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Sala Electoral
  • Fecha: 25 de octubre de 2005





CUENTA Nº 107

 

CUENTA Nº 107

 

 

Despacho del martes veinticinco (25) de octubre de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2005-000024: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas PETRA LIZETH RODRÍGUEZ DE GARCÍA y MARÍA LUZ DE BARROS DE DA SILVA, interponen recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Patinaje, referido al proceso electoral celebrado en la mencionada Federación para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2009.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala la boleta librada a la ciudadana CARMEN MAIN LAFFONT PARRA, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 19-10-2005, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días calendarios, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera, se le tendrá por notificada.

 

 

2.- Expediente Nº 2003-000001: DESIRÉ SANTOS AMARAL, RAMÓN DARÍO VIVAS VELASCO y JOSÉ SALAMAT KHAN, asistidos por el abogado Julio Montoya, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.407, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos dictados por el Consejo Nacional Electoral contenidos en el acta de la sesión del Directorio de fecha 18-11-2002, por la cual se acordó la incorporación del ciudadano Leonardo Pisani como miembro Suplente de ese Organismo y en la Resolución Nº 021203-457 de fecha 3-12-2002, publicada en Gaceta Electoral Nº 168 del 5-12-2002.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 20-10- 2005, por el ciudadano Héctor Pérez, titular de la cédula de identidad N° 3.901.853, asistido por el abogado Carlos Guevara, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.575, mediante la cual solicita copia certificada de la Sentencia N° 3 de fecha 22-01-2003, que cursa a los folios 59 al 77 Vto. y del documento que cursa al folio 82 del cuaderno separado del expediente, identificado como X-2003-000002, la Sala ACORDÓ expedir la certificación solicitada.

 

 

3.- Expediente N° 2005-000090: Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del Estado Portuguesa-Acarigua, declinó la competencia para conocer del recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por el ciudadano VÍCTOR HUGO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.479.652, asistido por el abogado Francisco Castro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 23.527, contra la Asamblea celebrada en fecha 22-02-2005, en el Sindicato Único de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de la Construcción, Madera, Conexos y Similares del Estado Portuguesa (SUTIC-PORTUGUESA) para elegir a la Comisión Electoral que regiría el proceso electoral en el  referido Sindicato. Oficio Nº PH21OFO2005000095, de fecha 20-07-2005, remitiendo el expediente Nº PP21-L-2005-0000144 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

Vista la sentencia dictada en fecha 13-10-2005, la Sala, acordó comisionar al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito, del Trabajo y de Menores (Acarigua), a los fines de notificar del referido fallo a la parte recurrente, ciudadano Víctor Hugo González, así como al Sindicato Único de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de la Construcción, Madera, Conexos y Similares del Estado Portuguesa (SUTIC-PORTUGUESA). Se libró Oficio N° 05-306, boletas y despacho.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

4.- Expediente N° 2005-000091: Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS, titulares de las cédulas de identidad N° 5.161.962 y 14.643.140, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa N° 60/2005 de fecha 18-05-2005, emanada del Instituto Nacional de Deporte, relacionada con el acto de Proclamación de las Autoridades Deportivas de la Federación Venezolana de Karate Do, período 2005-2009.

 

Visto el escrito presentado, en fecha 24-10-2005, por el abogado Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ y MARCOS YORIS, mediante el cual apela del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 18-10-2005, que declaró inadmisible el recurso interpuesto, se designó Ponente al Magistrado Doctor LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ,  a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN

 

 

5.- Expediente N° 2004-000086: HUGO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 14.470, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 040623-1058, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 23-06-2004, en la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Reinaldo García contra la selección del ciudadano Hugo Contreras como Miembro de la Junta Municipal Electoral del Municipio Biruaca del Estado Apure. (Recurso que fue presentado ante el Juzgado Superior en lo Civil –Bienes-, Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia). (Remitido mediante Oficio N° 1462-2004, de fecha 06-09-2004,  Expediente N° 1121 -nomenclatura de ese Juzgado-) (1 pieza principal y 1 pieza de compulsa).

