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Sala Electoral
  • Fecha: 30 de junio de 2005





CUENTA Nº 63

 

CUENTA Nº 63

 

 

Despacho del jueves treinta  (30) de junio de 2005. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba, Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro  y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente 2005-000056: Marisela Orsetti Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 44.938, actuando con el carácter de apoderada judicial de  los ciudadanos RAÚL YUSEF DÍAZ, VÍCTOR FUENMAYOR, JOSÉ MOLLEGAS, LUIS AGUILERA, RAFAEL FRANCO, LUIS RONDÓN, ANTONIO GEARA, FENIEL GIRÓN, SAIT LUIS RODRÍGUEZ, CÉSAR ALFREDO HERNÁNDEZ, MERCEDES GRANT, JOSÉ GÓMEZ BELLO, RAÚL LUGO, LUIS PASTRANO, NANCY SILVA, PABLO GAMBOA, FLABIO CAPODICASA, RAÚL DOME, RAMÓN GUZMÁN y JOSÉ VICENTE NÚÑEZ interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra las actuaciones realizadas por los ciudadanos Nelly Josefina Frederick de Marco y Freddy Valera Medina, actuando como Secretario General  Seccional y Sub-Secretario General del Comité Ejecutivo Seccional Bolívar (CES-BOLIVAR)  de la organización política Acción Democrática en el Estado Bolívar.

 

Se acordó solicitar el expediente administrativo, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el  recurso al  Comité Ejecutivo Seccional Bolívar (CES-BOLIVAR)  de la organización política Acción Democrática en el Estado Bolívar. Igualmente, se comisionó al Juzgado Superior en lo Civil,  Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines de notificar al  Comité Ejecutivo Seccional Bolívar (CES-BOLIVAR)  de la organización política Acción Democrática en el Estado Bolívar. Se libraron Oficios Nº 05-147 y 05-148.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

                           

 

2.- Expediente 2005-000040: PEDRO POMPEYO CAMEJO RAMIREZ, asistido por el abogado Tobías Carmelo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.361, interpone recurso contencioso electoral contra las elecciones del Alcalde del Municipio Las Mercedes del Llano del Estado Guárico.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 29-06-2005, por el ciudadano Pedro Pompeyo Camejo Ramírez, asistido por el abogado Carlos Molinar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.804, mediante la cual apela del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 21-06-2005, que declaró inadmisible el recurso interpuesto; se  oyó  la  apelación  formulada  por el referido ciudadano. Se designó Ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA,  a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

3.- Expediente 2005-000060: CELIA CARMINA ARRAEZ RAMÍREZ,  inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55.472, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ MIGUEL ARISMENDI, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 050202-066, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 02-02-2005, publicada en Gaceta Electoral 241, de fecha 13-04-2005, en la que se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra el acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de Diputados al Consejo Legislativo de la Circunscripción Electoral 2 del Estado Anzoátegui y contra la decisión del Directorio del Consejo Nacional Electoral, de fecha 06-05-2005.

 

El abogado David Matheus Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.212, actuando con el carácter de apoderado judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, consignó escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito, así como la copia del poder que lo acredita para actuar como apoderado judicial del mencionado órgano electoral y el recaudo restante que acompañó al escrito, por contener los antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

4.- Expediente Nº 2004-000083: Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos RUBEN GONZÁLEZ, ALFREDO SPOONER y HÉCTOR MAICAN, asistidos por el abogado Hoover Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.709, contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco C.A. (SINTRAFERROMINERA), en fecha 30 de junio de 2004. Oficio Nº 127-04, de fecha 26-08-2004, remitiendo el expediente Nº FP11-L-2004-000450 (nomenclatura de ese Juzgado).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-137, anexo al cual se remite comisión conferida al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorio Puerto Ordaz, a los fines de notificar del auto dictado en fecha 14-06-2005 al Sindicato Integral de Trabajadores de Ferrominera Orinoco, C.A. (SINTRAFERROMINERA). Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

5.- Expediente 2005-000043: ROBINSÓN RAÚL ROMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.518, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el acto emanado de la  Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Canotaje de fecha 26-04-2005, mediante el cual se procedió a realizar las elecciones para elegir a la Junta Directiva y Consejo de Honor de la referida Federación, período 2005-2009.

