR ALBERTO HERNÁNDEZ y PEDRO COVA GARRIDO, Presidentes y Representantes Electorales ante la Asamblea de la Federación Venezolana de Boxeo por las Asociaciones de Boxeo de los Estados Trujillo y Portuguesa, los dos primeros y el último aspirante a postularse como Presidente de la referida Federación, interpone recurso contencioso electoral contra el proceso electoral celebrado en la Federación Venezolana de Boxeo, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 15-03-2005.

 

Se fijó el día de hoy a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas.

 

 

9.- Expediente 2005-000035: ANDRÉS GUITIÁN, asistido por los abogados Jesús Ramón Durán y Lourdes Josefina Durán, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 33.064 y 33.043, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra el acto administrativo emanado del Consejo Nacional Electoral, contenido en el Oficio 0000818, que determinó que las normas reguladoras de los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales no resultan aplicables al Instituto de Previsión Farmacéutica.

 

Vista la diligencia consignada, en fecha 24-05-2005, por el ciudadano Alguacil, mediante la cual dejó constancia de haber notificado a la parte recurrente del auto de admisión dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha 23-05-2005, se acordó librar el cartel de emplazamiento a los interesados ordenado en el referido auto de admisión, a los fines de su publicación en el diario “El Universal”. Se libró Cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

10.- Expediente 2005-000039: Álvaro Albornoz Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.693, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Candelario Macayo, Cruz Ramón Moya y Julio Torres Díaz, interpone recurso contencioso electoral contra las elecciones internas celebradas en el partido político “Por la Democracia Social” (PODEMOS), en fecha 09-04-2005, para elegir a los candidatos a Concejales y Juntas Parroquiales del Municipio Bermúdez del Estado Sucre. (Recibido en fecha 06-05-2005).

 

El Juzgado de Sustanciación declaro INADMISIBLE el recurso por no haber agotado la vía administrativa, acorde con lo previsto en el artículo 241 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

11.- Expediente 2005-000041: Antonio Canova González y Luis Alfonso Herrera Orellana, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 45.660 y 97.685, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALFREDO VETENCOURT DE LIMA, HERNÁN QUINTERO, ÁLVARO DELGADO BENÍTEZ, NELLA COMOTTI, ALBERTO CANDIALES, ÁNGEL ÁLVAREZ, PEDRO MONTENEGRO, CÉSAR DÍAZ MANCINI, EDUARDO DE BANGO, PEDRO PAYTUVÍ y MIGUÉL ÁNGEL PARRA, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Comité Electoral de la Asociación Civil Mágnum City Club, relacionada con la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2005-2007, a celebrarse el día 22-05-2005.

 

Vista la diligencia consignada, en fecha 23-05-2005, por el abogado Victorino Márquez Ferrer, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.660, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte accionante, mediante la cual solicita la notificación de “Desarrollos y Promociones Mágnum, S.A. (DEPROMAGNUM)”, la Sala acordó notificar a la Compañía Anónima Desarrollos y Promociones Mágnum, C.A. (DEPROMAGNUM. C.A.), del fallo dictado en fecha 20-05-2005. Se libró  boleta.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

12.- Expediente X-2005-000002 (CUADERNO SEPARADO: JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, interpone solicitud de amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral, contra la Resolución N° 041220-1719, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 20-12-2004, publicada en Gaceta Electoral 233, de fecha 22-02-2005, en la cual se declaró Inadmisible el recurso Jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia. (Recurso Principal Expediente 2005-000014).

 

El ciudadano JORGE RAMÓN RINCON SIERRA, asistido por el abogado Pedro Víctor Réquiz Cisneros, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.778, consignó escrito (Acompañó anexo).

 

 

13.- Expediente 2005-000041: Antonio Canova González y Luis Alfonso Herrera Orellana, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 45.660 y 97.685, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALFREDO VETENCOURT DE LIMA, HERNÁN QUINTERO, ÁLVARO DELGADO BENÍTEZ, NELLA COMOTTI, ALBERTO CANDIALES, ÁNGEL ÁLVAREZ, PEDRO MONTENEGRO, CÉSAR DÍAZ MANCINI, EDUARDO DE BANGO, PEDRO PAYTUVÍ y MIGUÉL ÁNGEL PARRA, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra el Comité Electoral de la Asociación Civil Mágnum City Club, relacionada con la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2005-2007, a celebrarse el día 22-05-2005.

 

El abogado Fernando Gonzalo, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.223, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Mágnum City Club, consignó escrito mediante el cual solicita que se le considere como litis consorte de la parte accionada.

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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