 

Por recibido Oficio N° 830-05, de fecha 04-10-2005, emanado del Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo  de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, mediante la cual da respuesta a la solicitud formulada por esta Sala mediante auto de fecha 26-07-2005.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

6.- Expediente N° 2005-000073: Sala Político Administrativa, declina competencia en el expediente contentivo del conflicto de autoridad surgido en el Municipio Candelaria del Estado Trujillo, interpuesto por el ciudadano Yerson Rafael Rodríguez Vargas, titular de la cédula de identidad N° 5.778.654, actuando con el carácter de Alcalde del referido Municipio, electo en fecha 31-10-2004, asistido por el abogado Luis César Ostos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.753. Oficio Nº 5618, de fecha 11-07-2005, remitiendo el expediente Nº 2004-3257 (nomenclatura de esa Sala) (1 pieza principal).

 

El abogado Luis César Ostos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 11.753, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Yerson Rafael Rodríguez Vargas, consignó escrito mediante el cual da respuesta a la información requerida por esta Sala mediante Sentencia N° 114, de fecha 11-08-2005. (Acompañó anexos).

 

7.- Expediente N° 2005-000079: TIBERIO JOSÉ BERMÚDEZ LUZARDO, titular de la cédula de identidad N° 5.845.221, asistido por el abogado Jesús María Albornoz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 37.910, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050526-276 emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 26-05-2005, publicada en Gaceta Electoral N° 250, de fecha 01-07-2005, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la elección del Alcalde del Municipio Miranda del Estado Zulia.

 

Los abogados Carlos Alfredo Gutiérrez Velazquez y Jesús María Albornoz Arias, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 49.454 y 37.910, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Tiberio José Bermúdez Luzardo, consignaron escrito mediante el cual desisten del recurso contencioso electoral interpuesto.

 

 

8.- Expediente N° 2005-000024: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux,  inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas PETRA LIZETH RODRÍGUEZ DE GARCÍA y MARÍA LUZ DE BARROS DE DA SILVA, interponen recurso contencioso electoral contra la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Patinaje, referido al proceso electoral celebrado en la mencionada Federación para elegir a la Junta Directiva, período 2005-2009.

 

La ciudadana Carmen Laffont, asistida por la abogada Betty Socarra, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 12.391, consignó escrito mediante el cual se da por notificada de la sentencia dictada por la Sala en fecha 19-10-2005

 

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

9.- Expediente N° 2005-000102: CARLOS ENRIQUE CARRASCO OROPEZA, titular de cédula de identidad N° 5.322.142, asistido por el abogado Enrique Rafael Tineo Suquet, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 58.367, interpone recurso contencioso electoral contra la decisión de fecha 10-08-2005, emanada de la Junta Municipal del Municipio Torres del Estado Lara, mediante la cual se proclamó como Concejal de ese Municipio a la ciudadana Ada Camacaro Rondón.

 

Visto el auto dictado en fecha 24-10-2005, mediante el cual se admitió el recurso interpuesto,  el Juzgado comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de notificar del referido auto a la parte recurrente, ciudadano Carlos Enrique Carrasco Oropeza,. Se libró Oficio N° 05-305 y despacho.

 

 

10.- Expediente N° 2005-000052: RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada y subsidiariamente amparo cautelar, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad.

 

Visto que consta en auto la notificación a las partes de la Sentencia N° 142, dictada en fecha 11-10-2005, se ordenó la continuación de la causa en el estado que se encontraba para el momento de ser oída la apelación, esto es, transcurrido un día del lapso de evacuación de pruebas, en consecuencia, entiéndase que los restantes cuatro (04) días del referido lapso deberán computarse a partir de hoy, inclusive.

