Principal Contáctenos
Sala Electoral
  • Fecha: 09 de agosto de 2006





CUENTA Nº 105

 

CUENTA Nº 105

 

 

Despacho del miércoles (09) de agosto de 2006. Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Juan José Núñez Calderón con la asistencia del  Magistrado Luis Martínez Hernández, Magistrado Rafael Arístides Rengifo Camacaro y Magistrado Luis Alfredo Sucre Cuba. Se leyó el Acta de la sesión anterior y fue aprobada. Se dio cuenta.

 

 

SECRETARÍA

 

 

1.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la ciudadana Mirla Marín, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 07-08-2006.

 

 

2.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la ciudadana Maryaedith Montilva, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 07-08-2006.

 

 

3.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Delfín Pinto, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 07-08-2006.

 

 

4.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada a la ciudadana Julieta Rivas, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 07-08-2006.

 

 

5.- Expediente N° 2006-000038: Ronald Golding y Nilia Velásquez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.225 y 38.214, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HAYDEE TERÁN, WILLIAM YENDEZ, MARÍA SOLEDAD CORREA DE MÁRQUEZ, GLADYS ANTON, IRMA PASTORA MARTÍNEZ CONTRERAS, IRMA MENDOZA, YOELIS ELIGON, MANUEL LÓPEZ, GUSTAVO GOLDING MORALES, MIGUEL MENDOZA, MARÍA RONDÓN y YUBIRAY MOY, titulares de las cédulas de identidad números 2.629.240, 5.081.468, 1.857.104, 941.974, 3.710.667, 3.156.014, 5.861.339, 4.915.648, 12.382.601, 3.797.499, 3.958.320 y 5.519.835, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060119-0013, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 19-01-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 298, de fecha 08-03-2006, en la que se declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 03-06-2005, para elegir a las autoridades del Sindicato de Trabajadores de la Educación Progresista del Distrito Capital (SINDITEP-D.C.) y otorgó reconocimiento al referido proceso electoral.

 

Se dejó constancia de que en esta oportunidad se fijó en la cartelera de la Sala boleta librada al ciudadano Edgar Rivas, de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil,  mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 07-08-2006.

 

 

6.- Expediente N° 2006-000004: Jesús Neptalí Escalante Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 44.504, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Mary Consuelo Ramírez Rosales, Amado Dionisio Chávez Ontiveros, José Miguel Méndez Varela, Freddy Rivera Vásquez y Héctor Adrián Méndez, titulares de las cédula de identidad números 9.209.114, 5.687.551, 9.466.938, 5.026.825 y 5.672.014, respectivamente, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 051126-1302 emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 26-11-2005, mediante la cual se  declaró parcialmente con lugar los recursos interpuestos por los ciudadanos Manuel Duque, Víctor Ruíz Arape y Carlos Pinto contra el proceso electoral celebrado en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del Estado Táchira (SUTIESETA). (Recibido en fecha 11-01-2005).

 

Visto el escrito presentado, en fecha 13 de julio de 2006, por el abogado José Dolores Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 17.984, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante el cual solicita la devolución de los instrumentos identificados como ANEXO “A”, “G”, “H”, “I”, “J”, “O”, “O-1”, “O-2”, “O-3”, “O-4”, “O-5”, “O-6”, “O-7”, “O-8”, “O-9”, “O-10”, “O-11”, “O-12”, “O-13”, “O-14”, “O-15”, “O-16”, “O-17”, “O-18”, “0-19”, la Sala acordó y negó la devolución según el caso.

 

 

7.- Expediente N° 2005-000061: Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declina la competencia en el expediente contentivo del recurso de impugnación interpuesto por los ciudadanos Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas, titulares de las cédulas de identidad números 11.516.631, 11.514.658 y 12.052.847, respectivamente, asistidos por la abogada Francelia Pastran, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 113.213, contra las elecciones efectuadas en el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI). Oficio Nº 05-516, de fecha 10-06-2005, remitiendo el expediente Nº 10690 (nomenclatura de ese Juzgado). (1 pieza).

 

Visto el fallo dictado en fecha 08-08-2006, la Sala comisionó al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los fines de notificar del referido fallo a la parte recurrente, ciudadanos Rubén Palomo, Arquímedes Pino y Jaime Armas, así como a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Orinoco Iron C.A. (SINTRAORI) y a la Junta Directiva del referido Sindicato. Se libró Oficio N° 06-307, boletas y despacho. Asimismo, se acuerda librar boleta al ciudadano Carlos Filosa, de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Boleta.

