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Sala Electoral
  • Fecha: 07 de junio de 2006





CUENTA Nº 72

 

CUENTA Nº 72

 

 

Despacho del miércoles (07) de junio de 2006. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del Vicepresidente Fernando Ramón Vegas Torrealba,  Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro   y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2006-000030:  RAMÓN KKILIKAN, titular de la cédula de identidad N° 8.443.240,  asistido por el abogado Juan Vicente Ardila, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 73.419, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada, contra el Acto contenido en el Boletín N° 43/2006, emanado de la Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela, de fecha 22-02-2006, referido a las decisiones sobre las impugnaciones sobre el Registro Electoral que servirá para la elección del Decano de la Facultad de Odontología, período 2006-2009, la cual se efectuará el 09-03-2006.

 

Se difirió el lapso para dictar sentencia en la causa por un plazo de siete (07) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar sentencia.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

2.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 06-06-2006, por el abogado Ronald Golding, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.225, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual apela del auto dictado en fecha 01-06-2006 por el Juzgado de Sustanciación, que declaró inadmisible la prueba de exhibición de documentos promovida por la parte recurrente, así como de la admisión de las pruebas promovidas por los ciudadanos Edgar Conde y Delfín Pin; se  acordó oír  en ambos efectos la  apelación  formulada  por el mencionado abogado . Se designó Ponente al Magistrado Doctor FERNÁNDO RAMÓN VEGAS TORREALBA,  a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

3.- Expediente N° 2006-000035: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declinó la competencia para conocer de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por los ciudadanos SOFÍA VALLES, MARTHA ORTUÑO, ALEJANDRO BLANCO, LINDA MARTINI, NANETTE TORE, ADELAIDA RODRÍGUEZ, FRANCISCO MARÍN, JOSÉ MARÍN, JEANNETTE GONZÁLEZ, NATALIE D’ONOFRIO Y CARMEN LUCIANA RUIZ, titulares de las cédulas de identidad números 12.924.035, 14.344.983, 12.108.862, 5.720.673, 12.110.180, 4.114.387, 12.431.588, 14.914.698, 7.090.938, 12.524.957 y 13.045.953, respectivamente, asistidos por el abogado Josblan Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 106.912, en el Sindicato Único De Empleados Públicos De La Alcaldía Del Municipio  San Diego del Estado Carabobo (SINUEPSAND). Oficio N° 957/2006, de fecha 23-02-2006, remitiendo el expediente Nº GP02-L-2004-001280 (nomenclatura de ese Juzgado). (Recibido el 06-03-2006).

 

Vencido como se encuentra el plazo de setenta y dos (72) horas siguientes, más el término de la distancia, que se fijó en dos (02) días consecutivos siguientes a su notificación, otorgado al Sindicato Único de Empleados Públicos de la Alcaldía del Municipio San Diego del Estado Carabobo (SINUEPSAN), así como a los solicitantes del amparo, a los fines de informar sobre los aspectos que se indican en la Sentencia N° 71 de fecha 30-03-2006, se designó ponente Magistrado Doctor RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

4.- Expediente N° 2006-000040: Vicente Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.442, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Juan Antonio Cuenca, Alfredo José Sánchez Villegas y Miguel Justiniano Jaramillo, titulares de las cédulas de identidad números 4.724.845, 5.237.837 y 13.504.688, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución publicada en Gaceta Electoral de la Republica Bolivariana de Venezuela en fecha 08 de marzo de 2006 N° 298, emanada del Consejo Nacional Electoral, mediante la cual se declaró la inelegibilidad de los referidos ciudadanos en la renovación  de la Junta Directiva del Sindicato Único de Empleados Municipales de la Alcaldía de Iribarren y demás Dependencias Municipales (SUDEMADI).

 

El abogado Vicente Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 76.442, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron escrito de formalización a la apelación.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

5.- Expediente N° 2006-000053: FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.300.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.759, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente, con medida cautelar y subsidiariamente amparo cautelar, contra las decisiones JD-027, de fecha 02-03-2006 y JD/070 de fecha 03-05-2006, emanadas de la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, referidas a la elección de la Junta Directiva de la Comisión Hípica del referido Club.