 

 

11.- Expediente N° 2005-000095: José Ramón Sevilla Mata y Nancy Ysabel Rivas Acosta, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 63.576 y 78.328, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales  de los ciudadanos DOMINGO ALBERTO ROMERO CASTRO, FELIPE ARRECHEDERA, FRANKLIN LÓPEZ, REYES RAMÓN RUIZ, SAÚL ÁLVAREZ, ANA CARVAJAL, VÍCTOR MATA, ZAIDA MONTILLA, RUFO CECILIO PEÑA, RAMÓN NÚÑEZ, WILLIAM CARIPE Y JOSÉ PATIÑO, titulares de las cédulas de identidad números 6.004.760, 5.314.306, 4.884.594, 5.341.371, 10.111.162, 3.958.381, 6.449.346, 6.940.760, 2.100.970, 3.725.175, 6.861.565 y 6.433.222, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas (CAEOCMDF), referido a las elecciones celebradas en fecha 17-08-2005 en la mencionada Caja de Ahorros. (Recibido en fecha 31-08-2005).

 

Se abrió la causa a pruebas por el lapso de cinco (5) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.

 

 

12.- Expediente N° 2005-000088: Tulio Sánchez González y Susy Martínez Ducreaux, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.282 y 52.527, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas DILIA OLIVARES y MORELLA FIGUERA, titulares de las cédulas de identidad números 4.054.102 y 6.371.866, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el acto contenido en la Providencia Administrativa N° 1035, de fecha 14-07-2005, emanada del Directorio del Instituto Nacional de Deporte, que declaró sin lugar la solicitud de reconocimiento de la Junta Directiva y Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Deportes Sobre Sillas de Ruedas (FEDESRUEDAS), elegida el 9 de mayo de 2005.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados, en fecha 20-10-2005, por el abogado Luis Salvador Rodríguez Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo los número 76.923,  actuando con el carácter de apoderado judicial del Instituto Nacional de Deporte, y por el abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo los número 7.282,  actuando con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas Dilia Olivares y Morella Figueroa, así como el escrito de oposición a las pruebas presentado por la abogada Susy Martínez, en fecha 24-10-05, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo e inadmitiendo las pruebas según el caso.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

13.- Expediente N° 2005-000091: Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS, titulares de las cédulas de identidad N° 5.161.962 y 14.643.140, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa N° 60/2005 de fecha 18-05-2005, emanada del Instituto Nacional de Deporte, relacionada con el acto de Proclamación de las Autoridades Deportivas de la Federación Venezolana de Karate Do, período 2005-2009.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos LUIS DOINISIO HERRERA MACHADO Y AURA CECILIA CARREÑO DE DI NINO, mediante la cual se les notificó  del auto dictado en fecha 18-10-2005, que declaró inadmisible el recurso.

 

 

14.- Expediente N° 2005-000091: Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS, titulares de las cédulas de identidad N° 5.161.962 y 14.643.140, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa N° 60/2005 de fecha 18-05-2005, emanada del Instituto Nacional de Deporte, relacionada con el acto de Proclamación de las Autoridades Deportivas de la Federación Venezolana de Karate Do, período 2005-2009.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a las ciudadanas YANEIRA LUNA Y MARÍA DE COLMENARES, mediante la cual se les notificó  del auto dictado en fecha 18-10-2005, que declaró inadmisible el recurso.

 

 

15.- Expediente N° 2005-000091: Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS, titulares de las cédulas de identidad N° 5.161.962 y 14.643.140, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa N° 60/2005 de fecha 18-05-2005, emanada del Instituto Nacional de Deporte, relacionada con el acto de Proclamación de las Autoridades Deportivas de la Federación Venezolana de Karate Do, período 2005-2009.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS (parte recurrente), mediante la cual se les notificó del auto dictado en fecha 18-10-2005, que declaró inadmisible el recurso.