 

 

8.- Expediente N° X-2006-000016 (CUADERNO SEPARADO): Alfredo Valarino Uriola y Antonio Rosales, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 18.426 y 28.907, respectivamente,  actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos LUISA FERNANDEZ, NAURA SÁNCHEZ, OLGA CÁCERES, ZULEICA PÉREZ, JUAN PÉREZ, CARMEN ROSA RUBIO, SIMÓN ALFREDO ACUÑA, JESÚS GÓMEZ y YOLANDA AURISTELA FAUDITO, titulares de las cédulas de identidad números 6.432.352, 4.505.297, 6.007.208, 5.568.294, 3.885.002, 5.930.763, 2.960.223, 5.522.205 y 3.602.086, respectivamente, solicitan medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra la Resolución N°  060314-0108, de fecha 14-03-2006, emanada del Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 304, de fecha 04-05-2006, respecto a la elección de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Municipal Distrital de Empleados Públicos de la Alcaldía Metropolitana de Caracas e Instituto de su Adscripción (SUMEP-ALCAMET). (Recurso Principal Expediente N° 2006-000057).

 

Se libró Boleta a la parte recurrente mediante la cual se le notifica del fallo dictado en fecha 07-08-2006. Asimismo, se libró Oficio N° 06-306, mediante el cual se notifica al Consejo Nacional Electoral del fallo dictado en fecha 07-08-2006.

 

 

9.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 07-08-2006, por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, mediante la cual solicitan copia certificada de los documentos que cursan a los folios 01 al 04, 35, 36 y Vto., 39 y Vto., 40 al 51 del expediente, la Sala ACORDÓ expedir  la certificación solicitada.

 

 

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

 

10.- Expediente N° 2006-000083: Corte Primera de lo Contencioso Administrativa remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano EMANUEL BLUMHAGEN SCHILL, titular de la cédula de identidad 1.121.539, asistido por el abogado Antonio Ortiz Landaeta, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.235, contra la Resolución N° 050629-448, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 29-06-2005, que declaró sin lugar el recurso de impugnación de postulación interpuesto por los ciudadanos Luis Manuel Zambrano Volcán y Emanuel Blumhagen Schill, contra la Resolución emanada de la Junta Municipal Electoral del Municipio Obispo del Estado Barinas, la cual admitió la postulación del ciudadano Alexis Álvarez y de la ciudadano Yasmín Susana Díaz, como candidatos a Concejales Lista en el Municipio Obispos del Estado Barinas, por parte de la Organización Política Movimiento Quinta República (MVR). Oficio Nº 2006-4231, de fecha 02-08-2006, remitiendo el expediente Nº AP42-N-2005-001354 (nomenclatura de esa Corte) (1 Pieza principal).

 

Se designó ponente al Magistrado Doctor LUIS ALFREDO SUCRE CUBA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

11.- Expediente N° 2005-000010: JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ALFONSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.175, actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral, por la denegación tácita, del recurso jerárquico ejercido en fecha 17-11-2004,  contra el Acta de Totalización y Adjudicación de Candidato al Consejo Legislativo del Estado Yaracuy de la Circunscripción Electoral N° 4 y el Acto de Proclamación dictado por la Junta Regional Electoral del Estado Yaracuy, en la que proclama como legislador electo nominalmente al ciudadano José Ángel Gutiérrez.

 

Vista la diligencia presentada, en fecha 08-08-2006, por el abogado Juan Carlos Rodríguez Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 35.175, actuando en su propio nombre, en la cual señala que habiendo transcurrido el tiempo suficiente para que el Consejo Nacional Electoral diera cumplimiento al fallo dictado en fecha 14-07-2005, solicita a la Sala “ADOPTE LAS MEDIDAS PERTINENTES PARA RESGUARDAR LA VOLUNTAD DE LOS ELECTORES”, se designó ponente al Magistrado Doctor FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA, a los fines de la decisión correspondiente.

 

 

 

OFICIO RECIBIDO EN:

 

 

12.- Expediente N° 2005-000102: CARLOS ENRIQUE CARRASCO OROPEZA, titular de cédula de identidad N° 5.322.142, asistido por el abogado Enrique Rafael Tineo Suquet, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 58.367, interpone recurso contencioso electoral contra la decisión de fecha 10-08-2005, emanada de la Junta Municipal del Municipio Torres del Estado Lara, mediante la cual se proclamó como Concejal de ese Municipio a la ciudadana Ada Camacaro Rondón.

 

Por recibido, Oficio N° 507-2006, de fecha 14-07-2006, emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anexo al cual remite las resultas de la comisión conferida por esta Sala en fecha 13-06-2006,  se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

13.- Expediente N° X-2006-000019 (CUADERNO SEPARADO): LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, solicitan medida cautelar innominada conjuntamente con recurso contencioso electoral contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008. (Recurso Principal Expediente N° 2006-000077).

 

Los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, consignaron escrito mediante el cual exponen aspectos relacionados con la causa.

 

 

14.- Expediente N° 2006-000078: CARLOS LUIS MORALES BARNELLA, titular de la cédula de identidad N° 1.749.272, asistidos por el abogado Manuel María Terán Jiménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 12.648, interpone  recurso contencioso electoral  “a fin de que se sirva destituir a todos los miembros que componen la actual Junta Directiva de la Asociación de Vecinos de Club de Campo”.