 

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados, en fecha 28-06-2005, por el abogado Armando Rodríguez, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Sergio Navarro, parte opositora al recurso, y el abogado Robinson Raúl Román, parte recurrente, el Juzgado de Sustanciación pasó a pronunciarse sobre la admisión de éstas, admitiendo y negado las pruebas según el caso.

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

6.- Expediente 2005-000052: RAMÓN KKILIKAN y MARY LUZ ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números 8.443.240 y 5.145.150, respectivamente, asistidos por la abogada María Teresa Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 8.781, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada y subsidiariamente amparo cautelar, contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, en sesión de fecha 01-06-2005, que declaró improcedente la solicitud de impugnación del proceso electoral celebrado en la Facultad de Odontología de la referida Casa de Estudios para elegir al decano de la  Facultad.

 

El abogado Enrique Mendoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número  47.326, consignó diligencia mediante la cual  solicita se "decrete el Tácito Desistimiento de la parte recurrente y sea ordenado consecuentemente el levantamiento de la medida cautelar y el archivo del expediente" por cuanto la parte actora incumplió con la carga de retirar y publicar el cartel de emplazamiento.

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

7.- Expediente 2005-000062: Juzgado  Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con  sede en Cabimas, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ HUMBERTO RONDÓN, asistido por el abogado José Gregorio Matheus, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 84.077, contra las elecciones celebradas en el Sindicato de Trabajadores Petroleros de Lagunillas (STPL). Oficio Nº T1J-05-247, de fecha 15-06-2004, remitiendo el expediente Nº VP21-O-2005-000012 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal.

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor RAFAEL ARISTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

8.- Expediente 2005-000033: HÉCTOR ANTONIO ARANGUREN CARRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 41.791, actuando en su propio nombre, interpone acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral convocado en la Asociación Civil Club El Aguasal para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación y cuyo acto de votación está fijado para el día 28-05-2005.

 

Los ciudadanos Pedro Silva Miranda, Parmenio Talavera y Rubén Pérez, miembros de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Playa Aguasal, asistidos por el abogado Leopoldo Cadenas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.744, consignaron escrito mediante el cual exponen aspectos relacionados con la causa. (Acompañaron anexos).

 

 

 

COMUNICACIÓN RECIBIDA EN:

 

 

9.- Expediente Nº 2003-000058: ANA TERESA HEREDIA, GLORIA TERESITA RONDÓN, MATILDE MARTÍNEZ DE CESIN, GRACIELA DEL NOGAL DE ARAY y DIANA GRIPPA CARRILLO,  actuando con el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Odontólogos Metropolitano,  asistidas por el abogado Ricardo Baroni Uzcátegui, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.220, interponen acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral Nacional del Colegio de Odontólogos de Venezuela por no convocar, organizar, celebrar, dirigir y vigilar el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Odontólogos de Venezuela.

 

Por recibida comunicación de fecha 27-05-2005, suscrita por el ciudadano Genaro Herrera, Gerente de Prevención e Investigación de BanPro, mediante la cual informa que el Colegio de Odontólogos de Venezuela no mantiene ninguna relación con esa institución.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

10.- Expediente 2005-000031: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Estado Trujillo, declina la competencia en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Miguel Peña, asistido por la abogada Nilda Pacheco, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 75.154, contra la Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes, Núcleo Universitario Rafael Rangel, relacionado con las “elecciones estudiantiles 2005” convocadas para el día 06-04-2005. Oficio Nº 221200400-414, de fecha 12-04-2005, remitiendo el expediente Nº 21597 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza)

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio 05-139, anexo al cual se remitió comisión conferida al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Tránsito, del Trabajo y de Estabilidad Laboral  de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los fines de notificar del fallo dictado en fecha 14-06-2005, a la parte accionante, ciudadano José Miguel Peña. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

 

 

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