 

 

16.- Expediente N° 2005-000091: Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS, titulares de las cédulas de identidad N° 5.161.962 y 14.643.140, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Providencia Administrativa N° 60/2005 de fecha 18-05-2005, emanada del Instituto Nacional de Deporte, relacionada con el acto de Proclamación de las Autoridades Deportivas de la Federación Venezolana de Karate Do, período 2005-2009.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-098, mediante el cual se notificó al Presidente del Instituto Nacional de Deporte del auto dictado en fecha 18-10-2005, que declaró inadmisible el recurso.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO EN:

 

 

17.- Expediente N° 2005-000104:  JESÚS LOMBANO, FRANKLIN DELGADO, HUMBERTO PÉREZ, FÉLIX PADILLA, MIGUEL CHAFALDET y MAGNO LANZA, titulares de las cédulas de identidad números 13.426.899, 13.686.339, 7.244.511, 11.686.771, 13.907.707 y 12.169.241, respectivamente, actuando con el carácter de miembros de la Junta Directiva del Sindicato de los Trabajadores y Trabajadoras de la Sociedad Mercantil Empresa Plumrose Latinoamericana C.A. de Cagua, Estado Aragua (SITRASOMERPLUEA),  asistidos por el abogado Frannel Alexander Velásquez Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.765, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra “la actuación material consistente en la notificación realizada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua (…) y del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de las Empresas Procesadoras de Productos Alimenticios, Embutidos, Ahumados, Similares y Conexos del Estado Aragua, MEDIANTE LA CUAL ACUERDAN AUTORIZAR, COORDINAR, REALIZAR Y CONVALIDAR LAS ELECCIONES SINDICALES…” realizadas en el referido Sindicato.

 

Se dio cuenta a la Sala. Se ordenó abrir cuatro (04)  anexos identificados con los números 1, 2, 3 y 4.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

18.- Expediente N° 2005-000103: Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, declina la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por Henry Francisco Cordero Medina, titular de la cédula de identidad N° 3.827.056, asistido por la abogada Norelys García López, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 47.563, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Marinos de PDV Marina S.A. (SUMA PDV MARINA) referido al proceso electoral fijado para celebrarse el día 28-09-2005. Oficio Nº 3J-2005-060, de fecha 03-10-2005, remitiendo el expediente Nº D-000087-2005 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal y 1 Cuaderno Separado).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

19.- Expediente N° X-2005-000018 (CUADERNO SEPARADO): Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS, titulares de las cédulas de identidad N° 5.161.962 y 14.643.140, respectivamente, interpone amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Providencia Administrativa N° 60/2005 de fecha 18-05-2005, emanada del Instituto Nacional de Deporte, relacionada con el acto de Proclamación de las Autoridades Deportivas de la Federación Venezolana de Karate Do, período 2005-2009. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000091).

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a la parte recurrente, mediante la cual se le notificó del fallo dictado en fecha 13-10-2005. Boleta que fue dejada en el domicilio procesal, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

20.- Expediente N° X-2005-000018 (CUADERNO SEPARADO): Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS, titulares de las cédulas de identidad N° 5.161.962 y 14.643.140, respectivamente, interpone amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Providencia Administrativa N° 60/2005 de fecha 18-05-2005, emanada del Instituto Nacional de Deporte, relacionada con el acto de Proclamación de las Autoridades Deportivas de la Federación Venezolana de Karate Do, período 2005-2009. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000091).

 

El ciudadano Secretario de la Sala dejó constancia que en esta fecha el ciudadano Alguacil le manifestó que, el día 20-10-2005, se había trasladado al domicilio procesal  de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS y dejó la boleta de notificación librada, de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

21.- Expediente N° X-2005-000018 (CUADERNO SEPARADO): Alirio Antonio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRUNILDA HERNÁNDEZ Y MARCOS YORIS, titulares de las cédulas de identidad N° 5.161.962 y 14.643.140, respectivamente, interpone amparo cautelar conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Providencia Administrativa N° 60/2005 de fecha 18-05-2005, emanada del Instituto Nacional de Deporte, relacionada con el acto de Proclamación de las Autoridades Deportivas de la Federación Venezolana de Karate Do, período 2005-2009. (Recurso Principal Expediente N° 2005-000091).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 05-292, mediante el cual se le notificó al Presidente del Instituto Nacional de Deporte, del fallo dictado en fecha 13-10-2005.

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN

 

 

           

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

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