El
lunes cinco (05) de junio de 2006, no
hubo despacho en esta Sala.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE
PONENTE EN:
1.- Expediente
N° 2006-000063: Juzgado
Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declinó la
competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente
con medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano MAURO ROSATO,
titular de la cédula de identidad N° 5.218.452, asistido por el abogado Douglas José Guillen, inscrito en el Inpreabogado bajo el
número 82.222, contra la Comisión
Electoral de la Asociación de Vecinos de Macaracuay
(ASOMACARACUAY), respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida
Asociación, convocada para el 04-06-2006. Oficio N° 1189, de fecha 02-06-2006,
remitiendo el expediente Nº 43200 (nomenclatura de ese Juzgado).
Se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO
RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.
DILIGENCIA EN:
2.- Expediente
N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN
RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE, inscritas en el Inpreabogado bajo los números
28.708 y 22.588, respectivamente,
actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE
ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE,
RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ
ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596,
3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243,
respectivamente, y la primera de las abogadas,
actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional
conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de
Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación
Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los
procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos
ciudadanos.
La abogada Coromoto Ramos, inscrita en el Inpreabogado bajo el número
28.708, presentó diligencia anexa a la cual consignó copia del escrito
presentado ante la
Sala Constitucional, mediante el cual solicita se declare
inadmisible la solicitud de avocamiento introducida por el ciudadano Baudilio Crespo Fuentes.
OFICIO RECIBODO EN:
3.- Expediente N° 2005-000051: Robert
Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.238, actuando
con el carácter de apoderado judicial del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de
Carabobo (SUTRAUC) interpone amparo constitucional conjuntamente con medida
cautelar innominada contra la Oficina
Electoral del Estado Carabobo del Consejo Nacional Electoral.
Por recibido Oficio N° 0001, de fecha
09-01-2006, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y
Contencioso Administrativo de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remite las
resultas de la comisión conferida en fecha 04-07-2005.
El Presidente,
JUAN JOSÉ NUÑEZ CALDERÓN
El
Secretario,
ALFREDO DE STEFANO PÉREZ