 

El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 53.759, actuando en su propio nombre, consignó diligencia mediante la cual señala que visto el vencimiento del lapso para la consignación de los antecedentes administrativos, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, otorgado a la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos y a la Comisión Hípica del referido Club,  solicita se declare la aceptación de los hechos y se decida la causa.

 

 

6.- Expediente N° 2006-000059: Humberto José Meléndez Colmenárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 48.015, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CHRISTIAN AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 81.183.896, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva de “La Hacienda Country Club, Asociación Civil”, referido al proceso electoral celebrado el 07-05-2006, para elegir a la nueva Junta Directiva, Comisarios y Comité de Disciplina de la referida Asociación Civil, período 2005-2008. (Recibido el 26-05-2006).

 

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-206, anexo al cual se remitió comisión al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, a los fines de solicitar a la Junta Directiva de “La Hacienda Country Club, Asociación Civil”, así como a la Comisión Electoral de la referida Asociación Civil, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso. Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

7.- Expediente N° 2006-000009: Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, remite expediente contentivo del recurso de revisión declarado ha lugar que fue interpuesto por la ciudadana Noelia María Gorrín Sojo, titular de la cédula de identidad N° 14.870.352, asistida por el abogado Jesús Manuel Dorta Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.285, contra la sentencia dictada el 28-10-2003, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, que declaró sin lugar la apelación intentada por la referida ciudadana contra la decisión dictada en fecha 06-10-2003 por el Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Noelia María Gorrín Sojo contra la Comisión Electoral de la Asociación de Vecinos de Cantagallo, respecto a la elección celebrada en fecha 21-09-2003 en la referida Asociación. Oficio Nº 06-0369, de fecha 19-01-2005, remitiendo el expediente Nº AA50-T-2003-003058 (nomenclatura de esa Sala) (1 Pieza principal).

 

Por recibido Oficio N° 629-06, de fecha 23-05-2006, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por esta Sala en fecha 21-02-2006,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

8.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Vista la diligencia presentada, en esta misma fecha, por el abogado Ronald Golding Monteverde, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.225, actuando con el carácter de apoderado judicial de los recurrente, mediante la cual solicita la remisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de los documentos señalados en el escrito de promoción de pruebas a los fines de la evacuación de la prueba de testigos admitida, el Juzgado acordó la remisión de la copia certificada  de los anexos “E” y “J”, asimismo como del escrito recursivo. Se libró Oficio N° 06-218.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

9.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

El abogado Ronald Golding Monteverde, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.225, actuando con el carácter de apoderado judicial de los recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicita la remisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de los documentos señalados en el escrito de promoción de pruebas presentados por los recurrentes, identificados comos anexo “E” y “J” a los fines de la evacuación de la pruebas de testigos admitida.

 

 

10.- Expediente N° 2006-000043: MIGUEL JOSÉ ROJAS y PEDRO JOSÉ TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 5.190.349 y 6.244.307, respectivamente, asistido por el abogado Mario Bariona Grassi, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.618, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0100, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 14-03-2006, mediante la cual declaró con lugar la impugnación formulada por el ciudadano Jaime López Astudillo, contra la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores del Petróleo, Petroquímica y Gas de los Municipios Sotillo, Bolívar, Urdaneta, Guanta, Peñalver, Bruzual, Cagigal y Libertad del Estado Anzoátegui (SUTRAPEQUIGAS).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 06-212, mediante el cual notificó al Consejo Nacional Electoral del auto dictado 31-05-2006.

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

 

11.- Expediente N° 2006-000064: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Central, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos LUIS TEXEIRA, EUCLIDES SOLETT y HENRY FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 7.255.426, 7.196.455 y 11.988.754, Secretario General, Secretario de Reclamo y Trabajo y Secretario de Finanzas del Sindicato de Trabajadores de la empresa IMUCA (SINTRAIM), asistidos por la abogada Ana de la Cruz Rangel Delgado, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 85.688, contra la Comisión de Asuntos Sindicales y Gremiales del Poder Electoral. Oficio Nº 501-06, de fecha 14-03-2006, remitiendo el expediente Nº 7745 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

12.- Expediente N° 2006-000065: Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Central, remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Luis Fernando Miclos Salinas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 108.088, actuando en representación de la Asociación de Vecinos de la Urbanización San Carlos, contra la ciudadana Juana González de Curbelo, respecto a la elección celebrada para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación. Oficio Nº 703-06, de fecha 08-05-2006, remitiendo el expediente Nº 7825 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 Pieza principal).

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

 

 

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN:

 

 

13.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

La Sala declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta, en virtud de lo cual: Se suspenden los procedimientos disciplinarios y las sanciones contra los accionantes mientras dure el proceso electoral en marcha,  y se ordena a los integrantes de la llamada “Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones” y de la actual Junta Directiva de El Dorado Country Club, abstenerse de realizar cualquier maniobra tendiente a obstaculizar la participación y sufragio de los accionantes en las elecciones a realizarse en dicha  Asociación Civil.

 

 

14.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

La abogada Coromoto de la Consolación Ramos de Reyes, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 28.708, consignó en la audiencia constitucional recaudos relacionados con la causa.

 

 

 

15.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

El ciudadano Baudilio Crespo Fuentes, asistido por el abogado Igor Tanachian, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638, consignó en la audiencia constitucional escrito (Acompañó anexos).

 

 

16.- Expediente N° 2006-000039: COROMOTO DE LA CONSOLACIÓN RAMOS DE REYES y LOIDA GARCÍA ITURBE,  inscritas en el Inpreabogado bajo los números 28.708 y 22.588, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JOSE ISIDORO PIRONA RAMÍREZ, AMILCAR MARQUEZ GONZÁLEZ, CRUZ RAMÓN BLANCO VERDE, RAFAEL CABRERA, CESAR ESTEBAN MENESES LAZO, RAFAEL BENEDICTO LISK y JOSÉ ANTONIO FLORES, titulares de las cédulas de identidad números 5.520.596, 3.885.925, 4.163.938, 4.282.164, 3.970.118, 6.245.240 y 11.163.243, respectivamente, y la primera de las abogadas,  actuando en nombre propio, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los actos emanados de la Comisión de Admisión, Sanciones y Expulsiones de la Asociación Civil El Dorado Country Club, A.C. respecto a los procedimientos disciplinarios de suspensión y expulsión de los referidos ciudadanos.

 

La ciudadana Elizabeth de Fagúndez, asistido por el abogado Igor Tanachian, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.638, consignó en la audiencia constitucional recaudos relacionados con la causa.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

17.- Expediente Nº 2004-000042: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, remite expedientes contentivos de las acciones de amparo constitucionales interpuestas por los ciudadanos Hermes Enrique Noguera Morales y Yennyferr Carolina Milano Cortez, contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros de la Universidad Nacional Experimental de Los Llanos Centrales Rómulo Gallegos, que fueron acumulados mediante auto de fecha 17-03-2004. Oficio Nº 310-04, de fecha 29-03-2004, remitiendo los expedientes números  5057-04 y 5058-04 (nomenclatura de ese Juzgado) (1 pieza principal). (Acumulado con el Expediente 2004-000051).

 

Por recibido Oficio N° 630-06, de fecha 23-05-2006, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por esta Sala en fecha 05-12-2005,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

SENTENCIA:

 

 

18.- Expediente N° 2006-000063: Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declinó la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano MAURO ROSATO, titular de la cédula de identidad N° 5.218.452, asistido por el abogado Douglas José Guillen, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 82.222, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Vecinos de Macaracuay (ASOMACARACUAY), respecto a la elección de la Junta Directiva de la referida Asociación, convocada para el 04-06-2006. Oficio N° 1189, de fecha 02-06-2006, remitiendo el expediente Nº 43200 (nomenclatura de ese Juzgado). La Sala declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta. Ponente: FERNÁNDO RAMÓN VEGAS TORREALBA. Sentencia N° 88.

El Presidente,

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

                                                                      

 

                                                                                   El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 


 

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