 

La abogada Elena Barreto, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 71.598, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Junta Directiva de la Asociación de Vecinos de Club de Campo, consignó escrito, así como los antecedentes administrativos relacionados con el recurso contencioso electoral.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

15.- Expediente N° 2006-000067: CAMILLE AOUEISS MAROUN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.503, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HIROMIDES TANCREO PIERLUISSI ESPINOZA,  titular de la cédula de identidad N° 2.775.867, interpone recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada contra la Resolución N° 060314-0059, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha  14-03-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 310, de fecha 30-05-2006, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico presentado por el ciudadano Hilario Umberto González contra el proceso de elección del Alcalde del Municipio Aguasay del Estado Monagas.  

 

La abogada Julneila Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 87.116, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Hiromedes Tancreo Pierluissi Espinoza, presentó escrito de promoción de pruebas (Acompañó anexos). Se ordenó reservar el referido escrito así como sus anexos  hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.

 

 

 

DILIGENCIA EN:

 

 

16.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

Los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, presentaron diligencia anexa a la cual consignaron la página 65 del diario “Últimas Noticias” de fecha 03-08-2006, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

17.- Expediente N° 2006-000068: YSIDRO ALEJANDRO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.862.406, asistido por el abogado Omar Jesús Pedrón Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.790, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060405-0084, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 310 de fecha 30-05-2006, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Municipal Electoral Zamora del estado Miranda, en la cual adjudicó y proclamó al ciudadano Hugo Martínez, como Cuarto Concejal por Lista al Concejo Municipal del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda.

 

El ciudadano YSIDRO ALEJANDRO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.862.406, asistido por el abogado Omar Jesús Pedrón Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.790, presentó diligencia anexa a la cual consignó la página A-3 del diario “El Nacional” de fecha 08-08-2006, donde apareció publicado el cartel de emplazamiento a los interesados.

 

 

18.- Expediente N° 2006-000068: YSIDRO ALEJANDRO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.862.406, asistido por el abogado Omar Jesús Pedrón Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.790, interpone recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 060405-0084, emanada del Consejo Nacional Electoral en fecha 05-04-2006, publicada en Gaceta Electoral N° 310 de fecha 30-05-2006, en la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por el referido ciudadano contra la decisión de la Junta Municipal Electoral Zamora del estado Miranda, en la cual adjudicó y proclamó al ciudadano Hugo Martínez, como Cuarto Concejal por Lista al Concejo Municipal del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda.

 

El ciudadano YSIDRO ALEJANDRO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.862.406, asistido por el abogado Omar Jesús Pedrón Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.790, presentó diligencia mediante la cual otorga Poder Apud-Acta a los abogados Pedro Roberto Moya Álvarez y Omar Jesús Pedrón Hernández, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 65.333 y 64.790, respectivamente.

 

 

 

ESCRITO PRESENTADO Y AGREGADO A LOS AUTOS:

 

 

19.- Expediente N° 2006-000077: LUIS ALEXIS ORTIZ, NEREIDA RAMÍREZ, EDDY ALEXIS DÍAZ, LUIS ALBERTO RIVAS y JOSÉ FRANCISCO TORRES, titulares de las cédulas de identidad números 3.889.647, 3.621.942, 6.898.930, 3.960.581 y 7.928.947, respectivamente, actuando con el carácter de Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Micro Tours Don Augusto Malave Villalba, asistidos por los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso eleccionario a realizarse en la referida Asociación, para elegir a la Junta Directiva, período 2006-2008.

 

Los abogados Freddy Celis Garcías y Pedro Arturo Liendo Urbina, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.925 y 5.916, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte recurrente, presentaron escrito mediante el cual de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil “IMPUGNA(N), las copias fotostáticas marcada “A”. Asimismo,   tachan  “el documento registrado por ante el Registro Inmobiliario del Tercer Circuito del Municipio Libertados del Distrito Capital, bajo el N° 03, tomo 25, Protocolo 1°, Trimestre 2do del año 2006, por falso”. (Acompañan anexos).

 

 

SENTENCIA

 

20.- Expediente N° 2006-000076: Sala Político Administrativa declina competencia en  el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado HENRY PEREIRA GORRIN, titular de la cédula de identidad N° 1.875.229, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 55, actuando en su propio, contra la Resolución N° 980617-313, emanada del Consejo Nacional Electoral, en fecha 17-06-1998, publicada en Gaceta Oficial N° 36.484, de fecha 29-06-1998, en la cual se declaró sin lugar la impugnación presentada por el referido abogado, contra la solicitud de conversión de partido regional a partido nacional de la Organización Política “Integración Renovación Nueva Esperanza I.R.E.N.E”. Oficio Nº 3841, de fecha 11-07-2006, remitiendo el expediente Nº 1998-14859 (nomenclatura de esa Sala) (1 pieza principal). La Sala ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA formulada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, y asumió la COMPETENCIA para conocer del juicio y declaró CONSUMADA LA PARENECIÓN DE LA INSTANCIA.  Ponente:  LUIS ALFREDO SUCRE CUBA. Sentencia N° 143.

 

 

El Presidente,

           

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

                                                                                  El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados